Resolución de 18 de marzo de 2026, de la Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con la Universidad de Santiago de Compostela, para la realización de prácticas externas en la Delegación del Gobierno en Galicia y en las Subdelegaciones del Gobierno.

Nº de Disposición: BOE-A-2026-7177|Boletín Oficial: 77|Fecha Disposición: 2026-03-18|Fecha Publicación: 2026-03-28|Órgano Emisor: Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática

El Rector, en nombre y representación de la Universidad de Santiago de Compostela y el Director General de la Administración General del Estado en el Territorio del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática en nombre y representación de la Administración General del Estado-Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, han suscrito una adenda de prórroga al convenio para la realización de prácticas académicas externas en la Delegación del Gobierno en Galicia y en las Subdelegaciones del Gobierno en A Coruña, Pontevedra, Lugo y Ourense por parte de los estudiantes que cursen estudios oficiales en esta Universidad, que permitan completar sus estudios universitarios para una futura incorporación al mundo laboral.

La adenda de prórroga al citado convenio ha sido inscrita en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO) del sector público estatal el día 18 de marzo de 2026, y comenzará a desplegar sus efectos a partir del día 19 de mayo de 2026.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», del referido convenio, como anejo a la presente resolución.

Madrid, 18 de marzo de 2026.–El Director General de la Administración General del Estado en el Territorio, Agustín Torres Herrero.

ANEJO

Adenda de prórroga del Convenio entre la Universidad de Santiago de Compostela y la Administración General del Estado (Ministerio Política Territorial y Memoria Democrática-Secretaría de Estado de Política Territorial), para la realización de prácticas externas por parte de los estudiantes de dicha Universidad en la Delegación del Gobierno en Galicia y en las Subdelegaciones del Gobierno en A Coruña, Lugo, Ourense y Pontevedra

REUNIDOS

De una parte, Agustín Torres Herrero, Director General de la Administración General del Estado en el Territorio, en virtud de su nombramiento efectuado por Real Decreto 283/2020, de 4 de febrero, y conforme a la delegación conferida por el apartado decimoséptimo de la Orden TMD/605/2024, de 12 de junio, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias, por la que el Secretario de Estado de Política Territorial del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática delega las competencias que el ordenamiento jurídico le atribuye en cuanto a la formalización de convenios (artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público) y acuerdos dentro del ámbito de los servicios territoriales de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y Direcciones Insulares, en gestión patrimonial y demás materias.

Y de otra parte, Antonio López Díaz, Rector de la Universidad de Santiago de Compostela, con CIF: Q1518001A, que actúa en nombre y representación de ella en virtud del Decreto 35/2022, de 17 de marzo, publicado en el «Diario Oficial de Galicia» núm. 56, del 22 de marzo de 2022, de su nombramiento, y por las facultades conferidas por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y el Decreto 14/2014, de 30 de enero, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Santiago de Compostela.

Las partes se reconocen capacidad legal suficiente para suscribir el presente convenio y en su virtud,

EXPONEN

Que con fecha 18 de mayo de 2022 fue suscrito un convenio entre la Administración General del Estado (entonces Ministerio de Política Territorial) y la Universidad de Santiago de Compostela (BOE núm. 130, de 1 de junio de 2022) que modificado posteriormente mediante adenda de 11 de enero de 2024 (BOE núm. 22, de 25 de enero de 2024), todo ello al amparo de lo establecido en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Dicho convenio se suscribió para la realización de prácticas académicas externas, curriculares o extracurriculares, en la Delegación del Gobierno en Galicia y en las Subdelegaciones del Gobierno en A Coruña, Lugo, Ourense y Pontevedra, que permitan completar sus estudios universitarios para una futura incorporación al mundo laboral.

El citado convenio inició sus efectos el 19 de mayo de 2022, fecha de su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO). De acuerdo con su cláusula decimoquinta, se suscribió con una duración inicial de cuatro años con posibilidad de una prórroga expresa, antes del vencimiento del plazo, por cuatro años más. Por tanto, a la fecha de firma del presente documento de adenda de prórroga el convenio se encuentra plenamente vigente y desplegando sus efectos.

Las partes, antes de la finalización del plazo de cuatro años de duración previsto en su cláusula decimoquinta, y haciendo uso de lo establecido en la misma, han decidido prorrogar el convenio otros cuatro años, teniendo en cuenta los resultados positivos obtenidos en la colaboración realizada.

En consecuencia, las partes

ACUERDAN

Primero. Objeto.

Constituye el objeto de la presente adenda establecer una prórroga por un periodo de cuatro años, desde el 19 de mayo de 2026 hasta el 18 de mayo de 2030, ambos inclusive, en la actual vigencia del convenio suscrito el 18 de mayo de 2022 por las partes, de acuerdo con el artículo 49, h), 2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que señala que «En cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción». El resto del clausulado del convenio se mantiene en términos idénticos.

Segundo. Eficacia y vigencia de la adenda.

Conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, esta adenda supeditará su eficacia a su efectiva inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, fecha en que comenzarán a computarse sus efectos. Asimismo, será publicado en el «Boletín Oficial del Estado».

Y en prueba de conformidad, las partes firman electrónicamente la presente adenda al convenio, entendiéndose como fecha de firma la del último de los firmantes.–Por la Universidad de Santiago de Compostela, el Rector, Antonio López Díaz, firmado electrónicamente.–Por el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, el Director General de la Administración General del Estado en el Territorio, Agustín Torres Herrero, firmado electrónicamente.