Antecedentes de hecho
Con fecha 8 de octubre de 2024, ha tenido entrada en esta Dirección General solicitud de inicio de procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto «Extracción temporal de aguas subterráneas del acuífero Sinclinal de Calasparra a través de los pozos “El Moresno-Las Hoyas” y “Los Losares”», cuyo órgano sustantivo es la Confederación Hidrográfica del Segura del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), promovido por la Junta Central de Usuarios Norte de la Vega del Río Segura, la Comunidad de Regantes del trasvase Tajo-Segura de Totana, la Comunidad de Regantes de Puerto Lumbreras, la Comunidad de Regantes de Fuente Librilla, la Comunidad de Regantes de Alhama de Murcia, la mercantil Allozos Producciones, SL, la Comunidad de Regantes Sierra de Enmedio y la Comunidad de Regantes de la Zona II de Riego de las Vegas Alta y Media del Segura.
Alcance de la evaluación
La presente evaluación de impacto ambiental se realiza sobre los elementos descritos en el proyecto y el estudio de impacto que obran en el expediente.
Esta evaluación no comprende los ámbitos de evaluación de la seguridad y salud en el trabajo, seguridad de instalaciones eléctricas, seguridad industrial, gestión del riesgo de inundación, urbanismo, ordenación del territorio ni otros que poseen normativa reguladora e instrumentos específicos y quedan fuera de la evaluación de impacto ambiental.
1. Descripción y localización del proyecto
La actuación se enmarca dentro de las previsiones del Plan especial de actuación en situaciones de alerta y eventual sequía en la cuenca del Segura, aprobado por Orden TEC/1399/2018, y está amparada por el Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia agraria y de aguas en respuesta a la sequía y al agravamiento de las condiciones del sector primario derivado del conflicto bélico en Ucrania y de las condiciones climatológicas, así como de promoción del uso del transporte público colectivo terrestre por parte de los jóvenes y prevención de riesgos laborales en episodios de elevadas temperaturas.
El objeto del proyecto es la extracción de 3,75 hm3 anuales de agua, durante un periodo máximo de dos años, a través de los pozos El Moresno-Las Hoyas y Los Losares en el acuífero sinclinal de Calasparra, ubicados en el término municipal de Cieza (Región de Murcia), ambos propiedad de la Junta Central de Usuarios Norte de la Vega del Río Segura. Estos pozos de sequía están construidos, con caminos de acceso acondicionados, y las bombas instaladas y preparadas para su activación. Las aguas extraídas se conducirán a través de tuberías hasta ramblas próximas, desde donde se vierten al río Segura. Los usuarios del agua extraída serán la Comunidad de Regantes del trasvase Tajo-Segura de Totana, la Comunidad de Regantes de Puerto Lumbreras, la Comunidad de Regantes de Fuente Librilla, la Comunidad de Regantes de Alhama de Murcia, la mercantil Allozos Producciones, SL, la Comunidad de Regantes Sierra de Enmedio y la Comunidad de Regantes de la Zona II de Riego de las Vegas Alta y Media del Segura, que captarán el agua del río Segura desde sus respectivas tomas y derivaciones desde dicho río. La previsión anual original de explotación por pozo es la siguiente:
Pozo | Explotación anual prevista (hm3/año) |
---|---|
El Moresno-Las Hoyas. | 2,36 |
Los Losares. | 1,39 |
Total. | 3,75 |
El estudio de impacto prevé que los pozos funcionarán de marzo a octubre, con cuatro meses de parada entre los bombeos del primer año y el segundo, en que los bombeos no se reanudarán hasta marzo.
Las extracciones del acuífero Sinclinal de Calasparra planteadas en el proyecto se acumulan con las provocadas sobre el mismo acuífero por el proyecto «Explotación temporal de la batería de pozos de sequía de la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A., en el acuífero Sinclinal de Calasparra», cuyo promotor y órgano sustantivo es la Confederación Hidrográfica del Segura, con operación durante un máximo de cuatro años, y cuya declaración de impacto ambiental se formuló por Resolución de 13 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, publicada en el BOE el 22 de diciembre de 2023 cuya vigencia se solapa con la de la presente resolución.
2. Tramitación del procedimiento
La Confederación Hidrográfica del Segura realizó la información pública del estudio de impacto ambiental mediante anuncio en el «Boletín Oficial del Estado», de 9 de julio de 2024. Asimismo, consultó a las Administraciones públicas y organizaciones interesadas que se indican en el anexo.
Con fecha 8 de octubre de 2024, tuvo entrada en el órgano ambiental solicitud de inicio de evaluación de impacto ambiental ordinaria. Tras el análisis formal, el 22 de noviembre de 2024, se solicitó al órgano sustantivo la subsanación del expediente requiriendo el informe de la Dirección General de Patrimonio Natural y Acción Climática de la Región de Murcia. Con fecha 21 de febrero de 2024 se ha recibido respuesta de la Subdirección General de Patrimonio Natural y Cambio Climático de la Región de Murcia.
