El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y la Ciudad Autónoma de Ceuta han suscrito, con fecha 10 de junio de 2025, una adenda de modificación del convenio de colaboración para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrita en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 12 de junio de 2025.–La Secretaria de Estado de Derechos Sociales, María Rosa Martínez Rodríguez.
ANEXO
Adenda de modificación del convenio de colaboración entre el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y la Ciudad Autónoma de Ceuta para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia, correspondiente al anexo III, nueva flexibilización y cambio de denominación de proyecto
REUNIDOS
Don Pablo Bustinduy Amador, Ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, nombrado por Real Decreto 835/2023, de 20 de noviembre (BOE de 21 de noviembre de 2023), en nombre y representación del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, conforme a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, y en el artículo 61 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La Excma. Sra. Consejera de Sanidad y Servicios Sociales, doña Nabila Benzina Pavón, según Decretos de la Presidencia, 23 de junio 2023 (BOCCE 23 de junio de 2023) y 29 de noviembre de 2023 (BOCCE extraordinario n.º 73, de 29 de noviembre de 2023).
Las partes intervienen en nombre y representación de sus respectivas Administraciones públicas, en ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas y se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante el presente convenio en los términos que en él se contienen y, al efecto,
EXPONEN
Por Acuerdo de Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, se aprobó el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Con fecha 27 de agosto de 2021, se suscribió el convenio de ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia entre el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y la Ciudad Autónoma de Ceuta, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) el día 25 de septiembre de 2021.
El 10 de octubre de 2023, el Consejo de la Unión Europea aprobó una Decisión de Ejecución que modificó la previa Decisión de 13 de julio de 2021, relativa a la evaluación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España. Esta decisión quedó reflejada en el anexo revisado que acompaña a la modificación de la Decisión de Ejecución del Consejo (UE) (ST 10150/2021; ST 10150/2021 ADD 1 REV 1).
En virtud de la Decisión mencionada, se formalizó la adenda de modificación del convenio de colaboración entre este Ministerio y la Ciudad Autónoma de Ceuta, publicada mediante Resolución de 9 de agosto de 2024, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales (BOE n.º 211, de 31 de agosto de 2024). En la cláusula cuarta de la misma denominada «Modificación de anexos», se estableció un plazo para que la Ciudad Autónoma de Ceuta presentase un anexo III revisado para recoger las adaptaciones a las que obliga la Decisión de Ejecución del Consejo de 10 de octubre de 2023.
Por otro lado, el Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias relacionadas con los efectos de la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, permite la ampliación de plazos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia mediante su disposición adicional sexta. Esta posibilidad de ampliación se fundamenta en el artículo 8 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, y en la interpretación de la Comisión Europea, considerando la normativa nacional y comunitaria vigente.
Por su parte, la Secretaría General de Fondos Europeos, como autoridad responsable, ha comunicado por escrito la posibilidad de flexibilizar los plazos de ejecución en función del cronograma de desembolsos previsto para 2024/2025 y de la evolución en la consecución de los objetivos. En concreto:
– Los objetivos CID 326 y 470 podrán ejecutarse hasta el 1 de junio de 2025.
– El objetivo CID 322 podrá ejecutarse hasta el 1 de septiembre de 2025.
En virtud de lo anterior, y con el fin de asegurar que el convenio original cumpla con los requisitos establecidos por la Comisión Europea en términos de hitos, objetivos, justificación y trazabilidad de los proyectos, las partes consideran necesario formalizar la presente adenda.
De conformidad con la cláusula duodécima del convenio, se prevé la posibilidad de modificar el mismo mediante acuerdo expreso de las partes, siguiendo el procedimiento de tramitación inicial.
Por todo ello, y de acuerdo con los artículos 47 y 140 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las partes acuerdan formalizar la presente adenda con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Modificación del anexo III.
Se modifica el anexo III del convenio suscrito, que queda redactado tal y como aparece en el anexo de la presente adenda.
Segunda. Flexibilización de plazos.
El Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias relacionadas con los efectos de la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, permite la ampliación de plazos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia mediante su disposición adicional sexta. Esta posibilidad de ampliación se fundamenta en el artículo 8 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, y en la interpretación de la Comisión Europea, considerando la normativa nacional y comunitaria vigente.
Por ello y de conformidad, tras previa consulta por escrito con la Secretaría General de Fondos Europeos, se flexibilizan los plazos de cumplimiento de los objetivos CID, en los siguientes términos:
– CID n.º 326, hasta el día 1 de junio de 2025.
– CID n.º 470, hasta el día 1 de junio de 2025.
– CID n.º 322, hasta el día 1 de septiembre de 2025.
Tercera. Cambio de denominación de proyecto.
Por petición expresa de la Ciudad Autónoma de Ceuta se modifica el proyecto n.º 2, que se denominaba anteriormente «Construcción de edificio anexo a la actual residencia pública de mayores Virgen de África en la Ciudad Autónoma de Ceuta», y que pasará a denominarse en lo sucesivo «Reforma y modernización de la residencia pública de mayores Virgen de África».
Cuarta. Perfeccionamiento y vigencia de la adenda.
La presente adenda se perfecciona desde el momento de su firma por las partes, y será eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de diez días hábiles desde su formalización.
Su plazo de vigencia será el mismo que el del convenio al que se refiere, es decir, hasta el 31 de diciembre de 2026, sin posibilidad de prórroga.
