Resolución de 12 de marzo de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda para la modificación del Convenio con la Asociación Española de Videojuegos y la Asociación Española de Empresas Productoras y Desarrolladoras de Videojuegos y Software de Entretenimiento, para la celebración de Mad Games Show 2026, financiado por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Next Generation EU.

Nº de Disposición: BOE-A-2026-6862|Boletín Oficial: 73|Fecha Disposición: 2026-03-12|Fecha Publicación: 2026-03-24|Órgano Emisor: Ministerio de Cultura

El Ministerio de Cultura, la Asociación Española de Videojuegos (AEVI) y la Asociación Española de Empresas Productoras y Desarrolladoras de Videojuegos y Software de Entretenimiento (DEV) suscribieron un Convenio para la realización de las actuaciones de internacionalización y visibilización de industria del videojuego en el marco de la celebración del evento Mad Games Show 2026, que fue firmado con fecha 30 de diciembre de 2025 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» con fecha 15 de enero de 2026.

Con fecha de 10 de marzo de 2026 y de acuerdo a su cláusula duodécima, las partes han acordado la modificación del convenio a través de una adenda, por lo que, conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrita la misma en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda de modificación, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 12 de marzo de 2026.–La Subsecretaria de Cultura, María del Carmen Páez Soria.

ANEXO

Adenda para la modificación del Convenio entre el Ministerio de Cultura, la Asociación Española de Videojuegos (AEVI) y la Asociación Española de Empresas Productoras y Desarrolladoras de Videojuegos y Software de Entretenimiento (DEV) para la celebración de Mad Games Show 2026, financiado por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Next Generation EU

A 10 de marzo de 2026.

REUNIDOS

De una parte, doña Carmen Páez Soria, Subsecretaria del Ministerio de Cultura, nombrada mediante Real Decreto 229/2024, de 27 de febrero, en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 6 del Real Decreto 323/2024, de 26 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura, y en virtud de la delegación de competencias establecida en la Orden CLT/1527/2025, de 23 de diciembre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.

De otra parte, don José María Moreno Peña con DNI ***7341**, actuando en su condición de Director General de la Asociación Española de Videojuegos (AEVI), con domicilio social en calle María de Molina, 54, 2.ª planta, 28006, de Madrid y con NIF G 81927998 la cual se halla inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones, con el número 164.320 (en adelante, AEVI), y en virtud de las facultades otorgadas por acuerdo de su Comité Directivo, celebrado el 12 de junio de 2015.

Y de otra parte, don Mauricio García Serrano, actuando en su condición de Presidente de la Junta Directiva de la Asociación Española de Empresas Productoras y Desarrolladoras de Videojuegos y Software de Entretenimiento (en adelante, DEV) con domicilio social en calle Velázquez, 10, 1.ª planta, 28001, de Madrid y con NIF G 85496180 la cual se halla inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones, con el número 591.357 (en adelante, DEV), y en virtud de las facultades otorgadas en el apartado a) artículo 19 de sus Estatutos.

Las partes intervienen en la representación y con las facultades que sus respectivos cargos les confieren, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para obligarse y convenir, y al efecto

EXPONEN

I. Que con fecha 30 de diciembre de 2025 las partes intervinientes firmaron un convenio para la celebración de Mad Game Show 2026.

II. Que en la cláusula duodécima del convenio citado se establece: «Cualquiera de las partes podrá proponer la modificación de este convenio, en cualquier momento, antes de su finalización, para introducir las modificaciones que estimen pertinentes. De producirse la modificación del convenio, los correspondientes cambios habrán de incorporarse mediante adenda al mismo y requerirá acuerdo unánime de los firmantes, que se formalizará mediante adenda que deberá inscribirse en el REOICO y publicarse en el BOE.»

