Resolución de 17 de marzo de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del "Proyecto de nueva EDAR de Silvouta y de la acometida eléctrica de la nueva EDAR de Silvouta en Santiago de Compostela (A Coruña)".

Nº de Disposición: BOE-A-2023-7867|Boletín Oficial: 73|Fecha Disposición: 2023-03-17|Fecha Publicación: 2023-03-27|Órgano Emisor: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Antecedentes de hecho

Con fecha 17 de agosto de 2022 tiene entrada en esta Dirección General, la solicitud de inicio del procedimiento de evaluación de impacto ambiental del «Proyecto de nueva EDAR de Silvouta y de la acometida eléctrica de la nueva EDAR de Silvouta (Santiago de Compostela, A Coruña)», remitida por la Sociedad Mercantil Estatal Aguas de las Cuencas de España, SA (ACUAES) como promotor y respecto de la que la Dirección General del Agua del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, ostenta la condición de órgano sustantivo.

La actual Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) de Santiago de Compostela, ubicada en Silvouta, en la margen derecha del río Sar, entró en funcionamiento a finales de 1982 y fue objeto de dos ampliaciones posteriores, con una capacidad actual de tratamiento de 134.000 habitantes equivalentes. Desde hace tiempo, estas instalaciones presentan falta de capacidad hidráulica (m3/día) y de tratamiento de la carga contaminante (DBO5/día) e incumplen los actuales condicionantes de vertido exigidos, entre otros, la eliminación de nutrientes (nitrógeno y fósforo). Además, la infraestructura presenta daños estructurales muy significativos y los equipos electromecánicos se encuentran obsoletos.

Por otra parte, el río Sar no alcanza el buen estado ambiental requerido por la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas (Directiva Marco del Agua); al cual se vierte el efluente depurado y los vertidos de aguas residuales sin depurar, que exceden la capacidad de la planta, incumpliendo de manera reiterada los objetivos de calidad previstos en el Plan Hidrológico de la Demarcación Galicia-Costa, al superar los límites establecidos de amonio, fósforo total, fosfatos, demanda biológica de oxígeno (DBO5) y demanda química de oxígeno (DQO).

Estas circunstancias motivaron la declaración del proyecto como Obra de Interés General del Estado de la actuación de Saneamiento de Santiago de Compostela «Mejora de los colectores generales y de la EDAR de Santiago», al incluirse en el Anexo II, de la Ley 10/2011, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional.

Para resolver esta problemática, se desarrollaron dos soluciones sucesivas para la ejecución de una nueva EDAR que pudiese atender las necesidades de depuración requeridas, pero finalmente ninguno de los proyectos llegó a materializarse por una fuerte oposición social.

Alcance de la evaluación

La presente evaluación ambiental se realiza sobre la documentación presentada por el promotor para el «Proyecto de nueva EDAR de Silvouta y de la acometida eléctrica de la nueva EDAR de Silvouta (Santiago de Compostela, A Coruña)» y se pronuncia sobre los impactos asociados al mismo analizados por el promotor. Se incluye asimismo en la evaluación el proceso de participación pública y consultas.

Esta evaluación no incluye aspectos de seguridad de las instalaciones y dispositivos eléctricos, de carreteras, de gestión del riesgo de inundaciones, planeamiento urbanístico, de seguridad y salud en el trabajo u otros, que disponen de normativa reguladora e instrumentos específicos y quedan fuera del alcance de la evaluación ambiental.

1. Descripción y localización del proyecto

El principal objetivo del proyecto es el diseño y valoración de una solución técnica que cumpla con la capacidad de depuración necesaria para dar servicio de depuración a las aguas residuales de Santiago de Compostela, para un horizonte mínimo de veinticinco años, y que permita alcanzar los objetivos de calidad previstos en el Plan Hidrológico de Galicia-Costa y en la normativa de aplicación, así como definir y valorar la mejor solución técnica para la alimentación energética de la nueva infraestructura depurativa proyectada.

El ámbito de estudio se enmarca en la Demarcación Hidrográfica Galicia-Costa, en la cuenca del río Sar, el río Ulla y la Ría de Arousa, concretamente en la margen derecha del río Sar. Este río está catalogado como «peor que bueno». El proyecto de la nueva EDAR se localiza en Silvouta (Santiago de Compostela, A Coruña), ocupando los mismos terrenos de la actual EDAR, a los cuales se añadirá una ampliación de nueva ocupación de 11.335 m2 al noreste de la misma.

La construcción de los diferentes equipos y edificios se prevé por fases, de manera que durante la fase de ejecución de las obras se aseguren en todo momento, al menos, los actuales parámetros de vertido al río Sar. La secuencia proyectada constará de 4 fases permitiendo compatibilizar en todo momento la ejecución de las obras con la explotación de la planta existente. Siendo la fase 5 y última la correspondiente a la EDAR ampliada con todas las nuevas instalaciones en funcionamiento.

En la siguiente tabla se resumen las instalaciones en funcionamiento o fuera de servicio en cada una de las fases para cada una de las líneas de tratamiento existentes y la obra nueva:

Tabla 1. Fases de ejecución de la obra

Actualmente el vertido de la EDAR se realiza en forma de cajón por debajo de la lámina de agua del río, con entrada de agua del río por hueco en losa superior. El nuevo punto de vertido se situará en una esquina de la parcela aguas arriba del punto de vertido actual, donde, a través de una obra de vertido diseñada con forma trapezoidal con muros de hormigón y protección de escollera, se ubicará el tubo de salida del agua tratada, este será de plástico termoestable reforzado con fibra de vidrio (PRFV) de 2.000 mm de diámetro. La forma trapezoidal de la estructura permitirá que, al aumentar la sección, disminuya la velocidad del vertido a su llegada al río.

Para el aprovechamiento energético de la instalación se ha proyectado una línea de biogás, que incluye una instalación de cogeneración (compuesta por dos motores de biogás de 500 kW de capacidad de producción eléctrica), la cual utiliza el biogás producido en las digestiones para cubrir las necesidades caloríficas de distintos procesos y generar energía eléctrica para autoconsumo en la planta.

