A tenor de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y en cumplimiento de lo solicitado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (Sección Quinta), se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente a los siguientes recursos: núm. 001/0000319/2025, interpuesto por la Comunidad Autónoma de Murcia y núm. 001/0000328/2025, interpuesto por la Xunta de Galicia; formulados todos ellos contra el Real Decreto 658/2025, de 22 de julio, por el que se regulan las medidas a adoptar en situaciones de contingencia migratoria extraordinaria para la protección del interés superior de la infancia y la adolescencia migrante no acompañada.
Asimismo, conforme a lo dispuesto en el artículo 49 de dicha Ley, se acuerda emplazar a quienes tengan un interés legítimo en el mantenimiento de la disposición impugnada, para que, si a su derecho conviene, comparezcan y se personen como demandados en los indicados procedimientos, ante la referida Sala, en el plazo de nueve días, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución.
Madrid, 19 de enero de 2026.–El Secretario General Técnico-Director del Secretariado del Gobierno, Alberto García González.