Resolución de 2 de diciembre de 2025, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que, en ejecución de sentencia, se anulan las sanciones impuestas a la sociedad de auditoría de cuentas Deloitte, SL, y al auditor de cuentas don Francisco Celma Sánchez.

Nº de Disposición: BOE-A-2025-25500|Boletín Oficial: 298|Fecha Disposición: 2025-12-02|Fecha Publicación: 2025-12-12|Órgano Emisor: Ministerio de Economía, Comercio y Empresa

Mediante Resolución de 5 de junio de 2024, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas se publicaron en el «Boletín Oficial del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas» número 138 y en el «Boletín Oficial del Estado» número 154 de 26 de junio de 2024 las sanciones impuestas a la sociedad de auditoría de cuentas Deloitte, SL, y al auditor de cuentas don Francisco Celma Sánchez mediante Resolución de 17 de septiembre de 2014, modificada por Resolución de 27 de junio de 2016 del Secretario General Técnico del Ministerio de Economía y Competitividad, por delegación del Ministro de Economía y Competitividad, en relación con las auditorías sobre los estados financieros intermedios resumidos consolidados del periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2011 de Bankia, SAU, y entidades dependientes, y sobre las cuentas semestrales consolidadas resumidas a 30 de junio de 2011 de Bankia, SA, y entidades dependientes.

En dicha resolución se indicaba expresamente que la resolución que impone las sanciones indicadas únicamente era firme en vía administrativa, sin perjuicio de las potestades de revisión jurisdiccional que corresponden a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

La Audiencia Nacional, mediante Sentencia de 10 de junio de 2025 (rec. n.º 665/2016), emitió el siguiente fallo:

«Estimar el recurso contencioso-administrativo seguido a instancia de la entidad mercantil Deloitte, SL, y de don Francisco Celma Sánchez, contra la Resolución de 27 de junio de 2016 del Secretario General Técnico del Ministerio de Economía y Competitividad, por delegación del Ministro, por no ser conforme a derecho.

En su lugar se anula dicha resolución, así como la que confirma y las sanciones que se impusieron a los recurrentes.»

El Tribunal Supremo mediante Auto de 20 de noviembre de 2025 declara la inadmisión del recurso de casación n.º 5535/2025 contra la sentencia dictada por la Audiencia Nacional.

En cumplimiento del referido fallo se anula la citada Resolución de 5 de junio de 2024 que fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 154 de 26 de junio de 2024.

Madrid, 2 de diciembre de 2025.–El Presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, Santiago Durán Domínguez.