Resolución de 13 de junio de 2025, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se disponen determinadas emisiones de Obligaciones del Estado en el mes de junio de 2025 y se convocan las correspondientes subastas.

Nº de Disposición: BOE-A-2025-12186|Boletín Oficial: 144|Fecha Disposición: 2025-06-13|Fecha Publicación: 2025-06-16|Órgano Emisor: Ministerio de Economía, Comercio y Empresa

La Orden ECM/3/2025, de 14 de enero, por la que se dispone la creación de Deuda del Estado durante el año 2025 y enero de 2026, ha autorizado a la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional a emitir Deuda del Estado durante el año 2025 y el mes de enero de 2026 y ha regulado el marco al que deberán ajustarse las emisiones, señalando los instrumentos en que podrán materializarse, entre los que se encuentran los Bonos y Obligaciones del Estado.

En la regulación aprobada se dispone la obligación de elaborar un calendario anual de subastas ordinarias, para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y se establecen los procedimientos y normas de emisión, que básicamente son una prórroga de los vigentes en 2024. Dicho calendario se publicó por Resolución de 16 de enero de 2025 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, en la que se reguló el desarrollo y resolución de las subastas de Bonos y Obligaciones del Estado para el año 2025 y el mes de enero de 2026.

Conforme al calendario anunciado, es necesario fijar las características de las Obligaciones del Estado a poner en oferta el próximo día 19 de junio y convocar las correspondientes subastas. A tal efecto, al objeto de atender la demanda de los inversores y siguiendo las recomendaciones de las entidades Creadores de Mercado, dada la posibilidad de poner en oferta emisiones que sean ampliación de otras realizadas con anterioridad, se considera conveniente poner en oferta un nuevo tramo de la referencia de Obligaciones del Estado a diez años al 3,20 por 100, vencimiento 31 de octubre de 2035, Obligaciones del Estado al 1,95 por 100, vencimiento 30 de julio de 2030, con una vida residual en torno a cinco años y un mes y Obligaciones del Estado al 3,15 por 100, vencimiento 30 de abril de 2033, con una vida residual en torno a siete años y diez meses.

En razón de lo expuesto, y en uso de las autorizaciones contenidas en la citada Orden ECM/3/2025,

Esta Dirección General ha resuelto:

1. Disponer en el mes de junio de 2025 las emisiones, denominadas en euros, de las Obligaciones del Estado que se indican en el apartado 2 siguiente y convocar las correspondientes subastas, que se celebrarán de acuerdo con lo previsto en la Orden ECM/3/2025, de 14 de enero, en la Resolución de 16 de enero de 2025 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y en la presente resolución.

2. Características de las Obligaciones del Estado que se emiten.

2.1 El tipo de interés nominal anual y las fechas de amortización y de vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en las Órdenes ECC/309/2015 y ECC/319/2015, de 25 y 26 de febrero, respectivamente, para la emisión de Obligaciones del Estado al 1,95 por 100, vencimiento 30 de julio de 2030, en las Órdenes ETD/61/2023 y ETD/66/2023 de 25 y 26 de enero, respectivamente, para la emisión de Obligaciones del Estado al 3,15 por 100, vencimiento 30 de abril de 2033 y en las Órdenes ECM/538/2025 y ECM/544/2025 de 28 y 29 de mayo, respectivamente, para la emisión de Obligaciones del Estado a diez años al 3,20 por 100, vencimiento 31 de octubre de 2035.

2.2 El primer cupón a pagar será, por su importe completo, el 30 de julio de 2025 en las Obligaciones al 1,95 por 100 y el 30 de abril de 2026 en las Obligaciones al 3,15 por 100. En las Obligaciones a diez años al 3,20 por 100 el primer cupón a pagar será el 31 de octubre de 2025, por un importe de 1,306301 por 100, según se establece en la Orden ECM/544/2025.

2.3 De conformidad con lo previsto en el número 2 de la Orden de 19 de junio de 1997, las Obligaciones que se emiten tienen la calificación de Bonos segregables. No obstante, para el inicio de las operaciones de segregación y reconstitución en las Obligaciones a diez años al 3,20 por 100, que se emiten, la autorización deberá aprobarse por la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional.

3. Las subastas tendrán lugar el próximo 19 de junio de 2025, conforme al calendario hecho público en el apartado 1 de la Resolución de 16 de enero de 2025 y el precio de las peticiones competitivas que se presenten a las subastas se consignará en tanto por ciento con dos decimales, el segundo de los cuales podrá ser cualquier número entre el cero y el nueve, ambos incluidos, y se formulará ex-cupón. A este respecto, el cupón corrido de los valores que se ponen en oferta, calculado de la forma que se establece en el artículo 14.2 de la Orden ECM/3/2025, de 14 de enero, es el 1,76 por 100 en las Obligaciones al 1,95 por 100, el 0,47 por 100 en Obligaciones al 3,15 por 100 y el 0,18 por 100 en las Obligaciones a diez años al 3,20 por 100.

