Resolución de 14 de julio de 2026, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico Cristo Bailones, de 35,125 MW de potencia instalada, para su hibridación con el parque eólico existente, Cristo Bailones, de 42 MW, y para una parte de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Ciudad Real.»

Nº de Disposición: BOE-A-2026-16824|Boletín Oficial: 187|Fecha Disposición: 2026-07-14|Fecha Publicación: 2026-08-01|Órgano Emisor: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Antecedentes de hecho

Con fecha 11 de julio de 2024, tiene entrada, en esta Dirección General, solicitud de inicio de procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico Cristo Bailones, de 35,125 MW de potencia instalada, para su hibridación con el parque eólico existente, Cristo Bailones, de 42 MW, y para una parte de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Ciudad Real», remitida por la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), como órgano sustantivo y respecto del que Parques Eólicos Ciudad Real, SL, es el promotor.

Alcance de la evaluación

La presente evaluación ambiental se realiza sobre la documentación presentada por el promotor y se pronuncia sobre los impactos asociados al proyecto, así como los efectos sobre los factores ambientales derivados de su vulnerabilidad, recogidos en el Estudio de Impacto Ambiental (EsIA). Se incluye, asimismo, el proceso de participación pública y consultas y demás documentación presentada por el promotor.

No comprende el ámbito de la evaluación de la seguridad y salud en el trabajo, ni relativos a la seguridad de las instalaciones y dispositivos eléctricos, ni otros, que poseen normativa reguladora e instrumentos específicos.

1. Descripción y localización del proyecto

El proyecto consiste en la instalación de la Planta Solar Fotovoltaica (PSFV) Cristo Bailones en el término municipal de Membrilla, en la provincia de Ciudad Real, para su hibridación con el parque eólico existente homónimo. Además, se proyecta una línea de 20 kV que conectará la PSFV con la SET existente Cristo Bailones 20/132 kV, ubicada en el término municipal de San Carlos del Valle. Por otra parte, el promotor considera necesario ampliar la SET Cristo Bailones añadiendo un nuevo centro de seccionamiento de 22,19 m2.

El proyecto sometido a información pública y consultas contaba con una superficie vallada de ocupación total de 75,62 ha y un perímetro de vallado de 5.590,83 m. La potencia instalada era de 43,682 MWp y estaba conformada por 78.708 módulos fotovoltaicos bifaciales de células de silicio monocristalino, con una potencia unitaria máxima de 555 Wp.

Posteriormente, con fecha 28 de febrero de 2025, a requerimiento de esta Dirección General, el promotor modifica el proyecto atendiendo a lo informado por la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en su escrito de 18 de noviembre de 2024.

La nueva implantación está compuesta por 45.569 módulos solares de 615 Wp para conformar una instalación de 28,025 MWp de potencia instalada. La superficie de ocupación se reduce a la mitad de lo inicialmente proyectado, pasando de 75,62 ha a 37,40 ha de ocupación. La longitud del vallado perimetral pasa a ser de 3.925,98 m.

La energía producida será conducida mediante una línea subterránea de 20 kV con una longitud de 12,73 km hasta la subestación (SET) existente Cristo Bailones, atravesando los términos municipales de Membrilla y San Carlos del Valle en la provincia de Ciudad Real.

La SET Cristo Bailones y el resto de la línea de evacuación de 132 kV será compartida con la infraestructura de la instalación que hibrida, hasta su conexión con la SET Alhambra 132 kV, punto de la red de distribución propiedad de UFD Distribución Electricidad, SA. Estas infraestructuras quedan fuera del alcance de este proyecto y no son objeto del presente procedimiento.

El plazo de ejecución de la PSFV se estima en quince meses, siendo para el centro de seccionamiento, de siete meses.

Se prevé una vida útil de treinta años, tras lo cual la PSFV será desmantelada y se procederá a restaurar los terrenos, recuperando el valor ecológico de la zona afectada mediante restauración vegetal y paisajística.

2. Tramitación del procedimiento

En virtud del artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, el órgano sustantivo realiza los siguientes anuncios para la información pública del proyecto: «Boletín Oficial del Estado», de 18 de septiembre de 2023, y «Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real», de 31 de agosto de 2023.

Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley de evaluación ambiental, con fecha 30 de agosto de 2023, el órgano sustantivo consulta a las Administraciones públicas afectadas y personas interesadas. El resultado se recoge en el anexo I de la presente resolución.

Con fecha 11 de julio de 2024, tiene entrada en esta Dirección General, el expediente para el inicio del trámite de evaluación de impacto ambiental ordinaria.

Con fechas 2 y 22 de agosto de 2024, la Dirección General de Política Energética y Minas del MITECO remite nueva documentación relativa al trámite de consultas a las Administraciones públicas afectadas y personas interesadas.

El 4 de octubre de 2024, en virtud del artículo 40.2 de la Ley de evaluación ambiental, se solicita informe a la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha sobre el estudio de alternativas realizado por el promotor y la compatibilidad del proyecto con los valores naturales de la zona, en particular respecto a la avifauna. La citada Dirección General remite el correspondiente informe el 18 de noviembre de 2024.

Con fecha 20 de noviembre de 2024, el promotor aporta la respuesta al informe de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Con fecha 28 de febrero de 2025, en virtud del artículo 40.3 de la Ley de evaluación ambiental, se solicita al promotor información adicional relativa a la vegetación, el cambio climático, así como una actualización de la descripción del proyecto, teniendo en cuenta el informe de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

En respuesta, con fecha 2 de junio de 2025, el promotor modifica el proyecto, reduciendo la superficie de la PSFV.

Con fecha 12 de junio de 2025, en virtud del artículo 40.5 de la Ley de evaluación ambiental, se solicita informe de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, sobre las posibles afecciones a la avifauna, así como de cualquier otro aspecto que se considere reseñable, con el objetivo de conocer la viabilidad de la nueva configuración del proyecto y, en su caso, las medidas oportunas a aplicar. Se recibe respuesta el 12 de noviembre de 2025.

Con fecha 8 de enero de 2026, el promotor muestra su conformidad con los informes emitidos por la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha durante la información pública y el informe de fecha 28 de noviembre de 2024.

Con fecha 16 de enero de 2026, se traslada al promotor el informe de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha de 12 de noviembre de 2025, el cual remite respuesta el 12 de febrero de 2026, indicando que «asumir los cambios propuestos por dicha Dirección General implica la imposibilidad de continuar con el proyecto, por razones no imputables al promotor que no pueden ser subsanadas mediante modificaciones técnicas razonables».

Con fecha 24 de marzo de 2026, se recibe segundo informe de la Dirección General de Calidad Ambiental de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, sobre la modificación del proyecto original. Este informe recoge los antecedentes de la tramitación, compara el proyecto original con su modificación y refleja lo señalado por la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en sus dos últimos informes, concluyendo en el mismo sentido que los anteriores pronunciamientos.

Con fecha 7 de abril de 2026, a la vista de toda la información disponible en el expediente, se solicitan aclaraciones al promotor sobre la imposibilidad previamente manifestada de asumir los cambios propuestos, el cual da contestación el 30 de abril de 2026, reiterándose en lo anteriormente dicho.

3. Análisis técnico del expediente

a. Análisis de alternativas.

El EsIA analiza dos alternativas de ubicación de la PSFV y cuatro alternativas de recorrido para la línea de evacuación, además de la alternativa cero, que el promotor descarta por no permitir la consecución del proyecto.

Alternativas de ubicación.

– Alternativa 1: La PSFV se ubica en varias parcelas de los polígonos 38, 40 y 67 del término municipal de Membrilla. Ocupará una superficie de 84,69 ha, en parcelas de labor en secano y viñedo.

– Alternativa 2: La PSFV se ubica en varias parcelas de los polígonos 40 y 67 del término municipal de Membrilla. Ocupará una superficie de 75,62 ha, en parcelas de labor en secano y viñedo.

Ambas alternativas se encuentran dentro de la zona de importancia del águila imperial y de la zona de importancia del buitre negro. El promotor selecciona la alternativa 2 por ocupar una menor superficie.

