Resolución de 19 de mayo de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio entre la Tesorería General de la Seguridad Social, el Instituto Social de la Marina y la Generalitat Valenciana, en materia estadística.

Nº de Disposición: BOE-A-2025-10405|Boletín Oficial: 126|Fecha Disposición: 2025-05-19|Fecha Publicación: 2025-05-26|Órgano Emisor: Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

Con fecha 13 de mayo de 2025 se ha suscrito la adenda de prórroga al Convenio entre la Tesorería General de la Seguridad Social, el Instituto Social de la Marina y la Generalitat Valenciana, a través de la Conselleria de economía sostenible, sectores productivos, comercio y trabajo, en materia estadística, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado convenio.

Madrid, 19 de mayo de 2025.–El Secretario General Técnico, Plácido Vázquez García.

ADENDA DE PRÓRROGA AL CONVENIO ENTRE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, EL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA Y LA GENERALITAT VALENCIANA, A TRAVÉS DE LA CONSELLERIA DE ECONOMÍA SOSTENIBLE, SECTORES PRODUCTIVOS, COMERCIO Y TRABAJO, EN MATERIA ESTADÍSTICA

REUNIDOS

De una parte don Andrés Harto Martínez, Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social, nombrado mediante Real Decreto 132/2020, de 21 de enero, (BOE de 22 de enero), actuando en virtud de lo establecido en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y artículos 1 y 3 del Real Decreto 1314/1984, de 20 de junio, por el que se regula la estructura y competencias de la Tesorería General de la Seguridad Social.

De otra doña Elena Martínez Carqués, Directora del Instituto Social de la Marina, nombrada por Orden ISM/986/2021, de 7 de septiembre, del Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones actuando en nombre y representación del Instituto, en virtud de las competencias que le atribuye el artículo 7.2 del Real Decreto 504/2011, de 8 de abril, de estructura orgánica y funciones del Instituto Social de la Marina, y de acuerdo, con lo señalado en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Y de otra don Miguel Ángel Sánchez Navarro, director del Instituto Valenciano de Estadística, nombrado mediante el Decreto 29/2024, de 5 de marzo, del Consell, de nombramiento del director del Instituto Valenciano de Estadística (DOGV núm. 9803, de 6 de marzo de 2024), actuando en representación de este Instituto, de acuerdo con lo establecido en el apartado 5.2.a del Decreto 109/2021, de 6 de agosto, del Consell, de aprobación del Estatuto del Instituto Valenciano de Estadística (DOGV núm. 9170, de 9 de septiembre de 2021), y expresamente facultado para este acto por Acuerdo del Consell de 7 de mayo de 2025.

Las partes se reconocen con competencia y capacidad para la firma del presente documento,

EXPONEN

I. Que el Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social, la Directora del Instituto Social de la Marina y el Consejero de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo firmaron el 16 de junio de 2021 un convenio en materia estadística. Este convenio fue inscrito en el REOICO el día 17 de junio y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» del día 30 de junio de 2021.

II. Que el Instituto Valenciano de Estadística (IVE), creado por la Ley 3/2020, de 30 de diciembre, de la Generalitat, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat 2021, es un organismo autónomo de la Generalitat, de los previstos en el artículo 154 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, y que tiene como objetivo la gestión de la actividad estadística de interés de la Generalitat.

III. Que, a partir de la entrada en vigor del Decreto 109/2021, de 6 de agosto, del Consell, de aprobación del Estatuto del Instituto Valenciano de Estadística, el IVE se subrogó en la posición de la Consellería competente en materia estadística en todos los procedimientos y relaciones jurídicas con terceros que esta ejerciera en el ámbito de esta competencia, y así mismo se asignó al IVE los actos, planes y programas del órgano directivo con competencias en materia estadística. En particular, el IVE se subrogó en la posición de la Consellería de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo en el citado convenio. Todo ello, de acuerdo con las disposiciones adicionales primera y segunda del estatuto del IVE. Previsión recogida en el convenio en el último párrafo del exponen I.

IV. Que la cláusula sexta de dicho convenio establece una duración de cuatro años y la posibilidad de prorrogarlo por acuerdo unánime de las partes por un periodo de hasta cuatro años adicionales.

V. Que el convenio se ha venido desarrollando a plena satisfacción de las partes y por ello es de interés el dar continuidad al desarrollo del mismo.

VI. Que el Consell, en su reunión del 7 de mayo de 2025, ha acordado la autorización de la suscripción, por el director del IVE, de esta adenda.

Por todo lo anterior las partes unánimemente

ACUERDAN

Primera. Prórroga del convenio.

Se acuerda de forma unánime la prórroga del convenio por cuatro años adicionales, que tendrá efectos a partir del día 17 de junio de 2025.

Segunda. Eficacia, validez y publicidad de la presente adenda al convenio.

La presente adenda se perfecciona con el consentimiento de las partes. Resultará eficaz una vez que sea inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación. Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Asimismo, la presente adenda se publicará en el Portal de Transparencia de la Generalitat valenciana «GVA Oberta», de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, en los artículos 3, 12.1 y 21.1.a de la Ley 1/2022, de 13 de abril, de la Generalitat, de transparencia y buen gobierno de la Comunitat Valenciana y en el artículo 21 del Decreto 176/2014. La publicación del convenio se realizará en el plazo de diez días hábiles desde su inscripción en el Registro de Convenios de la Generalitat, conforme a lo previsto en el artículo 12.2 del Decreto 105/2017, de 28 de julio, del Consell, de desarrollo de la citada ley de transparencia.

En prueba de conformidad, las partes implicadas firman la presenta adenda de prórroga, en la fecha indicada en el pie de firma, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último firmante.–El Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social, Andrés Harto Martínez.–La Directora del Instituto Social de la Marina, Elena Martínez Carqués.–El Director del Instituto Valenciano de Estadística, Miguel Ángel Sánchez Navarro.