Resolución de 13 de mayo de 2025, de la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación, por la que se publica la segunda Adenda de prórroga y modificación del Convenio con la Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., para el desarrollo de actuaciones de reducción del riesgo de mortalidad de especies de fauna silvestre.

Nº de Disposición: BOE-A-2025-10192|Boletín Oficial: 123|Fecha Disposición: 2025-05-13|Fecha Publicación: 2025-05-22|Órgano Emisor: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la segunda adenda de prórroga y modificación del convenio entre la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación y el Organismo Autónomo Confederación Hidrográfica del Duero, O.A. adscrito al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, para el desarrollo de actuaciones de reducción del riesgo de mortalidad de especies de fauna silvestre, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 13 de mayo de 2025.–La Directora General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación, María Jesús Rodríguez de Sancho.

ANEXO

Segunda adenda de prórroga y modificación del Convenio entre la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación y el Organismo Autónomo Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., adscrito al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, para el desarrollo de actuaciones de reducción del riesgo de mortalidad de especies de fauna silvestre

En Madrid, a 9 de mayo de 2025.

REUNIDOS

De una parte, doña María Jesús Rodríguez de Sancho, Directora General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación, nombrada por Real Decreto 141/2022, de 15 de febrero, actuando en nombre y representación del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, de acuerdo con las atribuciones que le confiere la Orden TED/533/2021, de 20 de mayo, sobre delegación de competencias, publicada el 31 de mayo.

De otra parte, doña María Jesús Lafuente Molinero, como Presidenta de la Confederación Hidrográfica del Duero, O. A., actuando en nombre y representación de este Organismo, nombrada para este cargo por Resolución de 5 de octubre de 2022, de la Subsecretaría del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y facultada expresamente para este acto en virtud de lo dispuesto en el artículo 30.1.a) del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el Real Decreto 1/2001, de 20 de julio en relación con el artículo 48-2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Las partes, en la calidad en que cada una interviene, se reconocen recíprocamente la capacidad para el otorgamiento de esta segunda adenda, a cuyo efecto

EXPONEN

Primero.

Que con fecha 30 de abril de 2021 se firmó entre las partes el convenio entre la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación y el Organismo Autónomo Confederación Hidrográfica del Duero O.A. adscrito al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para el desarrollo de actuaciones de reducción del riesgo de mortalidad de especies de fauna silvestre. Con fecha 5 de enero de 2022 fue publicada la adenda de modificación del convenio, debido a la modificación de la cláusula sexta de inversión, por reajuste de anualidades.

La vigencia del convenio se establecía por cuatro años, finalizando la vigencia del mismo el 12 de mayo de 2025.

Segundo.

Que una vez redactados los pliegos de adaptación de tendidos de las actuaciones comprendidas en el convenio que faltan por ejecutar, se ha detectado un sobrecoste frente a la inversión prevista inicialmente en el convenio debido a la actualización de precios de coste de personal y materiales, debido a que se han añadido nuevas unidades no contempladas inicialmente y al empleo de los nuevos materiales que han salido en el mercado, por lo que se requiere aumentar la inversión en tendidos en 260.000 euros. Además, los plazos de ejecución de este trabajo se prolongarán hasta, al menos, la anualidad 2028.

Tercero.

Desde hace décadas en los canales hay problemas relativos al ahogamiento de fauna silvestre debido a que los animales caen dentro de los canales y quedan atrapados en ellos. Estos últimos años se ha agravado la situación por el crecimiento de la población de la fauna cinegética, pero las medidas correctoras ejecutadas dentro de las actuaciones del convenio están dando resultados muy positivos, por lo que se requiere aumentar la inversión en canales en 260.000 euros para continuar efectuando actuaciones que reducen la mortalidad de especies de fauna silvestre en estas infraestructuras e iniciar nuevas actuaciones en otros canales de la Confederación.

Cuarto.

Que se precisa una modificación de convenio para realizar los compromisos de corrección de tendidos eléctricos con todas las garantías y conforme a la legislación sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión.

Quinto.

Que se precisa una modificación de convenio para aumentar la inversión para continuar efectuando actuaciones que reducen la mortalidad de especies de fauna silvestre en los canales.

Sexto.

Que la cláusula décima del convenio preveía la posibilidad de prórroga por acuerdo entre las partes, antes de la expiración del mismo, a propuesta de la Comisión de Seguimiento y por un periodo de hasta cuatro años adicionales, según el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Séptimo.

Que la cláusula quinta del convenio establece que la modificación de las cláusulas del convenio requiere acuerdo unánime de las partes.

Es por ello por lo que las partes han decidido acordar la prórroga y modificación del convenio firmado el 30 de abril de 2021, con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la adenda.

La presente adenda tiene por objeto prorrogar el convenio suscrito por las partes el día 30 de abril de 2021, así como establecer los nuevos compromisos económicos para los años 2025-2028 e incluir nuevas actuaciones en canales que tengan problemas de mortalidad de fauna.

Segunda. Prórroga.

Las partes acuerdan de manera unánime la prórroga del convenio hasta el 12 de mayo de 2029, conforme al artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Tercera. Modificación de la cláusula sexta de inversión.