La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en su informe de 5 de octubre de 2023, recoge que las dos alternativas estudiadas para la ubicación de la PSFV son coincidentes en gran parte de los terrenos, y considera que el promotor debe analizar y seleccionar otras alternativas de ubicación razonables, técnica y ambientalmente viables, para la implantación de la PSFV, así como actualizar el estudio de avifauna. Concluye que el EsIA presentado es insuficiente en su redacción original y que no es posible la adecuada evaluación de los impactos del proyecto.

El promotor, en respuesta de 23 de noviembre de 2023, indica que se ha ajustado a lo previsto en la Ley de evaluación ambiental, sin que exista ningún requisito específico, en este caso de ubicación, sobre las alternativas a estudiar, siempre que resulten técnica y ambientalmente viables.

La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha emite un segundo informe, con fecha 5 de febrero de 2024, en el que no considera ajustado a los principios de la evaluación ambiental un análisis de alternativas practicado exclusivamente sobre una única alternativa de emplazamiento, reiterándose en lo informado anteriormente. Asimismo, concluye que el proyecto no es compatible con la conservación de los valores ambientales y recursos naturales que alberga la zona en la que pretende ubicarse.

Con fecha 1 de abril de 2024, el promotor presenta una adenda al EsIA, incluyendo un nuevo análisis de alternativas de ubicación.

– Alternativa 1: La PSFV se ubica en varias parcelas de los polígonos 65 y 66 del término municipal de Membrilla. Ocupará una superficie de 75,58 ha, en parcelas de viñedos y tierras de regadío. Aledaña a una zona de protección arqueológica. Ubicada dentro de la Zona de Importancia del Águila imperial (Aquila adalberti) y de la Zona de Importancia del Buitre negro (Aegypius monachus). Se ha detectado un lek de sisón (Tetrax tetrax) en el interior de las parcelas y se han producido numerosos avistamientos de ganga ibérica (Pterocles alchata) y otras aves esteparias y rapaces. Será visible desde La Solana y toda la Vega del río Azuer. Para esta alternativa se plantean dos alternativas de evacuación (A y B) que se describen más adelante.

– Alternativa 2: Se corresponde con la estudiada en el EsIA. Se han registrado numerosos contactos con alcaraván común (Burhinus oedicnemus) y cernícalo primilla (Falco naumanii), así como con aves rapaces. Para esta alternativa se plantean dos alternativas de evacuación (C y D) que se describen más adelante.

El promotor descarta la alternativa 1, por presentar numerosos contactos con especies amenazadas en el interior de las parcelas, especialmente en época reproductora. Además, se prevé un elevado impacto paisajístico desde las poblaciones cercanas y por afecciones a zonas de interés paisajístico, como la Vega del río Azuer. Por ello, selecciona la alternativa 2 para la ubicación de la PSFV.

El 18 de noviembre de 2024, la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha informa que, en el ámbito de estudio, solo se consideran ambientalmente viables aquellas instalaciones que se ubiquen en terrenos de cultivo agrícola leñoso intensivo en regadío o en canteras u otros terrenos degradados similares, con líneas de evacuación en soterrado apoyadas en infraestructuras existentes (caminos y puentes). Teniendo en cuenta lo informado por dicha Dirección General, con fecha 2 de junio de 2025, a requerimiento de este órgano ambiental, el promotor modifica el proyecto.

La configuración final del proyecto, para la alternativa 2 seleccionada por el promotor, reduce la superficie de la PSFV a 37,40 ha y pasa a ocupar, exclusivamente, terrenos agrícolas con cultivos leñosos. El recinto norte ocupará 17,38 ha y el recinto sur 20,02 ha.

La siguiente imagen muestra la ocupación anteriormente descrita:

Ilustración: Comparativa de ocupación del proyecto sometido a IP y la configuración final del proyecto. Fuente: EsIA

Alternativas para la línea de evacuación.

– Alternativa A: Se prevé soterrada bajo zanja aledaña a caminos existentes. Recorre tierras de cultivo de viñedos y olivares. Cruza la Sierra de los Bailones por su punto más meridional. Longitud total de 12 km.

– Alternativa B: Compuesta por un tramo aéreo de 3 km a través del T.M. de Membrilla y un tramo soterrado de 8,6 km por el mismo trazado diseñado para la alternativa A al atravesar San Carlos del Valle.

El promotor descarta las alternativas A y B al ir asociadas a la alternativa 1 de ubicación de la PSFV, no seleccionada.

– Alternativa C: Formada por un tramo aéreo de 4,85 km hasta la Sierra de los Bailones y un tramo subterráneo a través de la Sierra de los Bailones de 5,15 km por los márgenes de los viales del parque eólico Cristo Bailones.

– Alternativa D: Consiste en 12,73 km de línea soterrada por el margen de viales existentes en el límite de parcelas agrícolas de olivares y viñedos. Parte del recorrido coincide con la alternativa A.

El promotor descarta la alternativa C ya que supondrá un impacto sobre la avifauna por la posible colisión y electrocución con la parte aérea de la línea. Por otra parte, las acciones necesarias para atravesar la Sierra de los Bailones suponen un impacto muy elevado sobre el suelo, la vegetación, los hábitats naturales y elementos arqueológicos.

La siguiente imagen muestra las alternativas de trazado de la línea de evacuación propuestas en el EsIA:

Ilustración: Alternativas planteadas para la evacuación de la energía generada en cada alternativa de ubicación del proyecto. Fuente: EsIA

Por todo lo anteriormente expuesto, el promotor selecciona la alternativa 2 de ubicación de la PSFV y la alternativa D para el trazado de la línea eléctrica de evacuación.

Se plantea una única alternativa para la ampliación de la SET Cristo Bailones.

La Dirección General de Biodiversidad y Medio Natural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en su informe de 12 de noviembre de 2025, considera adecuado el análisis y examen multicriterio aplicado en el EsIA en relación con las alternativas, con la consiguiente justificación de la alternativa seleccionada. En relación con la configuración del proyecto, señala que la nueva versión de diseño y su línea de evacuación han recogido, con carácter general, todas las consideraciones establecidas en los informes emitidos, así como las directrices específicas y recomendaciones generales facilitadas. No obstante, establece una serie consideraciones que deberán ser incorporadas al proyecto, especialmente en lo relativo al trazado de la línea de evacuación, que deberá ser ajustado.

El promotor, en sus escritos de 8 de enero, 12 de febrero y 30 de abril de 2026 reitera que, tras analizar diferentes alternativas, con el objeto de dar cumplimiento a las medidas requeridas en los informes señalados, no ha encontrado ninguna alternativa razonable que sea viable ambiental y técnicamente. Por ello, manifiesta su conformidad con las consideraciones iniciales realizadas por la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha declarando el proyecto no compatible con la conservación de los valores ambientales y recursos naturales. Afirma que esto determina objetivamente la imposibilidad de continuar con el proyecto, por razones no imputables al promotor que no pueden ser subsanadas mediante modificaciones técnicas razonables.

b. Tratamiento de los principales impactos del proyecto.

A la vista del EsIA, de las contestaciones a las consultas y alegaciones recibidas, de las consideraciones del promotor al resultado de la participación pública, así como los informes e información complementarios recibidos, se resume a continuación el análisis técnico de los impactos significativos del proyecto en su configuración final de 2 de junio de 2025.

b.1 Atmósfera, población y salud.

En el ámbito de estudio, se encuentran edificaciones agrarias, destacando la «Casa de la Mata» a 225 m al noreste, cuyo uso es residencial, según la cartografía catastral. Por otra parte, a 523 m al este se encuentra la «Casa de Don Gonzalo». El núcleo de población más cercano es Consolación a 5,3 km al noroeste. Actualmente, el ruido de fondo podría situarse en 40-45 dB(A).

