Habiéndose suscrito el 26 de junio de 2025 adenda de modificación del Convenio entre la Jefatura Central de Tráfico y Unipublic, SAU, para el establecimiento del marco adecuado en la coordinación de las actuaciones de ambas partes con motivo de la celebración de la prueba deportiva «Vuelta Ciclista a España Femenina», procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 2 de julio de 2025.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver Martínez.
ANEXO
Adenda de modificación del Convenio entre la Jefatura Central de Tráfico y Unipublic, SAU, para el establecimiento del marco adecuado en la coordinación de las actuaciones de ambas partes con motivo de la celebración de la prueba deportiva «Vuelta Ciclista A España Femenina»
Madrid, 26 de junio de 2025.
REUNIDOS
De una parte, el Director General de Tráfico (Presidente del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico), don Pere Navarro Olivella, nombrado por Real Decreto 838/2018, de 29 de junio, actuando en nombre y representación del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico, con domicilio en Madrid, C/Josefa Valcárcel 44, CIF Q2816003D en virtud del Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior (BOE 52, de 28 de febrero de 2024), y en virtud de las competencias que se atribuyen a la Jefatura Central de Tráfico recogidas en el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
De otra parte, Don Javier Guillen Bedoya, como Director General de Unipublic, SAU, domiciliada en Ramírez de Arellano, 29 – 4.ª planta, 28043 de Madrid, con número de Identificación fiscal A 28406775, e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid. Inscripción 1.ª Hoja n.º 31222, folio 1, tomo 4038, general 3266, Sección 3.ª del libro de Sociedades, quien actúa como apoderado de la mercantil de Unipublic, SAU en virtud de escritura otorgada ante Notario de Madrid, doña Isabel Estape Tous, de fecha 11 de diciembre de 2008, con el número 4719 de su protocolo e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid en el Tomo 25843, Folio 160, Sección 8, Hoja M-60738, inscripción 45.ª
Al amparo de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y específicamente en su artículo 48.2 como título habilitante ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y en virtud de ello,
EXPONEN
Primero.
En virtud de Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Jefatura Central de Tráfico y Unipublic, SAU, para el establecimiento del marco adecuado en la coordinación de las actuaciones de ambas partes con motivo de la celebración de la prueba deportiva «Vuelta Ciclista a España Femenina», suscrito el día 12 de diciembre de 2023.
Segundo.
El objeto de la modificación del convenio es establecer el marco adecuado donde queden identificadas las necesidades relativas a personal, material y equipos que permitan la correcta ejecución de los cometidos asignados a la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, tanto en la planificación previa a la celebración de la Vuelta Ciclista a España Femenina, como durante el desarrollo de dicho evento deportivo.
Tercero.
En su cláusula undécima se establece que la modificación del contenido del presente convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes del mismo y se realizará mediante adenda, que deberá ser autorizada por el Ministerio de Hacienda, de acuerdo a lo recogido en el artículo 50.2 c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Dicha autorización deberá emitirse e incorporarse al expediente antes de proceder al perfeccionamiento de la adenda de modificación del convenio.
Cuarto.
Finalizado el primer año de su vigencia, resulta de interés para los firmantes la actualización de la cláusula segunda apartado 1.º letra A) sobre medios personales de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, la cláusula tercera apartado 1.º letra B sobre Compensación por servicios extraordinarios fuera de la jornada normal de trabajo, así como la cláusula cuarta sobre financiación.
Quinto.
De acuerdo con lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de formalizar la presente adenda de modificación del citado convenio, con arreglo a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
La presente adenda tiene por objeto modificar las cláusulas segunda apartado 1.º letra A) sobre medios personales de la ATGC, la cláusula tercera apartado 1.º letra B y la cláusula cuarta sobre financiación del Convenio entre la Jefatura Central de Tráfico y Unipublic, SAU, para el establecimiento del marco adecuado en la coordinación de las actuaciones de ambas partes con motivo de la celebración de la prueba deportiva «Vuelta Ciclista a España Femenina».
Segunda. Modificación del convenio.
