Resolución de 14 de noviembre de 2025, de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática, por la que se publica el Convenio con la Fundación Montemadrid, La Casa Encendida, para la organización de actividades culturales y pedagógicas sobre memoria, juventud y democracia en el marco de la celebración de los 50 años de España en Libertad.

Nº de Disposición: BOE-A-2025-23398|Boletín Oficial: 278|Fecha Disposición: 2025-11-14|Fecha Publicación: 2025-11-19|Órgano Emisor: Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática

El Secretario de Estado de Memoria Democrática y la Directora General de la Fundación Obra Social y Monte de Piedad de Madrid, han firmado el 4 de noviembre de 2025 el Convenio entre el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática y la Fundación Montemadrid –La Casa Encendida– para la organización de actividades culturales y pedagógicas sobre memoria, juventud y democracia en el marco de la celebración de los 50 años de España en Libertad.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anexo a la presente resolución.

Madrid, 14 de noviembre de 2025.–El Secretario de Estado de Memoria Democrática, Fernando Martínez López.

ANEXO

Convenio entre la Administración General del Estado (Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática) y la Fundación Montemadrid –La Casa Encendida– para la organización de actividades culturales y pedagógicas sobre memoria, juventud y democracia en el marco de celebración de los 50 años de España en Libertad

4 de noviembre de 2025.

REUNIDOS

De una parte, don Fernando Martínez López, Secretario de Estado de Memoria Democrática, nombrado mediante Real Decreto 95/2020, de 17 de enero, que interviene en nombre y representación del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, conforme a lo dispuesto en el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que atribuye al Secretario de Estado la celebración de convenios no reservados al Ministerio del que dependan.

De otra parte, Fundación Obra Social y Monte de Piedad de Madrid, en adelante Fundación Montemadrid, entidad constituida de acuerdo con la legislación española, con domicilio social en Ronda de Valencia, 2, código postal 28012, con NIF G86610144, representada por doña Amaya de Miguel Toral en calidad de Directora General en virtud de escritura de poder autorizada con fecha 10 de mayo de 2022 por el notario de Madrid, don José Blanco Losada bajo el número 2610 de su protocolo.

Las partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran y manifiestan que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el correspondiente convenio en nombre de las instituciones que representen y, a tal efecto

MANIFIESTAN

I. Que según establece el Real Decreto 273/2024, de 19 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática le corresponde al Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, a través de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática, la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de memoria histórica y democrática.

II. Que la Secretaría de Estado de Memoria Democrática tiene entre sus funciones las relativas al impulso, en colaboración con las administraciones públicas competentes, de acciones de información, divulgación, formación y capacitación sobre Memoria Democrática, desde los orígenes del Constitucionalismo al final de la Dictadura, entendida como la soberanía del pueblo en su lucha por las libertades.

III. La Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, señala en su Preámbulo que con las políticas públicas de memoria democrática se deben recoger y canalizar las aspiraciones de la sociedad civil, incentivar la participación ciudadana y la reflexión social y reparar y reconocer la dignidad de las víctimas de toda forma de violencia intolerante y fanática. La memoria se convierte así en un elemento decisivo para fomentar formas de ciudadanía abiertas, inclusivas y plurales, plenamente conscientes de su propia historia, capaces de detectar y desactivar las derivas totalitarias o antidemocráticas que crecen en su seno.

IV. El objeto de este convenio se enmarca en los actos conmemorativos del Real Decreto 1/2025, de 7 de enero, por el que se crea el Comisionado para la celebración de los 50 años de España en Libertad, pretende celebrar la conquista y consolidación de la democracia en España como el logro histórico más significativo de la sociedad española, siendo los principios y valores democráticos consagrados en la Constitución Española de 1978 claves para la construcción de una sociedad más fuerte y una apuesta para la convivencia. Conocer la trayectoria de nuestra democracia, desde sus orígenes a la actualidad, así como los sacrificios de las mujeres y los hombres de España en la lucha por las libertades y la democracia es un deber ineludible. De acuerdo con lo anterior, la Ley 20/2022, de 19 de octubre, estableció el conocido como «Deber de Memoria», cuarto eje vertebrador de la ley.

