Resolución de 11 de julio de 2025, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, por la que se publica el Convenio con la Fundación IMDEA Software, para el establecimiento, puesta en servicio y explotación de las conexiones de las sedes de la Universidad Autónoma de Madrid y la Universidad de Alcalá con el punto de presencia de REDIMadrid en el CSIC.

Nº de Disposición: BOE-A-2025-15132|Boletín Oficial: 174|Fecha Disposición: 2025-07-11|Fecha Publicación: 2025-07-21|Órgano Emisor: Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública

El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., y el Director de la Fundación IMDEA Software. han suscrito, con fecha 10 de julio de 2025, el Convenio entre la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P. y la Fundación IMDEA Software para el establecimiento, puesta en servicio y explotación de las conexiones de las sedes de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM) y la Universidad de Alcalá (UAH) con el punto de presencia de REDIMadrid en el CSIC.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la publicación del referido convenio.

Madrid, 11 de julio de 2025.–El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, Jesús Herrero Poza.

CONVENIO ENTRE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES, M.P. Y LA FUNDACIÓN IMDEA SOFTWARE PARA EL ESTABLECIMIENTO, PUESTA EN SERVICIO Y EXPLOTACIÓN DE LAS CONEXIONES DE LAS SEDES DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (UAM) Y LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ (UAH) CON EL PUNTO DE PRESENCIA DE REDIMADRID EN EL CSIC (C016/20-RI)

REUNIDOS

De una parte, don Jesús Herrero Poza, Director General de la entidad pública empresarial Red.es, M.P. (en adelante Red.es), con domicilio en la Plaza de Manuel Gómez Moreno s/n, 28020, Madrid y NIF Q2891006-E, nombrado por el Consejo de Administración en su sesión de 28 de noviembre de 2023 y habilitado para este acto en virtud de las competencias delegadas sobre RedIRIS por el Ministro de Ciencia, Innovación y Universidades en el Director General en virtud de lo establecido en la Orden CNU/145/2019, de 8 de febrero, por la que se delegan competencias.

De otra parte, don Manuel Carro Liñares, Director de Fundación IMDEA Software, con domicilio en Campus de Montegancedo s/n, 28223 Pozuelo de Alarcón, Madrid, apoderado en la reunión del Patronato de la fundación de fecha 29 de mayo de 2017, según consta en escritura otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, don Cruz Gonzalo López-Muller Gómez 1405 de fecha 5 de junio de 2017 e inscrito en el Registro de Fundaciones de Madrid, Inscripción 46, Tomo CXXXV, Folio 350-352.

Las Partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir el presente convenio y, en su virtud,

MANIFIESTAN

Primero.

Que, en fecha 20 de julio de 2021, las Partes suscribieron el convenio para el establecimiento, puesta en servicio y explotación de las conexiones de las sedes de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM) y la Universidad de Alcalá (UAH) con el punto de presencia de REDIMadrid en el CSIC (en adelante, «el Convenio»).

Segundo.

Que el objeto del Convenio es la mejora de la capacidad y redundancia de la Universidad Autónoma de Madrid (en adelante UAM) y Universidad de Alcalá de Henares (en adelante UAH) en su conexión a la Red Madrileña para la Investigación y Universidades (REDIMadrid) en su PdP alojado en el CSIC y a la red de fibra óptica de RedIRIS, y a través de esta con el resto de las instituciones científicas y académicas a nivel nacional e internacional.

La infraestructura de comunicaciones de UAM y UAH requiere de una migración a fibra óptica para cumplir los requisitos de alta capacidad, fiabilidad, seguridad, flexibilidad y control comunes a todos los centros de investigación de su categoría, que sirva para favorecer la colaboración entre todos los investigadores y un mejor acceso a los datos generados y a los instrumentos del centro a la comunidad científica y académica nacional e internacional a través de RedIRIS.

Adicionalmente la nueva conexión permitirá en su caso la posible conexión de otros puntos a través suyo, facilitando así el futuro crecimiento y capilaridad de RedIRIS.

Tercero.

Que la cláusula octava del Convenio establece que el mismo permanecerá en vigor desde el día de su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO) y durante cuatro años, pudiendo acordarse unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales en cualquier momento antes de su finalización.

Cuarto.

Que debido a que aún no se han completado las actuaciones previstas en el objeto del Convenio, las Partes están interesadas en extender la vigencia del mismo por un periodo adicional de 1 año.

Quinto.

Que de acuerdo con lo expuesto anteriormente, las Partes

ACUERDAN

Único.

Prorrogar el Convenio hasta por un periodo adicional de 1 año, con las mismas condiciones que figuran en dicho Convenio.

Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las Partes firman el presente documento, por duplicado y a un solo efecto y tenor.

Madrid, 10 de julio de 2025.–El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., P.D. Jesús Herrero Poza.–El Director del Instituto IMDEA Software, Manuel Carro Liñares.