Se prevé que el plazo de ejecución del proyecto sea de 27 meses y medio; y el plazo para la puesta en marcha sea de 12 meses. Las principales actuaciones que se van a llevar a cabo en este proyecto y que son objeto de esta evaluación de impacto ambiental ordinaria son:

− Movimiento de tierras para la formación de la explanada de trabajo a la cota de urbanización.

− Excavación para la cimentación de las nuevas instalaciones previstas.

− Construcción de las nuevas instalaciones.

− Demolición de las instalaciones existentes, asegurando que en cada fase se desmantelan únicamente aquellas que ya no son necesarias en el funcionamiento para el tratamiento de depuración, y que la demolición de estas habilita la ejecución de nuevas instalaciones de tratamiento de la EDAR definitiva en fases posteriores.

La acometida eléctrica será una Línea Soterrada de Media Tensión (LSTM), cuyo trazado discurre, en su mayoría, por zonas ya antropizadas pertenecientes a los términos municipales de Ames y de Santiago de Compostela (A Coruña). Tiene una longitud prevista de 2.490 m y un voltaje de 20 kV. Atraviesa varios cursos hídricos, una estructura ferroviaria y una autovía. También atraviesa una mancha del Hábitat de Interés Comunitario (HIC) 9230 «Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pirenaica» y además, se encuentra cerca de dos bienes patrimoniales: «Cruceiro da Coira (E-14)» y «Muiño da Coira (M1)».

Para la instalación de la acometida se prevé la realización de una zanja de 60 cm de ancho y 1 m de profundidad, donde los primeros 10-20 cm son de tierra vegetal empleable en la restauración de la obra. El plazo de ejecución de las actuaciones necesarias para el suministro eléctrico de la nueva EDAR es de cinco meses. Las actuaciones serán las siguientes:

− Acometida principal: Irá desde el punto de entronque establecido por Unión Fenosa distribución, hasta la EDAR, con derechos de acometida de 2.900 kW a la tensión de 20 kV. Cruzará la autovía AG-56, que discurre en un viaducto sobreelevado, por lo que no supone ningún problema de cruce. Además, atravesará la línea ferroviaria de Alta Velocidad, el Arroyo de Reiboo y el río Sar, para lo cual se prevé una perforación dirigida.

− Acometida de socorro: Se reformará el actual suministro eléctrico de la EDAR (con derechos de acometida de 850 kW en 20 kV) y se mantendrá como Acometida de Socorro.

− Centro de conmutación y reparto: Se prevé un edificio con dimensiones suficientes para albergar la aparamenta necesaria en la EDAR y con previsiones de ampliaciones futuras. A él llegarán ambas acometidas y saldrán las líneas de servicio de 20 kV necesarias para el correcto funcionamiento de la EDAR.

Se establecerá un Plan de Explotación y Mantenimiento de la EDAR y su acometida eléctrica, que garantice tanto el cumplimiento de las Prescripciones Técnicas Particulares exigidas en el Proyecto, como todas las medidas de mejora ambiental y planes y proyectos incluidos en el estudio de impacto ambiental y relacionados con la integración paisajística y la gestión de los residuos.

2. Tramitación del procedimiento

El 4 de marzo de 2021 el promotor inició el trámite de evaluación de impacto ambiental simplificada para este proyecto, sin embargo, a la vista de la documentación recibida se le comunicó que debía realizarse un trámite de evaluación ambiental ordinaria, por lo que el promotor desistió del trámite simplificado e inició, el 19 de abril de 2021, la fase potestativa del procedimiento ordinario.

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental emitió resolución por la que se formulaba el alcance del estudio de impacto ambiental de fecha 25 de junio de 2021.

Sobre la base del documento de alcance, el promotor redacta el Estudio de Impacto Ambiental, que, junto a los dos proyectos y la relación de bienes y derechos afectados, han sido sometidos en los meses de marzo y abril de 2022 al trámite de información pública y consultas a las administraciones públicas afectadas y personas interesadas, de conformidad con los artículos 36 y 37 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

El anuncio de la Subdirección General de Infraestructuras y Tecnología de la Dirección General del Agua, relativo a la información pública del «Proyecto de la nueva EDAR de Silvouta» y «Proyecto de la acometida eléctrica de la nueva EDAR de Silvouta», del Estudio de Impacto Ambiental y de la relación de bienes y derechos afectados fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 59 con fecha 10 de marzo de 2022 en el «Boletín Oficial de la Provincia de A Coruña» núm. 44, con fecha 7 de marzo de 2022 y en el periódico La opinión de A Coruña el 11 de marzo de 2022.

El 20 de diciembre de 2022, en virtud del artículo 40.3 de la Ley 21/2013, de evaluación ambiental, y con el fin de disponer de la mejor información posible, se le requiere al promotor información adicional sobre los escenarios de un posible fallo funcional de los sistemas de desodorización, así como nuevas prospecciones de flora y fauna en la zona de estudio, además de la cartografía correspondiente. Con fecha 20 de enero de 2023 el promotor remite esta información.

3. Análisis técnico del expediente

a. Análisis de alternativas.

El promotor descarta la alternativa 0 de no actuación, por suponer el incumplimiento cualitativo y cuantitativo de las directrices marcadas por el Plan Hidrológico Nacional (Ley 10/2011, de 5 de julio), así como el incumplimiento de los requisitos exigidos por la Directiva 91/271/CEE, de saneamiento y depuración de aguas residuales y de la Directiva Marco del Agua. Además, el mal estado y la capacidad limitada de las instalaciones actuales pueden suponer a futuro potenciales afecciones significativas a la calidad de las aguas, la calidad atmosférica e impactos sobre la salud.

Para la ubicación de la nueva EDAR, el promotor estudia 3 alternativas:

– Alternativa 1: se ubica la nueva EDAR en la margen izquierda del río Sar, al sur de las actuales instalaciones, en el municipio de Silvouta.

– Alternativa 2: se ubica la nueva EDAR en O Souto, en la margen derecha del río Sar.

– Alternativa 3: ampliación de la actual EDAR, ocupando la parcela existente y añadiendo 11.335 m2 al noreste de esta.

