Con fecha 20 de abril de 2023, mediante Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, se otorgó a Miram Solar, SL, autorización administrativa previa para la instalación solar fotovoltaica Villameca Solar 1 – 2, de 98,79 MW de potencia pico, 92,3 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Quintana del Castillo y Villamejil, provincia de León, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 113, de 12 de mayo de 2023.
Con fecha 23 de julio de 2024, mediante Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas se otorga a Miram Solar, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación solar fotovoltaica Villameca Solar 1 – 2, de 92,3 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Quintana del Castillo y Villamejil, provincia de León, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 199, de 17 de agosto de 2024.
Miram Solar, SL, en adelante el promotor, solicitó con fecha 8 de agosto de 2024, la declaración, en concreto, de utilidad pública para las líneas soterradas a 30 kV y 132 kV que forman parte de la infraestructura de evacuación de la de la instalación fotovoltaica «Villameca Solar 1-2».
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en León y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 24/2013 de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de Red Eléctrica de España, SAU y de la Diputación Provincial de León.
Se ha recibido contestación la Dirección General de Carreteras e Infraestructuras de la Junta de Castilla y León, en la que se establecen condicionados técnicos, y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dicho organismo por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de su competencia. El promotor ha manifestado su conformidad con lo indicado por la Dirección General.
Preguntados la Confederación Hidrográfica del Duero, el Ayuntamiento de Villamejil, el Ayuntamiento de Quintana del Castillo, la Junta Vecinal de Sueros de Cepeda, la Junta Vecinal de Donillas de Cepeda, la Junta Vecinal de Abanos de Cepeda, la Junta Vecinal de Veguellina de Cepeda, la Junta Vecinal de Ferreras, la Junta Vecinal de Morriondos, I-DE Redes Eléctricas Inteligentes SAU (Grupo Iberdrola), Enel Green Power y Canadian Solar, no se recibió contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad en virtud de lo dispuesto en el artículo 146.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
La petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la publicación el 23 de octubre de 2024 en el «Boletín Oficial de la Provincia de León» y el 25 de octubre de 2024 en el «Boletín Oficial del Estado». Además, el anuncio fue publicado en el diario de León del día 30 de octubre de 2024 y remitido a los Ayuntamientos de Quintana del Castillo y Villamejil para su exposición al público. No se han recibido alegaciones.
El Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en León emitió informe en fecha 7 de febrero de 2025.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico reconoce la libre iniciativa empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, que ha respondido al mismo manifestando su conformidad.
La citada autorización se va a conceder sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables, así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecución de la obra.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto,
Esta Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:
Único.
Declarar, en concreto, la utilidad pública para las líneas soterradas a 30 kV y 132 kV, que forman parte de la infraestructura de evacuación de la instalación solar fotovoltaica «Villameca Solar 1-2», de 92,3 MW de potencia instalada, en los términos municipales de Quintana del Castillo y Villamejil, en la provincia de León, a los efectos previstos en el citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
El objeto del proyecto es la construcción de unas líneas soterradas a 30 kV y 132 kV que permitan la evacuación a la red de la energía eléctrica generada por una planta solar fotovoltaica.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 62.2.i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución.
Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 15 de abril de 2025.–El Director General de Política Energética y Minas, Manuel García Hernández.