Resolución de 11 de marzo de 2026, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica, para la competición profesional de fútbol masculino, la cifra a la que hace referencia el artículo 3.2.a) del Real Decreto 1251/1999, sobre Sociedades Anónimas Deportivas.

Nº de Disposición: BOE-A-2026-6621|Boletín Oficial: 71|Fecha Disposición: 2026-03-11|Fecha Publicación: 2026-03-21|Órgano Emisor: Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes

De conformidad con lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 1251/1999, de 16 de julio, sobre Sociedades Anónimas Deportivas, modificado por el Real Decreto 1412/2001, de 14 de diciembre, que regula la fórmula para la fijación del capital social mínimo de las sociedades anónimas deportivas, corresponde al Consejo Superior de Deportes, previo informe de la liga profesional correspondiente, calcular y publicar el 25 por ciento de la media de gastos realizados por los clubes y sociedades anónimas deportivas que participen en la respectiva competición, en los términos indicados en el apartado 2.a) del artículo anteriormente citado.

En uso de las atribuciones que legalmente tengo concedidas, resuelvo:

Determinar, de acuerdo con los datos obrantes en este Consejo Superior de Deportes y previo el preceptivo informe de la Liga Nacional de Fútbol Profesional, el cálculo al que hace referencia el artículo 3.2.a) del Real Decreto 1251/1999, de 16 de julio, sobre Sociedades Anónimas Deportivas, para la competición profesional de fútbol masculino, en la cantidad de seis millones cuatrocientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos quince euros con cinco céntimos (6.458.415,05 €).

Madrid, 11 de marzo de 2026.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José Manuel Rodríguez Uribes.