Y, en prueba de conformidad, las partes intervinientes firman la presente adenda con la fecha de la última firma electrónica (10 de junio de 2025).–Por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, el Ministro, Pablo Bustinduy Amador.–Por la Ciudad Autónoma de Ceuta, la Consejera de Sanidad y Servicios Sociales, Nabila Benzina Pavón.
«ANEXO III
Descripción de los proyectos a desarrollar por la Comunidad Autónoma: Ciudad Autónoma de Ceuta
H/O CID 325
Proyecto n.º 1
Centro de alojamiento menores «Ceuta Siglo XXI» Línea: C22.I2 a) Descripción de la inversión. Construcción de un centro para el alojamiento temporal de los MENAS que permita su adecuada atención, su formación y su integración social. b) Implementación de la inversión. La inversión se realizaría a lo largo de los ejercicios 2023/2025 En el primero de ellos se confeccionaría el proyecto y se iniciarían las actuaciones de cimentación, estructura y cerramiento. En el segundo y tercer ejercicio se terminarían las actuaciones edificativas y tecnológicas. Y, además, en el tercer ejercicio se llevaría a cabo el equipamiento y puesta en funcionamiento. c) Presupuesto del proyecto. La inversión total es de 6.300.000 euros. d) Descripción de los elementos principales del presupuesto para los que se pide financiación. El contrato tiene por objeto la ejecución de las obras contenidas en el Proyecto “Nuevo centro de acogimiento para menores no acompañados en la Ciudad Autónoma de Ceuta”. El centro consta de una serie de edificios que darán cabida a zonas administrativas, un salón de actos, un módulo de primera acogida y otros cuatro residenciales. También incluirá garita de vigilancia, zona de aparcamiento y recepción, huertos internos, pista polideportiva y patios de juego y actividades. En total el centro contará con 3.300 metros cuadrados de superficie construida y 2.644 de superficie útil.
H/O CID 323-470
Proyecto n.º 2
Reforma y modernización de la residencia pública de mayores Virgen de África Línea: C22.I1 a) Descripción de la inversión. Reforma y modernización de la residencia pública Virgen de África en la Ciudad Autónoma de Ceuta. b) Implementación de la inversión. La reforma de las instalaciones se llevará a cabo entre los ejercicios 2025/2026. Se están confeccionando los pliegos y se comenzarán las actuaciones en el 2025. c) Presupuesto del proyecto. La inversión total es de 4.854.000 euros. d) Descripción de los elementos principales del presupuesto para los que se pide financiación. Las actuaciones que se van a llevar a cabo:
– Eficiencia energética: se instalará en la cubierta del edificio un sistema de paneles solares.
– Domótica: Se instalará en las zonas comunes y en las habitaciones de los usuarios.
– Ampliación de zonas comunes con la ejecución de una pérgola en el patio central.
– Reformas varias: Cambio de puertas, reformas escaleras de emergencia, reparación puerta acceso garaje, pintado.
H/O CID 323-470
Proyecto n.º 3
Albergue provisional para personas sin hogar. Construcción y/o compra y adecuación de un equipamiento existente para tales fines. Línea: C22.I1 a) Descripción de la inversión. Adquisición, adecuación y equipamiento de albergue provisional para personas sin hogar en la Ciudad Autónoma de Ceuta. b) Implementación de la inversión. La compra y puesta en funcionamiento de las nuevas instalaciones se llevará a cabo entre los ejercicios 2024/2026. c) Presupuesto del proyecto. La inversión total es de 2.180.755,25 euros. d) Descripción de los elementos principales del presupuesto para los que se pide financiación. Adquisición y adecuación de un edificio de nueva planta con:
– 19 habitaciones, con 45 plazas, los dormitorios tienen capacidad de 1-4 plazas de máximo. Todas las habitaciones disponen de baño y ducha.
– Un comedor social con capacidad para 100 personas.
– Cocina.
– Espacios de uso compartido para ocio y estudio.
H/O CID 322
Proyecto n.º 4
Teleasistencia avanzada Línea: C22.I1 a) Descripción de la inversión Servicios de teleasistencia a domicilio en el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD). b) Implementación de la inversión La puesta en funcionamiento de un servicio que pretende mejorar la calidad de vida de estas personas mayores a través del uso de la tecnología se llevará a cabo entre los ejercicios 2024 y 2025. c) Presupuesto del proyecto La inversión total es de 319.244,75 euros. d) Descripción de los elementos principales del presupuesto para los que se pide financiación El objeto de este contrato es el de realizar una Prueba de concepto durante doce meses a contar desde la puesta en servicio y en 75 hogares seleccionados por la Dirección de proyecto designada por la Consejería de Servicios Sociales del servicio de teleasistencia denominado “Ceuta_@tiende”, persiguiendo varios objetivos claramente:
– Crear un sistema de contacto permanente y de calidad entre el ciudadano y sus familiares, así como los servicios públicos de la ciudad de Ceuta.
– Facilitar comunicación directa entre el entorno socio sanitario del ciudadano, con recordatorios directos de citas, vacunas o cualquier tipo de eventualidad que pudiera ser de su interés.
– Ayudar a mejorar la calidad de vida de estas personas integrándolas en la sociedad de la información gracias al uso de las NNTT con videollamadas, uso de la IA, etc.
– Prevenir posibles riesgos de accidentes con la activación de llamadas de socorro como vía de comunicación con emergencias.
En dicho alcance estarán incluidas todas las licencias, desarrollos y costes necesarios para la puesta en marcha.»