Las alternativas 1 y 2 fueron objeto de estudio en proyectos anteriormente propuestos con el fin de solventar el problema que persiste actualmente. Sin embargo, ambas fueron socialmente cuestionadas y ninguno de los proyectos llegó a realizarse. La alternativa 3 produce un menor impacto sobre el medio natural, cultural y socio económico que las alternativas 1 y 2, ya que se proyecta sobre la actual EDAR. El promotor selecciona la alternativa 3 como la óptima.

La Sección de Biodiversidad y Educación Ambiental del Concello de Santiago de Compostela informa que, de las tres alternativas presentadas, la alternativa elegida por el promotor (alternativa 3) es la más adecuada, ya que supone una afección leve en los aspectos relativos a la flora, fauna, vegetación arbórea y hábitats, que se minimizan con las medidas correctoras estipuladas en el proyecto, e informa favorablemente el proyecto.

Para la acometida eléctrica, el promotor estudia dos alternativas:

– Alternativa 1: Longitud aproximada de 3.090 m, parte del punto de entronque facilitado por Unión Fenosa en el Concello de Ames y discurre hacia la EDAR siguiendo viales de titularidad municipal.

– Alternativa 2: Longitud aproximada de 2.490 m. El primer kilómetro desde el punto de entronque sigue el mismo trazado que la alternativa 1 y, tras atravesar la línea del AVE, los siguientes 1,2 km discurren bajo la zona de servidumbre de la línea eléctrica de alta tensión de Santiago – San Caetano existente en la zona. Los últimos 150 m antes de alcanzar la actual EDAR de Silvouta son comunes para las dos alternativas.

El promotor elige la alternativa 2 por considerarla más favorable.

Finalmente, el promotor analiza diferentes alternativas tecnológicas en base al requerimiento de espacio, la fiabilidad tecnológica, la viabilidad del cumplimiento de vertido y la flexibilidad en la explotación. Las alternativas estudiadas han sido el sistema de fangos activos (FAC); los biorreactores de membrana (MBR); los biofiltros; los reactores secuenciales (SBR); los sistemas de lecho móvil (MBBR); el sistema de doble etapa (A.B); y los sistemas de biodiscos (RBC). De todas las alternativas estudiadas, el promotor considera que los biorreactores de membranas MBR es la más adecuada en este caso.

b. Tratamiento de los principales impactos del proyecto.

A la vista del Estudio de Impacto Ambiental (EsIA), de los informes recibidos, el análisis técnico del expediente y la visita realizada a la zona de actuación, a continuación, se refleja el tratamiento de los impactos más significativos del proyecto.

Atmósfera.

Durante la fase de obras, se producirán emisiones de polvo, partículas y gases de combustión, derivados de las actividades de desbroce, carga, desmontes, demolición, circulación de vehículos, excavación de la zanja eléctrica y perforación dirigida de la acometida eléctrica a través de las infraestructuras lineales y los cursos hídricos. En el EsIA se recogen medidas preventivas como el riego del terreno, especialmente en la época seca, el control del nivel de partículas sólidas sedimentarias (PM10), la limpieza periódica de los camiones, el uso de cubiertas de lona en el remolque, la humectación de la carga, la conducción sostenible y la revisión y puesta a punto de la maquinaria. También se prevé un potencial impacto acústico durante la fase de obras. El promotor propone la colocación de pantallas acústicas móviles durante esta fase, que serán necesarias durante los trabajos de construcción en la zona de ampliación de la EDAR.

Durante la fase de explotación el principal impacto potencial será la producción de olores. En el EsIA, el valor máximo de concentración de olor de inmisión obtenido de la modelización efectuada es de 0,18 uoE/m3 percentil 98, por lo que no se prevé que se vaya a producir un impacto odorífero en las poblaciones o casas dispersas que rodean la futura EDAR. Todas las zonas de potencial generación de olores estarán cerradas y los gases se tratarán mediante filtros percoladores o biotrickling, basado en la acción de biomasa autótrofa. Se verificará de manera semanal el buen estado y mantenimiento de las instalaciones de desodorización ejecutadas. Se evitarán resaltos y saltos de agua innecesarios; se tratará de cubrir lo máximo posible canales, depósitos y zonas en las que la superficie del agua sea libre y accesible; y se plantea la cobertura generalizada de los procesos con extracciones de aire localizadas, procedentes de los mayores focos de olor, así como un sistema de inyección-extracción conjunta en grandes edificios. Además, se realizarán controles continuos de las emisiones de olor, según se recoge en el Plan de Vigilancia Ambiental.

El promotor indica que la probabilidad de un fallo funcional de los sistemas de desodorización es muy baja. Si se produjese una avería en los ventiladores de impulsión de los gases, se dispone de dos o más ventiladores en cada parte del proceso de impulsión, además, estos funcionan al 70% de su capacidad nominal, por lo que se podría reducir el número de renovaciones/hora en caso de fallo funcional, sin afectar significativamente al proceso. En caso de producirse accidentes o vertidos de gasóleo o algún tóxico generador de gases (episodio aislado) a la red de alcantarillado, estos podrían matar a la biomasa de los reactores.

Para evitar o minimizar este impacto, el promotor propone el uso de bypass de tratamiento completo de olores, la reducción de los gases enviados a tratamiento mediante el sistema de control de SH2, o trabajar con uno solo de los reactores para proteger el otro hasta que termine el evento aislado. En caso de producirse un fallo en la línea eléctrica de alimentación, el promotor indica que se cuenta con la línea eléctrica de socorro (que es la actual línea de alimentación), que tendrá un trazado diferente a la futura línea eléctrica de alimentación.

Para minimizar el impacto acústico causado por las instalaciones, el promotor colocará rejillas acústicas y dotará a los equipos con accesorios propios de insonorización; la velocidad de las conducciones de aire será <10 m/s para evitar el ruido de las tuberías por vibraciones; realizará el enterramiento de los bombeos; y dispondrá una pantalla vegetal perimetral. También se realizarán controles de inmisión trimestrales y un correcto mantenimiento de las instalaciones durante la fase de explotación.

