Antecedentes de hecho
Con fecha 20 de mayo de 2003, se publica en el «Boletín Oficial del Estado» la Resolución de 11 de abril de 2003, de la Secretaría General de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental (DIA) sobre el proyecto de saneamiento integral de las Marismas de Santoña, Cantabria. La mayor parte de actuaciones del proyecto evaluado se encuentran ejecutadas y en funcionamiento.
En 2013, se presenta el «Proyecto de Obras del Colector General del Asón. Tramo: Colindres-Ampuero». De las obras que lo integran, están ejecutados los cruces del río Asón y el canal de derivación en terrenos de dominio público. Debido a diversas circunstancias urbanísticas, sociales, arqueológicas, servicios afectados, etc., se lleva a cabo una actualización del proyecto de las obras no ejecutadas, que son objeto del presente procedimiento de evaluación ambiental.
Con fecha 23 de julio de 2024, tiene entrada en esta Dirección General solicitud de inicio de la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental simplificada del proyecto «Terminación de las obras del colector general del Asón. Tramo Colindres-Ampuero. Saneamiento General de las Marismas de Santoña (Cantabria)», remitida por la Dirección General del Agua del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), como órgano sustantivo y promotor de la actuación.
El objeto del proyecto, localizado en la zona central de Cantabria, es la construcción del colector interceptor general del Asón, con inicio en Ampuero y final en la conexión con el edificio de bombeo Colindres Sur (existente).
Con fechas 4 y 26 de septiembre de 2024, se realiza el trámite de consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas en relación con el proyecto, así como la ampliación de dichas consultas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
Con fecha 7 de noviembre de 2024, se requieren, a través de sus órganos jerárquicamente superiores, los informes de las Direcciones Generales de Medio Ambiente y Cambio Climático y de Montes y Biodiversidad, ambas del Gobierno de Cantabria. Los informes solicitados se aportan con fechas 22 de noviembre de 2024 y 22 de enero de 2025, respectivamente. Asimismo, se reitera la solicitud de informe a la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, que responde con fecha 16 de noviembre de 2024.
La siguiente tabla recoge los organismos y entidades consultados y si han remitido informe en relación con el documento ambiental:
| Relación de consultados* | Respuestas recibidas |
|---|---|
| Confederación Hidrográfica del Cantábrico. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. | Sí |
| Delegación del Gobierno en Cantabria. | Sí |
| Dirección General de la Costa y el Mar. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. | Sí |
| Instituto Geológico y Minero de España (IGME). Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. | Sí |
| Oficina Española de Cambio Climático. Secretaría de Estado de Medio Ambiente. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. | Sí |
| Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina. Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. | Sí |
| Dirección General del Sector Ferroviario. Secretaría General de Transporte Terrestre. Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. | Sí |
| Dirección General de Carreteras. Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. | No |
| Demarcación de Costas de Cantabria. | No |
| Dirección General de Montes y Biodiversidad. Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación. Gobierno de Cantabria. | Sí |
| Dirección General de Transportes y Comunicaciones. Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente. Gobierno de Cantabria. | No |
| Dirección General de Cultura y Patrimonio Histórico. Consejería de Cultura, Turismo y Deporte. Gobierno de Cantabria. | Sí |
| Dirección General de Medio Ambiente y Cambio Climático. Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente. Gobierno de Cantabria. | Sí |
| Dirección General de Obras Hidráulicas y Puertos. Consejería de Obras Públicas, Ordenación del Territorio y Urbanismo. Gobierno de Cantabria. | Sí |
| Dirección General de Pesca y Alimentación. Consejería de Medio Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente. Gobierno de Cantabria. | No |
| Dirección General de Salud Pública. Consejería de Salud. Gobierno de Cantabria. | Sí |
| Dirección General de Seguridad y Protección Ciudadana. Consejería de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa. Gobierno de Cantabria. | Sí |
| Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio. Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente. Gobierno de Cantabria. | Sí |
| Ayuntamiento de Ampuero. | No |
| Ayuntamiento de Colindres. | No |
| Ayuntamiento de Limpias. | Sí |
| Asociación para la Defensa de los Recursos Naturales de Cantabria (ARCA). | No |
| Cantabria Nuestra. | No |
| Ecologistas en Acción-Cantabria. | No |
| Greenpeace España. | No |
| SEO/Birdlife. | No |
| WWF/Adena. | No |
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* En la denominación de la consulta. Pueden haber sufrido cambios por modificaciones en las Administraciones. |
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Con fecha 27 de febrero de 2025, se trasladan al promotor las prescripciones sugeridas por las Administraciones en sus respuestas y, el 24 de marzo de 2025, el promotor responde, asumiendo de forma general todas las prescripciones, afirmando que algunas estaban recogidas en el documento ambiental y aclarando determinadas cuestiones.
Con fecha 4 de junio de 2025, la Confederación Hidrográfica del Cantábrico envía informe recibido de la Dirección General de la Costa y el Mar del MITECO. Con fecha 29 de agosto de 2025, se trasladan al promotor, entre otras, las prescripciones ambientales sugeridas en dicho informe. Con fecha 11 de septiembre de 2025, el promotor muestra su conformidad con todas las prescripciones que incorporará al proyecto de ejecución, con anterioridad a la aprobación técnica del proyecto.
Analizada la documentación obrante en el expediente y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la sección 1.ª del capítulo II del título II, según los criterios del anexo III, de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
a) Características del proyecto.
De acuerdo con los antecedentes antes expuestos, el proyecto define la construcción del Colector interceptor general del Asón que se inicia en la localidad de Ampuero y finaliza en la conexión con el edificio de bombeo Colindres Sur (existente), con objeto de evitar los vertidos que se realizan de forma directa al río Asón. Se conectarán colectores secundarios al conducto principal, que recogerán los vertidos de las localidades de Ampuero, Marrón, Pieragullano, Limpias y Colindres Alto (Barrio de Santolaja).
Las infraestructuras proyectadas se desglosan en las siguientes infraestructuras:
− Colectores interceptores. Parten de bombeos o aliviaderos tras eliminar el exceso de aguas pluviales. Los diámetros oscilan entre 400 mm y 600 mm.
− Colectores secundarios. Interceptan las redes y vertidos de saneamiento de los pueblos y núcleos, uniéndolos. Incorporan las aguas residuales y las pluviales en aquellos lugares que cuenten con red de saneamiento unitaria, por lo que sus diámetros de diseño son de 400 mm o más.
− Tanques de tormenta (aliviaderos). Son enterrados, no obstante, cuentan con una parte aérea cerrada, insonorizada y desodorizada, con acabados acordes con la arquitectura y etnografía del entorno.
