Resolución de 11 de junio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se corrigen errores en la de 3 de junio de 2025, por la que publica la Adenda de modificación y prórroga del Acuerdo de encomienda de gestión entre el Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, O.A., y la Secretaría de Estado de Seguridad, para la realización de actuaciones materiales y técnicas.

Nº de Disposición: BOE-A-2025-12157|Boletín Oficial: 144|Fecha Disposición: 2025-06-11|Fecha Publicación: 2025-06-16|Órgano Emisor: Ministerio del Interior

Advertidos errores en la «Adenda de modificación y prórroga del Acuerdo de encomienda de gestión entre el Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, O.A. y la Secretaría de Estado de Seguridad, para la realización de actuaciones materiales y técnicas», publicada en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 135, de 5 de junio de 2025, corresponde efectuar las oportunas rectificaciones:

– En la página 73809, donde dice: «Adenda de modificación y prórroga del Acuerdo de encomienda de gestión entre el Centro Universitario de Formación de la Policia Nacional, O.A. y la Secretaría de Estado de Seguridad –Dirección General de la Policía–, para la realización de actuaciones materiales y técnicas».

Deberá redactarse de la siguiente manera: «Adenda de modificación y prórroga del Acuerdo de encomienda de gestión entre el Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, O.A. y la Secretaría de Estado de Seguridad –Dirección General de la Policía–, para la realización de actuaciones materiales y técnicas».

– En la página 73809, donde dice: «Y de otra, don Rafael Pérez Ruiz, Secretario de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior, nombrado por Real Decreto 84/2020, de 17 de enero (“Boletín Oficial del Estado” número 16, de 18 de enero), al amparo de lo previsto en el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público».

Deberá redactarse de la siguiente manera: «Y de otra, don Rafael Pérez Ruiz, Secretario de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior, nombrado por Real Decreto 84/2020, de 17 de enero (“Boletín Oficial del Estado” número 16, de 18 de enero), al amparo de lo previsto en el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, actuando por resolución de avocación, de fecha 28 de mayo de 2025, sobre la competencia delegada en el Director General de la Policía para la firma de encomiendas de gestión».

– En la página 73811, donde dice: «1. La presente encomienda de gestión se ejecutará con los recursos humanos y medios materiales propios de las respectivas unidades administrativas de los órganos a quienes se atribuye la realización de las actividades materiales y técnicas referidas en la cláusula segunda, asumiendo el Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, O.A., el coste que se deriva de su prestación, que se determina en 50.000 euros anuales».

Deberá redactarse de la siguiente manera: «1. La presente encomienda de gestión se ejecutará con los recursos humanos y medios materiales propios de las respectivas unidades administrativas de los órganos a quienes se atribuye la realización de las actividades materiales y técnicas referidas en la cláusula segunda, asumiendo el Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, O.A., el coste que se deriva de su prestación, que se determina en 52.800 euros anuales».

– En la página 73811 debe suprimirse el siguiente párrafo: «El abono se llevará a cabo previa conformidad con el trabajo realizado por parte de la Dirección General de la Policía».

– Entre las páginas 73811 y 73812, donde dice: «El coste derivado de la prestación ha sido calculado teniendo en cuenta las retribuciones del personal necesario para hacer frente a los cometidos objeto de la encomienda, determinándose que dicho personal destina un 39,93 % de su jornada a dichas funciones, dando resultado la siguiente cuantificación de carácter anual».

Costes encomienda

Categoría Número Grupo Nivel Retribuciones anuales
Básicas Complementarias 39,93 %
Facultativo. 1 A1 27 18.990,94 36.386,02 22.112,02
Policía. 1 C1 17 12.408,06 22.512,97 13.943,79
Policía. 1 C1 17 12.408,06 22.512,97 13.943,79
  Total gastos de personal. 50.000,00
  Total gastos encomienda. 50.000,00

Deberá redactarse de la siguiente manera: «El coste derivado de la prestación ha sido calculado teniendo en cuenta las retribuciones del personal necesario para hacer frente a los cometidos objeto de la encomienda, determinándose que dicho personal destina un 39,93 % de su jornada a dichas funciones, dando resultado la siguiente cuantificación de carácter anual actualizada con el IPC correspondiente».

Costes encomienda

Categoría Número Grupo Nivel Retribuciones anuales
Básicas Complementarias 39,93 %
Facultativo. 1 A1 27 18.990,94 36.386,02 22.112,02
Policía. 1 C1 17 12.408,06 22.512,97 13.943,79
Policía. 1 C1 17 12.408,06 22.512,97 13.943,79
  Total gastos de personal. 50.000,00
  Incremento IPC (abril 2023-abril 2025: 5,6 %). 2.800,00
   Total gastos Encomienda. 52.800,00

Madrid, 11 de junio de 2025.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver Martínez.