Resolución de 15 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Carreteras, por la que se publica segunda Adenda del Convenio con el Ayuntamiento de Tarragona, para la ejecución de actuaciones de acondicionamiento, mejora y humanización en las carreteras N-340, N-340a y T-11 y posterior cesión al Ayuntamiento de Tarragona.

Nº de Disposición: BOE-A-2026-22873|Boletín Oficial: 271|Fecha Disposición: 2026-09-15|Fecha Publicación: 2026-10-31|Órgano Emisor: Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

Habiendo sido suscrita, el 10 de septiembre de 2026, la «Adenda núm. 2 al Convenio entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (actual Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible) y el Ayuntamiento de Tarragona para la ejecución de una serie de actuaciones de acondicionamiento, mejora y humanización en las carreteras N-340, N-340a y T-11 y posterior cesión al Ayuntamiento de Tarragona» y, en cumplimiento de lo establecido en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, sobre convenios suscritos por la Administración General del Estado o alguno de sus organismos públicos o entidades de derecho público vinculados o dependientes, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 15 de septiembre de 2026.–El Director General de Carreteras, Juan Pedro Fernández Palomino.

ANEXO

Adenda núm. 2 al convenio entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (actual Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible) y el Ayuntamiento de Tarragona para la ejecución de una serie de actuaciones de acondicionamiento, mejora y humanización en las carreteras N-340, N-340a y T-11 y posterior cesión al Ayuntamiento de Tarragona

00.573/23

10 de septiembre de 2026.

REUNIDOS

De una parte, don José Antonio Santano Clavero, Secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, nombrado por Real Decreto 967/2023, de 28 de noviembre, en nombre y representación del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, en ejercicio de las competencias delegadas en el apartado quinto, número 1, letra A), de la Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y delegación de competencias (modificada por la Orden TMA/355/2023, de 10 de abril), y de acuerdo con el artículo 7.2 del Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.

Y, de otra, don Rubén Viñuales Elías, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Tarragona, nombrado en el Pleno del Ayuntamiento de Tarragona de fecha 17 de junio de 2023, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en nombre y representación de dicha entidad.

Ambas partes intervienen en virtud de las atribuciones inherentes a sus cargos y se reconocen capacidad legal suficiente para la formalización de la presente adenda.

EXPONEN

El 15 de noviembre de 2023 se firmó el Convenio entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (actual Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible) y el Ayuntamiento de Tarragona para la ejecución de una serie de actuaciones de acondicionamiento, mejora y humanización en las carreteras N-340, N-340a y T-11 y posterior cesión al Ayuntamiento de Tarragona.

En virtud de lo establecido en la cláusula primera de dicho convenio, el coste total de las actuaciones previstas ascendía a 11.840.000 euros, distribuidos inicialmente en las siguientes anualidades:

Anualidad

MITMS

–

Euros

2024 6.500.000,00
2025 5.340.000,00
 Total. 11.840.000,00

La Comisión mixta de programación, seguimiento y control del convenio (en adelante, Comisión) en su reunión del día 22 de mayo de 2024, a la vista del avance de la redacción y aprobación de los proyectos objeto del convenio, propuso la adopción de un reajuste de anualidades para adecuar las vigentes al ritmo real de la tramitación de las actuaciones. Por este motivo, el 18 de diciembre de 2024 se aprobó la adenda núm. 1 del convenio que tenía por objeto, además de reajustar las anualidades, habilitar a la Comisión a reajustar las mismas durante toda la vigencia del convenio.