− Bombeos.
− Suministro eléctrico de aliviaderos y bombeos.
− Sistema de desodorización, ventilación e insonorización de las cámaras de retención, alivio y de bombeo.
Los procedimientos constructivos consistirán en zanja abierta, zanja con tablestacas, zanja con entubación, zanja por debajo del nivel freático, e hincado del colector. Se prevén caminos temporales para las obras, instalaciones auxiliares, zonas de acopio y zonas de vertido de excedentes de excavación.
El promotor estudia tres alternativas para las distintas infraestructuras, además de la alternativa 0 que corresponde al proyecto original de las obras del colector general del Asón redactado en noviembre de 2013.
Las tres alternativas que se analizan en el documento ambiental son las siguientes:
| Zonas y características | Alternativa 1 | Alternativa 2 | Alternativa 3 |
|---|---|---|---|
| Zona Ampuero-Limpias |
1) Colector Interceptores Ampuero y Ampuero-Limpias Centro. 2) Colectores Secundarios: Ampuero Margen Derecha, Pieragullano, Ampuero Margen Izquierda, Marrón 1, Marrón 2, Marrón 3, Marrón 4. 3) Bombeo aliviadero Plaza de Toros, y Ampuero. |
1) Colector Interceptores Ampuero-Limpias Centro. 2) Colectores Secundarios: Ampuero Margen Derecha, Pieragullano, Ampuero Margen Izquierda, Ampuero, Marrón 1, Marrón 2, Marrón 3, Marrón 4. 3) Bombeo aliviadero Ampuero y Pieragullano. |
1) Colector Interceptores Ampuero y Ampuero-Limpias Centro. 2) Colectores Secundarios: Ampuero Margen Derecha, Bernales, Pieragullano, Ampuero Margen Izquierda, Marrón 1, Marrón 2, Marrón 3, Marrón 4. 3) Bombeo aliviadero Plaza de Toros, y Ampuero. |
| Zona Limpias |
1) Colector Interceptor Limpias Centro-Limpias Norte. 2) Colectores Secundarios Limpias 1, 2, 3 y 4. 3) Bombeos aliviaderos Limpias Centro y Limpias Norte. |
1) Colector Interceptor Limpias Centro-Limpias Norte. 2) Colectores Secundarios Limpias 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7. 3) Bombeos aliviaderos Limpias Centro y Limpias Norte. |
|
| Zona Limpias-Colindres |
1) Colector Interceptor Limpias Norte-Santolaja y Santolaja-Colindres. 2) Colector Secundario Santolaja. 3) Bombeo-aliviadero Santolaja. |
||
| Longitud total | 13.820 m, de los que 2.620 m son en hinca. | 12.296 m, de los que 2.255 m son en hinca. | 13.972 m, de los que 1.502 m son en hinca. |
| Superficie ocupación | 22,12 ha, estimando un ancho medio de zanja de 3,5 m y un máximo de ocupación de 15 m (7,5 m a cada lado desde el eje de conducción). | 20,23 ha, estimando un ancho máximo de ocupación de 20 m en la margen derecha del río Asón y 15 m en el resto. | 22,47 ha, estimando un ancho medio de zanja de 3,5 m y un máximo de ocupación de 15 m. |
El documento ambiental incluye un análisis multicriterio para la selección de la alternativa más adecuada, donde se estudian aspectos relacionados con el alcance de las obras, la viabilidad constructiva y la potencial afección ambiental. Como resultado, teniendo en cuenta los objetivos ambientales, económicos, técnicos y sociales, se selecciona la alternativa 3 como la más favorable, ya que presenta menores afecciones ambientales, menores longitudes de colectores en hinca, menor afección social, además de presentar ventajas en cuanto a la viabilidad constructiva y accesibilidad a las instalaciones.
Las infraestructuras que forman parte de la alternativa seleccionada son:
− Colectores Interceptores: Ampuero, Ampuero-Limpias Centro, Limpias Centro-Limpias Norte, Limpias Norte-Santolaja, Santolaja – Colindres.
− Colectores Secundarios: Ampuero Margen Derecha, Bernales, Pieragullano, Ampuero Margen Izquierda. Marrón 1, 2, 3 y 4, Limpias 1 a 7 y Santolaja.
− Bombeos-aliviaderos: Plaza de Toros, Ampuero, Limpias Centro, Limpias Norte y Santolaja.
b) Ubicación del proyecto.
El proyecto se localiza en Cantabria, en el tramo bajo del río Asón, en su confluencia con el humedal de las Marismas de Santoña, dentro del ámbito de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental. Se desarrolla en los términos municipales (TTMM) de Ampuero, Limpias y Colindres (Cantabria). Los núcleos de población localizados en el entorno de las obras son Colindres Alto (Barrio de Santolaja), Limpias, Pieragullano, Ampuero y Marrón.
Las actuaciones previstas solapan parcialmente con los siguientes espacios de la Red Natura 2000: Zona Especial de Conservación (ZEC) ES1300007 «Marismas de Santoña, Victoria y Joyel», ZEC ES1300011 «Río Asón» y Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) ES0000143 «Marismas de Santoña, Victoria y Joyel y Ría de Ajo». Asimismo, las actuaciones solapan con el Parque Natural «Marismas de Santoña, Noja y Joyel», y con el humedal de importancia internacional de la lista RAMSAR «Marismas de Santoña, Victoria y Joyel».
c) Características del potencial impacto.
c.1) Atmósfera y cambio climático.
Cantabria tiene un clima atlántico templado húmedo, condicionado por la orografía y la proximidad al mar y, por tanto, oceánico con precipitaciones bastante uniformes a lo largo del año.
El documento ambiental no prevé efectos significativos sobre el clima, el cambio climático ni la atmósfera por el desarrollo de las obras, a excepción de la emisión de polvo por los movimientos de tierra y contaminantes por la maquinaria durante la fase de ejecución. Se llevarán a cabo buenas prácticas en la obra como la circulación de camiones con toldos; el riego periódico de caminos de obra, instalaciones auxiliares, parques de maquinaria, zonas de préstamos y vertederos, y residuos inertes; y el control del reglaje de los motores de la maquinaria empleada para minimizar sus emisiones a la atmósfera.
El proyecto se alinea con los objetivos y estrategias de la lucha contra el cambio climático al mejorar el saneamiento y depuración de aguas, lo que permitirá proteger y recuperar los ecosistemas.