3. Análisis técnico del expediente
3.1 Análisis de alternativas.
El estudio de impacto ambiental propone las siguientes alternativas:
– Alternativa 0 o de no explotación.
– Alternativa 1. Bombeo sin restitución: Se bombean 7,5 hm3 en dos años de agua en el sinclinal de Calasparra (3,75 hm3/año), que se suministran en su totalidad a los usuarios.
– Alternativa 2: Bombeo con restitución: Se bombean 7,5 hm3 en dos años de agua en el sinclinal de Calasparra (3,75 hm3/año), de los que se restituyen al río Segura 1,42 hm3 (0,71 hm3/año) y se suministran a los usuarios 6,08 hm3 (3,04 hm3/año).
En la alternativa 1 y en la alternativa 2, a partir del primer año, la continuidad de las extracciones está condicionada a la persistencia de la declaración de sequía.
El promotor opta por la alternativa 2 considerando que, durante el periodo de bombeo, al verter al río Segura 0,71 hm3/año compensa la disminución de las aportaciones del manantial del Gorgotón.
No obstante, este órgano ambiental concluye que es más adecuado que el bombeo se programe de forma que el manantial del Gorgotón, que constituye la principal salida conocida del acuífero de Calasparra al río Segura, no deje de manar agua en ningún momento, resultando contraproducente aumentar las extracciones de aguas subterráneas para aportar artificialmente agua al río Segura y al tiempo rebajar más el nivel piezométrico del acuífero en el manantial El Gorgotón, de manera que en lugar de comportarse como un manantial pueda pasar a comportarse como un sumidero de agua desde el río hacia el acuífero, lo que sería contrario a la finalidad de la compensación propuesta. Así, la conexión natural entre este acuífero y el río Segura a través del Manantial El Gorgotón debe mantenerse en todo momento, como fue contemplado en la declaración de impacto ambiental del proyecto Batería de Sondeos de Calasparra. En este mismo sentido, se manifiesta Ecologistas en Acción de Murcia.
3.2 Tratamiento de los principales impactos del proyecto.
A la vista del estudio de impacto ambiental, de las contestaciones a las consultas recibidas y de las observaciones finales del promotor, se resumen a continuación los impactos significativos del proyecto y su tratamiento. El resto de los impactos contemplados en el estudio que se ha considerado que son compatibles o moderados y que tienen en dicho documento un tratamiento adecuado y suficiente, no se detallan en la presente declaración, pudiendo consultarse dicho documento en el enlace web siguiente (código de proyecto 20240262):
https://sede.miteco.gob.es//portal/site/seMITECO/navServicioContenido
3.2.1 Suelo, subsuelo, geodiversidad.
En la zona de estudio, el río Segura circula encajándose progresivamente entre calizas y dolomías del cretácico superior al norte de las sierras del Molino y la Palera, para acabar formando el Cañón de Almadenes, de unos 4 km de longitud, que abandona aguas abajo para entrar en un relieve más abierto en margas del mioceno superior. Los sondeos preexistentes están próximos a los Lugares de Interés Geológico LIG PT101 Manantial del Gorgotón y Cañón de Almadenes y LIG PT039 Falla de Socovos, sin que el estudio prevea efectos en su geomorfología por encontrarse ya construidos.
Sin embargo, la explotación de los pozos puede afectar a la funcionalidad del LIG Manantial del Gorgotón y Cañón de Almadenes, cuyo interés principal es hidrogeológico, al ser la principal descarga subterránea natural conocida del acuífero Sinclinal de Calasparra. Los caudales que manan del manantial del Gorgotón van a verse reducidos o incluso invertidos por la explotación de los pozos, debido al descenso del nivel piezométrico. En el caso de que el nivel piezométrico descienda por debajo de la cota del manantial El Gorgotón, éste se comportará como un sumidero de agua del Segura al acuífero, en lugar de como un manantial. Este impacto se considera significativo como se analiza en el apartado siguiente.
3.2.2 Agua.
El proyecto se ubica en el acuífero Sinclinal de Calasparra, perteneciente a la unidad hidrogeológica (07.08), y en la masa de agua subterránea Sinclinal de Calasparra (ES070MSBT000000022). Se trata de un acuífero carbonatado con una superficie de 329 km2 que abarca los términos municipales de Calasparra, Cieza y Jumilla. Tiene una potencia en las zonas de saturación completa de 500 m, definida por el IGME en el Plan de Investigación de Aguas Subterráneas de 1978. El acuífero es atravesado por el río Segura, estableciéndose una relación hídrica entre ambos en la zona comprendida entre Calasparra y el manantial del Gorgotón o Borbotón, en término municipal de Cieza. Este manantial se ubica en el margen izquierdo del río Segura, unos 200 m aguas abajo de la central hidroeléctrica de Almadenes, y constituye la salida natural del acuífero Sinclinal de Calasparra, que descarga en torno a 12,21 hm3/año.
