Resolución de 17 de marzo de 2026, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Asociación Interprofesional del Cerdo Ibérico, para la organización de extensiones de misiones inversas de compradores y prescriptores de opinión del sector del cerdo ibérico, a celebrar en diversas localidades españolas.

Nº de Disposición: BOE-A-2026-6963|Boletín Oficial: 74|Fecha Disposición: 2026-03-17|Fecha Publicación: 2026-03-25|Órgano Emisor: Ministerio de Economía, Comercio y Empresa

Suscrita la adenda de modificación del convenio entre las dos partes citadas en el encabezamiento para la organización de extensiones de misiones inversas de compradores y prescriptores de opinión del sector del cerdo ibérico a celebrar en diversas localidades españolas y, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se acuerda la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la citada adenda, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 17 de marzo de 2026.–La Presidenta del Consejo Rector de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., P. D. (Resolución de 5 de marzo de 2025), la Consejera Delegada, Elisa Carbonell Martín.

ANEXO

Adenda de modificación del convenio suscrito el 8 de enero de 2025 entre ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E. y la Asociación Interprofesional del Cerdo Ibérico (ASICI) para la organización de extensiones de misiones inversas de compradores y prescriptores de opinión del sector del cerdo ibérico a celebrar en diversas localidades españolas

En Madrid, 17 de marzo de 2026.

REUNIDOS

De una parte, ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E. (en lo sucesivo, ICEX), con domicilio en Madrid, Paseo de la Castellana, 278 y NIF Q2891001F, que es una entidad pública empresarial adscrita al Ministerio de Economía, Comercio y Empresa a través de la Secretaría de Estado de Comercio, y en su nombre y representación, doña Elisa Carbonell Martín, Consejera Delegada, en virtud del nombramiento por Real Decreto 129/2024, de 30 de enero (BOE núm. 27, de 31 de enero de 2024) actuando en representación de la entidad por delegación de competencias del Consejo Rector mediante Resolución de 5 de marzo de 2025 («Boletín Oficial del Estado» núm. 67, de 19 de marzo de 2025).

Y de otra parte, la Asociación Interprofesional del Cerdo Ibérico (en adelante, ASICI) con domicilio social en Carretera Ext 101, km 4,7 (06300 Zafra), y NIF G06177554, actuando en su nombre y representación, don Raúl García Pascual, mayor de edad, en su calidad de presidente, ratificado como tal mediante acuerdo adoptado en Asamblea de fecha 12 de abril de 2023 y actuando en el ejercicio de las facultades que se le atribuyen en el acta notarial 498, otorgada por el notario Carlos María Rebosa Domínguez.

ICEX y ASICI se identificarán conjuntamente como las «Partes», e individualmente, cada una de ellas, como la «Parte».

Las Partes, reconociéndose la capacidad y representación que ostentan para formalizar la presente adenda de modificación, a tal efecto,

EXPONEN

I. Que ICEX y ASICI suscribieron un convenio (en adelante, el Convenio) el 8 de enero de 2025 con el objeto de establecer el marco de colaboración entre ICEX y el Colaborador para la elaboración, organización, desarrollo y ejecución de varias extensiones de misiones inversas relacionadas con el sector Ibérico español, al objeto de reforzar, en particular, la actividad promocional y comercial a nivel internacional de dicho sector y contribuir, en general, a la internacionalización de la economía española. Dicho convenio, con una vigencia de dieciocho meses, adquirió eficacia con su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO) el 9 de enero de 2025, siendo publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 18 de enero de 2025.

II. Que en el convenio se prevé la celebración de tres extensiones de misiones inversas relacionadas con Meat Attraction 2025, Hospitality 2025 y Alimentaria 2026.

III. Que, debido a la crisis en el sector de la exportación de la carne de porcino devenida tras el brote de peste porcina africana en jabalíes en Cataluña, las Partes coinciden en no celebrar la extensión de la misión inversa de compradores que acuden a Alimentaria 2026, lo que supone la modificación de la cláusula primera del convenio.

IV. Que, la posibilidad de modificar el convenio está contemplada en la cláusula undécima del mismo, en la que se establece que aquel es susceptible de modificación durante su vigencia, por acuerdo expreso de las partes que quedará plasmado en documento aparte, denominado adenda, que será firmado por las partes y quedará unido al convenio formando parte del mismo.

V. Que, de acuerdo con lo anterior, las Partes han decidido suscribir la presente adenda de modificación del convenio, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

La presente adenda tiene por objeto modificar la cláusula primera del convenio para suprimir de su objeto la extensión de la Misión Inversa de compradores que acuden a Alimentaria 2026 procedentes de Europa, Asia y América del Norte. De esta forma, el objeto del convenio pasa de contener tres extensiones de misiones inversas a dos.

Segunda. Modificación de la cláusula primera del convenio: «Objeto».

La cláusula primera del convenio queda redactada con el siguiente literal:

«El presente convenio tiene por objeto establecer el marco de colaboración entre ICEX y el Colaborador para la elaboración, organización, desarrollo y ejecución de las siguientes extensiones de misiones inversas relacionadas con el sector Ibérico español, al objeto de reforzar, en particular, la actividad promocional y comercial a nivel internacional de dicho sector y contribuir, en general, a la internacionalización de la economía española.

a) Extensión de la Misión Inversa de compradores que acuden a Meat Attraction 2025 procedentes de Europa, Asia y América del Norte, que tendrá lugar en diversas localidades españolas.

b) Extensión de la Misión Inversa de compradores y prescriptores en el marco del programa Hospitality 2025 procedentes de Europa, Asia y América del Norte, que tendrá lugar en diversas localidades españolas.

A estas extensiones de misiones en España nos referiremos en adelante, y de forma conjunta a todas, como Extensiones.

A estos efectos, se entiende por Extensiones la prórroga de la estancia en España de los profesionales participantes en misiones inversas, con la finalidad de realizar viajes organizados en España, dentro de un territorio específico, al objeto de que los Misioneros visiten el territorio para conocer de primera mano la diversidad de la producción española, los centros de producción de la demarcación y ampliar su conocimiento de los productos de la zona y visión global de la oferta española del sector.

Las fechas para las Extensiones objeto del presente convenio se acordarán, en todo caso, en el seno de la Comisión de Seguimiento de conformidad con lo previsto en la cláusula cuarta, asociadas a la celebración de las ferias y congresos internacionales de carácter nacional que tienen lugar en España y el desarrollo de los programas Foods and Wines from Spain Academy y Restaurants from Spain.»

Tercera. Mantenimiento del resto del clausulado del convenio.

En todo lo no previsto ni expresamente modificado en la presente adenda, será de aplicación el convenio suscrito por las partes con fecha 8 de enero de 2025.

Cuarta. Eficacia y vigencia de la adenda.

La presente adenda se perfeccionará con la firma de las Partes y resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco (5) días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO), sin perjuicio de su publicación posterior en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) en el plazo de (10) diez días hábiles desde su formalización. La adenda estará vigente hasta la extinción del convenio del que trae causa.

Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, los intervinientes firman la presente adenda en el lugar y fecha indicados en el encabezado, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último firmante.–Por ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., la Consejera Delegada, Elisa Carbonell Martín.–Por ASICI Asociación Interprofesional del Cerdo Ibérico, el Presidente de ASICI, Raúl García Pascual.