La presente adenda supone un incremento de la inversión de 520.000 euros que financiarán conjuntamente los dos organismos al 50 %, de modo que se incrementa la inversión de las actuaciones relativas a los canales en 260.000 euros y la inversión de las actuaciones relativas a tendidos en 260.000 euros. El incremento de inversión se ejecutará en las anualidades 2025, 2026, 2027 y 2028. De esos 520.000 euros la CHD aprueba un incremento de gasto por importe de 260.000 euros con cargo al presupuesto del ejercicio 2025, mientras que la DGBBD aprueba un incremento de gasto por importe de 260.000 euros, 130.000 euros con cargo al presupuesto del ejercicio 2027 y 130.000 euros con cargo al presupuesto del ejercicio 2028.

Por lo tanto, la cláusula sexta de inversión del convenio suscrito originalmente entre la Dirección General de Biodiversidad; Bosques y Desertificación y el organismo autónomo Confederación Hidrográfica del Duero, quedaría tal y como se indica a continuación:

La inversión máxima para la realización de las actuaciones marcadas en este convenio y su prórroga será de 2.810.000,00 euros, que financiarán conjuntamente los dos organismos al 50 %.

Las actuaciones relativas a los canales, mencionadas en la cláusula octava, tendrán un presupuesto máximo de 305.000,00 euros. Las correcciones de tendidos 2.505.000 euros.

Esta inversión se distribuirá en las siguientes anualidades:

Anualidad

DGBBD

Euros

(tendidos)

CHD

Euros

Total

Euros

(tendidos) (canales)
2022 42.216,47 0,00 36.112,66 78.329,13
2023 204.638,28 246.854,75 0,00 451.493,03
2024 19.669,23 19.669,23 0,00 39.338,46
2025 0,00 0,00 268.887,34 268.887,34
2026 309.045,49 223.791,57 0,00 532.837,06
2027 451.781,90 327.152,41 0,00 778.934,31
2028 377.648,63 282.532,04 0,00 660.180,67
Total 1.405.000,00 1.100.000,00 305.000,00 2.810.000,00
  1.405.000,00 1.405.000,00 2.810.000,00

La aportación de la DGBBD se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 23.11.456C.6.

La aportación de la CHD se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 23.103.452A.6.

La contratación y ejecución de las actuaciones previstas en la cláusula octava relativas a los canales se realizará por la CHD O.A., que emitirá las correspondientes certificaciones con cargo al capítulo 6 del programa 452A de su presupuesto.

La contratación de las actuaciones previstas en la cláusula octava relativas a los tendidos eléctricos se realizará por la DGBBD, a cuyos efectos la CHD deberá aportar el oportuno certificado de retención de crédito.

La inversión aprobada cada año no podrá superar en ningún caso la cifra establecida. No obstante, en caso de imposibilidad de ejecución de las actuaciones en el plazo establecido inicialmente (si éstas no se modifican), la comisión de seguimiento podrá proponer un reajuste de anualidades que deberán aprobar los firmantes del convenio, respetando los plazos de vigencia establecidos en el art 49.h de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

La inversión se entiende condicionada a las disponibilidades presupuestarias que se fijen anualmente en la ley de Presupuestos Generales del Estado.

Cuarta. Modificación de la cláusula cuarta de seguimiento.

Se añade un nuevo párrafo al final de la cláusula cuarta de seguimiento del convenio entre la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación y el Organismo Autónomo Confederación Hidrográfica del Duero O.A. adscrito al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para el desarrollo de actuaciones de reducción del riesgo de mortalidad de especies de fauna silvestre atendiendo al criterio establecido por el Ministerio de Hacienda, la IGAE y la Abogacía de Estado con el siguiente texto:

«No obstante lo anterior, por acuerdo de la Comisión de Seguimiento las partes podrán promover y aprobar posibles reajustes de anualidades en función de la evolución de la ejecución del objeto y de las actuaciones contempladas en el presente convenio, siempre que estos no supongan un incremento económico global del mismo, ni del plazo del mismo».

Quinta. Modificación de la cláusula octava de actuaciones a acometer.

Se ha advertido problemas de ahogamientos en otros canales propiedad de la Confederación, por lo que la cláusula octava de actuaciones a acometer del convenio suscrito originalmente entre la Dirección General de Biodiversidad; Bosques y Desertificación y el organismo autónomo Confederación Hidrográfica del Duero, quedaría tal y como se indica a continuación:

«Las actuaciones a acometer son la adecuación de los canales propiedad de la Confederación Hidrográfica del Duero en los que se ha constatado mortalidad de fauna por ahogamiento, para evitar retenciones de fauna silvestre, como los canales de Arriola y General del Páramo, en León, y Villalaco en Palencia.

Asimismo, se acometerá la corrección de los tendidos eléctricos de alta tensión, propiedad de la Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., ubicados en las Zonas de Protección, conforme a los artículos 3 y 4 del Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, en las provincias de Ávila, Burgos, León, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria y Valladolid.»

Sexta. Eficacia.

«La presente adenda de prórroga y modificación surtirá efectos tras su suscripción e inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación antes de la fecha de extinción del convenio. Adicionalmente será publicada en el “Boletín Oficial del Estado”.»

Y para que conste a los efectos oportunos, y en prueba de su total conformidad y aceptación, ambas partes firman electrónicamente la presente adenda.–La Directora General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación, María Jesús Rodríguez de Sancho.–La Presidenta de la Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., María Jesús Lafuente Molinero.