Resolución de 19 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto «Instalación fotovoltaica hibridación Solans, de 16,2 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, sito en el término municipal de La Granadella, en la provincia de Lleida, para su hibridación con el parque eólico existente Solans, de 44 MW de potencia instalada».

Nº de Disposición: BOE-A-2026-540|Boletín Oficial: 8|Fecha Disposición: 2025-12-19|Fecha Publicación: 2026-01-09|Órgano Emisor: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Antecedentes de hecho

Con fecha 27 de agosto de 2025, tiene entrada en esta Dirección General solicitud de tramitación de procedimiento de determinación de afección ambiental del proyecto «Instalación fotovoltaica Hibridación Solans, de 16,2 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, sito en el término municipal de La Granadella, en la provincia de Lleida, para su hibridación con el Parque Eólico existente Solans, de 44 MW de potencia instalada», promovido Parc Eòlic Solans, SL, al amparo del artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.

Tras el análisis realizado, se verifica que el proyecto reúne los requisitos para acogerse a la tramitación prevista en el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022.

El proyecto contempla la construcción y puesta en funcionamiento de una planta solar fotovoltaica, que hibridará con el parque eólico «Solans», de 44 MW, compuesto por 20 aerogeneradores con una potencia unitaria de 2,2 MW, con el que compartirá acceso a la red. El parque eólico cuenta con autorización administrativa de explotación definitiva. La planta híbrida agrovoltaica «Solans» (PSAVh) se proyecta con una potencia de 17,01 MWp/16,20 MWn, con una superficie de afección de unas 26,51 ha, dividida en dos recintos, y una longitud de 3.196,15 m de vallado perimetral. La potencia conjunta de la instalación híbrida será de 60,20 MW. La energía producida se evacuará a través de una línea de subterránea de 30 kV de un solo circuito, con una longitud total de 1,5 km, para evacuar la energía generada por la planta fotovoltaica hasta la subestación «SET Monclues 132/30/20 kV».

El resto de la infraestructura de evacuación de la planta, desde la subestación «SET Monclues 132/30/20 kV» hasta su conexión a la red de transporte «SET Maials 400/132/33 kV» propiedad de Red Eléctrica de España, SAU, se realiza a través de línea aérea «SET Monclues-SET Sant Antoni» de 132 kV, de la «SET Sant Antoni 132 kV» y de la línea aérea «SET Sant Antoni-SET Maials» de 132 kV, infraestructuras que se encuentran en servicio y no forman parte de la presente tramitación.

Las obras tendrán una duración aproximada de cinco meses para la construcción de la planta y la zanja de evacuación. La vida útil del proyecto se estima en treinta años.

Los principales elementos del análisis ambiental para determinar las principales afecciones sobre el medio ambiente del proyecto, basado en los criterios recogidos en el artículo 22.3.b) del Real Decreto-ley, son los siguientes:

1. Afección sobre la Red Natura 2000, espacios protegidos y sus zonas periféricas de protección y hábitats de interés comunitario.

Las instalaciones del proyecto no se localizan dentro del Plan de Espacios de Interés Natural (PEIN), espacios de especial valor ecológico, encontrándose el más próximo a 13 km al sureste, «Serra de Montsant», que a su vez forma parta de la Zona Especial de Conservación (ZEC) y la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) «Serra de Montsant-Pas de l’Ase» (ES5140017). Tampoco afecta de manera directa a ninguno de los espacios naturales protegidos incluidos en Ley 12/1985, de 13 de junio, que establece un marco legal para la protección de los espacios naturales en Cataluña. El espacio más cercano es el «Parc Natural del Montsant», a 13 km al sureste del emplazamiento y que coincide en parte con los límites de la ZEC/ZEPA «Serra de Montsant-Pas de l’Ase».

Otros elementos cercanos a la zona de estudio perteneciente a la Red Natura 2000 son la ZEC «Riberes i Illes de l’Ebre» (ES5140010), a 11,5 km al sur; la ZEC/ZEPA «Secans del Segrià i Utxesa» (ES5130038/ES0000480), a 12 km noroeste; la ZEC/ZEPA «Secans de Mas de Melons-Alfés» (ES5130040/ES0000021), a 14,5 km al norte del proyecto y la ZEC/ZEPA «Tossals d’Almatret i Riba-roja» (ES5140012), a 16,5 km al suroeste del emplazamiento.