La Oficina Española de Cambio Climático recuerda que el análisis del cambio climático debe atender a una doble visión de mitigación y adaptación y recomienda la inclusión del cálculo de la huella de carbono del proyecto. El promotor aporta dicho cálculo que será enviado a ese organismo, con el objeto de incorporar las medidas ambientales que se estimen oportunas.
c.2) Geología y suelos. Residuos.
Geológicamente la zona de estudio se sitúa cerca del extremo oriental del Macizo Hercínico Asturiano, en el extremo occidental de la Cuenca Cantábrica. Las principales unidades litológicas están formadas por carbonatos y alternancias de areniscas y arcillas, cubiertas por sedimentos más recientes relacionados con medios litorales y/o aluviales. Asimismo, aparecen pequeños afloramientos del Triásico, correspondientes a la denominada «Facies Keuper» (arcillas rojas, yesos y sales).
El Instituto Geológico y Minero de España (IGME) informa que el proyecto afecta al Lugar de Interés Geológico (LIG) CV063 «Marismas de Santoña», que presenta un elevado interés científico. Se trata de un estuario que destaca por su extensión, el tercero más grande del Cantábrico después de la bahía de Santander y del estuario del Río Nervión.
El documento ambiental indica que las conducciones de las tuberías discurren en gran parte por caminos y carreteras existentes o sus márgenes y zonas urbanizadas, por lo que la incidencia sobre el suelo y su aprovechamiento agrológico se considera muy reducida. La alternativa seleccionada supondrá movimientos de tierra por excavación. Las tierras excavadas serán utilizadas en rellenos de trazas y terraplenes, así como en la restitución del sustrato afectado, mientras que el sobrante será enviado a vertedero. Para reducir las afecciones se llevará a cabo el control del movimiento de tierras, movimiento de maquinaria y la ocupación del suelo, viales de obra y accesos existentes. Al final de las obras se realizará el acondicionamiento del terreno afectado. No se espera afección al medio edáfico durante el funcionamiento del proyecto.
La Dirección General de Montes y Biodiversidad del Gobierno de Cantabria solicita el cumplimiento de una serie de condiciones de carácter general sobre residuos y vertidos, que son aceptadas en su mayoría por el promotor y se incluyen en el documento ambiental. No obstante, solicita que los suelos inertes sean utilizados como depósito y material de restauración de la Cantera del Sorbal (Santoña). El promotor responde que dicha restauración se trata de forma independiente dentro del proyecto «Conexión Subfluvial del Saneamiento General de las Marismas de Santoña entre Laredo y Santoña (Cantabria)», que no es objeto de está tramitación.
La Dirección General de Montes y Biodiversidad del Gobierno de Cantabria, en un segundo informe, matiza la prescripción solicitando que los suelos inertes excedentes de la excavación de las zanjas de los colectores, así como los lodos bentónicos que no requieran de nueva reutilización, puedan ser empleados en la restauración de espacios degradados, proponiendo las canteras de Las Viñas, La Angustina o Montehano, o en su defecto, gestionados por empresa autorizada. El promotor tendrá en cuenta dicha solicitud y enviará el proyecto de restauración al anterior organismo, al objeto de tener en cuenta su valoración.
c.3) Hidrología e hidrogeología. Calidad de las aguas. Medio marino.
El área de estudio se incluye dentro del ámbito de la Cuenca Hidrográfica del Cantábrico, Demarcación del Cantábrico Occidental, en la cuenca del río Asón.
Los cauces cruzados por las conducciones son el río Asón en dos ocasiones, el río Bernales y el río Bordales, en Ampuero. El resto de los cursos fluviales atravesados, el arroyo de las Cuevas y otros innominados, son estacionales y de escaso caudal. El documento ambiental indica que el estudio de las alternativas tiene en cuenta los límites del dominio público hidráulico (DPH), al objeto de minimizar afecciones.
Tras atravesar la localidad de Ampuero, el río Asón se transforma en la «Ría de Limpias» y en las proximidades del punto final del proyecto de saneamiento, el río Clarín origina la «Ría de la Rada». Ambas, al unirse forman la «Ría del Asón o de Treto» y contribuyen a generar el sistema estuarino de las marismas de Santoña. Es en este último ámbito donde el proyecto afecta en varios puntos al dominio público marítimo-terrestre (DPMT) y zonas clasificadas como de servidumbre de protección. En concreto, la alternativa seleccionada ocupará 38.031,35 m2 del demanio, no obstante, el documento ambiental informa que se intentará reducir al mínimo imprescindible su ocupación.
De acuerdo con el artículo 6 de la Directiva Marco del Agua (DMA), el proyecto se enmarca en una zona protegida para la captación de agua potable y en un área de captación de zona sensible, así mismo es cercano a la zona de protección de especies acuáticas económicamente significativas por su interés para el cultivo de moluscos, «Bahía de Santoña-Ría de Limpias».
En la actualidad, la recogida de las aguas residuales de las localidades de Ampuero, Limpias y Santolaja, se realiza mediante redes unitarias, con diversos puntos de vertido existentes que no disponen de mecanismos de depuración. El documento ambiental indica que el «Estudio de evaluación de los efectos de los vertidos de saneamiento del TM de Limpias sobre el medio receptor», realizado por el Ayuntamiento de Limpias, señala que los vertidos que se pretenden recoger con la infraestructura proyectada actualmente afectan negativamente a la calidad de las aguas, no sólo en el punto de vertido, sino también aguas abajo, en el medio marino.
El documento ambiental indica que las conducciones proyectadas del saneamiento cruzan en varias ocasiones cursos fluviales o se desarrollan por sus márgenes. Durante las obras, la apertura de la zanja, los movimientos de tierra y el paso de maquinaria podrán producir turbidez o algún vertido de sustancias en las aguas, tanto fluviales como estuarinas y marinas. Sin embargo, durante la fase de funcionamiento, la retirada de los vertidos actuales supondrá un impacto muy positivo. Para la protección y prevención de la posible afección a los medios hidrológico y marino durante la ejecución, se incluyen una serie de medidas como evitar alterar la circulación natural del agua y modificar los cauces; ubicar los acopios y sustancias contaminantes lejos de acuíferos y zonas sensibles; emplear ataguías y técnicas que minimicen la turbidez y afección como tablaestacas o desvíos parciales del lecho; prohibir el vertido de residuos sólidos, aceites, lechadas u hormigones en cauces o zonas cercanas; control de los vertidos mediante sistemas de decantación, balsas y análisis previos; colocación de barreras de contención para evitar arrastres; restricción de almacenamiento de materiales cerca de zonas húmedas con restauración posterior de las áreas afectadas; la maquinaria se mantendrá en condiciones óptimas, con puntos impermeabilizados para el repostaje y gestión de aceites según normativa vigente. Las obras contarán con vigilancia ambiental, y se paralizarán frente a los riesgos o afecciones detectadas.
