Visto el texto del Acta de 16 de junio de 2025 de la Comisión Paritaria del VII Convenio colectivo general del sector de la construcción (código de Convenio: 99005585011900), que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» del 23 de septiembre de 2023, en la que se designa a los integrantes de la Comisión de Control del Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del Sector de la Construcción, Acta que ha sido suscrita de una parte por la Confederación Nacional de la Construcción (CNC), en representación de las empresas del sector, y de otra, por los sindicatos CCOO. del Hábitat y UGT-FICA, en representación de las personas trabajadoras afectadas, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 91, apartado 4, y 90, apartados 2 y 3, del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, así como con lo dispuesto en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 14 de julio de 2025.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García.
ACTA DE LA REUNIÓN 1/2025 DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL ART. 112 DEL VII CONVENIO GENERAL DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN
En representación laboral:
CCOO del Hábitat: Don Juan José Montoya Pérez.
UGT FICA: Don Sergio Estela Gallego.
En representación empresarial:
CNC: Don Ángel Ignacio León Ruiz, doña María José Leguina Leguina y don Mariano Sanz Loriente.
En Madrid, a dieciséis de junio de dos mil veinticinco, en la sede de la Confederación Nacional de la Construcción (CNC), se reúnen en forma mixta, en presencia y por videoconferencia, las representaciones de las asociaciones empresariales y sindicales relacionadas al margen de la presente acta.
Se comienza el estudio de los diferentes puntos del Orden del Día (Parte I):
Punto primero. Designación de los integrantes de la Comisión de Control del Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del Sector de la Construcción.
A la vista del cambio propuesto en la representación sindical por parte de UGT FICA y en conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 del Reglamento del Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del Sector de la Construcción, recogido en el artículo 240 del VII Convenio General del Sector de la Construcción, esta Comisión Paritaria designa directamente a los siguientes integrantes de la Comisión de Control del Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del Sector de la Construcción:
Parte empresarial:
Por CNC:
– Don Ignacio Ayala Soto.
– Don Juan Manuel Cruz Palacios.
– Don Pedro C. Fernández Alén.
– Don Mariano Sanz Loriente.
Parte sindical:
Por CCOO del Hábitat:
– Don Daniel Barragán Burgui.
– Don Julián Palmero Cadenas.
Por UGT FICA:
– Don Gabriel García Becedas.
– Don Félix Avelino González Argüelles.
Punto segundo. Información trimestral de la Comisión de Control del Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del Sector de la Construcción (Segundo trimestre de 2025), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 39, j) de su Reglamento de Especificaciones.
En conformidad con lo dispuesto en el artículo 39, j) del Reglamento de Especificaciones del Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del Sector de la Construcción, su Comisión de Control traslada a esta Comisión la información trimestral, quién se da por informada.
Y sin más asuntos que tratar, previa redacción, lectura y aprobación de la presente acta, firman la misma, en el lugar y fecha al principio citados, las personas designadas a tal efecto como representantes de cada una de las organizaciones, y se acuerda su remisión por el Secretario de esta Comisión Paritaria, don Mariano Sanz Loriente, a la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Economía Social, a los efectos de su depósito y registro en el REGCON y, en su caso, la publicación en el Boletín Oficial del Estado del punto primero del orden del día de la presente acta en conformidad con lo establecido en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.