Habiéndose suscrito el 7 de noviembre de 2025 Adenda al Convenio suscrito el 7 de abril de 2022 entre el Ministerio del Interior (Secretaría General de Instituciones Penitenciarias) y la Fundación Valencia Club de Fútbol de la C. V. para el fomento del deporte en los centros penitenciarios, por la que se prorroga la vigencia del convenio, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 14 de noviembre de 2025.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver Martínez.
ANEXO
Adenda al Convenio suscrito el 7 de abril de 2022 entre el Ministerio del Interior (Secretaría General de Instituciones Penitenciarias) y la Fundación Valencia Club de Fútbol de la C. V. para el fomento del deporte en los centros penitenciarios, por la que se prorroga la vigencia del convenio
En Madrid, 7 de noviembre de 2025.
REUNIDOS
De una parte, don Ángel Luis Ortiz González, Secretario General de Instituciones Penitenciarias del Ministerio del Interior, nombrado por Real Decreto 504/2018, de 18 de junio, actuando por delegación de competencias, según lo previsto en el apartado noveno, subapartado 2.6 de la Orden INT/985/2005, de 7 de abril, por la que se delegan determinadas atribuciones y se aprueban las delegaciones efectuadas por otras autoridades, en relación con el artículo 61.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y con domicilio a los efectos del presente convenio en la calle Alcalá, 38-40, 28014 de Madrid.
De otra parte, doña Inma Ibáñez Peris, mayor de edad, con domicilio a estos efectos en Av. de Suecia, 17, bajo, de Valencia (46010), en nombre y representación de la Fundación Valencia Club de Fútbol de la C. V., con CIF G96527353 inscrita en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Valenciana con el número 257 (V). Su representación resulta de su calidad de apoderada, elevado a público su nombramiento mediante escritura otorgada ante la Notario de Valencia doña Ana Julia Roselló García, el 26 de julo de 2021, con el número 1.409 de su protocolo.
EXPONEN
Que el día 7 de abril de 2022 se firmó un convenio entre el Ministerio del Interior (Secretaría General de Instituciones Penitenciarias), y la Fundación Valencia Club de Fútbol de la C.V. para el fomento del deporte en los centros penitenciarios. Asimismo, el 8 de junio de 2023 se firmó una adenda con el objetivo de modificar el ámbito de intervención.
Que el citado convenio, en su cláusula duodécima, establecía una vigencia de cuatro años, posibilitando su prórroga por otros cuatro años con el consentimiento expreso de las partes.
Que teniendo en cuenta los beneficios derivados del desarrollo del convenio durante este periodo, se estima oportuno ampliar su vigencia.
Por todo lo anterior, las partes acuerdan suscribir la presente adenda al convenio referido de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
Las partes firmantes acuerdan la prórroga por cuatro años del convenio suscrito con fecha 7 de abril de 2022, entre el Ministerio del Interior y la Fundación Valencia Club de Fútbol, para el fomento del deporte en los centros penitenciarios.
Segunda. Obligaciones.
Las partes intervinientes se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones objeto del citado Convenio para dar continuidad al mismo. La presente adenda se regirá por las cláusulas estipuladas en el convenio, formando parte integrante del mismo.
La pérdida de vigencia del convenio no eximirá del cumplimiento de las obligaciones en curso de ejecución asumidas por las partes, estableciéndose un plazo improrrogable de tres meses para el cumplimiento de las mismas, transcurrido dicho plazo el convenio quedará liquidado.
Tercera. Financiación.
El gasto asumido por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias asciende a doce mil ochocientos noventa y seis euros (12.896 €). Se trata de un gasto de carácter anual, que se realiza a cargo de las partidas presupuestarias de los centros penitenciarios determinados por la Comisión de Seguimiento, según lo establecido en la cláusula octava del convenio. Su imputación presupuestaria se corresponde con la aplicación 16.05.133.A.226.06 prevista para el 2026 y de acuerdo con las previsiones presupuestarias que se lleven a cabo durante los restantes años de vigencia del convenio.
El valor de las actividades que Fundación Valencia Club de Fútbol asume en la ejecución del presente Convenio será de catorce mil euros anuales (14.000 €), de acuerdo con las previsiones presupuestarias aprobadas por la Fundación Valencia Club de Fútbol para el año 2026 y de acuerdo con las previsiones presupuestarias que se lleven a cabo durante los restantes años de vigencia del Convenio.
Cuarta. Eficacia.
La presente Adenda de prórroga resultará eficaz una vez inscrita en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de 10 hábiles desde su formalización, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. A su vez, de acuerdo con la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno será publicado en el Portal de Transparencia de la Administración General del Estado.
Quinta. Vinculación entre las partes.
La presente adenda no generará ningún tipo de vinculación contractual ni laboral entre las partes firmantes y las personas físicas que desempeñen las actividades propias del mismo.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman la presente adenda.–Por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, Ángel Luis Ortiz González.–Por la Fundación Valencia Club de Fútbol, Inma Ibáñez Peris.