Parte del trazado discurre por terrenos que tienen la consideración de zona de flujo preferente y son inundables para las avenidas de 100 y 500 años de período de retorno de los ríos Asón, Bernales y Los Bordales. Por ello, la Confederación Hidrográfica recuerda que el proyecto deberá de cumplir lo dispuesto en al artículo 7.3 del real decreto por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico (RDPH), por lo que se deberá justificar adecuadamente la inviabilidad de definir el trazado de los colectores, fuera de la zona de servidumbre del dominio público hidráulico. En la misma línea, los pozos e instalaciones auxiliares de la red se ubicarán, preferiblemente, fuera de la zona de flujo preferente, de modo que se minimice el riesgo de descalzamientos y afecciones por la posible erosión de las márgenes del río.
La Confederación Hidrográfica del Cantábrico y la Dirección General de Montes y Biodiversidad del Gobierno de Cantabria incluyen en sus informes una serie de condiciones y medidas de carácter técnico y general en el ámbito de sus competencias, para la protección del medio hídrico. El promotor señala que gran parte de dichas medidas están incluidas en el documento ambiental y que las tendrá en cuenta en el proyecto. Respecto a los cruces sobre los ríos Asón y Bernales, indica que se plantean a cielo abierto debido a que los materiales existentes desaconsejan la perforación dirigida, que sugiere la Dirección General de Montes y Biodiversidad del Gobierno de Cantabria. No obstante, asumirá lo indicado por el organismo competente.
Desde esta Dirección General se solicita al promotor que coordine, junto con la Dirección Técnica de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico y la Dirección General de Montes y Biodiversidad del Gobierno de Cantabria, la metodología más adecuada según los materiales existentes, para la realización del cruzamiento de los ríos Asón y Bernales, de tal modo que se alcance una solución ambiental óptima que sea técnicamente viable. El promotor se compromete a llevar a cabo dicha coordinación.
La Dirección General de la Costa y el Mar del MITECO muestra conformidad con el proyecto, ya que con la alternativa seleccionada han disminuido las afecciones al DPMT respecto al proyecto original. No obstante, incluye una serie de condiciones de carácter general que debe incorporar el proyecto. En el segundo informe emitido por la citada Dirección General, reitera la importancia de tomar las medidas adecuadas para garantizar la no contaminación, vertido y/o arrastre de basuras a través de la escorrentía superficial o por vertidos directos sobre el medio marino y, para ello, el promotor deberá velar porque las infraestructuras funcionen correctamente. Asimismo, si en el futuro se derivase la necesidad de ejecución de obras en el medio marino, se deberá solicitar el correspondiente informe de compatibilidad con la Estrategia Marina de la Demarcación Noratlántica. El promotor responde que tendrá en cuenta todas las medidas establecidas, que serán incorporadas al proyecto de ejecución, con anterioridad a su aprobación técnica por el órgano sustantivo.
c.4) Vegetación, flora y hábitats de interés comunitario (HIC).
El documento ambiental recoge que, según la sectorización de Rivas-Martínez et al. (1987), el área de estudio se encuadra en la Región Biogeográfica Eurosiberiana, en la Superprovincia Atlántica, provincia Cántabro-atlántica y sector Cántabro-Euskaldún. En concreto, se corresponde con la serie 6a «Colino-Montana orocantroatlántica mesófitica del fresno (Fraxinus excelsior). Polystichus setiferi-Fraxineto excelsioris sigmetum».
El documento ambiental identifica las siguientes comunidades vegetales: praderías, cultivos y tierras arables, vegetación de marisma, matorral-pastizal, bosques y bosquetes autóctonos, plantaciones forestales (eucaliptales), antropizada, vegetación invasora y zonas sin vegetación. En los trabajos de campo no se ha encontrado flora amenazada. En el ámbito del proyecto se identifican 7 HIC, dentro y fuera de la Red Natura 2000, entre ellos, el prioritario 91E0* «Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior» (aliseda). Se estima una afección total a este hábitat prioritario, dentro y fuera de Red Natura 2000, de 0,507 ha de su superficie por la alternativa seleccionada.
La realización de las zanjas y conducciones supondrá la potencial eliminación de la vegetación natural. Por ello, el documento ambiental presenta un conjunto de medidas de protección de la vegetación frente al despeje y desbroce, el control y erradicación de ejemplares de especies exóticas invasoras (EEI), la retirada y conservación de la cobertura vegetal, y el control de movimiento de maquinaria. Se recuperará e integrará paisajísticamente la tierra vegetal alterada, permitiendo el restablecimiento de las comunidades vegetales propias de los ecosistemas. Se adoptarán precauciones para no alterar la cubierta vegetal ni las características hidrológicas, especialmente en espacios de la Red Natura 2000, para ello, se elaborará una cartografía a escala adecuada en la que se refleje la traza definitiva y ubicación de los HIC y se cuantificará la vegetación a eliminar. En el caso de que así lo estime el organismo autonómico competente y mientras que proponga terrenos adecuados para su recuperación, se realizarán plantaciones de igual superficie y composición a las especies de los hábitats afectados. Se designará un comité de seguimiento para controlar los posibles efectos de las obras sobre la vegetación arbolada, procurando evitar el desarraigo de ejemplares, especialmente en zonas de bombeo y alivio.
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO, la Dirección General de Montes y Biodiversidad y la Dirección General de Medio Ambiente y Cambio Climático, ambas del Gobierno de Cantabria, así como el Ayuntamiento de Limpias solicitan una serie de prescripciones en relación con la protección de la vegetación, que el promotor incluye en el proyecto en su práctica totalidad. No obstante, entre otras cuestiones, la Dirección General de Montes y Biodiversidad del Gobierno de Cantabria solicita que sean zonas de compensación y de potencial recuperación de especies autóctonas, aquellos terrenos y parcelas que hayan sido dedicados a las labores de eliminación de especies exóticas invasoras, evitando el uso como zona de restauración del terreno que actualmente se corresponde con una parcela dedicada a huertos urbanos. El promotor afirma que cumplirá con dicha medida, siempre que exista la disponibilidad de terrenos necesarios. El organismo también solicita la erradicación de las especies exóticas invasoras presentes en la zona antes del inicio de las obras, su control y seguimiento durante un periodo de tres años desde la finalización de las obras. El promotor acepta dicha prescripción pero sin descartar acometer los trabajos con medios distintos al contrato de obras, que deriven de la licitación del proyecto constructivo.