V. Que La Casa Encendida es un centro cultural y social de la Fundación Montemadrid, y tiene como objetivo fundamental responder a los intereses y demandas de un público comprometido e interesado en las derivas de la actualidad, adaptándose a los cambios globales y anticipándose a las nuevas necesidades sociales y culturales.

VI. Que la Fundación Montemadrid, es una entidad independiente sin ánimo de lucro que trabaja para mejorar la vida de los ciudadanos a través de proyectos sociales, educativos, culturales y de medioambiente. El órgano de gobierno, representación y administración de la Fundación Montemadrid es el Patronato, formado por personalidades del tercer sector, la universidad, la empresa y la cultura.

VII. Que teniendo en cuenta los objetivos, funciones y finalidades inherentes a las partes, el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática y la Fundación Montemadrid tienen interés llevar a cabo las actuaciones que figuran en la cláusula segunda de este convenio.

VIII. Que, dado que existen fines comunes, las dos entidades acuerdan aunar los esfuerzos y establecer lazos de colaboración y coordinación que habrán de regir las actuaciones dirigidas a la celebración de las distintas actividades referidas anteriormente.

Las partes manifiestan recíprocamente que quedan sometidas al régimen jurídico de los convenios conforme a lo dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; y consideran que cumplen finalidades de naturaleza coincidente y complementaria, y, en consecuencia, expresan su acuerdo para firmar este convenio con el propósito de mejorar sus respectivos cometidos con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

El presente convenio tiene como objeto establecer las condiciones para la realización conjunta de distintas actividades culturales y pedagógicas sobre memoria, juventud y democracia en el marco de la conmemoración de los 50 años de España en Libertad, y de manera específica, la ejecución de los siguientes proyectos:

a) Asambleas juveniles. Sesiones de trabajo que se desarrollarán en el último trimestre de 2025 con la participación de personalidades relevantes en el ámbito de la memoria democrática y la lucha por los derechos civiles. 2025. Están dirigidas a personas de entre 16 y 19 años provenientes de entre 18 y 22 asamblearias vinculadas a los centros de formación, tales como IES San Isidro, IES Fortuny y a las asociaciones Dragones de Lavapiés y Hola vecinas.

Recogiendo diversas herramientas del teatro comunitario, creación colectiva o metodologías como LOVA, se acompañará a un grupo de adolescentes en el conocimiento de los diversos oficios de las artes escénicas para ayudarles a construir el espectáculo que deseen crear. Este dispositivo tendrá como contexto los 50 años de la muerte del dictador para pensar los futuros que no fueron, o los que hoy pueden ser teniendo en cuenta el pasado y el presente.

b) Jornadas «Lapsus Linguae. Ágoras activas en torno a la imaginación política». Estas jornadas, dirigidas al público general se centran en crear espacios para explorar los fenómenos del «lapsus linguae» y la escucha activa, con el objetivo de fomentar una reflexión política profunda. A través de conversaciones improvisadas sobre temas actuales y desafiantes en los ámbitos social, económico y político, se buscará dar espacio al inconsciente para que emerja y nutra una imaginación política capaz de pensar más allá. La propuesta incluirá tres espacios temáticos para el diálogo, así como la instalación sonora «Más allá de lo posible.»

c) Taller de Los Bárbaros titulado «Imagina, debate y crea un país». Desarrollado entre los años 2025 y 2026, este taller participativo de Los Bárbaros invita a imaginar la creación de un país desde cero. Está dirigido a grupos escolares de 3.º y 4.º de ESO, Bachillerato y Formación Profesional. Se articula como un espacio de reflexión crítica y creación colectiva en el que el alumnado explora conceptos como poder, identidad, ciudadanía y bien común. A partir de ejercicios prácticos, los y las participantes construirán, imaginarán y pondrán en marcha los cimientos de una nación ficticia, cuestionando los marcos que rigen la realidad política y social contemporánea.

