La Orden ECM/1191/2025, de 20 de octubre, establece las bases reguladoras de los Premios Nacionales de Comercio Interior.
Estos premios se conceden en cinco modalidades: Premio al Compromiso Municipal con el Pequeño Comercio tendrá carácter honorífico, destinado a premiar las actuaciones de mejora del equipamiento en las áreas comerciales; el Premio Nacional a la Trayectoria del Pequeño Comercio, que tiene por objeto premiar el desarrollo y modernización empresarial mediante la innovación, el uso de nuevas tecnologías y el crecimiento empresarial; el Premio Nacional al Emprendimiento en el Comercio que tiene por objeto reconocer a comercios de reciente creación que impulsen la modernización del sector comercial; el Premio Nacional a Centros Comerciales Abiertos destinado a galardonar el asociacionismo comercial, orientado a la promoción de Centros Comerciales Abiertos y la potenciación y desarrollo de sus órganos gerenciales y el Premio Nacional a las Ideas Tecnológicas aplicables al Comercio que tiene por objeto desarrollar soluciones innovadoras de base tecnológica aplicables al comercio minorista o a áreas comerciales.
La convocatoria de los premios para el año 2025 tuvo lugar mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Comercio, de 25 de noviembre, cuyo extracto fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 10 de diciembre. Examinadas las candidaturas presentadas, el Órgano de Instrucción, a la vista del expediente y del informe del Órgano de Selección, ha procedido a elevar su propuesta de resolución de adjudicación al Órgano Concedente, conforme a lo establecido en las bases reguladoras.
En su virtud y de conformidad con lo dispuesto en la Orden ECM/1191/2025, de 20 de octubre, resuelvo:
Primero.
– Otorgar el Premio Nacional al Compromiso Municipal con el Pequeño Comercio al Ayuntamiento de Zaragoza (Aragón).
– Conceder un accésit al Ayuntamiento de Alcobendas (Comunidad de Madrid).
– Conceder dos menciones honorificas, respectivamente, al Ayuntamiento de Logroño (La Rioja) y al Ayuntamiento de Vigo (Pontevedra, Galicia).
Segundo.
– Otorgar el Premio Nacional a la Trayectoria del Pequeño Comercio, dotado con 25.000 euros brutos, a Tebrusa, SA (Teruel, Aragón).
– Conceder un accésit a: Forn de Cabrianes, SL (Sant Fruitós de Bages, Barcelona, Cataluña).
– Conceder dos menciones honorificas, respectivamente, a: Grupo Algatec SL (Binéfar, Huesca) y Clarion Sweets, SL (Madrid).
Tercero.
– Otorgar el Premio Nacional al Emprendimiento en el Comercio, dotado con 25.000 euros brutos, a Gafasvan, SL (Mayorga, Valladolid, Castilla y León).
– Conceder un accésit a: Opcions De Consum Responsable, SCCL (Barcelona, Cataluña).
– Conceder una mención honorifica a: Aupan Bakery, SL (Madrid).
Cuarto.
– Otorgar el Premio Nacional a Centros Comerciales Abiertos, dotado con 25.000 euros brutos, a Asoc. de comerciantes, industriales, servicios y autónomos de Ribadeo (Ribadeo, Lugo, Galicia).
– Conceder un accésit a: Asociación Zona Centro Santa Cruz (Santa Cruz de Tenerife, Canarias).
– Conceder una mención honorifica a: Asociación Centro Comercial Local Estrela de Marín (Marín, Pontevedra, Galicia).
Quinto.
– Otorgar el Premio Nacional a las Ideas Tecnológicas aplicables al Comercio, dotado con 25.000 euros brutos, a Marketing Activo Inteligente, SL (San Javier, Murcia).
– Conceder un accésit a: Lo Próximo Digital Services, SL (A Coruña, Galicia).
– Conceder una mención honorifica a: Universidad La Rioja (La Rioja).
Sexto.
Se desestiman el resto de candidaturas presentadas.
Séptimo.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, ante el Órgano competente del orden jurisdiccional contencioso administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Para interponer recurso de reposición ante la sede electrónica de este Departamento deberá acceder al siguiente enlace:
https://sede.mineco.gob.es/es/procedimientos-y-servicios-electronicos/centros-directivos/detalle-procedimiento?val=3157482
Octavo.
La presente resolución producirá sus efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 19 de abril de 2026.–La Secretaria de Estado de Comercio, Amparo López Senovilla.