En la fase de desmantelamiento el principal impacto potencial será la generación de polvo procedente de la demolición y los movimientos de tierras que serán tratados igual que durante la fase de construcción. El promotor diseñará los trabajos de demolición para reducir al mínimo su duración, disminuyendo todo lo posible la producción de olores. Además, propone estudiar la posibilidad de instalar equipos de desodorización o conectar con los equipos ya construidos, si eso fuese posible.

En el Plan de Vigilancia Ambiental se recogen las medidas de control durante la fase de obras: inspección visual de carácter semanal (para polvo y partículas) e inspección documental de carácter mensual (para los gases). Dado que la fase de obras y la explotación de la actual EDAR se realizarán en paralelo, la generación de olor en los procesos que la EDAR actual lleve a cabo no será evitable. También se llevarán a cabo controles de los horarios y de los niveles de inmisión, para lo que se realizará un Estudio de Nivel Sonoro Ambiental en la fase preoperacional y un monitoreo inicial y mediciones semanales durante la fase de obras.

El Servicio de Sanidad Ambiental de la Xunta de Galicia considera que una vigilancia quincenal de las emisiones a la atmósfera durante la fase de obra puede resultar insuficiente, por ello, el promotor modifica el plan de vigilancia ambiental en este aspecto, indicando que se ha considerado una periodicidad semanal, que podría incrementarse cuando las actividades de obra sean susceptibles de generar polvo en cantidades significativas.

Hidrología.

El promotor indica que, con las actuaciones proyectadas, se prevé una mejora en la calidad de las aguas del río Sar a su paso por la nueva EDAR.

Previo al inicio de las obras, el promotor realizará un control del estado de la calidad de las aguas del río Sar con el fin de utilizarlo de referencia o blanco de calidad. Medirá los sólidos en suspensión, los sólidos totales, la temperatura del medio, el pH, el oxígeno disuelto y la conductividad del agua.

La principal afección es la posible contaminación del río Sar debido a un empeoramiento de la calidad del vertido durante la fase de obras. Para ello el EsIA indica que se realizarán controles analíticos de la calidad del vertido y del medio receptor durante la fase de construcción. Las medidas previstas y el calendario de obras permitirán, como mínimo, mantener la calidad del vertido actual durante la fase de obras.

Otras acciones que pueden causar impacto sobre las aguas superficiales o subterráneas son los movimientos de tierra que causen arrastres de finos a las redes de escorrentía y finalmente al río Sar, la existencia de tierras desnudas o de acopios de materiales finos o susceptibles de ser arrastrados por la lluvia, los vertidos accidentales de materiales contaminantes a las aguas o que sean arrastrados hasta ellas o percolen a la capa freática, el paso de maquinaria sobre las redes de escorrentía, las cortas de vegetación en las riberas o la pavimentación del terreno. Para evitar impactos sobre los cauces y cursos de agua que deban ser atravesados por la LSTM, el promotor indica que se realizarán perforaciones dirigidas en dos puntos del recorrido previsto de la acometida eléctrica.

Para evitar la afección a las aguas, el promotor llevará a cabo las obras necesarias para no comprometer la red de drenaje y permitir el flujo normal de estas; dispondrá una balsa de decantación en la zona de instalaciones auxiliares a la que pueden derivarse aguas de escorrentía de la obra; aplicará barreras de sedimentos en el perímetro de la obra con el río Sar conformadas a base de balas de paja dispuestas longitudinalmente en perpendicular a la línea de flujo de las aguas de escorrentía hacia el Sar; evitará las talas en las riberas, ajustándose al mínimo posible cuando sean necesarias y dejando los tocones de los árboles para que ejerzan de sujeción de riberas. En los trabajos con hormigón el promotor extremará las precauciones aislando los trabajos de las redes de escorrentía superficial; aprovechando el estío por la reducción del cauce y las mínimas precipitaciones de la época; y, además, utilizará materiales de pavimentación que reduzcan al mínimo posible el sellado del suelo y la interposición de espacios verdes o sin pavimentar para garantizar cualitativa y cuantitativamente el retorno del agua pluvial al medio receptor.

En la fase de explotación se podría generar contaminación del medio por una incorrecta gestión de los residuos, por accidentes en el manejo de sustancias contaminantes o por fallos en el sistema de depuración, por lo que se ha establecido un Plan de Actuación en caso de emergencia, que contempla los protocolos de actuación en diferentes situaciones de emergencia, incluyendo fugas y derrames. Además, se realizarán análisis de las aguas de vertido con una periodicidad quincenal y en el medio receptor con una periodicidad semestral, determinado así en la autorización de vertido.

La Oficina Española de Cambio Climático (OECC) recomienda orientar la reutilización de las aguas residuales al ahorro y reducción del consumo neto de agua. Consideración que ha sido incorporada al EsIA por el promotor.

Aguas de Galicia, órgano competente en materia de aguas de la Xunta de Galicia, indica que la balsa de decantación y el punto limpio de la Zona de Instalaciones Auxiliares deberán proyectarse fuera de la zona inundable, así como prever la implantación de sistemas de protección frente al riesgo de inundación, especialmente de aquellas instalaciones destinadas a oficinas, vestuarios, comedor y aseos, garantizando en todo caso la existencia de recorridos de evacuación practicables en caso de avenida. El promotor modifica el EsIA para recoger dichas consideraciones, proyectando las instalaciones auxiliares más vulnerables al riesgo de inundación fuera de la zona T=500.

Aguas de Galicia también indica que se deberán seguir las Técnicas de Drenaje Urbano Sostenible, por ejemplo, el uso de pavimentos filtrantes, que permitan un correcto drenaje, así como la interposición de espacios verdes o sin pavimentar para garantizar en todo caso el retorno del agua pluvial al medio receptor. El promotor modifica el EsIA para recoger estas consideraciones, consiguiendo aumentar en un 5% la superficie permeable.

Finalmente, Aguas de Galicia indica una serie de parámetros a tener en cuenta para la evaluación de la calidad de las aguas del medio receptor. El promotor incluye en el EsIA los parámetros de control que no habían sido contemplados, para completar el análisis según lo indicado por el organismo competente en materia de aguas.

Vegetación y Hábitats de Interés Comunitario (HIC).