d) Exposición «Inquietud. Libertad y democracia». A exhibir entre los años 2025 y 2026, busca propiciar un diálogo entre artistas portugueses y españoles de distintas generaciones, explorando conexiones, tensiones y miradas compartidas. Con un enfoque abiertamente político, la muestra busca activar un pensamiento relacional e inclusivo desde las prácticas curatoriales, estableciendo marcos que conecten las obras con su contexto histórico y social. La exposición forma parte de un amplio programa de cooperación cultural entre España y Portugal, impulsado por ambos gobiernos con motivo del 50.º aniversario de la Revolución del 25 de abril de 1974 y la posterior transición democrática en ambos países. Cuenta también con la colaboración de la Colección Estatal de Arte Contemporáneo de Portugal (CACE) y la Embajada de Portugal en España.

e) Publicación del periódico «Inquietud. Libertad y democracia», que será distribuido en el año 2026 durante la exposición. La exposición irá acompañada de una publicación con formato de periódico bilingüe. Reflexionará sobre las ideas-conceptos de libertad y democracia respectivamente. Partirán de la historia de los dos países ibéricos que hicieron su transición de dictaduras fascistas a la democracia en los años 70 del siglo XX, para pensar retrospectiva y prospectivamente. Tendrá una tirada de 5.000 ejemplares, en formato 289 × 370 mm.

f) Ciclo teórico y práctico en torno a la escritura política y la memoria. Programa de conferencias y laboratorios con escritores/as que trabajan sobre la memoria, el potencial político de la ficción y las implicaciones que conlleva escribir contemporáneamente desde el ensayo y desde la narrativa. Un programa internacional con autores de distintas proveniencias, pero en cuyas obras encontramos paralelismos y conexiones con la historia, la memoria española y las dinámicas que se dan ligadas a ella. A través de este programa se busca investigar el panorama español desde contextos internacionales para así encontrar vías para pensar en la propia memoria a partir de otras perspectivas. El programa se despliega a lo largo del 2026 a través de una conferencia abierta y el desarrollo de un laboratorio de escritura de carácter crítico y experimental sobre las posibilidades de una escritura política en relación a la memoria.

g) Programa «Círculo de nanas». Círculo de nanas es un proyecto sobre canto, memoria, cultura popular, archivos y crianza. A partir del vínculo ancestral existente entre el canto, la crianza y los cuidados el programa se desarrolla a partir de sesiones presenciales en las que los participantes se juntan para compartir un espacio acogedor y un tiempo lento, un cantar bajito. El canto popular, imperfecto y animal, el que abraza y adormece. Se parte de una investigación cantada, un archivo creciente de nanas de diferentes épocas, lenguas y territorios. Las sesiones están especialmente dirigidas a madres y padres con bebes de 0 a 2 años, pero también están abiertas a personas interesadas en cultura popular, memoria y crianza.

Este proyecto de carácter artístico, que se desarrollará en el año 2026, plantea el desarrollo de una plataforma online que permita socializar el archivo vivo que se está desarrollando. Una web que reunirá y pondrá a disposición del público un archivo popular ligado al folklore contemporáneo y digital. Un archivo de ida y vuelta con el que difundir de manera accesible voces no profesionales, nanas subjetivas, un patrimonio inmaterial de gran valor que de esta manera se investiga, se amplia y se difunde.

h) Taller de gobernanza lúdica de Ars Games. Este taller tiene la finalidad de promover la participación de personas jóvenes –de entre 16 y 30 años– a partir de formas lúdicas de participación ciudadana, y a través de un proceso de gobernanza abierta, fomentando dinámicas colaborativas, inclusivas y autogestionadas. Se desarrollará en 2026 y será impartido por ArsGames, una asociación cultural que promueve y gestiona proyectos de carácter cultural relacionados con los videojuegos y las nuevas tecnologías a partir de áreas de acción transversales: arte, educación, investigación y desarrollo y participación ciudadana e incubación.