Tras la aprobación de la adenda, el importe se distribuía según las siguientes anualidades:

Anualidad

MITMS

–

Euros

2024 0,00
2025 6.753.730,00
2026 5.086.270,00
 Total. 11.840.000,00

Posteriormente, con fecha 26 de mayo de 2025, se reúne la Comisión de Seguimiento para acordar, dada la situación de la redacción y aprobación de los proyectos objeto del convenio, un reajuste de las anualidades del mismo, quedando establecidas de la siguiente manera:

Anualidad

MITMS

–

Euros

2025 300.000,00
2026 4.249.493,19
2027 7.290.506,81
2028 0,00
 Total. 11.840.000,00

Posteriormente, con fecha 27 de abril de 2026, la Comisión acuerda que, a la vista del ritmo de licitación y ejecución de los contratos objeto del convenio, es necesario reajustar las anualidades y prorrogar la vigencia del mismo por un periodo adicional de cuatro años más. Igualmente, se acuerda modificar el objeto del convenio para suprimir las actuaciones previstas en la carretera T-11 y recoger la segregación que se ha producido en una de las actuaciones previstas.

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la adenda.

Esta adenda tiene por objeto modificar el «Convenio entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (actual Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible) y el Ayuntamiento de Tarragona para la ejecución de una serie de actuaciones de acondicionamiento, mejora y humanización en las carreteras N-340, N-340a Y T-11 y posterior cesión al Ayuntamiento de Tarragona», en adelante «Convenio».

La adenda núm. 2 tiene por objeto la modificación del objeto del convenio, el reajuste de sus anualidades y la prórroga de la vigencia del mismo.

Segunda. Modificación de la cláusula primera del convenio.

Se modifica la cláusula primera del convenio, quedando redactada de la siguiente forma:

«El presente convenio tiene por objeto:

1. Establecer el régimen de colaboración entre el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, y el Ayuntamiento de Tarragona para llevar a cabo la ejecución de las obras de humanización o rehabilitación de las carreteras siguientes:

– Mejora de la seguridad vial. Carril de peatones y bicicletas en las carreteras N-340 y N-340a y apantallamiento acústico en la autovía A-7. Tramo: Tarragona. Provincia de Tarragona. Clave 33-T-3990. Esta obra se segrega en dos proyectos:

● Proyecto 33-T-3990, Francolí. Segregado 1.

● Proyecto 33-T-50170, Francolí. Segregado 2.

– Incorporación de la carretera N-340a entre los PP. KK. 1.156+905 y 1.161+595 y de la N-340b entre los PP. KK. 1.160+140 y 1.160+558 al tejido urbano de Tarragona. Provincia de Tarragona Clave 33-T-4080.

2. La cesión por parte del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible a favor del Ayuntamiento de Tarragona de los tramos de carretera siguientes:

– Carretera N-340a, que comienza en su P.K. 1.159+845 y finaliza en la conexión con la autovía A-27, en su P.K. 1.160+140.

– Carretera N-340a, que comienza en la conexión con la autovía A-27, en su P.K. 1.160+140 y finaliza en la glorieta de acceso a polígono Francolí, en su P.K. 1.160+558.

– Carretera N-340, que comienza en el límite municipal con La Canonja, en su P.K. 1.156+905 y finaliza en la glorieta de Autolica, en su P.K. 1.160+565.

– Carretera N-340, que comienza en la glorieta Arrabassada, en su P.K. 1.164+726 y finaliza en la Torre Escipions, en su P.K. 1.168+940.

– Carretera N-340, que comienza en la Torre Escipions, en su P.K. 1.168+940 y finaliza en la glorieta de acceso a la A-7, en su P.K. 1.171+333.

– Carretera N-340, que comienza en la glorieta de acceso a la A-7 La Mora, en su P.K. 1.171+440 y finaliza en el límite municipal con Altafulla en su P.K. 1.173+277.

– Carretera N-340a, conocida como Tomb del Mariner, entre su. P.K. 1.171+975 y su P.K. 1.172+205.»

Tercera. Modificación de la cláusula segunda del convenio.

Se modifica la cláusula segunda del convenio, quedando redactada de la siguiente forma:

«El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana se compromete a:

1. Redactar y financiar los proyectos constructivos, conforme a la normativa vigente para los proyectos de la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y demás normativa aplicable, y a llevar a cabo todos los trámites necesarios hasta su aprobación de las siguientes actuaciones:

a. Mejora de la seguridad vial. Carril de peatones y bicicletas en las carreteras N-340 y N-340a y apantallamiento acústico en la autovía A-7. Tramo: Tarragona. Provincia de Tarragona. Clave 33-T-3990.

b. Incorporación de la carretera N-340a entre los PP. KK. 1.156+905 y 1.161+595 y de la N-340b entre los PP. KK. 1.160+140 y 1.160+558 al tejido urbano de Tarragona. Provincia de Tarragona. Clave 33-T-4080.