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO indica que se deberá planificar y realizar el seguimiento durante toda la vida útil de las infraestructuras, incorporando acciones específicas para la vegetación, flora, y los HIC y solicita la realización de informes de seguimiento periódicos y, en su caso, excepcionales. El promotor responde, que la actuación se construye en el marco del convenio de colaboración entre el Gobierno de Cantabria y la Confederación Hidrográfica del Norte del 2 de noviembre de 2005, para la ejecución y explotación de las obras de la segunda fase del saneamiento, y por ello, una vez finalizadas las obras, éstas serán entregadas para su uso público al Gobierno de Cantabria el cual se deberá hacerse cargo de ellas y, por ende, de su seguimiento. Por ello, el seguimiento ambiental durante la vida útil de las infraestructuras será realizado por el Gobierno de Cantabria, por lo que se articularán los mecanismos para que así se realice.
El promotor indica que realizará prospecciones botánicas previas a las obras para identificar los HIC y especies protegidas que existan. Propondrá zonas de compensación y recuperación de especies, y erradicará las especies exóticas en coordinación con la administración autonómica competente. El seguimiento se realizará durante toda la vida útil de las infraestructuras, y será adecuadamente enviado a los organismos pertinentes.
c.5) Fauna.
El documento ambiental indica que ámbito de estudio del proyecto se enmarca en una zona de alto valor ambiental categorizado como espacio natural protegido de carácter internacional, europeo y regional, constituido por un conjunto de humedales (estuario del río Asón y marismas de Santoña) de gran importancia para las aves acuáticas, más de 70 especies distintas de aves utilizan las marismas como punto de descanso en sus rutas migratorias o como refugio frente al invierno, e incluye una de las mejores manifestaciones de encinares cantábricos costeros.
El documento distingue los biotopos marismas y estuarios, y prados en la zona, siendo la riqueza de las especies elevada. En la zona del proyecto se encuentran los siguientes taxones de fauna incluidos en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Cantabria (CREAC; Decreto 120/2008 de 4 de diciembre) en la categoría de «vulnerable»: caracola, bucino o tritón marino (Charonia lampas lampas), rana de San Antonio (Hyla arborea), alimoche (Neophron percnopterus), murciélago ratonero pardo (Myothis emarginatus), murciélago de cueva (Miniopterus schreibersii), murciélago ratonero grande (Myotis myotis), murciélago mediterráneo de herradura (Rhinolophus euryale) y murciélago mediterráneo grande (Rhinolophus ferrumequinum).
El documento ambiental señala que durante las obras, tendrán lugar excavaciones, movimientos de tierra y, en general, acciones que afectarán a la tranquilidad y comportamiento de la fauna presente. Considera que las especies más sensibles a las actuaciones previstas son las comunidades acuáticas. El proyecto contempla el cruce del río Asón en dos zonas (Ampuero y norte de Marrón), lo que puede alterar la calidad y turbidez de las aguas durante las obras y repercutir negativamente en la fauna piscícola, entre la que destacan especies como salmón (Salmo salar), madrilla (Parachondrostoma miegii) y sábalo (Prochilodus lineatus).
Para paliar estos efectos, el documento ambiental indica que el diseño del proyecto procurará la minimización de la afección sobre los cursos fluviales, se emplearán buenas prácticas en obra para evitar trabajar en la lámina de agua y reducir los procesos de turbidez, minimizando además el riesgo de erosión. Se evitarán las obras y actuaciones ruidosas que se realicen dentro o próximas a los terrenos marismeños durante la etapa de nidificación de la avifauna silvestre. No se llevarán a cabo trabajos nocturnos, se realizará un control de la fauna, especialmente la de mayor valor ecológico y se comunicará a los trabajadores la presencia de zonas sensibles. El cruce en el río Asón se llevará a cabo de tal manera que se garantice la continuidad piscícola, mediante pesca eléctrica previa, en coordinación con el organismo autonómico competente en medio ambiente.
La Dirección General de Montes y Biodiversidad del Gobierno de Cantabria incluye prescripciones y medidas para la protección de la comunidad animal ya consideradas en gran parte en el documento ambiental presentado, y que son aceptadas por el promotor. No obstante, el promotor recuerda que el proyecto constructivo no contempla la realización de obras de paso ni la disposición de marcos porque los colectores irán enterrados. Por tanto, en principio no se considera la construcción de estructuras de paso de fauna, aunque en caso de ser necesarias, se procederá a su instalación.
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO informa que se deberá planificar y llevar a cabo el seguimiento durante toda la vida útil de las infraestructuras, incorporando acciones específicas para la fauna. Solicita, asimismo, la realización de informes de seguimiento periódicos y, en su caso, excepcionales al respecto.
El promotor responde que se realizarán prospecciones de terreno para identificar especies de fauna, nidos, madrigueras, dormideros y/o refugios, además de su comunicación al organismo competente, en su caso. En caso de realizarse estructuras de paso de fauna, cumplirán con las prescripciones técnicas para el diseño de pasos de fauna y vallados perimetrales del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (2015), informando al organismo autonómico competente. Por tanto, se articularán los mecanismos necesarios para el seguimiento ambiental durante la vida útil de las infraestructuras por el Gobierno de Cantabria.
c.6) Espacios Naturales Protegidos. Red Natura 2000.
El documento ambiental informa que el ámbito de actuación solapa en una superficie total de unas 10 ha con varios espacios de la Red Natura 2000. En concreto:
− ZEC ES1300007 «Marismas de Santoña, Victoria y Joyel», que se corresponde con un amplio y diverso sistema estuarino de cuenca salmonera. Las especies objeto de conservación de este espacio, que podrían experimentar consecuencias adversas son invertebrados como el caracol moteado (Elona quimperiana), ciervo volante europeo (Lucanus cervus) o caballito del diablo (Coenagrion mercuriale); quirópteros como murciélago de herradura mediterráneo (Rhinolophus euryale), murciélago de herradura grande (Rhinolophus ferrumequinum), murciélago pequeño de herradura (Rhinolophus hipposideros), murciélago ratonero mediano (Myotis blythii) y murciélago ratonero grande (Myotis myotis); peces como el sábalo, madrilla y salmón; anfibios como el sapillo pintojo ibérico (Discoglossus galganoi); reptiles como el galápago leproso (Mauremys leprosa) y lagarto verdinegro (Lacerta schreiberi), y varias aves del artículo IV de la Directiva 2009/147/EC del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las aves silvestres.
Se espera una afección total sobre 0,716 ha de HIC en esta ZEC. En concreto: 0,034 ha del HIC 1130 «Estuarios»; 0,154 ha del HIC 1330 «Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae)»; 0,068 ha sobre el 91E0* «Bosques aluviales de Alnus glutinosay Fraxinus excelsior»; y 0,020 del 1140 «Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay marea baja».