Durante la fase de obras, se podría producir la alteración de la calidad del aire por la emisión de polvo y partículas en suspensión derivadas del desbroce, los movimientos de tierra y el tráfico de vehículos, con la consecuente molestia a la población. El promotor prevé que las emisiones de polvo serán imperceptibles a 100 m de la obra. En relación con el ruido, se producirá un incremento temporal del nivel sonoro, pudiendo alcanzarse los 85 dB(A).

El promotor se compromete a realizar riegos periódicos en las zonas afectadas por los movimientos de tierra, zonas de acopio de materiales y viales de entrada y salida de vehículos de obra, a cubrir los vehículos que transporten áridos u otro tipo de material pulverulento, a reducir la altura de descarga de materiales y a reducir la velocidad de circulación a menos de 30 km/h.

Durante la fase de explotación, no se prevé la generación de polvo y ruido, salvo los procedentes de las labores de mantenimiento. En relación con la posible exposición a campos electromagnéticos, el promotor señala que ninguna de las emisiones eléctricas o magnéticas producidas por las infraestructuras de evacuación superará los niveles de referencia establecidos en el Real Decreto 1066/2001, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas.

La Delegación Provincial de Sanidad de Ciudad Real muestra su conformidad con el proyecto desde el punto de vista sanitario, no realizando observaciones al mismo.

b.2 Suelo, geología y geomorfología.

La zona de estudio se encuentra formada por materiales del periodo terciario y cuaternario. El relieve de la zona es plano con ligeras ondulaciones, con pendientes entorno al 0-3 %.

No se han localizado elementos geomorfológicos de protección especial ni espacios recogidos en el Inventario Español de Lugares de Interés Geológico (IELIG). Las «Lagunas y zonas endorreicas» son el elemento más cercano, a 9,5 km al norte de la PSFV proyectada y a 9 km de la SET Cristo Bailones.

En relación con la erosión, según se recoge en el Inventario Nacional de Erosión de Suelos (MAPAMA), el ámbito de estudio presenta una erosión potencial muy baja que oscila entre 0 y 5 t/ha/año en la parte del interior de la poligonal y gran parte de la línea subterránea de evacuación, siendo más elevada en la zona de la Sierra de los Bailones, donde existe una erosión media (25-50 t/ha/año).

Por otra parte, en relación con los suelos contaminados, las subestaciones eléctricas y los transformadores de potencia o reactancias están incluidas en el anexo I del Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo, y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados, por lo que el promotor remitirá al órgano competente de la comunidad autónoma, en un plazo no superior a dos años, un informe preliminar de situación para cada uno de los suelos en los que se desarrolle dicha actividad.

El promotor estima una superficie temporal de afección por la construcción de las zanjas, los nuevos caminos y la adecuación de caminos existentes de casi 86.000 m2. La afección permanente tras la finalización de las obras y la recuperación del terreno será de unos 33.500 m2.

Durante la fase de obras, se podrían producir afecciones por los movimientos de tierra, compactación del suelo por el tránsito de maquinaria, degradación y pérdida de suelo por el hormigonado de estructuras y el acopio de materiales y contaminación del suelo por vertidos accidentales. Una vez finalizadas las obras, el promotor se compromete a la restauración de las superficies de ocupación temporal.

En relación con la ampliación de la SET existente, se procederá al nivelado del suelo para la implantación del edificio, siendo necesaria una excavación que removerá el suelo de una de las partes para proceder a su extendido en el otro flanco, con el fin de allanar el terreno. El promotor señala que este allanamiento producirá un pequeño modelado del relieve que, en ningún caso, generará una destrucción amplia del suelo. El impacto que el promotor señala como más importante es la ocupación y sellado del suelo. Una vez realizado el nivelado del terreno, se realizará un extendido de hormigón, por lo que se producirá una contaminación del suelo natural y un sellado del mismo en esa zona. Además, se podría producir la contaminación del suelo por posibles derrames producidos por la maquinaria.

El volumen estimado de movimientos de tierra para la ejecución de las infraestructuras de la PSFV es de 93.678,49 m3. El promotor señala que la instalación de los seguidores se realizará mediante hincado directo.

Los materiales procedentes de las excavaciones, tierras y escombros serán reutilizados o depositados en vertederos de inertes autorizados. En caso de necesitarse, los préstamos se obtendrán a partir de canteras y zonas de préstamo provistas de la correspondiente autorización administrativa.

El promotor afirma que realizará el mantenimiento de la maquinaria en lugares habilitados para ello, con el correcto almacenamiento de los productos y residuos que se generen, dispondrá de absorbentes para el control y recogida de posibles derrames de aceites, procederá a la retirada de los suelos fértiles y su correcto acopio para su posterior reutilización. En caso de producirse algún vertido accidental, el promotor extraerá la parte de suelo contaminado, que será recogido y transportado a gestor autorizado para su posterior tratamiento.

Durante la fase de explotación, se podría producir la compactación del suelo por el tránsito de maquinaria asociada a las labores de mantenimiento fuera de las áreas previstas (viales y caminos de acceso), la contaminación del suelo por vertidos accidentales y la erosión hídrica. En relación con la ampliación de la SET existente, el promotor señala que se producirá la ocupación permanente del terreno.

El promotor afirma que procederá a la restitución de viales, infraestructuras o servidumbres afectadas por deterioro como consecuencia del tráfico asociado al proyecto. Además, en caso de detectar indicios de erosión hídrica, procederá al arreglo o sustitución de las cunetas y obras de fábrica, entre otros.

b.3 Hidrología.

La zona de estudio se enmarca en la Demarcación Hidrográfica del Guadiana. El cauce más cercano es el Río Azuer a 3 km al norte de la PSFV y el Arroyo del Peral a 5 km al sur de la implantación.

La línea de evacuación subterránea se encuentra a menos de 100 m del Barranco del Arca y de la Cañada de la Zarzuela, ambos son cauces no permanentes.

En relación con la hidrología subterránea, el proyecto se encuentra ubicado sobre la masa de agua «Mancha Occidental I». El principal material son las calizas en régimen libre con espesores medios de 35 m. El régimen natural del acuífero está directamente relacionado con las Tablas de Daimiel y el nacimiento del Guadiana. El Plan Hidrológico establece el estado general de la masa subterránea como «mala».

Atendiendo al Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables (SNCZI), el proyecto se sitúa fuera de zonas inundables asociadas a los periodos de retorno de diez, cincuenta, cien y quinientos años.

Por otra parte, en el estudio hidrológico realizado por el promotor no se han detectado zonas de carácter endorreico, donde se produzcan retenciones o embalsamientos de la escorrentía superficial.

En relación con los puntos de agua, a 10 m al norte de la implantación, así como a 500 m y 700 m al este, existen almacenes de agua artificial. En el límite del buffer de estudio de 2 km, al sur de la implantación, se encuentran dos albercas. Finalmente, a 160 m al noroeste, existe una charca de carácter no permanente.

Durante la fase de obras, se podría producir la alteración de la calidad de las aguas y la contaminación por el arrastre de material procedente de los movimientos de tierra y vertidos accidentales. El promotor señala que no se afectará al Dominio Público Hidráulico, ya que las implantaciones respetan la zona de servidumbre de los cauces.

El promotor afirma que dimensionará los drenajes y plataformas de manera adecuada, evitará el vertido directo o indirecto de aguas y productos residuales susceptibles de contaminar las aguas o los elementos del dominio público hidráulico, ubicará los acopios temporales fuera de zonas de influencia directa de arroyos y vaguadas, tramitará con el correspondiente organismo de cuenca las autorizaciones necesarias para realizar el cruce de líneas eléctricas y viales de acceso sobre el Dominio Público Hidráulico, e instalará las oportunas barreras de retención de sedimentos, balsas de decantación u otros dispositivos análogos con objeto de evitar el arrastre de tierras a cauces cercanos.

Durante la fase de explotación, se podría producir la alteración de la calidad de las aguas y la contaminación por el arrastre de material procedente del material derivado de labores de mantenimiento, así como vertidos accidentales.

Para la limpieza de los paneles solares, el promotor prevé utilizar agua sin productos químicos contaminantes o peligrosos.

