Resolución de 14 de julio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la actualización de las tablas salariales del año 2025 del Convenio colectivo de CTC Externalización, SL.

Nº de Disposición: BOE-A-2025-16129|Boletín Oficial: 186|Fecha Disposición: 2025-07-14|Fecha Publicación: 2025-08-04|Órgano Emisor: Ministerio de Trabajo y Economía Social

Visto el texto del Acta de 21 de mayo de 2025 de actualización de las tablas salariales definitivas correspondientes al año 2025 del Convenio colectivo de la empresa CTC Externalización, SLU –código de convenio 90011622011998–, que fue publicado en el BOE de 18 de marzo de 2020, Acta que ha sido suscrita de una parte, por la persona designada por la dirección de la empresa, en representación de la misma y, de otra, por la sección sindical de USO en representación de los trabajadores afectados, y que ha sido finalmente subsanada el 7 de julio de 2025, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales definitivas para 2025 en el correspondiente registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 14 de julio de 2025.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García.

ACTUALIZACIÓN TABLAS SALARIALES DEFINITIVAS CORRESPONDIENTES AL AÑO 2025, DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA CTC EXTERNALIZACIÓN, SLU

En Barcelona, a 21 de mayo de 2025.

REUNIDOS

Por parte de la Representación social (RS): Moisés Vizcarro Caparrós. Sección sindical Estatal de USO.

Por parte de la empresa: Lydia Sánchez Martín.

EXPONEN

En el BOE número 304, de miércoles 18 de diciembre de 2024, se publicó el Acuerdo suscrito el día 30 de octubre de 2024, entre la representación empresarial de CTC Externalización, SLU y la representación social (RS) conformada por mayoría de la sección sindical estatal de USO, referido a la ampliación del convenio CTC Externalización, SLU, código (90011622011998), por los periodos de los años 2025 y 2026.

En el pacto segundo, referente a los incrementos salariales para los años 2025 y 2026 se recoge:

«Una vez efectuada la actualización, se aplicarán posteriormente las adecuaciones salariales en tablas correspondientes a los grupos profesionales afectados por el aumento del SMI, con la garantía que exista, al menos un 1 % de diferencial entre el salario de tablas de cada grupo profesional, pasando en ese momento a absorberse y compensarse otras partidas que pudiera tener la persona trabajadora, fijas o variables. Incluida la garantía ad personam derivada de adaptaciones de estructuras salariales de personal subrogado de otros convenios».

A los efectos de lo expuesto en el mencionado antecedente, se firman las tablas adjuntas definitivas correspondientes al año 2025 con revisión del incremento del SMI y los diferenciales entre categorías acordadas. Así mismo se recuerda que con efectos retroactivos desde 1 de enero 2025, se abonará, a quien correspondiese, los atrasos resultantes de la diferencia entre lo ya pagado y lo que corresponda según las tablas definitivas adjuntas y el proceso de compensación y absorción.

Tablas salariales CTC 2025

GP Salario base PPE Salario mes Salario anual
0 1.184,00 197,33 1.381,33 16.576,00
1 1.195,84 199,31 1.395,15 16.741,80
2 1.207,80 201,30 1.409,10 16.909,20
3 1.219,88 203,31 1.423,19 17.078,28
4 1.232,08 205,35 1.437,43 17.249,16
5 1.244,40 207,40 1.451,80 17.421,60
6 1.256,84 209,47 1.466,31 17.595,72
7 1.299,49 216,58 1.516,07 18.192,84
8 1.312,48 218,75 1.531,23 18.374,76

Y no habiendo más asuntos que tratar se levanta sesión siendo las 12:00 horas, firmando el acta por triplicado por todos los asistentes.