− ZEPA ES0000143 «Marismas de Santoña, Victoria y Joyel, y Ría de Ajo», que constituye un humedal imprescindible para la migración e invernada de anátidas, limícolas y gaviotas. Las especies objeto de conservación de esta ZEPA que podrían verse afectadas son numerosas aves del artículo IV de la Directiva 2009/147/EC, entre las que destacan la cigüeña (Ciconia ciconia) y alimoche (Neophron percnopterus), reproductoras en el ámbito de la ZEPA.
− ZEC ES1300011 «Río Asón». Abarca el cauce fluvial del río y una franja de 25 m a ambos lados, que engloba la vegetación ribereña. Las especies faunísticas objeto de conservación en este espacio son los peces sábalo, madrilla y salmón; el mamífero desmán ibérico (Galemys pyrenaicus); y los invertebrados cangrejo de río europeo (Austropotamobius pallipes), caracol moteado, doncella de ondas rojas (Euphydryas aurinia) y ciervo volante europeo. Dentro esta ZEC se espera una afección de 0,439 ha al HIC prioritario 91E0* por la alternativa seleccionada.
Por otra parte, el espacio denominado «Marismas de Santoña», se categoriza además como humedal RAMSAR y espacio natural protegido a nivel autonómico y es, adicionalmente, Área Importante para la Conservación de las Aves y la Biodiversidad (IBA) de código ES027.
El documento ambiental indica que las actividades necesarias para poder desarrollar el proyecto tendrán repercusión tanto directa, por ocupación de superficies, como indirecta al desarrollarse en las áreas próximas. Para minimizar las afecciones, además de las medidas ambientales ya mencionadas con anterioridad, se realizarán prospecciones botánicas y faunísticas previas a las obras para identificar entre otros los HIC y especies protegidas que existan. Las zanjas permanecerán abiertas en estos lugares el mínimo tiempo posible, evitando ocupar el entorno con actividades auxiliares. Se propondrán zonas de compensación y recuperación de especies, y se erradicarán las especies exóticas en coordinación con la administración autonómica competente. El seguimiento se realizará durante toda la vida útil de las infraestructuras, y será adecuadamente enviado a los organismos pertinentes. Se extremarán los controles ambientales y se cumplirá estrictamente el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del Parque Natural, así como los Planes de Gestión de la Red Natura 2000 correspondientes. Se informará al Comité de Seguimiento establecido de cualquier afección en estas áreas.
La Dirección General de Montes y Biodiversidad del Gobierno de Cantabria solicita que los trabajos que supongan movimientos de tierras, arenas o fangos se realicen preferentemente durante la bajamar, al objeto de minimizar afecciones a la ZEC costera, informa favorablemente el proyecto, y prevé que mejore la situación actual de vertidos sobre el río y los espacios de la Red Natura 2000 implicados. El promotor se muestra de acuerdo con la prescripción y la incorpora al proyecto.
El organismo indica, además, que el programa de vigilancia ambiental deberá incluir controles para la flora y fauna de la marisma, en particular deberá contener como mínimo: el seguimiento de la evolución morfodinámica de los hábitats estuarinos (seguimiento anual); seguimiento de la calidad físico-química de las aguas del medio estuarino (mediciones semestrales); valoración global del funcionamiento del ecosistema y su evolución desde la situación inicial, prestando especial atención además de a los posibles cambios hidrodinámicos y ecológicos de la ría, y a la calidad físico-química de las aguas, a las alteraciones en el equilibrio de erosión/sedimentación derivadas de las obras; y definición de medidas concretas a acometer en caso de sobrepasarse los valores umbrales de los indicadores que se establezcan en el programa de vigilancia ambiental, así como el correspondiente calendario. El promotor incluye dichos controles para la fauna y flora de la marisma en el programa de vigilancia ambiental del proyecto.
c.7) Paisaje.
El documento ambiental recoge que, según el Atlas de los Paisajes de España (Mata et al, 2003) en el ámbito de estudio se definen tres unidades paisajísticas: 1) Valles intramontañosos cántabros, 2) Rías y bahías cantábrico-atlánticas y 3) Marinas, montes y valles del litoral cantábrico. Según la Ley 4/2014, de 22 de diciembre, del Paisaje de la Comunidad Autónoma de Cantabria, el área de estudio se desarrolla en el ámbito III Marina Oriental y cuenta con los siguientes paisajes relevantes: 95 Paisaje de la bahía y marismas de Santoña y 97 Paisaje fluvial del bajo Asón.
Según el documento ambiental y analizando de forma específica cada una de las unidades de paisaje definidas, las zonas de mayor calidad visual del área de estudio se presentan en las zonas de la Marismas de Santoña, donde destaca la presencia de agua, la diversidad en la vegetación y la rareza del tipo de hábitat en la región. La calidad desciende en la zona central del ámbito estudiado (mieses de las rías de Rada y Limpias) donde el tipo de paisaje, aunque característico, es similar a otros en la región. Las zonas de menor valor se corresponden con las áreas periurbanas de Laredo y Colindres, debido principalmente a su carácter eminentemente antrópico, con un paisaje dominado por infraestructuras y edificaciones.
El promotor indica que las principales acciones causantes de afección sobre el paisaje son el movimiento de tierras, la instalación y obras de los colectores, los viales de acceso y los edificios de las estaciones de bombeo. Durante el periodo de construcción, las obras provocarán un contraste de forma y color que será apreciable fundamentalmente en el entorno inmediato. Durante la explotación del proyecto, la afección se deberá exclusivamente a los elementos del saneamiento que permanezcan visibles y que corresponden con los bombeos.
La documentación recibida informa que, para proteger el medio perceptual durante la fase de obras, se evitará el uso de pavimentos rígidos en los caminos de obra, empleándose únicamente zahorra, y serán retirados al finalizar los trabajos, restaurando la cubierta vegetal. Se realizará una adecuada gestión de acopios y limpieza, se recogerán y gestionarán diariamente todos los residuos generados durante las obras, ubicando las instalaciones fuera de espacios protegidos, siempre que sea posible. Se concretará y enviará el proyecto de restauración de espacios degradados a los organismos competentes, teniendo en cuenta las medidas que los mismos estimen necesarias. Durante la explotación de las infraestructuras, se colocarán pantallas arbóreas en zonas sensibles como bombeos y aliviaderos y se revegetarán las zanjas una vez cerradas. Se repondrán los setos y cierres de fincas afectados y las construcciones se integrarán en el entorno mediante un diseño acorde en forma, tipo y color. Al finalizar las obras, se retirarán los materiales sobrantes y se limpiará completamente la zona de trabajo.
c.8) Patrimonio cultural. Vías pecuarias (VVPP) y montes de utilidad pública (MUP).