La vegetación actual de la zona se caracteriza por vegetación de ribera con especies como Alnus glutinosa (Aliso), Fraxinus angustifolia (Fresno) y Salix atrocinerea (Sauce cenizo); estrato arbóreo de Castanea Sativa (Castaño); Quercus robur (Carballo); matorral; plantaciones forestales de pinares, eucaliptos y choperas; tierras de labor, prados, cultivos y pastizales; y vegetación arbórea ornamental. El promotor indica que, en las prospecciones de campo realizadas, no se han detectado especies catalogadas en alguna categoría de amenaza o protección.

Previo inicio de las obras realizará una prospección de la vegetación, con el fin de localizar, identificar y aplicar las medidas de protección oportunas de aquellos ejemplares catalogados bajo alguna categoría de protección que pudieran encontrarse en la zona.

Además, antes del inicio de las obras el promotor deberá disponer de las autorizaciones de corta de vegetación de ribera por el órgano competente. Asegurará la protección de ejemplares arbóreos mediante entablillado de los troncos y poda de las ramas que puedan ser golpeadas por la maquinaria; vigilará la deposición de polvo en la vegetación circundante, realizará lavado foliar mediante riego en caso de ser necesario; y aplicará medidas de restauración vegetal a medida que avance la obra. También se identificará aquellos ejemplares de árboles que deban ser objeto de conservación y elaborará el Plan de Trasplante en función de las condiciones del ejemplar y de la zona.

La perforación dirigida, prevista por el promotor para evitar afecciones a los cauces, también permitirá proteger la vegetación existente en la ribera del río Sar y el arroyo Reiboo.

El promotor realizará una restauración ambiental en la zona de la actual EDAR que quedará libre de instalaciones, lo que permitirá recuperar las condiciones iniciales del terreno y cuya revegetación se hará en función de las especies vegetales características de la zona. En particular, se realizará la restauración en la ribera del río Sar, siempre que se trabaje cerca del cauce, ya sea por la ejecución de la obra de vertido, la demolición de las obras de fábrica existentes, o las actuaciones exteriores previstas para las conexiones de los colectores, lo que ayudará a la protección de las riberas frente a los fenómenos de erosión e inundación.

Según el EsIA, se han detectado 7 especies invasoras en la zona. Previo inicio de las obras el promotor realizará una nueva prospección con el fin de localizar, identificar y aplicar las medidas de erradicación oportunas de las especies invasoras que se encuentren en un perímetro exterior a la EDAR de 25 m de radio, en el interior de la EDAR, así como en el tramo de la acometida eléctrica, donde se ha constatado la presencia de Acacia dealbata que deberá ser eliminada y evitar su expansión en la medida de lo posible.

Asociados al cauce del río Sar, se encuentran inventariados el HIC 6430 «Megaforbios eutótrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino» y el HIC 3260 «Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion», sin embargo, debido a los depósitos de arrastre de limos y suciedad actual en el cauce del río, no se observa el desarrollo de vegetación acuática correspondiente a estos hábitats.

La Dirección General de Patrimonio Natural de la Xunta de Galicia considera que no es previsible que el proyecto genere efectos negativos significativos, siempre y cuando se cumplan todas las medidas contempladas en la documentación presentada por el promotor y se tengan en cuenta las consideraciones recogidas en el informe de dicha Dirección General, que quedan reflejadas en el condicionado de esta resolución.

Fauna.

El EsIA refleja que la zona de estudio se encuentra bastante antropizada, y como consecuencia de ello, los principales grupos de avifauna se corresponden con aves de matorral y córvidos, cuyas afecciones durante la fase de construcción serán debidas a las molestias por ruido y polvo, que producirán un desplazamiento temporal de las especies. Durante la fase de explotación, y dado que la línea eléctrica se ha proyectado soterrada, no se prevén afecciones a la avifauna.

En el EsIA también se refleja que, debido a la calidad actual que presenta el cauce del río Sar, la vida piscícola es mínima, ya que los especímenes no son capaces de sobrevivir en el entorno de la EDAR. Durante las prospecciones de fauna realizadas por el promotor, no se localizó ningún refugio de quirópteros, a pesar de la posible presencia de Myotis myotis según la cuadrícula de 10 x 10 km en la que se incluye el ámbito de actuación. Los invertebrados, reptiles y anfibios podrían verse afectados durante la fase de construcción por quedar atrapados en zanjas y arquetas abiertas, para lo cual el promotor ha adoptado medidas como la revisión de zanjas y la colocación de rampas en los extremos para permitir la salida de estas especies en caso de que alguna caiga a la zanja.

Antes del inicio de las obras, el promotor realizará prospecciones en la zona para verificar la ausencia de especies incluidas en el Catálogo Gallego de Especies Amenazadas.

La Dirección General de Patrimonio Natural de la Xunta de Galicia indica que, en caso de ser detectada alguna especie incluida en el Catálogo Gallego de Especies Amenazadas, se le deberá comunicar al Servicio del Patrimonio Natural de A Coruña, que, junto con dicha Dirección General, determinarán las medidas que se deban adoptar con el fin de evitar la afección a estas especies.

Red Natura 2000.

El espacio natural protegido más cercano a la zona de estudio es la Zona de Especial Conservación (ZEC) ES1140001 «Sistema fluvial Ulla-Deza» que se encuentra a unos 6,2 km del área de actuación. Este espacio natural está actualmente amparado por el Decreto 37/2014, de 27 de marzo, por el que se declaran zonas especiales de conservación los lugares de importancia comunitaria de Galicia y se aprueba el Plan director de la Red Natura 2000 de Galicia.

El promotor, para evitar afecciones, indica que las medidas empleadas en la protección del espacio Red Natura 2000 serán aquellas que sean capaces de proteger, minimizar y corregir los posibles impactos que se produzcan especialmente sobre el río Sar, ya que las afecciones al espacio Red Natura 2000 llegarían, previsiblemente, a través del cauce del río Sar.

La Dirección General de Patrimonio Natural de la Xunta de Galicia informa favorablemente el proyecto al descartar posibles afecciones a Red Natura 2000.

Patrimonio cultural.

