Resolución de 18 de octubre de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que corrigen errores en la de 18 de julio de 2025, por la que se otorga a Iberdrola Generación, SAU, autorización administrativa previa de la instalación solar fotovoltaica «Azután I», de 60 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, para hibridación del grupo 1 de la central hidráulica existente Azután, en Calera y Chozas y Alcolea de Tajo (Toledo).

Nº de Disposición: BOE-A-2026-23251|Boletín Oficial: 276|Fecha Disposición: 2026-10-18|Fecha Publicación: 2026-11-05|Órgano Emisor: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Con fecha 18 de julio de 2025, la Dirección General de Política Energética y Minas dictó Resolución por la que se otorga a Iberdrola Generación, SAU, autorización administrativa previa de la instalación solar fotovoltaica «Azután I», de 60 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, para hibridación del grupo 1 de la central hidráulica existente Azután, en los términos municipales de Calera y Chozas y Alcolea de Tajo, provincia de Toledo. Dicha Resolución ha sido publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 192, de 11 de agosto de 2025.

Se constata la existencia de un error material en la referencia a proyectos no autorizados, cuya corrección resulta necesaria para delimitar con precisión el alcance de la autorización otorgada.

Esta Dirección General resuelve proceder a la rectificación del citado error material, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin que dicha rectificación suponga alteración alguna del contenido sustantivo ni del alcance de la autorización administrativa previa concedida.

Por todo ello,

Esta Dirección General señala que:

 En la página 108876 del BOE núm. 192, del lunes 11 de agosto de 2025,

donde dice:

«Las infraestructuras de evacuación recogidas en el “Proyecto Instalación Híbrida Azután I”, fechado en mayo de 2021, así como en las modificaciones plasmadas en el “Proyecto Refundido Instalación Híbrida Azután I”, fechado en 13 de junio de 2025, se componen de:»

debe decir:

«Las infraestructuras de evacuación recogidas en el “Proyecto Instalación Híbrida Azután I”, fechado en mayo de 2021, se componen de:»

Madrid, 18 de octubre de 2026.–El Director General de Política Energética y Minas, Manuel García Hernández.