El informe arqueológico realizado por el promotor, incluyendo la realización de una prospección arqueológica, identifica catorce elementos del patrimonio cultural en un área de 200 m en torno al trazado del colector, y en concreto, tres elementos se encuentran en la zona por la que discurrirá el trazado del proyecto, por lo que se prevé afección sobre ellos. Estos tres elementos son: Astillero de Colindres o Falgote (bien de interés cultural o BIC) en Colindres de Abajo; Casa Lonja y Muelle del Puerto del Rivero (BIC en Limpias), y Ferrería de El Pobedal, en Marrón.
El documento ambiental indica que la actuación no afecta a montes de utilidad pública y mediante consulta cartográfica se comprueba que no coincide espacialmente con montes de utilidad pública ni con vías pecuarias.
La documentación ambiental indica que se realizará un seguimiento arqueológico de todos los movimientos de tierra, especialmente en zonas con posible valor patrimonial como los Astilleros de Colindres, la Casa Lonja y la Ferrería del Pobedal. Si se detecta algún hallazgo con valor cultural, se informará inmediatamente al organismo autonómico competente, que podrá solicitar la ejecución de las medidas pertinentes. El proceso será supervisado por un arqueólogo autorizado por dicho organismo. No se proponen medidas a desarrollar durante la etapa de funcionamiento, pues no se prevén impactos.
La Dirección General de Cultura y Patrimonio Histórico del Gobierno de Cantabria y el Ayuntamiento de Limpias incluyen una serie de recomendaciones y prescripciones en sus informes para la protección de los elementos del patrimonio cultural de carácter fundamentalmente normativo, que son íntegramente aceptadas por el promotor.
c.9) Población y salud humana.
El colector general del Asón afecta a terrenos pertenecientes a los TTMM de Ampuero, Limpias y Colindres. El proyecto de saneamiento va a retirar todos los vertidos que actualmente se producen al río Asón y a la Ría de Limpias en las localidades de Ampuero, Marrón, Pieragullano, Limpias y Colindres Alto (Barrio de Santolaja). La población en estos municipios ha aumentado en los últimos años. Con respecto a las actividades económicas, en las mencionadas poblaciones el sector terciario (servicios) es el más importante, seguido del secundario (construcción, industria, energía).
El documento ambiental recoge que, en la actualidad, se producen vertidos directos a la ría de Limpias sin ningún control sanitario, con las consecuentes pérdidas de biodiversidad, bienes y servicios ecosistémicos que esas masas de agua proporcionan a la sociedad; daños económicos; y posibles afecciones a la salud humana por la deficiente calidad y cantidad del recurso hídrico. En la zona se identifican varias infraestructuras viarias (A-8, N-629, CA-257, CA-258, CA-501, N-629a) y ferroviarias (ferrocarril Santander-Bilbao); líneas eléctricas; redes de abastecimiento (redes del Plan Asón y conducción de Autovía del Agua tramo Cicero-Colindres), de gas, de telecomunicaciones, de alumbrado, así como colectores locales. Las fuentes de ruido actuales en el entorno están constituidas por las carreteras y la red de ferrocarril mencionadas, produciéndose emisiones acústicas procedentes de la carretera N-629, que superan los objetivos de calidad acústica en varios tramos.
El documento ambiental afirma que las obras generarán molestias temporales debido a la emisión de polvo y ruidos, desvíos y presencia de maquinaria, movimientos de tierra y actividades propias de la construcción. Durante la fase de funcionamiento, la mejora del saneamiento del río Asón y sus arroyos, contribuirá notablemente a la recuperación del ecosistema fluvial, repercutiendo positivamente en la calidad del agua, la salud pública y la calidad de vida de la población local.
El documento ambiental informa que las expropiaciones de terrenos se limitarán al mínimo necesario y se tasarán a precios actualizados; todos los servicios afectados serán restituidos en el menor tiempo posible, al igual que los caminos utilizados durante la ejecución; se implementará un plan temporal de regulación del tráfico y señalización para evitar congestiones, se controlarán los niveles de ruido mediante sonómetros y se limitará la velocidad de los vehículos de obra. Se realizarán riegos antipolvo y limpieza de la maquinaria antes de acceder a viales públicos; se evitará la concentración excesiva de maquinaria para reducir la contaminación y sus efectos acumulativos; se garantizará el paso peatonal, especialmente en zonas comerciales y urbanas, y se habilitarán rutas alternativas para mantener la continuidad del sendero de pequeño recorrido litoral PRL10.
La Dirección General de Salud Pública y la Dirección General de Medio Ambiente y Cambio Climático, ambas del Gobierno de Cantabria, incluyen condiciones de carácter general en relación con la población y salud humana, que serán tenidas en cuenta por el promotor en el proyecto. En cuanto a la solicitud de la Dirección General de Medio Ambiente y Cambio Climático de terminación de la zanja como senda peatonal, el promotor responde que no encuentra inconveniente en realizarlo en los tramos en los que sea posible, siempre que los organismos con competencias lo permitan, e indica que, con fecha 14 de marzo de 2025, solicitó informe a la Demarcación de Costas al respecto.
La Dirección General de la Costa y el Mar, con fecha 4 de junio de 2025, informa que el artículo 48.2 de la Ley 22/1988, de 28 de julio de Costas prevé que «la reserva no podrá amparar en ningún caso la realización de otros usos o actividades distintas a las que justificaron la declaración». En ese sentido, el título de reserva fue otorgado inicial y exclusivamente con la finalidad de «acometer una red de colectores de saneamiento que permitiesen captar las aguas residuales». La zona de reserva no prevé la ejecución de sendas peatonales. Por tanto, la construcción de dicha senda implicaría una modificación del título de reserva, y en esa tramitación se evaluaría la compatibilidad de la senda propuesta respecto a la legislación pertinente.
El Ayuntamiento de Limpias informa que los colectores proyectados presentarán afecciones sobre infraestructuras del municipio. En concreto, la primera estación de bombeo-aliviadero se ubicará en el terreno de una casa emblemática del centro histórico «La Casa de los Pereda», además de ubicarse a escasa distancia de un inmueble catalogado como Bien de Interés Cultural. La segunda estación se propone en uno de los pocos espacios de aparcamiento del pueblo. El promotor responde que consensuará con el Ayuntamiento de Limpias una solución para que el proyecto afecte de la menor manera posible a las infraestructuras municipales indicadas. En caso de no ser técnicamente viable, todos los bombeos-aliviaderos del proyecto deberán contar con sistemas de desodorización que reduzcan al máximo posible los efectos sobre la población. Asimismo, compensará al Ayuntamiento de Limpias en proporción 1:2 por cada árbol afectado o talado, con árboles que presentarán las mismas características y de especies preferencialmente autóctonas.