Se modifica el contenido de la cláusula segunda apartado 1.º letra A), la cláusula tercera apartado 1.º letra B y la cláusula cuarta del Convenio, firmado el 12 de diciembre de 2023, publicado en virtud de Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior, en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 306, de 23 de diciembre de 2023, entre la Jefatura Central de Tráfico y Unipublic, SAU, para el establecimiento del marco adecuado en la coordinación de las actuaciones de ambas partes con motivo de la celebración de la prueba deportiva «Vuelta Ciclista a España Femenina».
Concretamente, se considera necesario proceder a la modificación de la cláusula segunda apartado 1.º letra A) Medios personales, en el sentido de que el despliegue de los medios personales de la Agrupación de Tráfico inicialmente autorizados (38), se incrementen hasta un total de cuarenta y cinco (45) componentes, número que se considera suficiente para hacer frente a las necesidades que permitan la correcta ejecución de los cometidos asignados a la ATGC, tanto en la planificación previa a la celebración de la VCE-F, como durante el desarrollo de dicho evento deportivo.
Por consiguiente, la modificación de la de la cláusula segunda apartado 1.º letra A) Medios personales quedaría redactada como sigue:
«1. Medios personales. La Unidad temporal UMSV integrada en la ATGC, se desglosa en las siguientes unidades subordinadas:
A) AGRUPACIÓN DE TRÁFICO DE LA GUARDIA CIVIL.
En su despliegue contará con los siguientes medios personales (45):
– 1 Capitán Jefe de la UMSV de la VCE-F.
– 1 Teniente 2.º Jefe de la UMSV de la VCE-F.
– 1 Sargento 1.º Jefe Logística (aposentador).
– 4 Sargentos 1.º/Sargento Motoristas.
– 3 Cabos 1.º/Cabo Motoristas.
– 29 Guardias Civiles Motoristas.
– 1 Subteniente Telecomunicaciones (G.C especialista GATI en Telecomunicaciones y Transmisiones).
– 1 G.C Mecánico.
– 1 Auxiliar SIGO.
– 1 Auxiliar Logística (aposentador).
– 1 G.C Conductor acompañante Jefe UMSV.
– 1 G.C conductores acompañante 2.ª Jefe UMSV (GATI y Mecánico).»
En la cláusula tercera apartado 1.º letra B. Compensación por servicios extraordinarios fuera de la jornada normal de trabajo, se adiciona el siguiente párrafo:
«Las cuantías de compensación por persona/día por servicios extraordinarios fuera de la jornada normal de trabajo consignadas, estarán sujetas a la actualización que corresponda de acuerdo con los incrementos de las retribuciones aprobados para cada año en los Presupuestos Generales del Estado.»
Por último, el párrafo segundo de la cláusula cuarta queda redactado de la siguiente manera:
«La aportación económica por compensación de servicios extraordinarios que realiza Unipublic, SAU, definida en la cláusula tercera apartado 1.º letra B) incrementará la partida presupuestaria del Programa 132-B «Seguridad Vial, en el concepto 151 (servicios extraordinarios). No obstante, a esta cantidad habría que sumar en cada año las variaciones que se produzcan por parte del organizador, como pudiera ser el aumento de reuniones de coordinación u otros factores variables, que se asumen en la cláusula tercera por parte de Unipublic, SAU.»
Tercera. Mantenimiento del clausulado del convenio.
La presente adenda mantiene inalteradas las restantes cláusulas del convenio entre la Jefatura Central de Tráfico y Unipublic, SAU, para el establecimiento del marco adecuado en la coordinación de las actuaciones de ambas partes con motivo de la celebración de la prueba deportiva «Vuelta Ciclista a España Femenina», suscrito el día 12 de diciembre del 2023.
Cuarta. Eficacia y vigencia de la adenda.
De conformidad con el artículo 48.8 y el apartado dos de la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la presente adenda de modificación se perfeccionará con el consentimiento de las partes y resultará eficaz una vez se inscriba en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO). Asimismo, será publicado en el «Boletín Oficial del Estado».
Quinta. Transparencia en el sector público.
Las partes prestan expresamente su consentimiento para que se dé a la presente adenda de modificación la publicidad exigida, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman la presente adenda de modificación electrónicamente, tomándose como fecha de formalización del documento la fecha del último firmante.–El Director General de Tráfico (Presidente del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico), Pere Navarro Olivella.–El Director General de Unipublic, SAU, Javier Guillen Bedoya.