Resolución de 18 de marzo de 2026, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se reconoce al centro docente Centro Integrado de Formación Profesional Puerto de Laredo para impartir la formación conducente a la obtención de los títulos y las tarjetas profesionales de la Marina Mercante y los certificados de suficiencia conformes al Convenio STCW.

Nº de Disposición: BOE-A-2026-7687|Boletín Oficial: 83|Fecha Disposición: 2026-03-18|Fecha Publicación: 2026-04-04|Órgano Emisor: Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

Examinada la solicitud del centro de formación marítima Centro Integrado de Formación Profesional Puerto de Laredo, con domicilio calle El Muelle, s/n, 39770 Laredo, para el reconocimiento por parte de la Dirección General de la Marina Mercante del Ciclo Formativo de grado medio Técnico en Mantenimiento y Control de Maquinaria de Buques y Embarcaciones, Ciclo Formativo de grado medio Técnico en Navegación y pesca de litoral y Ciclo Formativo de grado superior Técnico superior en Transporte marítimo y pesca de altura, de acuerdo con el Real Decreto 269/2022, de 12 de abril, por el que se regulan los títulos profesionales y de competencia de la Marina Mercante, se señala lo siguiente:

En primer lugar, el reconocimiento de los grados medios y/o superior de la familia marítimo-pesquera que se solicita, de acuerdo con el Real Decreto 1072/2012, de 13 de julio, por el que se establece el título de Técnico en Mantenimiento y Control de la Maquinaria de Buques y Embarcaciones, con el Real Decreto 1144/2012, de 27 de julio, por el que se establece el título de Técnico en Navegación y Pesca de Litoral y se fijan sus enseñanzas mínimas, y con el Real Decreto 1691/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura y se fijan sus enseñanzas mínimas.

En segundo lugar, se ha comprobado que la documentación aportada en el expediente 2025-450-2857 y el informe técnico correspondiente elaborado por la Administración marítima para el reconocimiento, cumple con los requisitos previstos en la normativa aplicable y que se adecúan a las reglas de los capítulos II, III, IV, V y VI del anexo del Convenio Internacional sobre normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente del Mar, 1978 (Convenio STCW), y las normas de las respectivas secciones del Código de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar (Código STCW), como se indican a continuación:

a) Técnico en Navegación y Pesca de Litoral (Secciones A-II/1 y A-II/3).

b) Técnico en Mantenimiento y Control de la Maquinaria de Buques y Embarcaciones (Secciones A-III/1 y A-III/3).

c) Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. (Secciones A-II/1, A-II/2 y A-II/3).

Y respecto de las competencias del Código STCW asociadas a los siguientes títulos de competencia y certificados de suficiencia, así como sus correspondientes cursos de actualización:

d) Formación en Operador General del SMSSM (Cuadro A-IV/2).

e) Formación en Operador Restringido del SMSSM (Cuadro A-IV/2).

f) Formación Básica en Seguridad (Cuadros A-VI/1-1, A-VI/1-2, A-VI/1-3, A-VI/1-4).

g) Formación en embarcaciones de Supervivencia y Botes de Rescate no Rápidos (Cuadro A-VI/2-1).

h) Formación Avanzada Contra Incendios (Cuadro A-VI/3).

Queda también reconocido la integración de la formación de taller en la formación académica conforme al artículo 52 del Real Decreto 269/2022, de 12 de abril, por el que se regulan los títulos profesionales y de competencia de la Marina Mercante, para los estudios de Grado medio Técnico en Mantenimiento y Control de Maquinaria de Buques y Embarcaciones.

Así mismo, se reconocen los cursos de actualización de tarjetas profesionales de conformidad con el artículo 61.3.c).2.ª del Real Decreto 269/2022.

El centro cuenta con la evaluación favorable de Bureau Veritas Iberia, SL, sistema de calidad implantado.

En virtud de los principios rectores del capítulo III, el artículo 60 y de la disposición final séptima del Real Decreto 269/2022, de 12 de abril,

Esta Dirección General resuelve:

Reconocer la formación del Ciclo Formativo de grado medio Técnico en Mantenimiento y Control de Maquinaria de Buques y Embarcaciones, del Ciclo Formativo de grado medio Técnico en Navegación y pesca de litoral y del Ciclo Formativo de grado superior Técnico superior en Transporte marítimo y pesca de altura del Centro Integrado de Formación Profesional Puerto de Laredo a los efectos de la obtención de los títulos profesionales, según corresponda, regulados en los artículos 15, 16, 23, 27 y 28 del Real Decreto 269/2022, de 12 de abril, por el que se regulan los títulos profesionales y de competencia de la Marina Mercante, y así mismo en lo concerniente a los certificados de suficiencia de acuerdo con su normativa de desarrollo.

Este reconocimiento está supeditado al mantenimiento de los requisitos establecidos en el capítulo III del Real Decreto 269/2022, de 12 de abril, y su orden de desarrollo y a las sucesivas prórrogas de reconocimiento que deberán solicitarse cada cinco años a contar desde la fecha de publicación de esta resolución.

Esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida en alzada ante el Secretario General de Transportes Aéreo y Marítimo en el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 18 de marzo de 2026.–La Directora General de la Marina Mercante, Ana Núñez Velasco.