La Confederación Hidrográfica del Guadiana señala que el cauce más cercano es el Barranco de la Arca y un tributario a unos 40 m al sur de la línea de evacuación. En relación con la hidrología subterránea, señala que la zona de estudio se encuentra sobre la «Mancha Occidental I». Informa que no se prevé afección física a cauces que constituyan el Dominio Público Hidráulico, ni a zonas de servidumbre y policía.

b.4 Vegetación, flora y hábitats de interés comunitario.

Atendiendo al Mapa de Series de Vegetación, la vegetación potencial de la zona de estudio se corresponde con bosques de carrasca (Quercus rotundifolia) o encina (Quercus ilex), acompañada de arbustos esclerófilos en el sotobosque como Quercus coccifera, Rhamnus alaternus var. Parvifolia, Rhamnus lycioides subsp. Lycioides, entre otros.

Respecto a la flora, según recoge el Inventario Español de Especies Terrestres (IEET), al final del trazado de la línea subterránea proyectada se encuentra la especie Senecio auricularia castellanus, endemismo español catalogado como «vulnerable» en la Lista Roja de la Flora Vascular Española. El promotor señala que no se ha observado la especie en la zona de implantación del proyecto durante los trabajos de campo realizados. Además, afirma que la zona de estudio no es un hábitat propicio para la presencia de dicha especie.

En relación con los hábitats de interés comunitario (HIC), en el área de estudio se encuentra el HIC 4090 «brezales oromediterráneos endémicos con aliaga», el HIC 5210 «matorral arborescente con Juniperus spp.», el HIC 5330 «matorrales termomediterráneos y pre-estépicos», el 6220* «zonas subestépicas de gramíneas y anuales de Thero-Brachypodietea», el HIC 8220 «pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica» y el HIC 9340 «bosques de Quercus ilex y Quercus rotundifolia». Durante los trabajos de campo realizados por el promotor, se descarta la existencia de HICs prioritarios en el ámbito de ocupación de las instalaciones.

La configuración final del proyecto se encuentra ubicada íntegramente sobre terrenos de labor, por lo que la vegetación que se verá afectada serán los cultivos leñosos existentes, principalmente vid. Además, existe una encina que queda cercana al vallado en la parte sur de la instalación proyectada. En relación con los HICs, la PSFV se proyecta fuera de las teselas que contienen alguno de los presentes en la zona de estudio.

Respecto a la línea de evacuación, el promotor indica que se espera afectar a un total de 680 pies, entre olivos y vid, en todo el recorrido de la línea eléctrica desde la PSFV hasta la SET existente. En cuanto a la vegetación natural, se espera que sean afectados entre 20 y 25 pies de encina por la ejecución de la zanja a su paso por la parte baja de la Sierra de los Bailones, afectando a 0,8 ha del HIC 9340. El promotor señala que la zona de afección es muy reducida, dado que se enmarca en un área de escasa vegetación arbórea y se encuentra en el margen del vial, por lo que no se afecta a las zonas mejor conservadas.

Durante la fase de obras, se producirá la eliminación de la cubierta vegetal por el acondicionamiento y ocupación de los terrenos donde se localizan las infraestructuras proyectadas, la eliminación de algunos pies arbóreos y la afección al HIC 9340 en el entorno de la Sierra de los Bailones.

El promotor afirma que balizará las zonas susceptibles de afección, así como formaciones o elementos vegetales a proteger fuera del área de actuación directa. Además, reutilizará el material procedente del desbroce para las labores de restauración, y en caso de eliminación o actuaciones sobre la vegetación natural, solicitará la preceptiva autorización de actuación al organismo correspondiente.

El promotor no considera relevante el impacto sobre los HIC. No obstante, propone la plantación de 2 encinas por cada una de las que sea necesario eliminar, es decir, se compromete a plantar entre 40 y 50 encinas en el mismo lugar o en la ubicación que el organismo competente en la materia estime viable y oportuno.

La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en su informe de 12 de noviembre de 2025, indica que la zanja de la línea de evacuación debe ocupar el lugar del camino y en ningún caso debe salirse de este trazado, y que ni las actuaciones temporales ni las permanentes deben afectar a ningún pie de encina u otros individuos de vegetación natural de diámetro igual o mayor de 20 cm. Además, se deberá ajustar el trazado de la línea de evacuación.

Durante la fase de explotación, el promotor señala que no se producirán afecciones sobre vegetación o hábitats de interés comunitario.

b.5 Fauna.

El promotor ha consultado las cuadrículas 10×10 de la base de datos del IEET, aplicando índices combinados que permiten valorar la importancia de las comunidades de fauna en función de su distribución, rareza y grado de conservación correspondiente, identificando, además, áreas de alto valor natural, que definen la calidad del paisaje en función de una combinación de variables faunísticas, florísticas, climatológicas y topográficas. En el total de las cuadrículas consideradas (30SVJ60, 30SVJ70, 30SVH69 y 30SVH79), donde se ubica la PSFV, se han registrado 117 taxones de vertebrados, de los cuales 93 han sido aves, 12 mamíferos, 8 reptiles y 4 anfibios. El índice combinado muestra una importancia alta para anfibios y aves en la cuadrícula 30SVJ60 y un índice alto para reptiles en la cuadrícula 30SVH69. Además, para las cuadrículas 30SVJ60 y 30SVH79 el índice combinado para aves esteparias es máximo.

Por otra parte, el EsIA incluye un estudio de campo realizado entre marzo y noviembre de 2021, que se centra en la avifauna y los mamíferos, por ser los grupos más vulnerables a este tipo de proyectos, debido a la ocupación del territorio. Además, se han realizado censos específicos para la identificación de colonias de cernícalo primilla (Falco naumanni), sisón (Tetrax tetrax), ganga ortega (Pterocles orientalis), ganga ibérica (Pterocles alchata) y rapaces nocturnas. También se han realizado muestreos para quirópteros, mesomamíferos, anfibios y reptiles. Posteriormente, el promotor completa el estudio de campo con muestreos desde noviembre de 2021 hasta marzo de 2022.

La siguiente tabla recoge aquellas especies identificadas por el promotor durante los trabajos de campo, que se encuentran incluidas en alguna categoría de protección del Catálogo Español de Especies Amenazadas (CEEA) y del Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Castilla-La Mancha (CREACLM).

Nombre científico Nombre común CEEA CREACLM N.º individuos inventariados
Accipiter gentilis. Azor común. LESPRE VU 2
Accipiter nisus. Gavilán común. LESPRE VU 1
Aquila adalberti. Águila imperial ibérica. PE PE 40
Circaetus gallicus. Culebrera europea. LESPRE VU 1
Circus aeruginosus. Aguilucho lagunero occidental. LESPRE VU 23
Circus cyaneus. Aguilucho pálido. LESPRE VU 5
Circus pygargus. Aguilucho cenizo. VU VU 22
Falco naumanni. Cernícalo primilla. LESPRE VU 69
Falco peregrinus. Halcón peregrino. LESPRE VU 2
Milvus milvus. Milano real. PE VU 24
Otis tarda. Avutarda. LESPRE VU 2
Pterocles alchata. Ganga ibérica. VU VU 1225
Pterocles orientalis. Ganga ortega. VU VU 5
Tetrax tetrax. Sisón común. PE VU 836

– Águila imperial ibérica (Aquila chrysaetos): Del análisis de densidad de Kernel (KDE) se obtiene una amplia zona con probabilidad de aparición superior al 50 % en la parte sur de las parcelas de implantación de la PSFV, que aumenta al 95 % a menos de 1 km de la poligonal sur. En esta zona se ha detectado un nido ocupado sobre una encina localizada a 1,4 km al suroeste y varias parejas mostrando comportamientos reproductivos a 200 m y 700 m de la implantación.

– Aguilucho cenizo (Circus pygargus): El KDE muestra una amplia zona al norte de la PSFV con probabilidad de aparición superior al 50 %, aumentando hasta el 95 % en el interior de esta. La mayoría de los contactos se ubican a 1,5 km donde existe un posible territorio de cría. El contacto más cercano fue con un macho campeando a 300 m de la PSFV.