La Dirección General de Montes y Biodiversidad y la Dirección General de Aguas y Puertos, ambas del Gobierno de Cantabria, señalan que los trabajos y calendarios de ejecución deberán coordinarse para no interferir, repetir actuaciones o solaparse con las infraestructuras existentes (redes de abastecimiento, entre otras) o futuras previstas (Plan Asón, la tubería de la Autovía del Agua y las obras de defensa fluvial en Ampuero). El promotor indica que tendrá en cuenta lo indicado.
c.10) Vulnerabilidad del proyecto ante riesgos de accidentes graves o catástrofes.
El documento ambiental informa con relación a la posible vulnerabilidad del proyecto:
− Transporte de mercancías peligrosas. Existen municipios afectados por la existencia en uno o más tramos vulnerables en carreteras (A-8 y N-629). Puesto que el colector proyectado interceptará o discurrirá paralelo a estas carreteras, se considera que la infraestructura es vulnerable a recibir daños de un eventual accidente en el entorno del proyecto.
− Lluvias intensas e inundaciones. Se constata que la actuación se realizará en el entorno de un Área de Riesgo Potencial Significativo de Inundación (ARPSI) y que tiene probabilidades de verse afectada por inundaciones de carácter recurrente, de acuerdo con la información recogida en el Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables. No obstante, el desarrollo de ingeniería del colector está orientado para prevenir daños en este sentido.
− Movimientos de terreno. Teniendo en cuenta la vulnerabilidad del proyecto ante los movimientos del terreno y la investigación geotécnica realizada del emplazamiento del este, el desarrollo de ingeniería del colector está orientado para prevenir daños en este sentido.
− Subidas del nivel del mar. El proyecto se encuentra en una zona de peligrosidad debido a inundaciones de origen marino. El adecuado diseño y ubicación de las instalaciones asociadas al proyecto tendrán como resultado la no identificación de vulnerabilidades en este factor.
El documento ambiental indica que se puede producir riesgo de vertidos o escapes accidentales de sustancias susceptibles de contaminar el suelo y el agua; contaminación de acuíferos; riesgos derivados de las zonas inundables e incendios. Se presentan diversas medidas preventivas y correctoras al respecto, consistentes en la definición de protocolos de actuación ante emergencias, planes de mantenimiento, adaptación del diseño a las condiciones meteorológicas extremas, adecuación de los cerramientos y apantallamientos a la dinámica eólica local y ajuste del trazado en función de los riesgos geotécnicos identificados.
La Dirección General de Seguridad y Protección Ciudadana del Gobierno de Cantabria informa que la evaluación de riesgos de accidentes graves y/o catástrofes relevantes realizada por el promotor, debe analizar, también, el riesgo de incendio forestal basado en una cartografía actualizada, ya que el Plan Especial de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Cantabria sobre Incendios Forestales del 2007 se encuentra obsoleto. En respuesta, el promotor aporta una adenda con un nuevo análisis y la cartografía actualizada, extraída del Plan Especial de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Cantabria sobre Incendios Forestales, e informa que enviará dicho estudio actualizado al organismo autonómico competente, adoptando en el proyecto las medidas que el mismo estime oportunas.
Respecto a la vulnerabilidad del proyecto frente a accidentes graves y/o catástrofes naturales, se recogen, resumen y trasladan los pronunciamientos de las autoridades competentes en la materia y las cuestiones suscitadas en el procedimiento. En todo caso y al igual que los aspectos técnicos del proyecto, como su propio diseño, la vulnerabilidad del proyecto según el análisis realizado por el promotor es un factor más a considerar en la decisión de autorización del proyecto por parte del órgano sustantivo.
Fundamentos de Derecho
La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental establece, en el apartado segundo del artículo 7, los proyectos que deben ser sometidos a evaluación de impacto ambiental simplificada, de conformidad con el procedimiento previsto en la sección 2.ª del capítulo II del título II de la citada norma.
El procedimiento se regula en los artículos 45 y siguientes de la Ley de evaluación ambiental, y así, el artículo 47 dispone que, teniendo en cuenta el resultado de las consultas realizadas, el órgano ambiental determinará, mediante la emisión del informe de impacto ambiental, si el proyecto debe someterse a una evaluación de impacto ambiental ordinaria, por tener efectos significativos sobre el medio ambiente, o si por el contrario no es necesario dicho procedimiento en base a la ausencia de esos efectos, de acuerdo con los criterios establecidos en el anexo III de la citada norma.
El proyecto «Terminación de las obras del colector general del Asón. Tramo Colindres-Ampuero. Saneamiento General de las Marismas de Santoña (Cantabria)» se enmarca en el punto 2 del artículo 7 de la Ley de evaluación ambiental, que recoge aquellos proyectos que serán objeto de una evaluación de impacto ambiental simplificada». En concreto por estar incluido, dentro del artículo 7.2, en el apartado c), subapartado 5.º, que establece «Cualquier modificación de las características de un proyecto del anexo I o del anexo II, distinta de las modificaciones descritas en el artículo 7.1.c) ya autorizados, ejecutados o en proceso de ejecución, que pueda tener efectos adversos significativos sobre el medio ambiente» y suponiendo una afección a Espacios Protegidos Red Natura 2000.
Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 8.1 b) del Real Decreto 503/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
En virtud de lo expuesto, y a la vista de la propuesta de la Subdirección General de Evaluación Ambiental, esta Dirección General resuelve:
De acuerdo con los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho alegados y como resultado de la evaluación de impacto ambiental practicada, que no es necesario el sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental ordinaria del proyecto «Terminación de las obras del colector general del Asón. Tramo Colindres-Ampuero. Saneamiento General de las Marismas de Santoña (Cantabria)», ya que no se prevén efectos adversos significativos sobre el medio ambiente, siempre que se cumplan las medidas y prescripciones establecidas en el documento ambiental y en la presente resolución.
Esta resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en la página web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (www.miteco.es).
De conformidad con el apartado 5 del artículo 47 de la Ley de evaluación ambiental, el informe de impacto ambiental no será objeto de recurso, sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa o judicial frente al acto de autorización del proyecto.
Madrid, 13 de noviembre de 2025.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.