El área de implantación de la PSAVh «Solans» y la línea de evacuación incluyen a Hábitats de Interés Comunitario (HIC), que se ciñen a pequeñas superficies aisladas. El EsIA recoge que, tomando como referencia el visor cartográfico de la Generalitat de Cataluña, el proyecto afectaría al HIC 9540 «Pinares mediterráneos de pinos mesogeanos endémicos (Pinus halepensis)», en la parte del recinto situado más al oeste y un tramo de la zanja de evacuación de casi 221 m, aunque discurriría mayoritariamente por márgenes de caminos existentes, en su tramo final, junto a la SET Monclues, afectaría a una franja de unos 20 m de vegetación natural. Según la cartografía disponible en el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, parte del recinto situado más al oeste y la parte final de la línea de evacuación afectaría al HIC 5240 «Matorrales arborescentes de Juniperus spp.», si bien la ortofoto muestra que se trata de terreno cultivado.

Las infraestructuras de la planta se ubican fuera de Montes de Utilidad Pública (MUP), situándose el más cercano a 5,25 km en dirección sur, el MUP «La Devesa», en el término municipal de Mayals.

2. Afección a la biodiversidad, en particular a especies protegidas o amenazadas catalogadas.

La vegetación potencial en el ámbito de estudio se sitúa en la región biogeográfica mediterránea. Según el Mapa de la vegetación potencial de Catalunya (1:250.000), se encuentra en la zona de dominio del carrascal (Quercetum rotundifoliae) y pinar de pino carrasco (Pinus halepensis).

La vegetación actual del área de estudio que predomina es el cultivo agrícola, preferentemente cultivo de secano, además de leñosos como olivos (Olea europaea), almendros (Prunus dulcis) y algarrobos (Ceratonia siliqua). En los márgenes abundan vegetación natural, constituidos por matorrales y algunas manchas aisladas de pinares de pino carrasco. Según los datos de las Declaración Únicas Agrarias (DUN) de la Generalitat de Cataluña, entre el 2016 y el 2023, las parcelas donde se propone la PSAVh «Solans» se ha llevado a cabo una rotación de cultivos herbáceos de secano, la cual alterna cereal (cebada y trigo blando) con oleaginosas (colza), no teniéndose constancia de barbechos u otros tipos de cultivos en rotación.

Por otro lado, atendiendo al visor cartográfico de la Generalitat de Cataluña, la mayor parte del ámbito de estudio se ubica en terrenos del regadío Garrigues Sur (T02LE).

De acuerdo con el Banc de dades de biodiversitat de Catalunya (BDBC), en la cuadrícula 10 x 10 km 31TBF98 y 31TCF08 en la que se encuentra la futura planta fotovoltaica, destaca la Ferula loscosii, especie «Vulnerable» en el Catálogo de Flora Amenazada de Cataluña.

El estudio anual de la avifauna presente en el entorno del proyecto se llevó a cabo mediante transecto y puntos de observación y recorridos en vehículos, desde diciembre de 2021 a julio de 2023, con un total de 37 visitas, en una envolvente de 5 km. El volumen total de datos es de 2.748 registros de fauna vertebrada, que se corresponden con 17.692 individuos, para el conjunto de los 6 transectos (T1-T6) y 11 puntos de muestreo (P1-P8 y N1-N3).

Según el inventario de especies registradas, se han detectado dos especies «En peligro» y una especie «Vulnerable» para el Catálogo Español de Especies Amenazadas (CEEA). Respeto al Catálogo de la Fauna Amenazada de Cataluña (CFA), según el Decreto 172/2022, de 20 de septiembre, del Catálogo de fauna salvaje autóctona amenazada y de medidas de protección y conservación de la fauna salvaje autóctona protegida, se han registro 5 especies «En peligro» y 7 «Vulnerables».

Para el grupo de aves, de las especies con algún grado de protección, tanto las especies «En Peligro» como el milano real (Milvus milvus) en ambos catálogos, como el aguilucho pálido (Circus cyaneus) en catalogo catalán, solo se han detectado 2 y 1 individuos durante el periodo de estudio respectivamente. La collada rubia (Oenanthe hispanica), especie «Vulnerable» en Cataluña, solo se detectó en una ocasión.