– Aguilucho lagunero occidental (Circus aeruginosus): El KDE muestra dos amplias zonas con probabilidad de aparición superior al 50 %, aumentando hasta el 95 % en el KDE del interior de la poligonal sur. No se produce afección sobre nidos o dormideros.

– Cernícalo primilla (Falco naumanni): Del análisis de KDE, se han obtenido tres zonas de probabilidad de aparición superior al 50%, una de ellas sobre ambas poligonales de la PSFV y otra de ellas donde la probabilidad de aparición aumenta hasta el 95 %. Se han detectado 6 primillares activos dentro del buffer de 5 km, uno de ellos en el interior de la poligonal norte de la PSFV.

– Ganga ibérica (Pterocles alchata): Se estiman de 15 a 18 parejas en el ámbito de estudio. En las parcelas de implantación de la PSFV se han detectado 32 individuos posados durante la época postreproductora. Destacan dos contactos en noviembre con 400 y 150 individuos. Del análisis KDE realizado para la especie durante la época reproductora se han obtenido 4 zonas con probabilidad de aparición superior al 50 %, una de ellas ocupando la totalidad de la poligonal sur de la PSFV. El KDE más al sur coincide con la zona de mayor probabilidad de aparición del sisón.

– Milano real (Milvus milvus): El análisis de KDE muestra tres zonas con probabilidad de aparición superior al 50 %, una de ellas localizada sobre la zona de implantación de la PSFV, donde la probabilidad de aparición aumenta hasta el 95 %. No se han detectado afecciones sobre dormideros.

– Sisón común (Tetrax tetrax): El análisis de KDE muestra tres zonas con probabilidad de aparición superior al 50 %, aumentando hasta el 95 % a 1 km al suroeste de la PSFV, donde se estiman al menos 6 machos reproductores, uno de ellos visto durante el reclamo reproductivo. Se han detectado 4 leks de sisón, uno de ellos sobre la poligonal sur de la PSFV. A pesar de no haberse detectado puestas o pollos, los leks y la gran cantidad de contactos en esta época apuntan a que la especie se reproduce en el ámbito de estudio.

En relación con los mamíferos, se han detectado 4 observaciones de zorro (Vulpes vulpes), 9 de liebre ibérica (Lepus granatensis), 1 de jabalí (Sus scrofa) y 1 de erizo europeo (Erinaceus europaeus). Además, se ha estimado una alta abundancia de conejos en la zona. En cuanto a los quirópteros, se registran 90 contactos con el murciélago de borde claro (Pispitrellus kulhi), 19 con el murciélago de Cabrera (Pipistrellus pygmaeus) y 17 con el murciélago enano (Pipistrellus pipistrellus).

Para anfibios y reptiles, no se han obtenido contactos durante los muestreos específicos, observando un contacto para lagarto ocelado (Timon lepidus), culebra de escalera (Zamenis scalaris) y lagartija ibérica (Podarcis hispanicus) durante el resto de las metodologías.

Durante la fase de obras, el EsIA prevé molestias por el ruido de la maquinaria y los movimientos de tierra, mortalidad de ejemplares por atropellos accidentales y destrucción y fragmentación del hábitat por la ocupación de las infraestructuras proyectadas. Se podría producir la destrucción de puestas y nidadas de aves y la pérdida de refugios y puntos de cría de reptiles. El promotor no prevé afecciones sobre los anfibios al no producirse alteraciones sobre charcas temporales, acequias o balsas de agua. Concluye que las afecciones tienen un grado de intensidad alto para el grupo de aves y nula o baja para el resto de los grupos faunísticos.

Antes del comienzo de las obras, el promotor afirma que realizará una prospección de la zona en busca de nidos cercanos. Además, evitará los trabajos más molestos en época de cría, desde el 1 de abril al 30 de junio, colocará sistemas de escape en las zanjas que no hayan sido cerradas y evitará la realización de trabajos nocturnos.

Durante la fase de explotación, la presencia de la PSFV generará un efecto barrera y fragmentación del hábitat permanente para la fauna terrestre, pudiendo provocar diferentes procesos demográficos y genéticos que desencadenen una disminución de individuos de la población. El promotor categoriza el impacto sobre las especies esteparias de la zona como severo, afectando a especies de gran interés como el sisón, el cernícalo primilla, la ganga ibérica y el aguilucho cenizo, principalmente. En relación con la posible mortalidad, el promotor considera que las pérdidas de ejemplares serían ocasionales por colisión con el vallado de la PSFV, ya que el riesgo de colisión que presentan los paneles para las aves y los murciélagos es bajo. Finalmente, durante las labores de mantenimiento se podrían producir molestias sobre la fauna por la circulación de vehículos y la presencia de personas.

El promotor se compromete a evitar el empleo de productos fitosanitarios, a colocar placas de señalización en el vallado para minimizar las colisiones de la avifauna y, en caso de producirse incidentes con las aves del entorno, el promotor lo pondrá en conocimiento del órgano competente de la comunidad autónoma, a fin de poder determinar las medidas complementarias necesarias.

El promotor concluye que la ejecución del proyecto produciría un impacto severo sobre la avifauna, debido a la presencia de especies incluidas en el CREACLM y el CEEA, y que cuentan con un elevado número de individuos, tanto en época reproductora como post reproductora, en la zona de estudio. Considera que, tras la aplicación de medidas preventivas y correctoras para la protección de la avifauna, el impacto seguirá siendo severo, especialmente sobre las rapaces y las aves esteparias por la pérdida de zonas de campeo y la alteración del hábitat. Por ello plantea medidas compensatorias:

– Mejora y conservación del hábitat estepario: compensación en una proporción 1:1 de la ocupación por infraestructuras de la planta (37,4 ha), en las que se implementarán medidas para compatibilizar las prácticas agrarias relativas al cultivo de herbáceos de secano con la conservación de aves esteparias, como la rotación de cultivos sobre siembra, retraso en el laboreo, creación de rodales y establecimiento de franjas permanentes excluidas de laboreo. Esta medida se mantendrá durante toda la vida útil del proyecto.

– Estudio específico de fauna en el entorno del proyecto durante cinco años.

– Instalación de 5 cajas nido para aves y 1 para quirópteros en los alrededores de la PSFV y fuera de los límites de esta. Se realizarán seguimientos para verificar la eficacia y las especies beneficiadas.

La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en sus informes de 5 de octubre de 2023 y 5 de febrero de 2024, estima que la afección a ciertas especies de avifauna esteparia puede ser crítica para los terrenos seleccionados de implantación y recomienda la implantación en otros terrenos no preferentes para estas especies, como cultivos leñosos de regadío. Finalmente, concluye que el proyecto no es compatible con la conservación de los valores ambientales y recursos naturales que alberga la zona en la que pretende ubicarse el proyecto.

Tras la aportación de documentación adicional por el promotor, este órgano ambiental solicita pronunciamiento de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en virtud del artículo 40.2 de la Ley de evaluación ambiental. Con fecha 18 de noviembre de 2024, el organismo emite un nuevo informe, en el que señala que el proyecto se sitúa en áreas de gran relevancia para especies catalogadas en peligro de extinción, concretamente para el sisón y el águila imperial ibérica. Concluye que solo se consideran ambientalmente viables aquellas instalaciones que se ubiquen en terrenos de cultivo agrícola leñoso intensivo en regadío o en canteras y otros terrenos degradados de características similares, con líneas de evacuación soterradas apoyadas en infraestructuras existentes, como caminos y puentes.

En consecuencia, este órgano ambiental solicita al promotor la modificación del proyecto en virtud del artículo 40.3 de la Ley de evaluación ambiental, el cual, en respuesta, el 2 de junio de 2025, modifica el proyecto reduciendo la superficie a ocupar por la PSFV, ajustándose a áreas ocupadas por cultivos leñosos.

