Resolución de 2 de febrero de 2026, del Banco de España, por la que se publican los índices y tipos de referencia aplicables para el cálculo del valor de mercado en la compensación por riesgo de tipo de interés de los préstamos hipotecarios, así como para el cálculo del diferencial que se ha de aplicar para la obtención del valor de mercado de los préstamos o créditos que se cancelan anticipadamente.

Nº de Disposición: BOE-A-2026-3290|Boletín Oficial: 38|Fecha Disposición: 2026-02-02|Fecha Publicación: 2026-02-12|Órgano Emisor: Banco de España

Enero de 2026

Tipos de referencia(1)

A) Tipos de referencia aplicables para el cálculo del valor de mercado en la compensación por riesgo de tipos de interés de los préstamos hipotecarios.

Permuta de Intereses/Interest Rate Swap (IRS).

Plazos Porcentaje
Dos años. 2,246
Tres años. 2,353
Cuatro años. 2,453
Cinco años. 2,540
Siete años. 2,694
Diez años. 2,885
Quince años. 3,099
Veinte años. 3,186
Treinta años. 3,181

B) Tipo necesario para el cálculo del diferencial a aplicar para la obtención del valor de mercado de los préstamos o créditos que se cancelan anticipadamente

Plazos Porcentaje
Permuta de Intereses/Interest Rate Swap (IRS) al plazo de un año. 2,078

Madrid, 2 de febrero de 2026.–El Director General de Operaciones, Mercados y Sistemas de Pago, Juan Ayuso Huertas.

(1) La definición y la forma de cálculo de estos índices se recogen en la Circular del Banco de España 5/2012, de 27 de junio.