En cuanto a las especies nidificantes, se ha detectado tres especies incluidas en el Listado de Especies Silvestre en Régimen de Protección Especial (LESRPE), como son la chova piquirroja (Pyrrhocorax pyrrhocorax), la carraca europea (Coracias garrulus) y el alcaraván (Burhinus oedicnemus). En las inmediaciones de las parcelas, en las instalaciones perteneciente a la masía «Mas de Roer», se han encontrado nidos de chova y carrara, esta última también a 1,6 km al oeste. A 3,4 km al norte se ha localizado a una pareja reproductora de alcaraván.

Las instalaciones objeto de estudio se sitúan a más de 11,50 km al noroeste del área de importancia para las aves IBA número 144 «Cogul-Alfés».

Los trabajos de campo de quirópteros se realizaron en los meses de febrero de 2020 como parte del estudio previo del parque eólico de Solans con el que hibrida la planta agrovoltaica, mediante grabaciones de ultrasonido y la prospección de posibles refugios realizada en verano de 2022.

Así, a finales de febrero de 2020, se colocaron 4 aparatos de grabación de ultrasonidos en una envolvente de 5 km de las parcelas donde se instalarán los paneles, en cuatro tipos diferentes de ambientes: campos de cultivo, pequeños pinares de pino carrasco, hondonadas y construcciones humanas. El muestreo de las grabaciones de ultrasónicos ha dado como resultado 2.226 archivos de sonido que posteriormente han sido analizados, registrándose un total 110 de contactos. La actividad ha sido mayor en construcciones humanas rodeadas de campos de cultivo (92 contactos) que en los campos de cultivo abiertos (7 contactos) y en la zona de arbolado (5 contactos). Todos los registros pertenecen a una sola especie, el murciélago de borde claro (Pipistrellus kuhlii), especie incluida en el Listado de Especies Silvestre en Régimen de Protección Especial (LESRPE).

En cuanto a las prospecciones de refugios, se han llevado a cabo en los meses de julio y agosto de 2022. A 827 m al sureste de la planta, se encontraron 11-13 individuos de murciélagos pequeños de herradura (Rhinolophus hipposideros) en una masía denominada «Mas dels Balons». En agosto de 2025, se encontró otra colonia de la misma especie en otro cobertizo a 2,9 km de la planta. En ambas localizaciones, hay techos de caña con vigas de madera. Estas prospecciones perteneces al parque eólico Solans con el que se pretende hibridad.

3. Afección por vertidos a cauces públicos o al litoral.

El ámbito de estudio del módulo solar agrovoltaico se sitúa en la demarcación hidrográfica del Ebro, más concretamente forma parte de la red hídrica del valle del Mas de Ruer, que atraviesa los recintos, el valle dels Masos d'en Vidal, el valle del Coscoll y el valle de Boveroles, que drenan sus aguas hacia el oeste y dan lugar a la Vall Major. Destaca, asimismo, la red de canales y riegos de origen antrópico, así como algunas balsas de riego.

En el ámbito estricto del proyecto, no se localiza ningún espacio incluido en la Lista de Ramsar ni en el Inventari de zones humides de Catalunya (IZHC). Según el Mapa de Protecció Civil de Catalunya, tampoco hay zonas con peligro de inundación (ni por períodos de retorno de 500, 100 ni 10 años), de flujo preferente, conos de deyección. Sin embargo, citar la presencia de algunas zonas inundables geomorfológicamente (ZIG), tanto en el valle del Mas de Ruer y el valle dels Masos d'en Vidal, como en otros valles más alejados.

La zona de estudio está fuera de las Áreas con Riesgo Potencial Significativo de Inundación (ARPSI). Las más cercanas, denominada «Bajo Segre», afectan al municipio de El Soleràs, al tramo del Vall de les Setalses, y al municipio de Els Torms, en la confluencia del Vall Major y el Vall del Salt, a 8,80 km y 10,4 km al noreste de la instalación, respectivamente.

En cuanto a la hidrología subterránea, en el ámbito del proyecto no se identifica ninguna masa de agua subterránea (MAS), ni ningún acuífero protegido, según las bases de datos del Instituto Cartográfico y Geológico de Cataluña (ICGC). No se localiza ninguno de los acuíferos protegidos por el Decreto 328/1988, de 11 de octubre, por el que se establecen normas de protección y adicionales en materia de procedimiento en relación con varios acuíferos de Cataluña. Además, el término municipal de La Granadella no se considera como zona vulnerable por contaminación de nitratos procedentes de fuentes agrarias.

