Green Capital Power, SLU, en adelante el promotor, solicitó con fecha 26 de febrero de 2021, la declaración, en concreto, de utilidad pública para el parque eólico Canales Sur y sus infraestructuras de evacuación.
Con fecha 11 de noviembre de 2021, el promotor presentó solicitud de desistimiento temporal de la tramitación del reconocimiento, en concreto, de utilidad pública del citado parque eólico Canales Sur y sus infraestructuras de evacuación.
Con fecha 14 de abril de 2023, mediante Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, se otorgó al promotor autorización administrativa previa para el parque eólico Canales Sur, de 119,9 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Baltanás, Antigüedad y Valle de Cerrato, en la provincia de Palencia, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 100, de 27 de abril de 2023.
Con fecha 10 de enero de 2024, el promotor presenta una nueva solicitud para la declaración, en concreto, de utilidad pública del citado parque eólico Canales Sur y su infraestructura de evacuación.
Con fecha 22 de julio de 2024, mediante Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas se otorgó al promotor autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para el parque eólico Canales Sur, de 120 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Baltanás y Antigüedad, en la provincia de Palencia, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 193, de 10 de agosto de 2024.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Palencia y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 24/2013 de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se ha recibido contestación de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) en el que informa de la manera de proceder para solicitar autorización en materia de servidumbres aeronáuticas. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual expresa su conformidad con la misma. El proyecto cuenta autorización en materia de servidumbres aeronáuticas (expedientes P20-0406 y P24-0321) de AESA.
Se han recibido contestaciones de la Dirección General de Carreteras e Infraestructuras de la Junta de Castila y León, de la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU (Grupo Iberdrola) y de Telefónica España, SAU, en las que se establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de la Diputación Provincial de Palencia, en la que indica que los bienes titularidad de la Diputación no pueden ser expropiados por su condición de inalienables, pudiendo ser autorizada su ocupación condicionada al grado de afectación de la carretera y las modificaciones o limitaciones que se puedan establecer. También indica que las obras que puedan afectar a carreteras provinciales requerirán la previa autorización por parte de la Diputación. Posteriormente, el promotor ha manifestado su conformidad al respecto.
Preguntados el Ayuntamiento de Baltanás, el Ayuntamiento de Antigüedad, la Confederación Hidrográfica del Duero, la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y León, la Delegación de Palencia del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de la Junta de Castilla y León, la Dirección General de Energía y Minas de la Junta de Castilla y León, la Entidad Local Menor de Valdecañas de Cerrato, los Servicios Centrales de la Junta de Castilla y León y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, no se recibió contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad en virtud de lo dispuesto en el artículo 146.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
La petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la publicación el 26 de noviembre de 2024 en el «Boletín Oficial del Estado» y el 2 de diciembre de 2024 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Palencia». Además, el anuncio fue publicado en el diario «El Norte de Castilla» del día 28 de noviembre de 2024 y remitido a los Ayuntamientos de Baltanás y de Antigüedad para su exposición al público. No se han recibido alegaciones.
El Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Palencia emitió informe en fecha 18 de febrero de 2025.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico reconoce la libre iniciativa empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, que ha respondido al mismo manifestando su conformidad.
La citada autorización se va a conceder sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables, así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecución de la obra.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:
Único.
Declarar, en concreto, la utilidad pública para el parque eólico Canales Sur, de 120 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Baltanás y Antigüedad, en la provincia de Palencia, a los efectos previstos en el citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
El objeto del proyecto es la construcción de un parque eólico para la generación de energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 62.2.i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución.
Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 19 de junio de 2025.–El Director General de Política Energética y Minas, Manuel García Hernández.