En el tramo inicial de la acometida eléctrica, el más cercano al punto de entronque, existen dos bienes patrimoniales catalogados: el «Cruceiro da Coira (E-14)» y el «Muiño da Coira (M1)». Para evitar afecciones a estos bienes, el promotor recoge una serie de medidas en el EsIA, durante la fase de obras: el balizamiento del bien y de su entorno; la inclusión del bien en los planos de obra; la información a los responsables de la obra de la localización del bien; el control arqueológico por parte del equipo de arqueólogos encargados del control y seguimiento arqueológico; y la reposición de los terrenos una vez finalizada la obra. Además, en el cruce con el «Cruceiro da Coira (E-14)» el promotor modifica el trazado de la conducción, que discurrirá por la parte del camino de tierra más alejada del bien. En cuanto a la supervisión y el control arqueológico el promotor realizará controles periódicos durante la fase de movimiento de tierras para comprobar que se realiza según lo establecido en el plan de trabajo presentado y aprobado por la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Xunta de Galicia.

Además, se deberá contar con la correspondiente autorización de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Xunta de Galicia para la ejecución de los proyectos constructivos de la ampliación de la EDAR y de la línea eléctrica.

La Dirección General de Patrimonio Cultural de la Xunta de Galicia requiere que, en el marco del control arqueológico y con anterioridad al inicio de las obras, se realice una limpieza del matorral que cubre el área que no pudo ser revisada durante la prospección arqueológica realizada en el trazado de la acometida eléctrica. En base a los resultados de dicha prospección, la citada Dirección General de Patrimonio Cultural podrá requerir que se adopten aquellas medidas que considere necesarias para la protección del patrimonio cultural de Galicia; requisito que ya es tenido en cuenta por el promotor en el EsIA.

Paisaje.

El terreno situado al noreste de la EDAR, en el cual se va a ampliar la parcela, presenta actualmente una vegetación espontánea con ejemplares de arbolado autóctono y algún cultivo, cumpliendo la función de transición y de barrera visual entre la EDAR y algunas viviendas cercanas al espacio. Los terrenos que lindan al norte con la parcela que se prevé ocupar, están clasificados como suelo urbanizable, por lo que es previsible en un futuro el uso residencial en el entorno inmediato de la EDAR.

La línea eléctrica no supondrá ningún impacto visual por ir enterrada en su totalidad. El promotor repondrá al estado preoperacional la cobertura vegetal que deba eliminarse como consecuencia del soterramiento de la LSMT.

Con el fin de minimizar el impacto visual producido por las nuevas instalaciones de la EDAR, el Instituto de Estudios del Territorio de la Xunta de Galicia recomienda el empleo de barreras vegetales en los lindes de la parcela mediante especies autóctonas o las ya existentes actualmente en el cierre de la infraestructura. El promotor incorpora dicha medida en el EsIA.

Población y salud.

Las afecciones que se pueden producir sobre el medio socioeconómico serán las derivadas de las molestias por ruidos, emisión de gases y olores, alteraciones del tráfico, afección a los servicios existentes e interferencias en las actividades económicas, de ocio y descanso de la población. Según se recoge en el EsIA, se realizarán los trabajos de movimiento de tierras y transporte de materiales en condiciones atmosféricas favorables y de ser necesario se emplearán riegos periódicos y recubrimiento de materiales que ayuden a evitar las emisiones de polvo. También se realizará un control estricto de las labores de limpieza de viales y otras zonas de paso de vehículos, y se prevé la colocación de pantallas acústicas durante la fase de obras en la zona de nueva ocupación.

En el marco del Plan de Vigilancia Ambiental se efectuarán controles periódicos del nivel acústico soportado en las viviendas del entorno de las obras, lo que permitirá establecer nuevas medidas en caso de ser necesario, así como controles odoríferos continuos durante la fase de explotación. Además, para mejorar la aceptación social de la planta, se propone realizar visitas concertadas, elementos de información y explicación de la importancia de la depuración de las aguas residuales urbanas.

La Asociación de veciños e veciñas de Coira solicitó que se considerase la existencia de una línea subterránea de alta tensión (220 kV) a efectos de incorporarla al proyecto, realizar las correspondientes modificaciones y valorar la compatibilidad de ambas líneas subterráneas y áreas existentes en la zona. También han solicitado que se tenga en consideración la existencia de varias canalizaciones de aguas de uso comunitario o vecinal que cruzan el trazado, a efectos de su incorporación al proyecto y la realización de las correspondientes adaptaciones a fin de no perjudicar a los vecinos durante la realización de las obras. Tras una reunión mantenida entre el promotor y esta Asociación se ha acordado la incorporación de ambas instalaciones al proyecto de construcción de la acometida eléctrica, para su preservación o reposición en caso de afección.

El Concello de Ames requiere que el pavimento del camino se reponga a su estado previo a la realización de las obras. También requiere que se pavimente a modo de sendero el tramo de canalización que se prevé bajo la zona verde en el tramo inicial de la acometida eléctrica (el más cercano al punto de entronque), dando continuidad al sendero existente. El promotor repondrá el pavimento del vial público afectado en el Concello de Ames a su estado previo, que tiene un acabado en zahorra; además de reponer a su condición original las afecciones previstas a parcelas privadas. Sin embargo, desestima la petición de pavimentar y dar continuidad al mismo bajo la zona verde, por considerar que esta actuación se encuentra fuera del objeto del proyecto y que no aporta ninguna funcionalidad al mismo.

c. Análisis de los efectos ambientales derivados de la vulnerabilidad del proyecto frente a accidentes graves y catástrofes

El promotor analiza la vulnerabilidad del proyecto frente a diversos riesgos naturales: inundación, riesgo sísmico, incendios forestales, erosión, eventos meteorológicos extremos y proyecciones de cambio climático. Y también tiene en cuenta accidentes que puedan ocurrir durante la operación de la planta: explosión e incendios industriales, transporte de mercancías peligrosas, contaminación atmosférica y de la capa freática, contaminación de la capa freática o aguas superficiales y contaminación del suelo. Y realiza para todos estos riesgos una valoración de la probabilidad de ocurrencia, estableciendo en su caso medidas.