III. Que, de acuerdo con lo anterior, manifiestan su voluntad de formalizar la presente adenda de modificación del convenio de referencia publicado en el «Boletín Oficial del Estado» con fecha 15 de enero de 2026, con arreglo a las siguientes 

CLÁUSULAS

Primera.

Las partes acuerdan modificar la cláusula segunda del convenio, modificando el segundo de los objetivos, originalmente redactado:

«– Promoción internacional de la calidad de los Games From Spain, que permita generar confianza en los publishers internacionales y en el mercado. España como referencia de desarrollo de videojuegos de alto valor comercial y alta calidad de producción.»

Eliminando la referencia a «Games From Spain», queda redactado:

«– Promoción internacional de la calidad de los videojuegos españoles, que permita generar confianza en los publishers internacionales y en el mercado. España como referencia de desarrollo de videojuegos de alto valor comercial y alta calidad de producción.»

Y el apartado segundo, relativo al lugar y fechas de celebración del evento, que originalmente establecía:

«El evento, organizado por AEVI con apoyo institucional y con la colaboración de DEV, tendrá lugar en las Naves de Matadero (Madrid) del 28 al 29 de abril de 2026, incluyendo actividades profesionales cerradas y propuestas abiertas al público.»

Queda redactado:

«El evento, organizado por AEVI con apoyo institucional y con la colaboración de DEV, tendrá lugar en la sede del Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid como sede principal (con otras posibles sedes accesorias) del 9 al 11 de abril de 2026, incluyendo actividades profesionales cerradas y propuestas abiertas al público.»

Segunda.

Las partes acuerdan modificar la cláusula quinta del convenio, cuyo apartado 3, relativo a las obligaciones de AEVI, originalmente establecía:

«3. Aportar la cantidad máxima de doscientos cuarenta mil setecientos cuarenta euros (240.740 €) en la totalidad del periodo de actuaciones del presente convenio, de acuerdo con la cláusula sexta y conforme al desglose que se incluirá en el anexo correspondiente.»

Queda redactado:

«3. Aportar la cantidad máxima de doscientos setenta mil trescientos catorce euros (270.314 €) en la totalidad del periodo de actuaciones del presente convenio, de acuerdo con la cláusula sexta y conforme al desglose que se relaciona en el anexo-presupuesto, directamente o a través de las aportaciones recabadas de otros colaboradores.»

Tercera.

Las partes acuerdan modificar el anexo-presupuesto, en el que aparece la distribución de gastos, conforme al siguiente desglose:

«Actividad Partidas

MCU

Euros

AEVI y 3.º

Euros

Total

Euros

Personal.     30.000 30.000
Consultoría E.Lazcano.   7.000   7.000
Meet to Match.   2.000 88.000 90.000
Last Lap-Producción Evento. Pre y Post. 87.550   87.550
Alquiler espacio.   55.086   55.086
Catering.   3.000   3.000
Evento Bienvenida.   2.000   2.000
Evento Networking.   2.000   2.000
Indie Dev Day. Exhibición.   11.950 11.950
Side Events.   5.000 5.000
Coordinación Stakeholders.   3.000 3.000
Promoción Desarrollo. Feria de Empleo. 10.000   10.000
Otros.   10.000 10.000
Mesas Redondas. Presentador.   3.000 3.000
MGS-Internacionales (10p).   40.000 40.000
MGS-Nacionales (10p).   22.450 22.450
BeyondThe Game. 17.000   17.000
Promoción y Comunicación Evento. Video.   10.000 10.000
Promoción. 13.000   13.000
*Precio SIN IVA. 198.636 223.400 422.036
*Precio IVA incluido. 240.350 270.314 510.664»

Cuarta.

La presente adenda se perfecciona con su firma, y conforme a lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO) del sector público estatal. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE).

Y en prueba de conformidad, las partes firman la presente adenda de forma electrónica.–La Subsecretaria de Cultura, Carmen Páez Soria.–El Director General de AEVI, José María Moreno Peña.–El Presidente de DEV, Mauricio García Serrano.