Con fecha 12 de junio de 2025, en virtud del artículo 40.5 de la ley de evaluación ambiental, se solicita un nuevo pronunciamiento de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El organismo, el 12 de noviembre de 2025, considera adecuado el diseño final de la PSFV, al haberse reducido la superficie de implantación de la PSFV, y haberse excluido las zonas de protección a la avifauna donde desarrollan cortejos y fases de nidificación de esteparias. Asimismo, valora positivamente el soterrado de las líneas de media tensión para respetar los corredores locales y comarcales de avifauna, discurriendo en su totalidad por carreteras y caminos existentes. Adicionalmente, el organismo informa que se deberán realizar ajustes en el trazado de la línea soterrada para minimizar la afección sobre la vegetación de la zona, debiendo proyectarse la zanja sobre caminos existentes sin afectar a pies de encina, así como sobre la cuneta de la CR-6441 evitando la afección a ejemplares de olmos y cultivos.

El 16 de enero de 2026, se traslada al promotor el informe de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, recibido el 12 de noviembre de 2025.

El promotor, con fecha 12 de febrero de 2026, contesta que la incorporación al proyecto de nuevos ajustes y consideraciones establecidas por la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha implica significativos cambios en las infraestructuras de evacuación, lo cual determina objetivamente la imposibilidad de continuar con el proyecto, por razones no imputables al promotor que no pueden ser subsanadas mediante modificaciones técnicas razonables.

Con fecha 24 de marzo de 2026, se recibe un nuevo informe de la Dirección General de Calidad Ambiental de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, que concluye que, teniendo en cuenta la documentación ambiental disponible, incluidas las modificaciones del proyecto, se está de acuerdo con los dos últimos informes emitidos por la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Además, el promotor deberá incorporar las medidas y consideraciones recogidos en dichos informes.

Finalmente, con fecha 7 de abril de 2026, se solicitan aclaraciones al promotor sobre la voluntad de continuar con el trámite de evaluación de impacto ambiental. El 30 de abril de 2026 el promotor reitera que la reconfiguración realizada para dar cumplimiento a requerimientos anteriores implica cambios significativos que no resultan asumibles.

b.6 Espacios naturales protegidos y Red Natura 2000.

Las instalaciones proyectadas se encuentran fuera de espacios naturales protegidos, en concreto de espacios Red Natura 2000, siendo el espacio más cercano la Microrreserva Albardinales de Membrilla-La Solana (ES422012), ubicada a 7,5 km al noroeste de la poligonal.

Existe un refugio de fauna denominado «Embalse de Puerto de Vallehermoso» a 12,9 km de la poligonal y a 7 km de la SET Cristo Bailones. También, hay un humedal catalogado de importancia en el Inventario Español de Zonas Húmedas denominado «Charco De La Nava» a 10,5 km de la poligonal y a 2,5 km de la SET Cristo Bailones.

Por otra parte, la totalidad del proyecto se encuentra dentro de la zona de importancia del águila imperial y del buitre negro. La zona de dispersión del águila perdicera y del águila imperial ibérica se encuentran a 8 km de la poligonal y a 3 km de la SET Cristo Bailones.

La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha informa durante el trámite de información pública que el proyecto se encuentra fuera de espacios naturales protegidos y espacios Red Natura 2000.

b.7 Patrimonio cultural.

Los elementos patrimoniales catalogados más cercanos se ubican a más de 3 km al noreste: Molino de Juárez (054-042), Molino del Paso (054-047), Molino de los Álamos (079-056) y Molino del Chico (074-036), todos ellos catalogados como Modernos-Contemporáneos.

Tras la realización de la prospección arqueológica en campo, el promotor determinó que, de acuerdo con la implantación inicial y, debido a la disposición de los módulos fotovoltaicos existía una afección crítica por la presencia de un elemento de interés etnológico. Se trata de una casa de labor, de adscripción cultural «moderno-contemporáneo», denominada «La Mata». Con el objetivo de proteger este elemento, el promotor propone el cambio en la distribución de los módulos fotovoltaicos, dejando un ámbito de protección alrededor del mismo de 15 m. Además, en la zona de estudio existe otra casa de labor, denominada «Las Espartosas»; en este caso, la zanja de media tensión pasa a unos 23 m del elemento, el promotor considera que este sería un impacto crítico y afirma que el balizamiento del bien garantizará la no afección al elemento.

Durante la fase de obras y la fase de explotación, el promotor no prevé afecciones sobre ningún bien del patrimonio histórico-artístico y arqueológico de la zona de estudio. Realizará controles arqueológicos durante los movimientos de tierra para evitar posibles afecciones sobre eventuales hallazgos.

El promotor realizará el seguimiento arqueológico de todos los movimientos de tierra, con la supervisión de un arqueólogo titulado, que será intensivo en la zanja de media tensión a su paso por el límite del ámbito de protección de la Sierra de los Bailones. Ante la eventual aparición de algún tipo de resto arqueológico, el promotor lo comunicará ante el organismo competente en la materia, procediendo a la suspensión de los trabajos, en tanto no se produzca declaración expresa por parte del competente.

El Servicio de Cultura de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de Ciudad Real informa que parte de los terrenos objeto de intervención están incluidos en el ámbito de protección arqueológica A.5. «Sierra de los Bailones de San Carlos del Valle» y condiciona la ejecución de los trabajos a la presentación de un nuevo proyecto de intervención arqueológica para su correspondiente autorización por parte de la Delegación Provincial de Ciudad Real.

b.8 Paisaje.

Atendiendo al Atlas de los Paisajes de España el área de estudio queda enmarcada dentro de dos Unidades de Paisaje: los «Llanos de Valdepeñas» y los «Cerros y Valles de Santa Cruz de Mudela-El Viso del Marqués».

El promotor elabora un estudio de calidad y fragilidad paisajística, en el que concluye que la valoración final para cada una de estas cualidades es baja.

Por otra parte, elabora un análisis para determinar la cuenca visual, tomando en consideración que la unidad básica de estructura alcanzará una altura de 3 m en el caso más desfavorable, definiendo un radio de acción de 10 km, con origen en el límite de las poligonales de la PSFV. No se ha tenido en cuenta la línea de evacuación, ya que discurrirá soterrada. Los resultados muestran que desde un 48,51 % del territorio analizado se verá alguna infraestructura del proyecto. Estos resultados no tienen en cuenta posibles obstáculos que podrían delimitar la visibilidad del proyecto.

La PSFV, debido al relieve de la zona, será visible desde algunas edificaciones aisladas cercanas a la zona de implantación (Casa Grande, Casa del Chaparral, Casablanca y Berzosa) y desde los parajes denominados Sierra de los Bailones y Sierra del Cristo. Desde la carretera CM-3109, CR-6031, CR-644 y N-430 y desde la autovía A-4 E-05 también existen zonas visibles. No será visible desde la población de El Peral.

Durante la fase de obras, se producirá la alteración del paisaje por los movimientos de tierra, desbroces, presencia de maquinaria, apertura de zanjas o acopio de materiales, entre otros.

El promotor señala que estos impactos serán puntuales durante la fase de obras, finalizando una vez acabadas las actuaciones. Además, desmantelará y restaurará las zonas de acopios, vertederos, instalaciones auxiliares o viales temporales.

Durante la fase de explotación, se producirá la alteración del paisaje por la presencia de las infraestructuras proyectadas. El promotor señala que el impacto visual que pudiera producir la PSFV será mínimo en comparación con el impacto paisajístico que ya existe provocado por los parques eólicos e infraestructuras presentes en la zona.

El promotor afirma que colocará una pantalla vegetal utilizando especies autóctonas arbustivas en la parte exterior del vallado de la PSFV para minimizar la incidencia visual en el entorno. Además, utilizará las características propias de la arquitectura y los acabados tradicionales de la zona, con objeto de armonizar las nuevas infraestructuras, empleará zahorra de color y características similares a las de la zona.

