Advertidos errores en la Resolución de 2 de diciembre de 2025, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia por la que se establece el valor del índice global de ratios de 2026 y la penalización relativa a la prudencia financiera de las empresas que realizan las actividades de transporte y distribución de energía eléctrica y las actividades de transporte, regasificación, almacenamiento subterráneo y distribución de gas natural, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 296, de 10 de diciembre de 2025, y conforme a lo establecido en el apartado primero punto 1.4 de la Resolución de 13 de junio de 2023, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, sobre delegación de competencias, se procede a efectuar la oportuna rectificación:
En el apartado Quinto de la Resolución de 2 de diciembre de 2025 (páginas 162624 y 162625 del BOE número 296, de 10 de diciembre de 2025), en la tabla «Valor del Índice Global de Ratios del año 2026 (IGR2026)», se sustituye el título de la última columna.
Donde dice:
| «Empresas por actividad principal | Ratio 1 | R1 | Ratio 2 | R2 | Ratio 3 | R3 | Ratio 4 | R4 | Ratio 5 | R5 | IGR2025» |
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Debe decir:
| «Empresas por actividad principal | Ratio 1 | R1 | Ratio 2 | R2 | Ratio 3 | R3 | Ratio 4 | R4 | Ratio 5 | R5 | IGR2026» |
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Madrid, 15 de diciembre de 2025.–El Secretario del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, Miguel Bordiu García-Ovies.