Segunda. Compromisos de las partes y financiación.

1. El Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática se compromete a coorganizar las actividades objeto de este convenio, asumiendo directamente la realización de las siguientes actividades:

a) En relación con las Asambleas juveniles: Actividades de comunicación.

b) En relación con «Lapsus Linguae. Ágoras activas en torno a la imaginación política»: Coordinación, realización vídeo y streaming.

c) En relación con el Taller de Los Bárbaros «Imagina, debate y crea un país»: Creación audiovisual.

d) En relación con la exposición «Inquietud. Libertad y democracia»: Apoyo en actividades de comunicación.

e) En relación con la publicación del periódico «Inquietud. Libertad y democracia»: Ampliación de la tirada de publicación y otras acciones de difusión.

f) En relación con el Ciclo teórico y práctico en torno a la escritura política y la memoria: Creación audiovisual.

g) En relación con el Programa «Círculo de nanas»: Producción audiovisual.

h) En relación con el Taller de gobernanza lúdica de Ars Games: Actividades de comunicación.

La realización de estas actividades se financiarán a cuenta del contrato 10_2025 de Servicios de creatividad, diseño, realización y producción para el conjunto de acciones de divulgación e información sobre el valor de las libertades y democracia en España, suscrito por el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, por una cuantía que asciende a un total de 50.000 euros, distribuidos en 12.000 euros en 2025 y 38.000 euros en 2026, con cargo a la aplicación presupuestaria 22.03.925M.226.02 del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.

2. Además de lo anterior, el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática destinará una aportación máxima de 125.055 euros a cargo de la aplicación presupuestaria 22.03.925M.226.06 destinada a las siguientes actividades gestionadas por la Fundación Montemadrid, de acuerdo con la siguiente distribución:

Ejercicio 2025: 78.290 euros.

Ejercicio 2026: 46.765 euros.

a) Asambleas juveniles. Sesiones de trabajo con la participación de personalidades relevantes en el ámbito de la memoria democrática y la lucha por los derechos civiles, dentro de las Asambleas juveniles 2025: producción, alojamiento, honorarios y viajes de diez ponentes.

b) En relación con «Lapsus Linguae. Ágoras activas en torno a la imaginación política» 2025. Comisariado, fee participantes, honorarios e identidad visual.

c) En relación el Taller de Los Bárbaros «Imagina, debate y crea un país» 2025 y 2026: Fee Los Bárbaros, diseño gráfico y unidad didáctica.

d) En relación con la exposición «Inquietud. Libertad y democracia». 2025. Identidad visual.

e) En relación con la exposición y publicación del periódico «Inquietud. Libertad y democracia», que será distribuido durante la exposición. 2025 y 2026. Diseño, maquetación, impresión, tirada y acciones de difusión.

f) En relación con el Programa «Círculo de nanas». 2026. Comisariado, diseño web, dominio y mantenimiento.

g) En relación con el Ciclo teórico y práctico en torno a la escritura política y la memoria. 2026. Honorarios cinco laboratorios.

h) Taller de gobernanza lúdica de Ars Games. 2026. Comisariado y producción.

3. Por su parte, Fundación Montemadrid se compromete a tramitar las actividades financiadas por la Secretaría de Estado recogidas en el punto 2 anterior y, además, a gestionar, con cargo a su propio presupuesto de gasto, las siguientes actividades, por un importe máximo de 100.151 euros, de acuerdo con las siguientes anualidades:

Ejercicio 2025: 66.543 euros.