Por otra parte, el promotor ha elaborado un Plan de Integración Ambiental y Paisajística que contiene las siguientes previsiones:

– Tras el desbroce del terreno, realizará la retirada de unos 30 cm de suelo, que almacenará junto a las zonas de actuación en montículos de 1,5 m de altura, para su posterior reutilización en las labores de revegetación, previa descompactación del terreno.

– Revegetación con especies autóctonas arbustivas en la parte exterior del vallado, conformando una pantalla vegetal, de 5 m de anchura, que ocupará una superficie de unas 2,79 ha. Las superficies, densidades y especies vegetales a introducir estarán sujetas a lo establecido por las administraciones, en cumplimiento con la normativa sectorial. Algunas de las especies propuestas por el promotor son la coscoja (Quercus coccifera), el acebuche (Olea europaea sylvestris), el romero (Rosmarinus officinalis) o la lavanda (Lavandula angustifolia).

– En las áreas bajo paneles favorecerá la colonización de la vegetación autóctona presente en las formaciones vegetales del entorno.

– Para el mantenimiento de la pantalla vegetal, si al cabo del año no existieran coberturas o pervivencias suficientes, se realizarían siembras o plantaciones de apoyo, en aquellos lugares donde se estimase necesario.

b.9 Vías pecuarias y Montes de Utilidad Pública.

En relación con las vías pecuarias, la PSFV se encuentra a 3,5 km de la «Vereda de San Carlos del Valle», que no se verá afectada por la implantación. Por otra parte, la línea de evacuación cruza dicha Vereda a unos 375 m de su fin en la SET existente Cristo Bailones.

Durante las obras, se podrían producir afecciones a la «Vereda de San Carlos del Valle» por el tránsito de vehículos durante la ejecución de las obras y ocupación de la misma. El promotor señala que será una afección puntual y compatible.

El Monte de Utilidad Pública más cercano se encuentra a 34 km de las actuaciones proyectadas.

b.10 Efectos sinérgicos y acumulativos.

Para evaluar las sinergias, el promotor identifica las siguientes infraestructuras en las proximidades de la zona de estudio:

– Parque Eólico Cristo Bailones, en funcionamiento, a 3.400 m al sur.

– Planta Solar Fotovoltaica Alhambra, en trámite, a 16.500 m al este.

– Parque Eólico Alhambra, en funcionamiento, a 15.880 m al este.

– Planta Solar Fotovoltaica, en funcionamiento, a 6.200 m al noroeste.

– Planta Solar Fotovoltaica, en funcionamiento, a 16.300 m al sureste.

– Carretera CM-3109 a 345 m al este.

– Carretera CR-6031 a 1.200 m al oeste.

– Carretera CR-6441 a 7.085 m al este.

– Carretera N-430 a 8.900 m al noreste.

– Autovía A-4 E-05 a 5.650 m al oeste.

– FF. CC. Madrid-Ciudad Real a 5.875 m al oeste.

– Línea eléctrica Alta tensión <100 kV, a 5.875 m al oeste.

– Línea eléctrica Alta tensión >100 kV, a 6.145 m al oeste.

El promotor señala que los principales efectos sinérgicos se producirán sobre la fauna, la vegetación y el paisaje:

– Impactos a la fauna:

● Pérdida de hábitats por ocupación del territorio, cambio de actividad o uso del suelo: Rango de sinergia Alta.

● Molestias a la fauna por presencia de infraestructuras fotovoltaicas y de evacuación: Rango de sinergia Media.

● Molestias a la fauna por actividades derivadas del funcionamiento y/o mantenimiento del entorno de las instalaciones: Rango de sinergia Leve.

● Mortalidad de la fauna por la presencia de las instalaciones o el mantenimiento de las mismas: Rango de sinergia Media.

– Impactos a la vegetación:

● Eliminación de la vegetación por ocupación del territorio y cambio en la actividad o uso del suelo: Rango de sinergia Leve.

– Impactos al paisaje:

● Alteración paisajística por la presencia de infraestructuras fotovoltaicas y de evacuación: Rango de sinergia Leve.

Además, el promotor ha realizado un análisis de la fragmentación del territorio y conectividad, evaluando el potencial efecto que pudieran suponer dichas infraestructuras en la variación de la conectividad del paisaje y fragmentación del terreno, con la consiguiente pérdida de movilidad de las aves esteparias.

Las zonas con valores muy altos de calidad de hábitat para esteparias se ubican en la zona norte, oeste y sureste. La PSFV se localiza muy próxima a la carretera CM-3109, situada al este; y próxima a la CR-6031, situada al oeste, por lo que existe una barrera que separa la PSFV de las zonas de más alta calidad para las aves esteparias, por ello el promotor no prevé que exista una fragmentación del territorio.

c. Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto ante riesgos.

El promotor ha realizado un análisis de riesgos de diferentes factores ambientales como el cambio climático, inundaciones, terremotos, fenómenos erosivos, incendios forestales y residuos o emisiones peligrosas.

En cuanto al riesgo de inundación, la zona de estudio presenta una probabilidad media de inundación, teniendo en cuenta lo recogido en la cartografía del SNCZI y en el Plan Especial de Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones en Castilla-La Mancha (PRICAM). El estudio hidrológico realizado por el promotor indica que no existen zonas inundables con calados importantes en las áreas de implantación de las infraestructuras.

En relación con el riesgo sísmico y el riesgo de erosión, el promotor señala que en la zona de estudio la probabilidad de terremotos es baja y la probabilidad de erosión es media, lo que, sumado a la baja vulnerabilidad de las instalaciones de la PSFV a estos fenómenos, resultaría en impactos de baja intensidad.

Respecto al riesgo de incendios forestales, el proyecto se sitúa en una zona con baja probabilidad de incendio. Además, la vegetación de los alrededores de la PSFV es agrícola en su mayoría, por lo que el promotor considera el impacto como compatible durante la fase de funcionamiento. Este impacto será moderado durante la fase de obras y desmantelamiento, por la presencia de maquinaria.

El Servicio de Protección Ciudadana de la Delegación Provincial de Ciudad Real informa sobre los niveles de riesgo identificados en los diferentes Planes en vigor:

– En relación con el Plan Territorial de Emergencia de Castilla-La Mancha (PLATECAM), ni el término municipal de Membrilla ni San Carlos del Valle se encuentran dentro del grupo de localidades afectadas por riesgo químico por alguna de las instalaciones industriales sujetas a la normativa SEVESO.

– En relación con el Plan Especial de Protección Civil ante el riesgo de accidente en el transporte de mercancías peligrosas por carreteras y ferrocarril en Castilla–La Mancha (PETCAM), el término municipal de Membrilla se encuentra dentro de la zona de alerta del tramo de ferrocarril de la línea Madrid-Puertollano.

– En relación con el Plan Especial de Protección Civil ante el riesgo de Inundaciones de Castilla-La Mancha (PRICAM), el término municipal de Membrilla se encuentra afectada por un Área de Riesgo Potencialmente Significativo de Inundación (ARPSI), estando obligado a la elaboración de un Plan de Actuación Municipal ante el Riesgo por Inundaciones. San Carlos del Valle se encuentra afectada por tramo de cauce con riesgo significativo potenciales de inundaciones (ARPSIs).

– En relación con el Plan Específico de Fenómenos Meteorológicos Adversos de Castilla–La Mancha, (METEOCAM), el término municipal de Membrilla presenta riesgo por lluvias alto, estando obligado a la elaboración de un Plan de Actuación Municipal ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos.

La Oficina Española de Cambio Climático señala que la evaluación de la vulnerabilidad del proyecto ante riesgos climáticos resulta importante para determinar, valorar y aplicar las medidas de adaptación necesarias. Se deberá evitar la eliminación de vegetación arbórea, la reducción de la permeabilidad de las superficies, el decapado del suelo, la retirada de la tierra vegetal, el sellado del suelo y la modificación de la geomorfología, entre otras.

