En ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 14.g) de la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte, la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes en su sesión de 3 de marzo de 2026, ratificó la modificación del artículo 10 de los Estatutos de la Real Federación Española de Automovilismo, autorizando su inscripción en el Registro Estatal de Entidades Deportivas.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 45.4 de la Ley 39/2022. de 30 de diciembre, del Deporte y artículo 12.3 del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, sobre federaciones deportivas españolas, dispongo la publicación de la modificación de los Estatutos de la Real Federación Española de Automovilismo, contenida en el anexo a la presente resolución.
Madrid, 17 de marzo de 2026.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José Manuel Rodríguez Uribes.
ANEXO
Estatutos de la Real Federación Española de Automovilismo
Artículo 10.
El domicilio de la Real Federación Española de Automovilismo se establece en Madrid, calle Vereda de los Barros n.º 15, (28925) Alcorcón.
El cambio de domicilio dentro de la Comunidad Autónoma de Madrid, podrá ser acordado por la Asamblea General, a propuesta de la Junta Directiva, por mayoría simple.