Las dos actuaciones arriba descritas se encuentran contratadas y en redacción, por lo que no suponen una obligación a financiar de este convenio.

2. Licitar, ejecutar y financiar las obras, incluyendo todas las asistencias técnicas necesarias para el correcto desarrollo de las obras (control y vigilancia, seguridad y salud, etc.) para que las mismas se realicen conforme a los proyectos de construcción que se aprueben y a la normativa de aplicación haciéndose cargo de todo lo que conllevara las modificaciones de los contratos que, en su caso, tuvieran lugar.

3. Formalizar, a la finalización de las obras, el cambio de titularidad de los tramos de carreteras indicados en la cláusula primera, apartado 2, a favor del Ayuntamiento de Tarragona, mediante acta de recepción y cesión suscrita por las Administraciones interesadas, en la que se definirán con precisión los límites de los tramos afectados.»

Cuarta. Modificación de la cláusula cuarta del convenio.

Se modifica la cláusula cuarta del convenio, quedando redactada de la siguiente forma:

«El presupuesto estimado de las dos actuaciones indicadas en la cláusula primera apartado 1. asciende a 11.840.000 euros. No obstante, el importe definitivo será el que resulte de la ejecución de las obras.

El desglose estimado por actuación se detalla a continuación:

– Mejora de la seguridad vial. Carril de peatones y bicicletas en las carreteras N-340 y N-340a y apantallamiento acústico en la autovía A-7. Tramo: Tarragona. Provincia de Tarragona. Clave 33-T-3990. Importe: 9.200.000 euros.

– Incorporación de la carretera N-340a entre los PP. KK. 1.156+905 y 1.161+595 y de la N-340b entre los PP. KK. 1.160+140 y 1.160+558 al tejido urbano de Tarragona. Provincia de Tarragona Clave 33-T-4080. Importe: 2.140.000 euros.

La financiación de las actuaciones se llevará a cabo con cargo a la aplicación presupuestaria 17.38.453C.611 de los presupuestos de la Dirección General de Carreteras con la siguiente distribución de anualidades:

Anualidad

MITMS

–

Euros

2024 0,00
2025 0,00
2026 1.301.882,24
2027 7.848.838,94
2028 2.689.278,82
 Total. 11.840.000,00

El coste final de las actuaciones vendrá afectado, en su caso, por las bajas de adjudicación y las incidencias que puedan producirse en el desarrollo de los contratos.

Si el importe total de las actuaciones excediera del estimado en esta cláusula, la financiación del exceso será asumido por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Durante la vigencia del convenio las anualidades podrán ajustarse en función del ritmo real de la contratación de las obras y la ejecución de las mismas conforme se indica a continuación. En este supuesto, la tramitación del expediente financiero no precisará la suscripción de una nueva adenda, siendo suficiente el acuerdo de las partes en la comisión mixta de programación, seguimiento y control y siempre que dichos reajustes no supongan un incremento económico de la cifra total comprometida ni un aumento del plazo global.»

Quinta. Prórroga de la vigencia del convenio.

Se acuerda de forma unánime la prórroga del convenio por cuatro (4) años adicionales, hasta el 17 de noviembre de 2031, de acuerdo a lo previsto en el artículo 49.h.2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Sexta. Eficacia de la adenda.

Esta adenda adquirirá eficacia a partir de su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, se procederá a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Y en prueba de conformidad, firman este documento en la fecha de la firma electrónica, tomándose como fecha de formalización la fecha del último firmante.–Por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, el Secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, José Antonio Santano Clavero.–Por el Ayuntamiento de Tarragona, el Alcalde, Rubén Viñuales Elías.