Tras el requerimiento de información adicional, de fecha 28 de febrero de 2025, el promotor aporta el 2 de junio de 2025 un estudio de la vulnerabilidad del proyecto frente al cambio climático. Señala que las proyecciones climáticas más desfavorables muestran que es posible que haya algunos días donde las temperaturas ambientales máximas medias alcancen los 40° C en los próximos veinte años. Aunque los paneles están diseñados para operar bajo condiciones exigentes, su rendimiento, y por lo tanto la producción de energía, se ve afectado por el calor. A partir de los 25° C de temperatura de la célula, la eficiencia de los módulos disminuye en torno a un 0,3 % por cada grado centígrado adicional.

Adicionalmente, los parámetros críticos de los módulos fotovoltaicos establecen que a partir de una temperatura de célula de 85° C se generarían daños físicos en el módulo fotovoltaico. Bajo condiciones típicas de instalación y radiación solar, esta temperatura crítica solo se alcanzaría si la temperatura ambiente supera los 52° C, lo cual no se proyecta en ningún escenario para el tiempo de vida de la planta.

El peligro de estrés por frio extremo no se presenta actualmente ni se espera que se materialice en el futuro en la zona donde se ubicará la planta fotovoltaica.

Según las proyecciones de precipitaciones extremas, en el peor de los escenarios se espera un incremento total de precipitación acumulada de un 29 % respecto al escenario base, lo que podría traducirse en un aumento similar de la profundidad del agua en las zonas de calado identificadas en el estudio hidrológico. La parte más susceptible de la planta frente a posibles daños por inundación serían los propios paneles fotovoltaicos, en caso de que el nivel del agua alcanzara los 0,5 m, altura a la que se instalan sobre el terreno. Para que esto ocurriera, la profundidad máxima observada en los mapas de periodo de retorno T=100 del estudio hidrológico tendría que triplicarse. No se considera que exista un riesgo de inundación que pueda llegar a afectar físicamente al proyecto.

Para fenómenos de granizo y vientos extremos, no se espera que se produzcan variaciones significativas a largo plazo que puedan poner en peligro las infraestructuras proyectadas.

El promotor concluye que, pese al endurecimiento previsto de las condiciones climáticas en algunas de las variables relevantes, el proyecto mantiene en general un nivel de exposición y vulnerabilidad reducido y aceptable para un proyecto de estas características.

d. Valoración del órgano ambiental.

Del análisis del expediente se extrae que el área afectada por el proyecto presenta un alto valor ecológico sobre el que se producirían impactos ambientales significativos derivados de la perdida de hábitat de reproducción, área de campeo y de caza de especies amenazadas catalogadas. Este territorio alberga una elevada diversidad faunística, con especies de avifauna amenazadas catalogadas en «peligro de extinción» como el águila imperial ibérica, el milano real y el sisón común, y «vulnerables», como el aguilucho cenizo, el aguilucho lagunero occidental, el cernícalo primilla, la ganga ibérica y la ganga ortega, entre otros.

Los informes de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha señalan que la ocupación del territorio supone un impacto crítico para la biodiversidad, ya que el ámbito de actuación se sitúa en un área de gran relevancia para especies catalogadas en peligro de extinción. Además, la capacidad de acogida del área de estudio se considera muy reducida, debido a la presencia de subpoblaciones dispersas en el territorio que conforman una metapoblación clave de comunidades esteparias. Finalmente, se ha confirmado la existencia de una plataforma de nidificación activa de águila imperial ibérica cercana a la instalación fotovoltaica, lo cual eleva directamente la clasificación de su impacto a nivel crítico.

En este sentido, el artículo 57 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad dispone, respecto a las prohibiciones y garantía de conservación para las especies incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial, la prohibición de la destrucción o deterioro de nidos, vivares y lugares de reproducción, invernada o reposo.

Adicionalmente, el promotor ha afirmado que no es viable adaptar la configuración del proyecto a los requisitos y condiciones solicitados en el informe de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad y avalados en el informe de la Dirección General de Calidad Ambiental, ambos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El cumplimiento de estas condiciones era imprescindible para garantizar la viabilidad ambiental del proyecto según ambos organismos.

Debido a lo anterior, atendiendo al principio de precaución que debe regir los procedimientos de evaluación ambiental conforme al artículo 2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, este órgano ambiental concluye que no pueden descartarse impactos ambientales significativos sobre la avifauna presente en el ámbito de actuación, incluidas especies protegidas y amenazadas como el águila imperial ibérica, el aguilucho cenizo y el milano real, así como sobre los hábitats esteparios y las áreas de campeo y nidificación de especies, ni sobre la conectividad ecológica del territorio y el mantenimiento de las poblaciones de avifauna presentes en el entorno, sin que las medidas previstas en la documentación aportada por el promotor constituyan una garantía suficiente para su adecuada prevención, corrección o compensación.

Fundamentos de Derecho

El proyecto objeto de la presente resolución se encuentra comprendido en el apartado 7.a) de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, en virtud de lo cual resulta preceptivo su sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental y la formulación de declaración de impacto ambiental, con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 33 y siguientes de la citada norma.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 8.1.b) del Real Decreto 503/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la evaluación practicada: el documento técnico del proyecto, el estudio de impacto ambiental, el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas, así como de los informes solicitados y la documentación adicional presentada por el promotor.

En consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la Subdirección General de Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental desfavorable a la realización del proyecto «Parque solar fotovoltaico Cristo Bailones, de 35,125 MW de potencia instalada, para su hibridación con el parque eólico existente, Cristo Bailones, de 42 MW, y para una parte de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Ciudad Real», debido a que no puede descartarse que el proyecto produzca un impacto negativo significativo sobre el medio, en particular sobre la fauna protegida y amenazada, los hábitats de nidificación y alimentación, y la conectividad ecológica.

Se procede a la publicación de esta declaración de impacto ambiental, según lo previsto en el apartado tercero del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, y a su comunicación al órgano sustantivo para su incorporación al procedimiento de autorización del proyecto.

De conformidad con el apartado cuarto del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se autoriza el proyecto.

Madrid, 14 de julio de 2026.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.

ANEXO I

Consultados Respuestas recibidas
Administración Estatal
Comisaría de Aguas. Confederación Hidrográfica del Guadiana. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Dirección General de Carreteras. Demarcación de Carreteras en Castilla-La Mancha. Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.
Dirección General de Planificación y Evaluación de la Red Ferroviaria. Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.
Oficina de Planificación Hidrológica. Confederación Hidrográfica del Guadiana. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. NO
Oficina Española de Cambio Climático. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina. Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. NO
Administración Autonómica
Departamento de Vías, Obras e Infraestructuras. Diputación Provincial de Ciudad Real.
Dirección General de Carreteras y Transportes. Consejería de Fomento de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Dirección General de Desarrollo Rural. Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Dirección General de Economía Circular. Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. NO
Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad. Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Dirección General de Planificación Territorial y Urbanismo. Consejería de Fomento de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. NO
Dirección General de Protección Ciudadana. Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Dirección General de Salud Pública. Consejería de Sanidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Dirección General de Transición Energética. Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Infraestructura del Agua de Castilla-La Mancha.
Oficina de Cambio Climático de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. NO
Servicio Provincial de Minas. Delegación provincial de Ciudad Real. Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Viceconsejería de Cultura y Deportes. Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Administración Local
Ayuntamiento de Membrilla.
Ayuntamiento de San Carlos del Valle. NO
Entes públicos y privados
ADIF - Administrador de Infraestructuras Ferroviarias.
ECOLOGISTAS EN ACCIÓN CASTILLA-LA MANCHA. NO
ENAGÁS TRANSPORTE SAU.
EXOLUM (CLH). NO
FCC Aqualia, SA. NO
Gas Natural Redes GLP, SA (Grupo Naturgy). NO
GREENPEACE ESPAÑA. NO
GREFA. NO
Iberdrola i-DE, Redes Eléctricas Inteligentes. NO
Nedgia (Grupo Naturgy).
Red Eléctrica de España, SA.
SEO/BIRDLIFE. NO
Sociedad Mercantil Estatal Aguas de las Cuencas de España (Acuaes). NO
Telefónica de España, SAU. NO
UFD Distribución Electricidad, SA (Naturgy Iberia).
WWF/ADENA. NO