Suscrito con fecha de 8 de mayo de 2025 el Convenio entre el Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., y el Ayuntamiento de Majadahonda para el desarrollo del proyecto «Hablamos de Ciencia», y en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado ocho del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 14 de mayo de 2025.–La Directora del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., Marina Anunciación Pollán Santamaría.
ANEXO
Convenio entre el Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., y el Ayuntamiento de Majadahonda para el desarrollo del proyecto «Hablamos de Ciencia»
En Madrid, a 8 de mayo de 2025.
REUNIDOS
De una parte, doña Marina Anunciación Pollán Santamaría, como Directora General del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P. (en adelante ISCIII), CIF: Q-2827015-E, organismo público de investigación, adscrito al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, NIF: Q-2827015-E, nombrada por Real Decreto 131/2024, de 30 de enero (BOE núm. 27, de 31 de enero) actuando en nombre y representación del mencionado Instituto, con domicilio en la calle Sinesio Delgado, número 6, de Madrid y en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 11 del Real Decreto 375/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba su estatuto.
De otra parte, el Ayuntamiento de Majadahonda, en virtud de las competencias otorgadas en el artículo 57 de la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local, representado por doña Ana Camins Martínez, Concejal Delegada del Área de Desarrollo Económico, Empleo, Educación y Sanidad, del Ayuntamiento de Majadahonda (Madrid), en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto de Alcaldía número 1600/2024, de 30 de abril de 2024, actuando en nombre y representación de dicha Administración, de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y habilitado para la firma del convenio en virtud de lo dispuesto en el artículo 30.1.a) de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, asistido electrónicamente por la Secretaria General.
Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad legal y legitimación con que intervienen para la formalización del presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
I. Que el ISCIII tiene como misión principal el fomento de la generación de conocimiento científico en ciencias de la salud y desarrollar y ofrecer servicios científico-técnicos e investigación de la más alta calidad, dirigidos al Sistema Nacional de Salud y al conjunto de la sociedad.
El Real Decreto 375/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba el Estatuto del ISCIII, le otorga la potestad de establecer acuerdos y contratos con centros del Sistema Nacional de Salud, instituciones y organismos públicos de investigación biomédica y en ciencias de la salud nacionales e internacionales, universidades y entidades privadas que realicen actividades de investigación científica y desarrollo tecnológico, para la realización de proyectos y actividades de investigación, desarrollo tecnológico, innovación y otras actividades de carácter científico, docente y asesor.
II. Que el Ayuntamiento de Majadahonda desea colaborar en la ejecución del proyecto «Hablamos de Ciencia» dirigido tanto a alumnos de educación primaria como de secundaria y bachillerato. En los colegios de primaria se realizará un taller titulado: «Cómo funciona tu sistema inmunitario y cómo cuidarlo» dirigido a alumnos de 6.º curso. La actividad en una ponencia adaptada a los alumnos que les muestra dónde está, qué es y cómo funcionan nuestras defensas frente a virus, bacterias y otros microbios patógenos. Los alumnos aprenden cómo pueden cuidar su sistema inmunitario con hábitos de vida saludables como por ejemplo tener unas buenas medidas de higiene, alimentación equilibrada, práctica habitual de deporte y las visitas al pediatra destacando en este punto la importancia de las vacunas. Después de la charla y de contestar a las preguntas de los alumnos se organizan en grupos y realizan murales sobre lo aprendido donde desarrollan su creatividad. En el caso de los alumnos de secundaria y bachillerato los propios centros eligen 1-2 conferencias impartidas por personal investigador del ISCIII sobre temas relacionados con la Inmunología y se da un espacio a las preguntas y el debate después de las conferencias.
III. Que ambas partes consideran que el desarrollo de este proyecto tiene sumo interés ya que es importante visibilizar el trabajo de los investigadores, presentando además referentes femeninos para motivar también a las niñas por las carreras científicas. Este proyecto fomenta el interés por la formación científica y pone de manifiesto la importancia de los hábitos de vida saludables a lo largo de la vida, especialmente en la población joven.
IV. Que con el fin de establecer una colaboración eficaz para llevar a cabo el proyecto objeto del presente convenio ambos organismos coinciden en formalizar este documento en base a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es establecer las relaciones entre las partes para el desarrollo del proyecto «Hablamos de Ciencia» de acuerdo al cronograma de actividades que se recogen en el anexo I. Este proyecto tiene como objetivo llevar la ciencia en general y la inmunología en particular a los centros docentes de Majadahonda, visibilizar el trabajo de los investigadores y concienciar sobre la importancia de adquirir hábitos de vida saludables durante la infancia y adolescencia.
Segunda. Obligaciones del Ayuntamiento de Majadahonada.
El Ayuntamiento de Majadahonda se obliga a:
– Mediar entre el laboratorio de Inmunobiología del CNM (ISCIII) y los centros docentes de Majadahonda, organizando la agenda junto con la investigadora responsable.
– Realizar la difusión del proyecto entre los centros.
– Realizar las tareas administrativas necesarias para la realización de las actividades en aquellos centros que lo soliciten.
Tercera. Obligaciones del ISCIII.
Por parte del laboratorio de Inmunobiología del Centro Nacional de Microbiología del ISCIII en Majadahonda se realizará:
– En los centros docentes de educación primaria que lo hayan solicitado un taller sobre el funcionamiento del sistema inmunitario con una duración de noventa minutos. En primer lugar se realizará una exposición con diapositivas adaptada a la edad de los alumnos para explicar qué es y cómo funciona nuestro sistema inmunitario. Posteriormente se realizará la parte práctica en la que los alumnos realizarán murales sobre diferentes conceptos relacionados con el sistema inmunitario aprendidos en la primera parte de la actividad.
