De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Adenda de modificación del Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Parada de Sil para la financiación, ejecución y entrega de las obras de construcción de nueva EDAR para el núcleo de Parada de Sil, TM de Parada de Sil (Ourense), PDM MIÑO-SIL ES010_3_ALCH0SCET29SP2536, otorgada el 19 de abril de 2026, que se anexa a esta resolución.
Ourense, 20 de abril de 2026.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., José Antonio Quiroga Díaz.
ANEXO
Adenda de modificación del Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Parada de Sil, para la financiación, ejecución y entrega de las obras de construcción de nueva EDAR para el núcleo de Parada de Sil. TM de Parada de Sil (Ourense). PDM MIÑO-SIL ES010_3_ALCH0SCET29SP2536
En el lugar y fecha de la firma electrónica.
REUNIDOS
Por una parte, José Antonio Quiroga Díaz, Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., adscrita al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, nombrado por Resolución de la Subsecretaria para la Transición Ecológica de fecha 31 de julio de 2018, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como el artículo 30 de la Ley de Aguas, según la redacción dada al mismo por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, en relación con las funciones y atribuciones que los artículos 23 y 24 de dicha disposición legal les atribuyen a los organismos de cuenca.
Por otra parte, Aquilino Domínguez Díaz, Alcalde del Ayuntamiento de Parada de Sil, nombrado por el Pleno de la Corporación el día 17 de junio de 2023, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 61 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración Local de Galicia.
Los comparecientes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para la firma del presente documento, y a tal efecto
MANIFIESTAN
I. Que en fecha 28 de enero de 2025 (BOE núm. 33, de 7 de febrero de 2025) se otorgó el Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Parada de Sil para la financiación, ejecución y entrega de las obras de construcción de nueva EDAR para el núcleo de Parada de Sil. TM de Parada de Sil (Ourense). PDM MIÑO-SIL ES010_3_ALCH0SCET29SP2536, con un importe previsto de 1.000.000 euros y una previsión de ejecución en las anualidades 2025 y 2026.
II. Que en fecha 3 de junio de 2025 se reajustaron las anualidades por acuerdo de la Comisión de Seguimiento del convenio conforme a lo establecido en sus cláusulas quinta y undécima.
III. Que conforme a lo establecido en el apartado tercero de la cláusula segunda del convenio las posibles modificaciones deberán formalizarse mediante la suscripción del correspondiente instrumento modificativo, con los mismos requisitos y condiciones exigidos para la aprobación del convenio inicial.
IV. Que se ha detectado la insuficiencia del importe previsto, por lo que en aplicación de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, de la normativa contable y presupuestaria, y atendiendo al estado de las actuaciones objeto del convenio, las dos partes otorgantes deben realizar una modificación del mismo para incrementar su importe y en consecuencia, reajustar sus anualidades; también se acuerda la modificación de los porcentajes de financiación.
V. Esta modificación se efectuará respetando en todos sus términos tanto las obligaciones recogidas en el convenio suscrito, como el alcance y el objeto de las actuaciones contempladas en el mismo.
A tal fin, en vista de lo manifestado anteriormente, las partes acuerdan suscribir la presente modificación al convenio de referencia, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de la adenda.
El objeto de esta adenda es incrementar el importe de la actuación, modificar los porcentajes de financiación y, en consecuencia, reajustar las anualidades del Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Parada de Sil para la financiación, ejecución y entrega de las obras de construcción de nueva EDAR para el núcleo de Parada de Sil. TM de Parada de Sil (Ourense). PDM MIÑO-SIL ES010_3_ALCH0SCET29SP2536.
Segunda. Modificación de la cláusula cuarta Coste de las actuaciones y financiación de las mismas.
Se modifica la cláusula cuarta que queda redactada del siguiente modo:
«1. La inversión total necesaria para la actuación se ha estimado en 1.300.000,00 euros, Impuesto del Valor Añadido Incluido.
2. El coste de la inversión se financiará con cargo al presupuesto de gastos del Organismo de cuenca para los años 2025, 2026 y 2027 con cargo a la aplicación presupuestaria 23.108.456A.601, superproyecto 2012.23.231.9002 y código de proyecto 2012.23.231.0005.
3. De acuerdo con lo anterior, la cofinanciación de la obra se realizará de conformidad con la siguiente fórmula:
– La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. aportará 1.085.000,00 euros del coste, lo que supone un porcentaje del 83,46 % de la inversión.
– El Ayuntamiento de Parada de Sil aportará 215.000,00 euros del coste, con cargo a su aplicación presupuestaria 160.72109, lo que supone un porcentaje del 16,54 % de la inversión.
4. Con cargo al importe previsto en el apartado primero, la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., afrontará tanto el coste de redacción del proyecto, como de ejecución de la obra, dirección y vigilancia de la misma, además de los gastos correspondientes a las medidas de seguridad y salud. Los valores estimados para cada uno de estos conceptos, Impuesto sobre el Valor Añadido Incluido, son los siguientes:
– Asistencia técnica para la redacción del proyecto de construcción de una EDAR rural en Parada de Sil (Ourense): 30.000 euros.
– Contrato de obras de construcción de una EDAR para el núcleo de Parada de Sil (Ourense), incluyendo medidas de seguridad y salud: 1.120.000 euros.
– Crédito a retener para la liquidación del contrato de obras: 112.000 euros.
– Asistencia técnica para la dirección de las obras de construcción de una nueva EDAR para el núcleo de Parada de Sil (Ourense), incluyendo coordinación de seguridad y salud de las mismas: 38.000 euros.»
Tercera. Modificación de la cláusula quinta Anualidades y aportaciones.
Se modifica el primer párrafo de la cláusula quinta que queda redactado del siguiente modo:
«1. La financiación de las actuaciones descritas en la cláusula tercera, cuyo importe total se estima en 1.300.000 euros (IVA incluido), se distribuye según lo previsto en el cuadro que figura como anexo al presente documento.»
Cuarta. Modificación del anexo anualidades previstas.
Se modifica el anexo de anualidades previstas del siguiente modo:
«Administración 2025
–
Euros
2026
–
Euros
2027
–
Euros
Total
–
Euros
CHMS, O.A. 22.944,62 334.947,20 727.108,18 1.085.000,00 Ayuntamiento de Parada de Sil. 5.736,16 66.372,02 142.891,82 215.000,00 Total. 28.680,78 401.319,22 870.000,00 1.300.000,00»
Quinta. Eficacia.
La presente adenda modificativa surtirá efectos tras la inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación antes de la fecha de extinción del convenio, tal y como se deriva del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre y del apartado 2 de la disposición adicional séptima de la citada ley. Adicionalmente será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
Manifestando su conformidad con todo lo anterior, firman el presente documento en el lugar y la fecha de la firma electrónica.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., José Antonio Quiroga Díaz.–El Alcalde del Ayuntamiento de Parada de Sil, Aquilino Domínguez Díaz.