Ejercicio 2026: 33.608 euros.

a) En relación con las Asambleas Juveniles. Sesiones de trabajo con la participación de personalidades relevantes en el ámbito de la memoria democrática y la lucha por los derechos civiles, dentro de las Asambleas juveniles. 2025-2026.Selección de invitados y apoyo técnico de sala de talleres.

b) En relación con «Lapsus Linguae. Ágoras activas en torno a la imaginación política».2025. Derechos del material sonoro, producción del muro y de la técnica.

c) En relación con el Taller de Los Bárbaros «Imagina, debate y crea un país» 2025-2026. Coordinación con las escuelas y producción técnica.

d) En relación con la exposición «Inquietud. Libertad y democracia» 2025-2026. Comisariado y honorarios de artistas, viajes, alojamiento, seguros, transporte y montaje.

e) En relación con la publicación del periódico «Inquietud. Libertad y democracia», que será distribuido durante la exposición. 2025. Redacción de texto.

f) En relación con el Ciclo teórico y práctico en torno a la escritura política y la memoria. 2026. Viajes, alojamiento y dietas de invitados, apoyo a la producción, imagen del proyecto y gastos de laboratorio.

g) En relación con el Programa «Círculo de nanas». 2026. Honorarios de 20 sesiones, textos de invitados y apoyo a la producción.

h) En relación con el Taller de gobernanza lúdica de Ars Games. 2025. Adecuación espacio y señalización.

Tercera. Difusión de la colaboración.

El Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática y la Fundación Montemadrid se comprometen a dar máxima publicidad a este convenio.

Las partes se reconocen entre sí, como entidades coorganizadoras en las citadas actividades, al mismo nivel de créditos y representación.

De este modo, las partes se comprometen a incluir y difundir la presente colaboración en todo el material divulgativo y publicitario que edite, en cualquier soporte, con motivo de la colaboración prevista en la cláusula primera del presente convenio.

Ambas partes se reconocen el derecho a realizar a su cargo campañas de publicidad propias y a difundir por su cuenta, y a través de los medios que tengan por conveniente, su aportación a la colaboración.

A efectos de lo previsto en la presente cláusula, las partes se proporcionarán mutuamente los modelos de marcas o logotipos que deban ser difundidos, y se ajustarán en todo caso, cualquiera que sea el material en el que se inserten, a los diseños facilitados que no podrán modificar ni alterar de ninguna manera sin el consentimiento previo de la otra parte.

La utilización de materiales gráficos o de imagen vinculados a la colaboración se limita exclusivamente a los fines de la presente colaboración sin que ello suponga la concesión a favor ni del Ministerio, ni de Fundación Montemadrid, de ningún derecho, sea de la naturaleza que sea, sobre el logotipo ni sobre la marca de la contraparte, y se realizará de acuerdo con las correspondientes normas gráficas de cada una de las partes.

En tal caso deberán comunicar y proporcionar a la otra parte la denominación e imagen de la entidad colaboradora e indicar, en su caso, los soportes y material de divulgación en los que se incluirá dicha imagen.

Las partes incluirán, en sus acciones de comunicación y difusión de las actividades objeto de este contrato, una referencia expresa a la otra parte (indicando enlace a página web y/o redes sociales, según corresponda) en sus respectivos canales durante la vigencia del presente convenio.

Cuarta. Seguimiento y control.

Para el adecuado seguimiento, coordinación, control e interpretación de lo establecido en el presente convenio se crea una comisión de seguimiento paritaria, integrada por dos representantes designados por cada una de las partes firmantes del presente convenio.

La comisión se reunirá tantas veces como sea necesario para la buena marcha de las actuaciones a desarrollar en el marco del convenio y tendrá, entre otras, las siguientes funciones:

i) Hacer un seguimiento de la ejecución acordando, en su caso, detalles relativos a la ejecución del contenido y organización de las actividades.

ii) Aclarar y decidir cuantas dudas puedan plantarse en la interpretación y ejecución del mismo.

iii) Establecer las fechas concretas de las actividades y modificar la distribución de créditos entre los ejercicios presupuestarios inicialmente previstos siempre y cuando dichas modificaciones no supongan una modificación del importe total a financiar ni un aumento del plazo global.

iv) Resolver las posibles controversias entre las partes firmantes.

El régimen de funcionamiento y toma de acuerdos de la comisión de seguimiento se ajustará a lo establecido en la sección tercera del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Quinta. Eficacia y vigencia.

