El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Melilla, en su sesión de 30 de junio de 2026, adoptó el siguiente acuerdo:
En los términos de la propuesta, delegar en la Presidencia la competencia para la resolución de las solicitudes de suspensión del artículo 117.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y las desestimatorias y de inadmisión de los recursos de reposición interpuestos contra resoluciones administrativas dictadas por el Consejo de Administración, dando cuenta al Consejo en la siguiente sesión de las resoluciones adoptadas en el ejercicio de dicha delegación, durante el periodo intermedio.
Dicha delegación se justifica por razones de celeridad y eficacia en la gestión ordinaria, habida cuenta de la perentoriedad de los plazos señalados en la legislación para el dictado de tales resoluciones en relación con el calendario ordinario de sesiones del Consejo de Administración de la APML.
En el ejercicio de la competencia delegada se hará constar expresamente tal circunstancia mediante la mención de esta resolución y de su fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que se publica para general conocimiento, de conformidad con el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Melilla, 17 de agosto de 2026.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Melilla, Manuel Ángel Quevedo Mateos.