En cuanto al riesgo de incendios forestales, la zona de estudio está clasificada como zona de alto riesgo. Antes del inicio de las obras el promotor elaborará un Plan de Prevención y Extinción de incendios para la fase de construcción, teniendo en cuenta lo dispuesto en la ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, así como las actuaciones recogidas en el Plan de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia previsto para el año en que se desarrollen las obras.

La zona donde se ejecutarán los trabajos presenta un riesgo importante por hundimiento en base a los materiales que conforman el terreno, pudiendo provocar descalces del terreno y taludes durante la construcción. El Plan de Vigilancia Ambiental recoge una serie de medidas que permiten asegurar la estabilidad e impermeabilidad de los terrenos durante la fase de obras y de explotación del proyecto, por ejemplo: la nivelación, reutilización y aporte de materiales y la ejecución de taludes cumpliendo con las indicaciones del estudio geotécnico; la cimentación con medidas de asentamiento del terreno como pilotes si fuese preciso; el establecimiento de zonas impermeabilizadas; o la realización de un Plan de Emergencias.

Teniendo en cuenta las proyecciones de cambio climático, en el estudio de impacto ambiental se recoge que la reducción de disponibilidad de los recursos hídricos no es significativa en la fase de construcción ni explotación de la instalación, sin embargo, la disminución de la disponibilidad del recurso hídrico elevará la carga contaminante del afluente de la EDAR.

El resto de los riesgos analizados se califican como bajos o moderados.

El Plan de Vigilancia Ambiental desarrolla medidas que permitirán prevenir este tipo de riesgos, y los planes de emergencia que se elaboren de cara a la explotación de la instalación incluirán medidas de mitigación y respuesta ante estos riesgos, especialmente los que pudieran derivar de incendios forestales y contaminación de la capa freática o de las aguas superficiales.

La Dirección General de Emergencias e Interior de la Xunta de Galicia estima que el riesgo de accidentes graves o catástrofes es bajo y considera suficiente la amplitud y el nivel de detalle del estudio de la vulnerabilidad que se refleja en el proyecto.

La Oficina Española de Cambio Climático del MITECO recomienda, en relación con la vulnerabilidad del proyecto frente al cambio climático, que en el diseño de las instalaciones se consideren las proyecciones de cambio climático y se evalúen los riesgos derivados, tanto desde el punto de vista de su viabilidad y adaptación al riesgo de desastres en lo relativo a la seguridad de las infraestructuras, como desde el punto de vista de la adaptación a la previsible reducción de disponibilidad de recursos hídricos, incremento de temperatura del agua y deterioro de su calidad. El promotor modifica el EsIA para incluir los posibles efectos y, en su caso, las medidas o soluciones de adaptación climática del proyecto.

En todo caso y al igual que los aspectos técnicos del proyecto, como el propio diseño del mismo, la vulnerabilidad del proyecto (en base al análisis realizado por el promotor) es un factor más a considerar en la decisión de autorización del proyecto por parte del órgano sustantivo. Respecto a la vulnerabilidad del proyecto frente accidentes graves y/o catástrofes naturales la presente resolución recoge, resume y traslada los pronunciamientos de las autoridades competentes en la materia y las cuestiones suscitadas en el procedimiento de participación pública para su valoración por el órgano sustantivo, como órgano competente en esta materia, previo a la autorización del proyecto.

Fundamentos de Derecho

El proyecto objeto de la presente resolución se encuentra comprendido en el apartado 7 d) del Anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación de impacto ambiental, en virtud de lo cual resulta preceptivo su sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental y la formulación de declaración de impacto ambiental, con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 33 y siguientes de la citada norma.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1 c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la evaluación practicada: el documento técnico del proyecto, el estudio de impacto ambiental (EsIA), el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas, la documentación adicional y la visita de campo efectuada.

En consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la Subdirección General de Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental a la realización del «Proyecto de nueva EDAR de Silvouta y de la acometida eléctrica de la nueva EDAR de Silvouta (Santiago de Compostela, A Coruña)» en la que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la evaluación ambiental practicada y se exponen a continuación, en las que se debe desarrollar el proyecto para la adecuada protección del medio ambiente y los recursos naturales, lo cual no exime al promotor de la obligación de tener todas las autorizaciones ambientales o sectoriales que resulten legalmente exigibles.

Atendiendo a los antecedentes y fundamentos de derecho expuestos se resuelven las condiciones al proyecto y medidas preventivas, correctoras y compensatorias de los efectos adversos sobre el medio ambiente, que se establecen en los siguientes términos:

1. Condiciones al proyecto

Condiciones generales.

1.1 Antes del inicio de la fase de explotación de la nueva EDAR se elaborará un Manual de Buenas Prácticas Ambientales, cuya puesta en práctica permitirá la correcta gestión de las instalaciones desde un punto de vista ambiental.

1.2 El promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas y correctoras contempladas en el estudio de impacto ambiental y las aceptadas tras la información pública, o contenidas en la información complementaria, en tanto no contradigan lo establecido en la presente Resolución.

1.3 Antes del inicio de las obras, el promotor deberá contar con las correspondientes autorizaciones.

Condiciones relativas a medidas preventivas, correctoras y compensatorias de los impactos más significativos.

Atmósfera.

1.4 En relación con el sistema de desodorización proyectado, se seguirán las directrices marcadas por el BREF (documento de referencia sobre mejores técnicas disponibles) sobre tratamiento y gestión de aguas y gases residuales en el sector químico; además, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación y en la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, sobre las emisiones industriales (prevención y control integrados de la contaminación).

Hidrología.

1.5 Se deberán tener en cuenta las directrices marcadas por el Plan Hidrológico de Galicia-Costa para asegurar la correcta y eficaz protección del río Sar, así como lo establecido en el informe realizado por Aguas de Galicia, órgano competente en materia de aguas, en especial, la verificación de la correcta ejecución de los controles de calidad del efluente y del medio receptor previstos, así como contar con la correspondiente autorización de vertidos.

1.6 Se evitará el arrastre de sedimentos y el vertido de sustancias contaminantes al cauce.

1.7 Se deberá eliminar el aliviadero existente aguas arriba de la EDAR y reestablecer la zona a su estado natural una vez finalizadas las obras.