En cumplimiento con lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, el presente convenio se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes y resultará eficaz, una vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, deberá publicarse en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

Este convenio extenderá su vigencia hasta la finalización de todas las actividades programadas, y en todo caso, el día 30 de octubre de 2026, fecha en la que finalizarán los efectos del convenio. No obstante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.h) 2.º, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en cualquier momento antes del plazo previsto para su finalización, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales, o bien su extinción.

En caso de que se produzca una prórroga ésta se formalizará mediante una adenda, conforme a los requisitos legalmente establecidos y deberá ser inscrita en el Registro Electrónico estatal de órganos e Instrumentos de Cooperación antes de la extinción del convenio.

Sexta. Modificaciones del convenio.

Cualquier modificación a los términos del presente convenio, solamente tendrá valor si es acordada por las partes en cualquier momento antes de la extinción del convenio siempre y cuando no altere el objeto del presente convenio. Se formalizará mediante adenda, conforme a los requisitos legalmente establecidos y deberá ser inscrita en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación.

No obstante, las modificaciones en el calendario de ejecución de las actividades objeto del convenio, que supongan una modificación de la distribución de créditos entre ejercicios presupuestarios inicialmente previsto, podrán acordarse en el seno de la comisión de seguimiento a la que se refiere la cláusula cuarta, sin necesidad de tramitar adenda siempre y cuando dichas modificaciones no supongan una modificación del importe total a financiar ni un incremento del plazo global.

Séptima. Extinción del convenio y consecuencias en caso de incumplimiento.

Según se recoge en el artículo 51 de la ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en alguna de las siguientes causas de resolución:

– El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado su prórroga.

– El acuerdo unánime de todos los firmantes.

– El incumplimiento de los compromisos asumidos por alguna de las partes firmantes. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado a la comisión de seguimiento y control de la cláusula cuarta.

Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa no conllevará indemnización de los perjuicios causados, salvo acuerdo posterior en este sentido por la comisión de seguimiento.

– Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

– Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.

Ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento de las obligaciones contempladas en el convenio si dicho incumplimiento se debiera a causas de fuerza mayor u otras circunstancias, siempre y cuando no puedan atribuirse las mismas a la voluntad, negligencia o falta de medidas de precaución razonables de la parte afectada.

Octava. Protección de datos.

Ambas partes se comprometen a observar la normativa vigente en materia de protección de datos actuando en este sentido conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Novena. Financiación.

Los efectos del convenio quedan sometidos a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del mismo en los ejercicios correspondientes.

El Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática asumirá las actividades gestionadas directamente por el Ministerio correspondientes a la cláusula 2 apartado 1, a cuenta del contrato 10_2025 de Servicios de creatividad, diseño, realización y producción para el conjunto de acciones de divulgación e información sobre el valor de las libertades y democracia en España, por una cuantía que asciende a 12.000 euros en 2025 y 38.000 euros en 2026 con cargo a la aplicación presupuestaria 22.03.925M.226.02 del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.

La aportación de la financiación comprometida por el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, a que hace referencia la cláusula segunda apartado 2, se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 22.03.925M.226.06, por un importe de 125.055 euros del presupuesto de gastos del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, correspondiente al ejercicio de 2025 la cantidad de 78.290 euros y al ejercicio 2026 la cantidad de 46.765.

El Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática procederá al pago de la cantidad máxima de 125.055 euros, repartida entre los ejercicios 2025 y 2026 tal y como se describe en la cláusula segunda, en la cuenta bancaria designada al efecto por Fundación Montemadrid. Dicho pago se realizará previa presentación por parte de Fundación Montemadrid de memorias económicas con la justificación del gasto del año correspondiente en la que se detallen las actuaciones realizadas y el coste de las mismas, así como la documentación justificativa correspondiente.

