Resolución de 16 de marzo de 2026, de la Dirección General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, O.A., por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con la Comunidad de Madrid, para la colaboración en las actividades del ciclo Cine Histórico y Patrimonio.

Nº de Disposición: BOE-A-2026-6959|Boletín Oficial: 74|Fecha Disposición: 2026-03-16|Fecha Publicación: 2026-03-25|Órgano Emisor: Ministerio de Cultura

El Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales O.A. y la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid han suscrito, con fecha 16 de marzo de 2026, un convenio para la colaboración en las actividades del ciclo Cine Histórico y Patrimonio, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrita en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura anexa a esta resolución.

Madrid, 16 de marzo de 2026.–El Director General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, O.A., P. S. (Resolución de 3 de diciembre de 2025), el Subdirector General de Fomento de la Industria Cinematográfica y Audiovisual, Fernando Bigeriego Tejerina.

ANEXO

Adenda de prórroga del Convenio entre el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, O.A. y la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid, para la colaboración en las actividades del ciclo Cine Histórico y Patrimonio

Madrid, a 16 de marzo de 2026.

REUNIDOS

De una parte, don Ignacio Camós Victoria, Director General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, O.A. (en adelante, ICAA), organismo autónomo del Ministerio de Cultura, con NIF Q2828017J y domicilio a efectos del presente convenio en la plaza del Rey 1, 28004 Madrid. Nombrado por Real Decreto 435/2023, de 6 de junio. Actúa en nombre y representación del citado organismo en virtud de las facultades que le confiere el Real Decreto 7/1997, de 10 de enero, de estructura orgánica y funciones del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales y resto de las disposiciones vigentes.

Y, de otra parte, don Bartolomé González Jiménez, Director General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español, dirección general dependiente de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid, con NIF S7800001E, y domicilio a efectos del presente convenio en la calle Arenal, 18, 28013 Madrid. Nombrado por Decreto 268/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno. Actúa en nombre y en representación de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid, en virtud de la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, de acuerdo con el Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.

Las partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda de prórroga al convenio y a tal efecto,

EXPONEN

I. Que con fecha 3 de mayo de 2022 las partes suscribieron un convenio para la colaboración en las actividades del ciclo cine histórico y patrimonio. La vigencia del convenio se establecía en cuatro años a partir de su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, que se efectuó el 4 de mayo de 2022, por lo que su vencimiento se producirá el 4 de mayo de 2026.

II. Que el citado convenio tiene por objeto la colaboración entre el ICAA, a través de Filmoteca Española y la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid, a través de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español, para la realización de un ciclo anual de cine histórico y de patrimonio en la sala El Águila, en la ciudad de Madrid.

III. Que, una vez puesto en práctica este convenio a plena satisfacción de las partes, es interés de ambas dar continuidad a su desarrollo, y estando próxima la fecha de su vencimiento, se considera procedente continuar esta colaboración al objeto de permitir el disfrute público del ciclo anual de cine histórico y patrimonio.

Por lo expuesto, haciendo uso de lo establecido en cláusula sexta del citado convenio, las partes intervinientes acuerdan suscribir la presente adenda, que se regirá de conformidad con las siguientes

Por todo cuanto antecede, y en su virtud, las partes intervinientes acuerdan suscribir la presente adenda, que se regirá de conformidad con las siguientes,

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

1. El objeto de esta adenda es establecer una prórroga en la vigencia del convenio suscrito el 3 de mayo de 2022 por el ICAA y la Consejería de Cultura de la Comunidad de Madrid para la colaboración en las actividades del ciclo de cine histórico y patrimonio.

2. La prórroga se establece por un periodo de cuatro años a contar desde el 4 de mayo de 2026, de acuerdo con la cláusula sexta 2 del convenio vigente. El resto del clausulado se mantiene en idénticos términos.

Segunda. Eficacia, vigencia y publicidad.

1. La adenda, que se perfecciona por su firma, producirá efectos a partir de su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, que se efectuará en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización.

2. Su vigencia será de cuatro años, a contar desde el 4 de mayo de 2026.

3. Se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de diez días hábiles desde su formalización, y se hará pública, asimismo, a través del Portal de la Transparencia, en aplicación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

En este sentido y de conformidad con el artículo 23.2 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, y con el artículo 13 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid, el convenio deberá ser igualmente objeto de inscripción en el registro de convenios y protocolos de la Comunidad de Madrid y será publicado en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid».

Y en prueba de su conformidad con todo cuanto antecede, se suscribe el presente instrumento que firman ambas partes, con los respectivos certificados electrónicos, considerándose firmado en Madrid, en la fecha en que se encuentre consignada la última firma de las partes.–Por el ICAA, el Director General, P. S. (Resolución del Secretario de Estado de Cultura de 3 de diciembre de 2025), el Subdirector General de Fomento de la Industria Cinematográfica y Audiovisual, Fernando Bigeriego Tejerina.–Por la Comunidad de Madrid, el Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, P. D. (Orden 1389/2021, de 16 de noviembre), el Director General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español, Bartolomé González Jiménez.