4. Las segundas vueltas de las subastas convocadas mediante esta resolución, a las que tendrán acceso en exclusiva los Creadores de Mercado que actúan en el ámbito de los Bonos y Obligaciones del Estado, se desarrollarán entre la resolución de las subastas y las doce horas del día hábil anterior al de puesta en circulación de los valores y serán adjudicadas al precio marginal resultante de la fase de subasta, conforme a la normativa reguladora de estas entidades.

5. Los valores que se emitan en estas subastas se pondrán en circulación el día 24 de junio de 2025, fecha de desembolso y adeudo en cuenta fijada para los titulares de cuentas en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, SA Unipersonal, y se admitirán de oficio a negociación en AIAF Mercado de Renta Fija. Además, estos valores se agregarán, en cada caso, a las emisiones reseñadas en el apartado 2 anterior, teniendo la consideración de ampliación de aquéllas, con las que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en circulación.

6. En el anexo de la presente resolución, y con carácter informativo a efectos de la participación en las subastas, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y rendimientos de las Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone, calculadas de acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 de la Orden ECM/3/2025, de 14 de enero.

Madrid, 13 de junio de 2025.–La Directora General del Tesoro y Política Financiera, P. D. de firma (Resolución de 20 de febrero de 2024), la Subdirectora General se Gestión de la Deuda Pública, Mercedes Abascal Rojo.

ANEXO

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado al 1,95 %, vto. 30 de julio de 2030

(Subasta del día 19 de junio)

Precio

Ex-cupón

Rendimiento bruto*

Porcentaje

96,25 2,747
96,30 2,736
96,35 2,725
96,40 2,715
96,45 2,704
96,50 2,693
96,55 2,682
96,60 2,671
96,65 2,660
96,70 2,649
96,75 2,639
96,80 2,628
96,85 2,617
96,90 2,606
96,95 2,595
97,00 2,585
97,05 2,574
97,10 2,563
97,15 2,552
97,20 2,542
97,25 2,531
97,30 2,520
97,35 2,509
97,40 2,499
97,45 2,488
97,50 2,477
97,55 2,466
97,60 2,456
97,65 2,445
97,70 2,434
97,75 2,424
97,80 2,413
97,85 2,402
97,90 2,391
97,95 2,381
98,00 2,370
98,05 2,359
98,10 2,349
98,15 2,338
98,20 2,328
98,25 2,317
98,30 2,306
98,35 2,296
98,40 2,285
98,45 2,275
98,50 2,264
98,55 2,253
98,60 2,243
98,65 2,232
98,70 2,222
98,75 2,211

(*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado al 3,15 %, vto. 30 de abril de 2033

(Subasta del día 19 de junio)

Precio

Ex-cupón

Rendimiento bruto*

Porcentaje

100,75 3,039
100,80 3,032
100,85 3,025
100,90 3,017
100,95 3,010
101,00 3,003
101,05 2,996
101,10 2,989
101,15 2,981
101,20 2,974
101,25 2,967
101,30 2,960
101,35 2,953
101,40 2,946
101,45 2,938
101,50 2,931
101,55 2,924
101,60 2,917
101,65 2,910
101,70 2,903
101,75 2,896
101,80 2,888
101,85 2,881
101,90 2,874
101,95 2,867
102,00 2,860
102,05 2,853
102,10 2,846
102,15 2,839
102,20 2,832
102,25 2,824
102,30 2,817
102,35 2,810
102,40 2,803
102,45 2,796
102,50 2,789
102,55 2,782
102,60 2,775
102,65 2,768
102,70 2,761
102,75 2,754
102,80 2,747
102,85 2,740
102,90 2,733
102,95 2,726
103,00 2,719
103,05 2,712
103,10 2,705
103,15 2,697
103,20 2,690
103,25 2,683

(*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a diez años al 3,20 %, vto. 31 de octubre de 2035

(Subasta del día 19 de junio)

Precio

Ex-cupón

Rendimiento bruto*

Porcentaje

99,25 3,287
99,30 3,281
99,35 3,276
99,40 3,270
99,45 3,264
99,50 3,258
99,55 3,252
99,60 3,247
99,65 3,241
99,70 3,235
99,75 3,229
99,80 3,224
99,85 3,218
99,90 3,212
99,95 3,206
100,00 3,201
100,05 3,195
100,10 3,189
100,15 3,183
100,20 3,178
100,25 3,172
100,30 3,166
100,35 3,160
100,40 3,155
100,45 3,149
100,50 3,143
100,55 3,137
100,60 3,132
100,65 3,126
100,70 3,120
100,75 3,115
100,80 3,109
100,85 3,103
100,90 3,098
100,95 3,092
101,00 3,086
101,05 3,081
101,10 3,075
101,15 3,069
101,20 3,063
101,25 3,058
101,30 3,052
101,35 3,046
101,40 3,041
101,45 3,035
101,50 3,030
101,55 3,024
101,60 3,018
101,65 3,013
101,70 3,007
101,75 3,001

(*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.