Resolución de 17 de marzo de 2026, de la Autoridad Portuaria de Gijón, por la que se publica la actualización de tarifas máximas del Pliego de prescripciones técnicas para la prestación del servicio portuario de practicaje.

Nº de Disposición: BOE-A-2026-8193|Boletín Oficial: 90|Fecha Disposición: 2026-03-17|Fecha Publicación: 2026-04-13|Órgano Emisor: Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Gijón, en su sesión de 27 de febrero de 2026, al amparo de lo dispuesto en el artículo 30.5.a), 113.4.h) y 125.2.d) del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre (TRLPEMM), en relación con el Pliego de prescripciones técnicas para la prestación del servicio portuario de practicaje (BOE de 11 de agosto de 2021), acordó:

1. Aprobar la actualización de las tarifas máximas del servicio para el año 2026, con efectos desde el día siguiente a la fecha del acuerdo, derivada de las variaciones de costes mediante la aplicación del porcentaje de 1,959 por 100 resultante del cálculo realizado en la memoria justificativa.

2. Aprobar en consecuencia la siguiente tabla de tarifas máximas que modifica el apartado 2.a) de la prescripción 19.ª del pliego del servicio, permaneciendo el resto inalterado.

Tarifa T+2: De 41.500.001 GT a 43.500.000 GT

Tamaño del buque (GT)

Tarifa

Euros

De a
0 1.000 99,85
1.001 3.000 142,64
3.001 5.000 233,95
5.001 10.000 438,59
10.001 15.000 731,05
15.001 20.000 1.023,43
20.001 25.000 1.390,71
Por cada 5.000 GT o fracción de exceso sobre 25.000 GT se sumarán. 309,04

Tarifa T+1: De 39.500.001 GT a 41.500.000 GT

Tamaño del buque (GT)

Tarifa

Euros

De a
0 1.000 102,65
1.001 3.000 146,64
3.001 5.000 240,51
5.001 10.000 450,90
10.001 15.000 751,55
15.001 20.000 1.052,14
20.001 25.000 1.429,72
Por cada 5.000 GT o fracción de exceso sobre 25.000 GT se sumarán. 317,71

Tarifa T0: De 37.500.001 GT a 39.500.000 GT 

Tamaño del buque (GT)

Tarifa

Euros

De a
0 1.000 105,32
1.001 3.000 150,45
3.001 5.000 246,76
5.001 10.000 462,61
10.001 15.000 771,08
15.001 20.000 1.079,47
20.001 25.000 1.466,86
Por cada 5.000 GT o fracción de exceso sobre 25.000 GT se sumarán. 325,95

Tarifa T-1: De 35.500.001 GT a 37.500.000 GT

Tamaño del buque (GT)

Tarifa

Euros

De a
0 1.000 107,92
1.001 3.000 154,16
3.001 5.000 252,84
5.001 10.000 474,03
10.001 15.000 790,11
15.001 20.000 1.106,12
20.001 25.000 1.503,07
Por cada 5.000 GT o fracción de exceso sobre 25.000 GT se sumarán. 334,01

Tarifa T-2: De 33.500.000 GT a 35.500.000 GT

Tamaño del buque (GT)

Tarifa

Euros

De a
0 1.000 110,39
1.001 3.000 157,69
3.001 5.000 258,64
5.001 10.000 484,89
10.001 15.000 808,21
15.001 20.000 1.131,45
20.001 25.000 1.537,49
Por cada 5.000 GT o fracción de exceso sobre 25.000 GT se sumarán. 341,66

Lo que se hace público para general conocimiento, de conformidad con lo previsto en el artículo 113.5 TRLPEMM.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa conforme a lo previsto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 123 y 124 de la misma ley, puede interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Gijón en el plazo de un (1) mes a contar desde el día siguiente a su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias con arreglo a lo dispuesto en los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos (2) meses a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, según lo previsto en el artículo 46.1 de dicho texto legal.

Gijón, 17 de marzo de 2026.–La Presidenta de la Autoridad Portuaria de Gijón, Nieves Roqueñí Gutiérrez.