– En los centros docentes de educación secundaria y bachillerato que lo hayan solicitado se impartirán conferencias sobre diferentes aspectos de la Inmunología. Los temas serán previamente presentados a los centros que tendrán que elegir 1-2 por año escolar.
Para evaluar el impacto sobre la mejora real en los conocimientos del alumnado, tanto en primaria como en secundaria y bachillerato se realizarán encuestas entre el alumnado.
Cuarta. Obligaciones económicas.
El presente convenio no generará obligaciones económicas ni para el Ayuntamiento de Majadahonda ni para el Instituto de Salud Carlos III. El material escolar, en el caso de la actividad-taller en los centros de primaria, será aportado por los propios centros ya que se trata de material común presente en todos ellos de manera habitual.
Quinta. Vigencia.
De conformidad con lo dispuesto en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio se perfeccionará con el consentimiento de las partes, resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector Público Estatal y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
Los efectos del presente convenio tendrán una duración de cuatro años, que se podrán prorrogar, conforme a lo establecido en el artículo 49.h).2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previa sustanciación de una adenda de prórroga. Dicha adenda de prórroga surtirá efectos con su inscripción en REOICO antes de la fecha de extinción del convenio. Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
Sexta. Naturaleza jurídica.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Dada la naturaleza administrativa del convenio, corresponderá conocer de las discrepancias que no hayan podido resolverse en el seno de la Comisión Mixta de Seguimiento prevista en la cláusula novena, a los tribunales de jurisdicción contencioso-administrativa, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Séptima. Modificación.
Este convenio puede ser modificado por acuerdo unánime de las partes, que se formalizará mediante adenda, conforme a los requisitos legalmente establecidos y previa autorización prevista en el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Octava. Régimen de protección de datos.
Las partes firmantes del convenio garantizarán el cumplimiento de las previsiones contenidas en Reglamento (UE) 2016/679 el Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y al resto de legislación y normativa vigente en España sobre protección de datos de carácter personal.
Novena. Comisión Mixta de Seguimiento.
1. A partir de que el presente convenio devenga eficaz, se constituirá una Comisión Mixta de Seguimiento del mismo, integrada por 3 representantes designados por las partes firmantes.
2. De cada integrante de la Comisión Mixta de Seguimiento se designará un suplente.
3. Serán funciones de la citada comisión:
– Velar por el cumplimiento y el eficaz aprovechamiento de las actividades especificadas en este convenio.
– Adoptar las medidas necesarias para el uso eficiente de los recursos.
– Resolver cuantas dudas y discrepancias surjan con respecto a la interpretación y aplicación del convenio.
4. Esta Comisión Mixta de Seguimiento se reunirá al menos una vez al año y siempre que lo solicite una de las partes. Asimismo, la comisión, en su funcionamiento, se atendrá a todo lo previsto, para los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, pudiendo establecer su propio reglamento de funcionamiento.
Décima. Causas de extinción y rescisión.
El presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.
Son causas de resolución:
a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.
b) El mutuo acuerdo de las partes.
c) El incumplimiento de las partes de los compromisos establecidos en el convenio.
d) Por denuncia por cualquiera de las partes.
e) Por el acaecimiento de circunstancias que hagan imposible su cumplimiento.
f) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
g) Por cualquier otra causa legalmente prevista.
La extinción del convenio por cualquiera de las causas anteriormente señaladas no afectará al cumplimiento de las actuaciones que estuvieran en curso, que se desarrollarán íntegramente hasta su finalización. Para dicha finalización se acordará un plazo improrrogable, que será fijado por las partes cuando se resuelva el convenio, trascurrido el cual el convenio deberá liquidarse.
En caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por alguna o algunas de las partes firmantes del convenio, la/s otra/s procederá/n a requerir a la parte incumplidora para que subsane dicha situación en un plazo de treinta días naturales, previa comunicación a la persona que ostente la presidencia de la Comisión Mixta de Seguimiento regulada en la cláusula novena. Si transcurrido el plazo indicado persistiera el incumplimiento, se notificará a la/s parte/s incumplidora/s la resolución del convenio.
Dicha resolución no dará lugar a indemnización alguna.
Por el Instituto de Salud Carlos III, la Directora General, Marina Anunciación Pollán Santamaría.–Por el Ayuntamiento de Majadahonda, la Concejal Delegada del Área de Desarrollo Económico, Empleo, Educación y Sanidad, Ana Camins Martínez.–La Secretaria General, M.ª Celia Alcalá Gómez. Doy fe.
ANEXO I
Orden tareas | Actividad | Cursos desde 2024/2025 al 2027/2028 | |||||||||
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Septiembre | Octubre | Noviembre | Diciembre | Enero | Febrero | Marzo | Abril | Mayo | Junio | ||
1 | Información de las actividades a los centros escolares. | ||||||||||
2 | Organización de la agenda. | ||||||||||
3 | Desarrollo de las actividades en los centros de Primaria. | ||||||||||
4 | Desarrollo de las actividades en los centros de ESO y Bachillerato. | ||||||||||
5 | Exposición de los murales de los alumnos a las familias. | ||||||||||
6 | Encuestas de evaluación a los centros (alumnos y profesores). |