Por su parte, Fundación Montemadrid realizará los compromisos que asume en la cláusula segunda apartado 3 del presente documento con cargo a sus presupuestos y financiará los gastos derivados de dichos compromisos hasta un máximo de 100.151 euros.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.6 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, las aportaciones financieras que se comprometan a realizar los firmantes no podrán ser superiores a los gastos derivados de la ejecución del convenio.

Décima. Transparencia y código de conducta.

El convenio suscrito será puesto a disposición de los ciudadanos en el correspondiente Portal de Transparencia en aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno y demás normativa de desarrollo de esta.

Por otro lado, el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática conoce el compromiso de la Fundación Montemadrid con su función social y con la transparencia en su actuación, para el cumplimiento de su misión, fines y principios, tal como se recoge en su Código de Conducta y de Buen Gobierno. Este código, disponible en la página web de Fundación Montemadrid, establece las pautas generales que deben regir su relación con la Fundación Montemadrid y con todas las entidades que forman parte de su grupo. En especial, el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática se compromete a:

– Actuar con honradez e integridad en todos sus contactos o transacciones con las personas trabajadoras de la Fundación o de las entidades de su grupo, así como con las autoridades y funcionarios de las diferentes administraciones con los que se relacione.

– Evitar cualquier situación que pueda comprometer la independencia, imparcialidad y transparencia de la Fundación Montemadrid, así como el cumplimiento de sus responsabilidades o las de sus personas trabajadoras.

– Evitar situaciones que puedan generar conflictos de intereses personales y corporativos. En caso de identificar un conflicto, informar de inmediato a la Fundación Montemadrid o a la entidad del grupo que corresponda.

– Abstenerse de ofrecer o aceptar, directa o indirectamente, obsequios o compensaciones de cualquier tipo que busquen influir de manera indebida en las relaciones comerciales, profesionales o administrativas con la Fundación Montemadrid o las entidades de su grupo, así como con cualquier otra entidad pública o privada.

– Tratar con respeto a sus personas trabajadoras y a los de todas las entidades del grupo de la Fundación Montemadrid. No se tolerará ningún tipo de acoso físico, psicológico, moral o de abuso de autoridad, así como cualquier discriminación profesional por motivos de edad, raza, color, sexo, religión, opinión política, ascendencia nacional, origen social o discapacidad.

– Prevenir y evitar en el transcurso de sus operaciones la realización de cobros y/o pagos irregulares, o blanqueo de capitales con origen en actividades ilícitas o delictivas.

– Informar, a través del canal de denuncias habilitado en la web de la Fundación Montemadrid, de las actuaciones de personas vinculadas a la Fundación o entidades de su grupo, que no sean conformes con los principios del Código de Conducta y de Buen Gobierno de la Fundación.

Es responsabilidad del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática asegurar que las personas trabajadoras de su organización y colaboradores vinculados al proyecto o a la colaboración acordada, estén informados y comprometidos con el contenido de esta cláusula.

Undécima. Propiedad intelectual y derechos de imagen.

Para la realización de los compromisos asumidos en la cláusula segunda Fundación Montemadrid se responsabilizará de gestionar todos los derechos de explotación (reproducción, transformación, distribución y comunicación pública) y demás derivados de la propiedad intelectual e industrial y de los derechos de imagen o de cualquier otro tipo necesarios para la celebración de estas actividades y para la difusión de las mismas y se compromete, asimismo, a mantener indemne al Ministerio de cualquier reclamación que recibiera de terceros al respecto de la legitimidad de la titularidad de los derechos referidos anteriormente.

En el caso de que cualquiera de las partes realice grabaciones y ediciones de vídeos, fotos o cualquier otro material audiovisual de las actividades objeto del presente convenio, su titularidad corresponderá a la parte que lo realice, comprometiéndose dicha parte a ceder a la otra una copia del mismo. Esta cesión comportará la autorización a la otra parte para la reproducción, transformación, distribución, comunicación pública, incluida la puesta a disposición del público a través de Internet, del material audiovisual realizado en virtud del presente convenio, en todos los países y durante el tiempo más amplio permitido por la legislación vigente. Todo ello sin perjuicio de los derechos de cualquier tipo que terceras personas ostenten sobre estos materiales.