El estudio hidrológico-hidráulico recoge que el estudio de inundación para períodos de retorno de 10, 25 y 50 años indica que la lámina de agua en el curso de agua que discurre por las parcelas no superaría los 50 centímetros. Para los períodos de retorno de 100 años, no superarían los 56 centímetros, pudiendo constituir una zona de flujo preferente, y para un período de retorno de 500 años no superaría los 71 cm. La zona de estudio se ubica en zona de dominio público hidráulico, también se verían afectadas la zona de servidumbre y la zona de policía. Propone la realización de una obra de drenaje longitudinal para el encauzamiento de dicho curso de agua que atraviesa las parcelas con la intención de protegerlas frente a posibles erosiones.

La intensidad de los movimientos de tierra podría generar efectos sobre la calidad de las aguas superficiales, como consecuencia de la producción de sedimentos y su eventual arrastre hacia las corrientes de agua más próximas, provocando una alteración de la calidad de sus aguas por incremento de su carga sólida. Durante la fase de explotación, pueden producirse impactos debido al posible riesgo de vertidos accidentales por averías o accidentes de los vehículos implicados en el mantenimiento de la planta fotovoltaica o durante el proceso de sustitución, transporte y almacenaje de los residuos como por ejemplo aceites.

4. Afección por generación de residuos.

Los residuos generados por este tipo de proyectos son principalmente de naturaleza no peligrosa, procedentes fundamentalmente de los trabajos de obra civil, como excedentes de tierras de excavaciones y zanjas, limpieza de cubetas de hormigón, restos de ferralla etc. Los residuos generados por el montaje e instalaciones son principalmente reciclables en su mayoría y consisten en cartones, plásticos de embalaje y palés generados por el suministro de equipos, remanentes y mermas de cableados y estructura metálica. Así, el total se han calculado un total de 32,98 t de peso y un volumen de 21,09 m3, procedentes mayoritariamente de embalajes plásticos (17 02 03).

En relación con los residuos peligrosos, se ha estimado un total 0,171 t de peso y 0,221 m3 de volumen, correspondiéndose principalmente tierras y piedras que contienen sustancias peligrosas (LER 17 05 03*) y aceites minerales no clorados de motor, de transmisión mecánica y lubricantes (LER 13 02 05*).

Las cantidades de los residuos generados se han estimado siguiendo las etapas correspondientes de la construcción de la PSAVh «Solans». Además de los materiales catalogados como residuos, es necesario señalar que durante los trabajos de instalación de la planta fotovoltaica se utilizarán otros materiales que no pueden considerarse como residuos ya que serán reutilizados y devueltos al fabricante.

Respecto a las tierras procedentes de la excavación se ha estimado que una parte serán reutilizadas en la propia obra, para relleno y explanación. Si posteriormente hubiera excedente de las tierras mencionadas, serán transportadas a vertedero o serán utilizadas para llevar a cabo una mejora de finca. Para el resto de los residuos generados, no se contempla su reutilización y serán almacenados en los contenedores y recogidos por una empresa gestora de residuos autorizada por la Generalitat de Cataluña.

5. Afección por utilización de recursos naturales.

La PSAVh «Solans» se ubica sobre cultivos herbáceos y arbóreos que comprendería una superficie total de 26,51 ha. No obstante, el uso del suelo en el interior de los recintos pretende combinar la generación de energía con actividades agrícolas, optimizando el espacio disponible y promoviendo un enfoque más sostenible. En este modelo, los paneles solares se instalan de manera que permiten el cultivo de plantas, el pastoreo de ganado u otras actividades agrícolas bajo y alrededor de ellos.

El desbroce y limpieza del terreno de la zona afectada se realizará mediante medios mecánicos. Comprenderá los trabajos necesarios para la retirada de maleza, broza, maderas caídas, escombros, basuras o cualquier otro material existente en las zonas proyectadas del trazado de caminos y zanjas, tratando de respetar al máximo los escasos muretes de piedra presentes en la parcela en cuestión, así como la vegetación natural presente en sus márgenes, retirando y conservando toda la tierra vegetal que pudiera verse afectada, para poder aprovecharla en los trabajos de restauración.

