Relación de hechos
1. La Resolución de 4 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Industria del Departamento de Empresa y Trabajo de la Generalidad de Cataluña, autorizaba el uso e instalación a la red eléctrica del transformador de medida de tensión, en alta tensión, del modelo JSQXH, versión 66 kV, a favor de la entidad Dishelec 65, SL.
2. En fecha 28 de enero de 2026 la entidad Dishelec 65, SL (NIF B61539334), ubicada en la calle de Caballero, n.º 79, 5è B, de Barcelona (Barcelona), actuando como representante y comercializador de los instrumentos de medida fabricados por la entidad Henan Pinggao Electric Co., Ltd, presentó una solicitud de modificación de la autorización para el uso e instalación en la red eléctrica de los transformadores de medida de tensión, en alta tensión, del modelo JSQXH, para incluir la versión de 132 kV, aportando documentación técnica.
3. En fechas 8 de mayo de 2026 y 2 de julio de 2026, la entidad solicitante ha aportado documentación adicional requerida para la autorización de la versión de 132 kV.
Fundamentos jurídicos
1. El Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, aprueba el Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico (BOE 224, de 18 de septiembre de 2007).
2. El Decreto 21/2021, de 25 de mayo, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los Departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña (DOGC 8418, de 26 de mayo de 2021) y el Decreto 192/2023, de 7 de noviembre, de la seguridad industrial de los establecimientos, las instalaciones y los productos (DOGC 9037, de 9 de noviembre de 2023), confieren las atribuciones competenciales.
Sobre la base de lo expuesto, resuelvo:
Primero.
Autorizar la modificación de la autorización de uso e instalación en la red eléctrica del transformador de medida de tensión, en alta tensión, modelo JSQXH, con las versiones de 66 kV y 132 kV, fabricados por la entidad Henan Pinggao Electric Co., Ltd, y siendo el representante y comercializador la entidad Dishelec 65, SL, con las siguientes características:
| Versión: | JSQXH-66 | JSQXH-132 |
| Tensión nominal: | 66 √3 kV | 132 √3 kV |
| Intensidad máxima en servicio: | 200, 400, 800/5 A | 600-300-150/5 |
| Nivel de aislamiento: | 72,5 kV | 275 kV |
| Tipo de aislamiento: | c1E | SF6 |
| Material de aislamiento: | Film de poliéster | Film de poliéster |
| Clase de precisión: | 0,2S | 0,2P |
| Carga nominal: | 10 VA | 10 VA |
| Factor de Seguridad: | N/A | N/A |
| Tipo de uso: | Exterior | Exterior |
| Número de fases: | 3 | 3 |
| Frecuencia nominal: | 50 Hz | 50 Hz |
| Intensidad térmica de cortocircuito, Ith: | 40 kA / 3s | 63,6 A / 1 s |
| Intensidad nominal de estabilidad dinámica, Idyn: | 100 A | 159 A |
| Intensidad térmica nominal continua: | 120 % | 120 % |
Segundo.
El contenido y el alcance de la presente autorización está sujeta a las condiciones siguientes:
1. La presente autorización tiene la validez de cinco años establecida en la Resolución de 4 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Industria del Departamento de Empresa y Trabajo de la Generalidad de Cataluña, o el menor que resulte de la aplicación de un nuevo reglamento que regule los sistemas de medida de la energía eléctrica. La presente autorización podrá ser prorrogada por periodos sucesivos previa petición presentada por la entidad solicitante de la misma a la Dirección General de Industria.
2. Previamente a su instalación, los instrumentos a que se refiere esta autorización deberán de superar el control de verificación en origen, realizado por un verificador de medidas eléctricas oficialmente autorizado.
3. Los instrumentos a los que se refiere esta resolución, deberán de cumplir, además, todas las condiciones contenidas en el anexo que acompaña la documentación presentada para su autorización.
Contra la presente resolución, que no finaliza la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Secretario de Empresa y Competitividad en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio que se pueda hacer uso de cualquier otro recurso que se considere oportuno.
Barcelona, 14 de julio de 2026.–El Director General de Industria, P. D. (Resolución EMT/3164/2021, de 20 octubre), el Subdirector General de Seguridad Industrial, Florenci Hernández Cardona.