Los derechos de propiedad intelectual sobre los resultados de la colaboración de las partes corresponderán a la parte que, en su caso, haya realizado el material o la obra de que se trate. No obstante, cuando en desarrollo de las actividades objeto del presente convenio, se lleve a cabo una creación conjunta, las partes acordaran expresamente las correspondientes cuestiones relativas a la propiedad intelectual de la obra resultante.

Duodécima. Naturaleza jurídica y resolución de conflictos.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, de acuerdo con lo establecido en el capítulo VI del título preliminar, de la antes citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.

En todo caso, de acuerdo con lo establecido en el citado el capítulo VI del título preliminar, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, las dudas o lagunas que en la interpretación y aplicación de este convenio puedan suscitarse, se resolverán aplicando los principios contenidos en dicha ley.

Las discrepancias que pudieran surgir sobre la interpretación, desarrollo, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente convenio, que no hayan sido resueltas por la comisión de seguimiento prevista en la cláusula cuarta del mismo, deberán solventarse por las partes. Las cuestiones litigiosas que puedan suscitarse entre las partes serán competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, en el ejercicio de las facultades que legalmente corresponden a cada uno de los firmantes, obligando con ello a las instituciones que representan, suscriben el presente convenio por duplicado en el lugar y fecha señalados al principio.–El Secretario de Estado de Memoria Democrática, Fernando Martínez López.–La Directora de la Fundación Montemadrid, Amaya de Miguel Toral.

ANEXO

Actuaciones LCE2025 LCE2026 SEMD2025 SEMD2026 Propias 2025/2026
Asamblea de juveniles          
Apoyo producción talleres en LCE. 5.808 5.808      
Producción.     3.000    
Alojamiento de 10 ponentes.     6.000    
Viajes, dietas y honorarios_10 ponentes.     9.000    
Actividades Comunicación.         C. creatividad
Lapsus Linguae          
Fee comisaria.     6.000    
Alojamiento y viajes.     300    
Fee participantes.     4.356    
Realización vídeo y streaming.         C.creatividad
Derechos material sonoro. 1000        
Identidad visual.     1.392    
Producción muro. 1.500        
Producción técnica. 1.320        
Imagina, debate y crea un país          
Fee Los Bárbaros.     1.742 3.485  
Coordinación escuelas. 600 600      
Producción técnica. 900        
Audiovisual.         C. creatividad
Unidad didáctica (fee + producción).     15.000    
Inquietud. Libertad y Democracia. Expo          
Comisariado y fee artistas. 15.700        
Transportes y seguros. 17.500        
Montaje. 15.000 5000      
Identidad visual.     3.630    
Alojamiento y viajes. 3.000        
Publicación. Inquietud. Libertad y Democ.          
Textos. 1.815        
Fotomecánica e impresión.     7.000    
Diseño y maquetación.     3.630    
Ampliación tirada y otras acciones difusión.     17.240 3.600  
Escritura política y la memoria          
Honorarios laboratorios (x5).       12.500  
Viajes (x4).   3.000      
Alojamiento (x4).   4.500      
Dietas (x4).   1.000      
Imagen del proyecto.   1.350      
Gastos laboratorios.   1.250      
Apoyo técnico producción.   1.500      
Audiovisual.         C. creatividad
Círculo de nanas y folclore crítico          
20 sesiones durante 2026.   6.000      
Curaduría y gestión de contenidos.       4.000  
Textos invitados.   1.200      
Diseño y programación de la web.       4.000  
Dominio y Mantenimiento.       1.000  
Apoyo técnico producción.   2.400      
Producción musical.         C. creatividad
Ars games          
Adecuación espacio y señalización. 2.400        
Honorarios y producción Ars Games.       18.180  
Comunicación audiovisual.         C. creatividad
 Total euros. 66.543 33.608 78.290 46.765