Teniendo en cuenta tanto la regularización puntual del terreno como la creación de los viales internos/perimetrales, se realizarían unos movimientos de tierras del orden de unos 6.733,49 m3, con un excedente de 2.884,37 m3, compensándose el balance dentro de las propias parcelas afectadas por la instalación, para evitar aportaciones exteriores y/o préstamos de materiales. Los volúmenes estimados de movimientos necesarios de tierras para el total de la superficie de implantación son de 4.308,93 m3 en desmonte y 2.424,56 m3 en terraplén.

El consumo de agua durante la construcción empleará principalmente para actividades como la limpieza inicial del terreno, la preparación de mezclas de construcción y la compactación del suelo. En fase de operación y mantenimiento, el consumo de agua está asociado principalmente a la limpieza de los paneles solares, estimando el consumo en 100 m3/año. Respecto al uso de las instalaciones temporales de se dispondrá de baños químicos y dispensador de agua potable, gestionado por una empresa.

6. Afección al patrimonio cultural.

En enero de 2025, durante dos jornadas, se realiza una prospección arqueológica superficial previa de los terrenos a cargo de gabinete arqueológico especializado. Se han revisado los inventarios de la Dirección General del Patrimonio Arquitectónico, Arqueológico y Paleontológico de la Generalitat de Cataluña y no se documenta ningún elemento incluido dentro del catálogo de Bienes de Interés Cultural (BIC) en el entorno del área afectada por la planta solar agrovoltaica híbrida «Solans». Del mismo modo, no existe ningún yacimiento arqueológico y paleontológico y ningún elemento del patrimonio arquitectónico que pudiera verse afectado.

El Ayuntamiento de La Granadella dispone de un precatálogo consistente en un listado de elementos de patrimonio a proteger, ninguno de los cuales se ubica en las inmediaciones del área afectada por el proyecto de construcción de la planta. En cambio, sí existen tres elementos incluidos en el Inventario del Patrimonio Etnológico de La Granadella que se sitúan en las inmediaciones de esta área. Estos elementos son conjuntos agrícolas de edificios, depósito de agua y explotación agraria: «Mas de Rué», «Cisterna de la masía de Rué», «Mas del Magí».

Los trabajos de prospección realizados superficial realizados en el área afectada por el proyecto de la PSAVh «Solans» no han permitido localizar nuevos restos arqueológicos en superficie. Tan sólo se ha podido documentar la presencia de cinco construcciones no catalogadas, relacionadas con la explotación agrícola como balsas, pozos, edificios y cisterna. Dos de las cinco construcciones no catalogadas (ED1 y ED2), se encuentran en el interior del vallado de la planta y se pudieran ver afectados por la construcción, siendo necesario la aplicación de medidas preventivas. El resto se encuentra una distancia que varía entre los 8 y 25 m de distancia del vallado. Los elementos ED4 y ED5 se vería afectado principalmente por el trazado de la línea de evacuación, aunque la zanja de construcción se realizaría por caminos ya existentes.

Con fecha 21 de enero de 2021, se presenta el informe de prospección arqueológica ante el Servicio Territorial de Cultura de Lleida del Departamento de Cultura de la Generalitat de Cataluña, no teniendo a fecha de esta propuesta la respuesta de este organismo a dicho informe.

Ni la ubicación de la PSAVh «Solans» ni el trazado de la línea de evacuación afectaría a ninguna vía pecuaria.

7. Incidencia socio-económica sobre el territorio.

Las instalaciones proyectadas afectan al término municipal de La Granadella, en la provincia de Lleida. La evolución de la población ha sido decreciente en la última década con un leve repunte en 2022. En cuanto a la estructura poblacional, el 62 % de la población se encuentra en el grupo de edad de entre los 15 y 64 años. La mayor parte de la población trabaja en el sector servicios, y en menor medida en la industria y la agricultura. En relación con las explotaciones agrícolas, el cultivo predominante es el olivo, que ocupa el 67 % de las tierras labradas (2.891 ha), un 16 % de la superficie dedicada a frutales (698 ha) y los cereales, que suponen un 10 % (430 ha).