1.8 Se deberán eliminar los restos de obra que actualmente se encuentran abandonados en el tramo del cauce colindante con la EDAR.

1.9 Se deberá realizar una limpieza del cauce en el tramo del río colindante con la EDAR, una vez finalizados los trabajos de construcción.

Vegetación e HICs.

1.10 Antes del comienzo de las obras se realizarán nuevas prospecciones de flora y vegetación en la zona de estudio. En caso de ser detectadas especies incluidas en alguna categoría de protección, esto será comunicado al Servicio del Patrimonio Natural de A Coruña que determinará, junto con la Dirección General de Patrimonio Natural de la Xunta de Galicia, las medidas que se deberán adoptar con el fin de evitar la afección a estas especies.

1.11 En caso de detectar alguna de las especies vegetales que tienen una distribución potencial en la zona y que se encuentran amparadas bajo alguna figura de protección, deberán tomarse las correspondientes medidas de protección y no afección a las mismas.

1.12 Se protegerán adecuadamente los ejemplares arbóreos que pudieran verse afectados por el paso de maquinaria.

1.13 Se deberá aumentar la zona de prospección y erradicación de las especies invasoras a todo el perímetro de la nueva EDAR proyectada, así como en el interior de esta.

1.14 Se realizará la correcta limpieza de la maquinaria con el fin de evitar la dispersión de las especies invasoras de la zona.

1.15 Se realizarán prospecciones semestrales, durante los dos años siguientes a la puesta en funcionamiento de la EDAR, con el fin de detectar aquellas especies invasoras que se hayan propagado por la zona o que no hubieran sido correctamente erradicadas, y que deberán ser eliminados.

1.16 Se deberá mantener el buen estado de la cubierta vegetal natural y realizar actuaciones de prevención y extinción de incendios forestales de manera activa para la lucha frente a la especie invasora Acacia dealbata en el trazado de la acometida eléctrica.

1.17 Se deberá realizar un seguimiento del estado del HIC 3260, durante los dos años siguientes a la puesta en funcionamiento de la EDAR, con el fin de comprobar su recuperación, sirviendo a su vez como indicador de la mejora ambiental de la calidad de las aguas del río Sar.

Fauna.

1.18 Antes del comienzo de las obras se realizarán nuevas prospecciones faunísticas, en las nuevas parcelas a ocupar y en el cauce del río Sar a su paso por la depuradora.

1.19 En caso de que, en dicha prospección, se identifiquen especies incluidas en alguna categoría de protección, esto será comunicado al Servicio del Patrimonio Natural de A Coruña que determinará, junto con la Dirección General de Patrimonio Natural, las medidas que se deberán adoptar con el fin de evitar la afección a estas especies.

1.20 En caso de detectar la presencia del murciélago ratonero grande (Myotis myotis) durante la fase de obras, se deberán tomar medidas especiales en relación con su protección y conservación por ser una especie catalogada como Vulnerable en el Catálogo Español de Especies Amenazadas (RD 139/2011) y estar recogido en el anexo II de la Directiva Hábitats.

Patrimonio cultural.

1.21 Se balizarán correctamente los bienes culturales y en caso de detectarse nuevos elementos durante las prospecciones previas al inicio de las obras o durante las obras, se paralizarán los trabajos y se deberá comunicar a la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Xunta de Galicia, con la que se acordarán la adopción de las medidas de protección oportunas.

Paisaje.

1.22 Se implantarán pantallas de vegetación en todo el perímetro de la nueva EDAR proyectada, con el fin de minimizar el impacto visual de la misma, tal y como propone el Instituto de Estudios del Territorio de la Xunta de Galicia.

La autorización del proyecto incluirá el programa de seguimiento y vigilancia ambiental completado con las prescripciones anteriores.

A raíz de los resultados obtenidos en el seguimiento de las medidas propuestas podrá exigirse la adopción de medidas adicionales.

Cada una de las medidas establecidas en el estudio de impacto ambiental y en esta declaración deberán estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una adenda al mismo, previamente a su aprobación.

Se procede a la publicación de esta declaración de impacto ambiental, según lo previsto en el apartado tercero del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, y a su comunicación al órgano sustantivo para su incorporación al procedimiento de autorización del proyecto.

De conformidad con el apartado cuarto del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se autoriza el proyecto.

Madrid, 17 de marzo de 2023.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.

ANEXO I

Organismos consultados Respuestas recibidas

Administración Estatal

Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación. Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. No
Delegación del gobierno en Galicia.
Oficina Española del Cambio Climático. Ministerio para la TranSíción Ecológica y el Reto Demográfico.
Subdelegación del Gobierno en A Coruña. No

Administración Autonómica

Agencia Gallega de Emergencias. VicepreSídencia. Consellería de Presidencia, Aministraciones Públicas y Justicia. Xunta de Galicia. No
Aguas de Galicia. Xunta de Galicia.
Dirección General de Calidad Ambiental, Sostenibilidad y Cambio Climático. Consejería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda. Xunta de Galicia.
Dirección General de emergencias e interior. Consejería presidencia, Justicia y Turismo. Xunta de Galicia.
Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Consejería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda. Xunta de Galicia.
Dirección General de Patrimonio Cultural. Conselleria de cultura, educación y universidad. Xunta de Galicia.
Dirección General de Patrimonio Natural. Consejería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda. Xunta de Galicia.
Dirección General de Salud Pública. Consejería de Sanidad. Xunta de Galicia.
Diputación provincial de A Coruña.
Instituto de Estudios del Territorio. Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Xunta de Galicia.

Administración Local

Ayuntamiento de Ames.
Ayuntamiento de Santiago de Compostela.

Entidades Públicas y Privadas

Asociación de vecinos de Silvouta. No
Asociación Galega de Amigos do Camiño de Santiago (AGACS). No
Asociación para a defensa ecoloxiga de Galiza – ADEGA. No
Federación Ecoloxista Galega (FEG). No
Greenpeace España. No
Presidente de la Plataforma po la Recuperación do Sar. No
SEO/BIRDLIFE. No
Sociedade Galega de Ornitoloxía. No
WWF/ADENA. No