La Dirección General de Política Energética y Minas emitió, con fecha 25 de abril de 2023, Resolución por la que se otorga a Iberdrola Renovables Andalucía, SAU, autorización administrativa previa para la instalación solar fotovoltaica «FV Caparacena», de 275 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, ubicados en los términos municipales de Ventas de Huelma, Cacín, Chimeneas, Cijuela, Láchar, Pinos Puente, Valderrubio, Íllora y Atarfe, en la provincia de Granada. (en adelante, Resolución de autorización administrativa previa), publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 125, de 26 de mayo de 2023.
La Dirección General de Política Energética y Minas emitió, con fecha 23 de abril de 2024, Resolución por la que se otorga a Iberdrola Renovables Andalucía, SAU, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación solar fotovoltaica «FV Caparacena», de 274,96 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, ubicados en los términos municipales de Ventas de Huelma, Cacín, Chimeneas, Cijuela, Láchar, Pinos Puente, Valderrubio, Íllora y Atarfe, en la provincia de Granada, publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 108, de 3 de mayo de 2024.
La Dirección General de Política Energética y Minas emitió, con fecha 22 de octubre de 2024, resolución por la que se otorga a Iberdrola Renovables Andalucía, SAU, la declaración, en concreto, de utilidad pública, para la instalación solar fotovoltaica «FV Caparacena», de 274,96 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, ubicados en los términos municipales de Ventas de Huelma, Cacín, Chimeneas, Cijuela, Láchar, Pinos Puente, Valderrubio, Íllora y Atarfe, en la provincia de Granada.
La Dirección General de Política Energética y Minas emitió, con fecha 3 de junio de 2025, resolución por la que se otorga a Iberdrola Renovables Andalucía SAU, autorización administrativa de construcción para la modificación de la instalación fotovoltaica «FV Caparacena», de 274,96 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Ventas de Huelma, Cacín, Chimeneas, Cijuela, Láchar, Pinos Puente, Valderrubio, Íllora y Atarfe, en la provincia de Granada.
El proyecto de la instalación solar fotovoltaica «FV Caparacena», y sus infraestructuras de evacuación, ha sufrido modificaciones que han provocado que determinadas parcelas incluidas en la relación de bienes y derechos afectados que cuentan con una resolución de declaración de utilidad pública (en adelante, DUP), aprobada mediante Resolución de 22 de octubre de 2024 de la Dirección General de Política Energética y Minas, con el alcance y en los términos en ella indicada, han quedado finalmente desafectadas o se ha producido un cambio de afecciones en alguna de ellas.
Iberdrola Renovables Andalucía, SAU (en adelante, el promotor) solicitó, con fecha 22 de abril de 2025, renuncia a la declaración de utilidad pública de determinadas parcelas, aportando para ellos la relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados sobre los que renuncia a la DUP de 22 de octubre de 2024.
Adicionalmente, el promotor, con fecha 28 de mayo de 2025, presentó declaración responsable en la que manifiesta que la renuncia a la DUP, de los bienes recogidos en su solicitud de 22 de abril de 2025, no es contraria al interés o el orden público ni perjudica a terceros.
Finalmente, el promotor, con fecha 6 de junio de 2025, presentó los acuerdos con los propietarios de los bienes y/o derechos que han sufrido alteración de afecciones y sobre los que solicita dicha renuncia.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, el cual ha respondido al mismo manifestando su conformidad y aceptación de la propuesta y aportando documentación adicional requerida.
Esta Dirección General, de acuerdo con el artículo 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, conforme el artículo 140 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, resuelve:
Único.
Aceptar la renuncia a la declaración de utilidad pública de la instalación solar fotovoltaica «FV Caparacena», de 274,96 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, ubicados en los términos municipales de Ventas de Huelma, Cacín, Chimeneas, Cijuela, Láchar, Pinos Puente, Valderrubio, Íllora y Atarfe, en la provincia de Granada, para la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados, presentada por el promotor, con fecha 22 de abril de 2025, y que se detallan en el anexo de la presente resolución.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 62.2.i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente resolución, el último que se produzca.
Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 17 de junio de 2025.–El Director General de Política Energética y Minas, Manuel García Hernández.
ANEXO
Finca Proyecto | Municipio | Polígono | Parcela | Ref. Catastral |
---|---|---|---|---|
189 | Lachar. | 2 | 86 | 18117A002000860000AD |
190 | Lachar. | 2 | 9004 | 18117A002090040000AL |
191 | Lachar. | 2 | 85 | 18117A002000850000AR |
192 | Lachar. | 2 | 16 | 18117A002000160000AO |
193 | Lachar. | 2 | 15 | 18117A002000150000AM |
194 | Lachar. | 1 | 9018 | 18117A001090180000AA |
195 | Lachar. | 1 | 263 | 18117A001002630000AF |
196 | Lachar. | 1 | 9016 | 18117A001090160000AH |
244 | Pinos Puente. | 33 | 97 | 18161A033000970000SQ |
246 | Pinos Puente. | 33 | 26 | 18161A033000260000SA |
249 | Pinos Puente. | 31 | 9002 | 18161A031090020000SW |
252 | Pinos Puente. | 33 | 9005 | 18161A033090050000SD |
253 | Illora. | 14 | 9014 | 18104A014090140000JP |
369 | Pinos Puente. | 23 | 9011 | 18161B023090110000YR |
374 | Pinos Puente. | 23 | 23 | 18161B023000230000YJ |
378 | Pinos Puente. | 23 | 9012 | 18161B023090120000YD |
383 | Pinos Puente. | 23 | 9007 | 18161B023090070000YK |
385 | Pinos Puente. | 23 | 99 | 18161B023000990000YY |
386 | Pinos Puente. | 23 | 100 | 18161B023001000000YY |
398,1 | Pinos Puente. | 22 | 9020 | 18161B022090200000YB |
405 | Pinos Puente. | 22 | 9023 | 18161B022090230000YQ |
406 | Pinos Puente. | 22 | 9004 | 18161B022090040000YX |
413 | Pinos Puente. | 22 | 9010 | 18161B022090100000YE |
414 | Pinos Puente. | 22 | 19 | 18161B022000190000YH |
417 | Pinos Puente. | 22 | 14 | 18161B022000140000YJ |
420 | Pinos Puente. | 22 | 16 | 18161B022000160000YS |
422 | Pinos Puente. | 900 | 9301 | 18161A900093010000QB |
474 | Pinos Puente. | 19 | 20 | 18161B019000200000YZ |
478 | Pinos Puente. | 900 | 9102 | 18161A900091020000QZ |
479 | Pinos Puente. | 19 | 16 | 18161A019000160000SS |
521 | Atarfe. | 1 | 3 | 18023A001000030000AL |
243 | Pinos Puente. | 33 | 15 | 18161A033000150000SI |
247 | Pinos Puente. | 33 | 27 | 18161A033000270000SB |
248 | Pinos Puente. | 33 | 28 | 18161A033000280000SY |
250 | Pinos Puente. | 33 | 29 | 18161A033000290000SG |
251 | Pinos Puente. | 31 | 23 | 18161A031000230000SM |
404 | Pinos Puente. | 22 | 54 | 18161B022000540000YH |
416 | Pinos Puente. | 22 | 9013 | 18161B022090130000YU |
475 | Pinos Puente. | 19 | 19 | 18161B019000190000YH |
476 | Pinos Puente. | 19 | 18 | 18161B019000180000YU |
477 | Pinos Puente. | 19 | 9030 | 18161B019090300000YF |
ST-01 | Atarfe. | 1 | 4 | 18023A001000040000AT |
LAAT-01 | Atarfe. | 1 | 4 | 18023A001000050000AF |