El promotor plantea llevar a cabo una gestión agrovoltaica sobre las parcelas, un manejo integral de la explotación con criterios de agroecología manteniendo la agricultura de secano actual como actividad agrícola principal, no destinando el uso del suelo exclusivamente a la generación de energía. Asimismo, se prevé adoptar medidas para el fomento de la biodiversidad en el entorno agrícola, introduciendo actividades complementarias que diversifiquen las actividades económicas como el pastoreo y la apicultura, reduciendo los problemas del uso del suelo en las plantas solares convencionales.

La construcción de la planta puede suponer un impacto positivo sobre el factor económico, tanto directo como indirecto, debido a la creación temporal de empleos en los sectores de la construcción o del transporte. Este hecho genera, a su vez, efectos sinérgicos sobre distribuidores y productores de materiales, sobre el alquiler de la maquinaria necesaria o sobre el sector servicios de los municipios próximos. Posteriormente, durante la operación y mantenimiento, se generan empleos permanentes, aunque en menor cantidad, enfocados principalmente en tareas técnicas y administrativas para garantizar el funcionamiento continuo de la planta.

La implementación de estas infraestructuras suele ir acompañada de mejoras en las infraestructuras locales, como carreteras y conexiones eléctricas, que benefician tanto a la planta como a las comunidades cercanas.

Para el desarrollo de la instalación, se buscará el alcanzar acuerdos con un elevado porcentaje de los propietarios afectados por el mismo, formalizando, principalmente, acuerdos de arrendamiento que suponen un ingreso anual para sus titulares por lo que los ingresos derivados del arrendamiento de terrenos se configuran como una renta adicional con repercusión directa en el entorno inmediato del proyecto. Del mismo modo, el desarrollo del proyecto supondrá un notable impacto en los ingresos fiscales de las corporaciones municipales afectadas.

Según el estudio de impacto ambiental, los niveles de campo magnético producido en torno a una instalación de las características como la proyectada se sitúan dentro de los límites establecidos. Considerando el caso más desfavorable, se encuentran por debajo del umbral de 100 μT establecido por la Recomendación del Consejo 1999/519/CE.

Según el Decreto 64/1995, de 7 de marzo, por el que se establecen medidas de prevención de incendios forestales, La Granadella es un municipio con alto riesgo de incendio forestal durante el período comprendido entre el 15 de junio y el 15 de septiembre, ambos incluidos. Además, de acuerdo con el Mapa de Protección Civil de Catalunya presenta un peligro muy alto. A unos 3 km al sureste del emplazamiento previsto para la PSAVh «Solans», se ha identificado un perímetro de protección prioritaria (PPP), una zona con gran riesgo de incendio forestal y con una continuidad de la masa forestal en la que se pueden producir grandes incendios forestales, el correspondiente al «Priorat-Sierra del Montsant».

8. Afecciones sinérgicas con otros proyectos próximos.

En la zona, se encuentran en funcionamiento varias instalaciones. En un radio de 10 Km, además del parque eólico Solans con el hibrida, se encuentran 4 parques en funcionamiento que suman un total de 168 MW y 77 aerogeneradores, junto con un expediente no tramitado por caducidad de DIA de 45 MW y 15 aerogeneradores, un parque en tramitación de 30,5 MW y 5 aerogeneradores y 2 parques con declaración de impacto desfavorable de 61 MW en total y 10 aerogeneradores. Además de PSAVh «Solans», se localizan 3 plantas fotovoltaicas en servicio que suman 1,638 MW y una extensión de 9,98 ha, cinco autorizadas que suman una potencia de 144,26 MW y una superficie de 222,70 ha y 3 plantas en tramitación de 22,4 MW y 46,16 ha en total.

El parque eólico con el que hibrida este proyecto, «Solans», cuenta con un total de 20 aerogeneradores con una potencia de 44 MW, actualmente en servicio.

Respecto a las infraestructuras eléctricas, en un radio de 2 km respecto la PSAVh «Solans», únicamente se localiza una línea eléctrica aérea de alta tensión, la que evacua la energía generada por los parques eólicos Solans y Monclues, desde la SET Monclues 132/30/20 kV hasta la SET Sant Antoni 132 kV.

En cuanto al análisis de visibilidad, solo serían relativamente visibles desde visuales intrínsecas, situadas en un radio máximo de unos 2 km: desde la SET Monclues y la sierra de los Masos al noreste hasta la sierra de Corrona al noroeste, la sierra del Cabús al suroeste y el extremo suroeste de la propia instalación.

La instalación de los paneles implica la introducción de elementos ajenos al paisaje que serán perceptibles desde un entorno más o menos amplio, a los que hay que sumar los otros elementos que interfieren en el paisaje como parques eólicos, líneas eléctricas, subestaciones eléctricas de transformación y sus torres de alta tensión, carreteras, cauces artificiales, instalaciones industriales, pasos elevados, explotaciones mineras, antenas de telecomunicaciones, líneas de ferrocarril, embalses, etc.

Respecto a la fauna, se considera la posibilidad de que se produzcan ciertos efectos acumulativos sobre aquella que utiliza el medio agrícola, aves esteparias principalmente, por la reducción del hábitat de campeo. Así, durante el periodo de construcción, se pueden producir posibles cambios en las pautas de comportamiento de la fauna que habita en la zona o que la utiliza para diferentes fines, eliminación de hábitats por desbroce de la vegetación y movimientos de tierra y reducción de áreas de alimentación, reproducción o descanso, incremento del riesgo de atropello debido al trasiego de vehículos y maquinaria, destrucción de nidos y madrigueras, alteración de hábitats y biotopos existentes y alteración de la movilidad de las comunidades faunísticas existentes, provocando un efecto barrera.

Los impactos ocasionados por el efecto barrera, fragmentación y transformación del paisaje y la conectividad por la presencia de la PSAVh «Solans» junto con otros proyectos de energías renovables, exige un catálogo de medidas correctoras y compensatorias centradas en la mejora de la conectividad del paisaje y en la mejora de hábitats de las especies más vulnerables. La construcción de la planta en la cabecera del valle del Mas del Roer podría dar lugar a una pequeña barrera transversal a lo largo del dominio público hidráulico, la zona de servidumbre y/o la zona de policía del mismo. Además, todas las PSFV y PE, así como la LAAT evaluadas en el estudio de sinergias, se ubican dentro del área de interés para la conectividad terrestre «Área de les Garrigues» (AIT001).

En relación con la vegetación, las afecciones suponen la eliminación directa de la vegetación de las áreas sobre las que se actúa directamente y la posible degradación en las áreas periféricas derivadas del movimiento de maquinaria, generación de polvo, etc. La mayor o menor incidencia ambiental de este conjunto de acciones será función, por un lado, de la fragilidad, singularidad y capacidad de recuperación de cada formación vegetal afectada, y por otro, de la superficie e intensidad de la afección.

La propuesta de informe de determinación de afección ambiental, en el sentido de que el proyecto se sometiera a la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario conforme a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, fue remitida a la Direcció General de Polítiques Ambientals i Medi Natural del Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica de la Generalitat de Catalunya, el 6 de noviembre de 2025, con el fin de que emitieran observaciones en el plazo de diez días, de acuerdo con el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, quedando suspendido el cómputo del plazo para la formulación del informe de determinación de afección ambiental. No consta respuesta a fecha de esta resolución, en virtud de lo cual se ratifica el sentido de la propuesta.

Fundamentos de Derecho

De conformidad con el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad, el órgano ambiental elaborará una propuesta de informe de determinación de afección ambiental que remitirá al órgano competente en materia de medio ambiente, el cual dispondrá de un plazo de diez días para formular observaciones. Transcurrido dicho plazo, la falta de respuesta se considerará como aceptación del contenido de la propuesta.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 8.1.b) del Real Decreto 503/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Esta Dirección General, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los fundamentos de derecho alegados, teniendo en cuenta el contenido del expediente administrativo, resuelve la formulación de informe de determinación de afección ambiental en el sentido de que el proyecto «Instalación fotovoltaica Hibridación Solans, de 16,2 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, sito en el término municipal de La Granadella, en la provincia de Lleida, para su hibridación con el Parque Eólico existente Solans, de 44 MW de potencia instalada», se someta a la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario conforme a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

El presente informe de determinación de afección ambiental será publicado en la página web de este órgano ambiental y en el «Boletín Oficial del Estado» y notificado a promotor y órgano sustantivo en los términos del artículo 22 del Real Decreto-ley 20/22.

De conformidad con el apartado quinto del citado artículo 22, el informe de determinación de afección ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto de autorización del proyecto.

Madrid, 19 de diciembre de 2025.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.