En la zona de estudio, existen las masas de agua superficial Río Segura desde central hidroeléctrica Cañaverosa a Quípar (ES070MSPF001010110), Río Segura desde confluencia con río Quípar a Azud de Ojós (ES070MSPF001010111), y Río Quípar después del embalse (ES070MSPF001012004). Este último río desemboca en el Segura entre las dos primeras masas de agua. En este tramo del río Segura, el caudal circulante, la altura de la lámina de agua y su composición química están influidos por el régimen de explotación de los embalses de cabecera y por las aportaciones del trasvase Tajo-Segura.
El proyecto prevé la extracción del acuífero Sinclinal de Calasparra de 3,75 hm3/año de agua, que se sumarían a las extracciones del anteriormente mencionado proyecto Batería de Sondeos de Calasparra (máximo 31,88 hm3/año). Tanto las extracciones sobre el acuífero Sinclinal de Calasparra como los impactos ambientales derivados de ambos proyectos se acumulan, siendo en buena medida este proyecto una ampliación del anterior, por lo que en la presente resolución se tiene en cuenta tanto la información existente en ambos expedientes como el análisis técnico y las condiciones de la declaración de impacto ambiental emitida para el proyecto Batería de Sondeos de Calasparra.
El promotor estudia el impacto del proyecto junto con el de la Batería de Sondeos de Calasparra y los pozos permanentes, en el estado cuantitativo del acuífero analizando cuatro supuestos, calculando, para la serie temporal agregada de cuatro años en todo el periodo de que se dispone de datos, la recarga de lluvia del acuífero en el periodo de sequía correspondiente al valor mínimo, al percentil 10, al percentil 20 y a la mediana, escenarios a los que siguen los años de recarga que les corresponden en dicha serie. La recuperación del acuífero se produciría entre tres y cuatro años. El estudio indica que la simulación realizada es coherente con el tiempo necesario para la recuperación piezométrica tras los periodos de bombeo 1993-2006 y 2015-2019, que fue de cinco y tres años respectivamente. Asimismo, el estudio argumenta que el volumen de reservas movilizado en los casos estudiados está comprendido entre 62 y 74 hm3, que es una fracción muy pequeña de las reservas del acuífero, de entre 1400 hm3 y 3000 hm3. También, señala que, según las simulaciones para el estudio hidrogeológico de «Batería de Sondeos de Calasparra», una vez cesadas las extracciones se prevé una recuperación del 60 % en el primer año y superior al 80 % en el tercer año. Sin embargo, cabe destacar que el citado estudio hidrogeológico especifica que sus simulaciones no incluyen los pozos de sequía de titularidad privada, únicamente los pozos de sequía de la Batería de Sondeos de Calasparra. Finalmente, resalta que, según los datos de seguimiento de la Confederación Hidrográfica del Segura, en 2022, cuatro años después de la última explotación temporal 2015-2018, la recuperación de la cota piezométrica en la zona de la batería de sequía de la Confederación y en las proximidades del manantial de El Gorgotón fue muy elevada, superior al 93 % respecto a la situación inmediatamente anterior al inicio de la explotación.
En relación con el impacto del proyecto en el manantial del Gorgotón y en la hidrodinámica del acuífero Sinclinal de Calasparra, el estudio muestra el comportamiento del entorno del manantial del Gorgotón en 3 etapas temporalmente diferentes, una etapa inicial hasta 1993, antes de los primeros ciclos de bombeo, una etapa intermedia de 1993 hasta 2015 en que tuvieron lugar varios ciclos de bombeo, y una tercera etapa en la que se autorizan nuevos bombeos de sequía, pero dejaron de funcionar los pozos de sequía de la Batería de Sondeos de Calasparra más próximos al manantial de El Gorgotón salvo el Almadenes 2. En esta última etapa se mantuvo el nivel piezométrico en torno a 190 msnm. El estudio considera que se puede prever un comportamiento del acuífero similar al ciclo de extracciones 2015-2019 puesto que las extracciones autorizadas a la Batería de Sondeos de Calasparra son iguales y las extracciones autorizadas a los pozos El Moresno-Las Hoyas y Los Losares eran 2 hm3 superiores. También indica que el comportamiento piezométrico permite situar el nivel piezométrico en el manantial El Gorgotón a una cota intermedia entre el piezómetro El Gorgotón y el sondeo Almadenes 1, en torno a 190 msnm, señalando que la descarga de este manantial cesa en el periodo de extracciones, pero la superficie piezométrica del acuífero mantiene la continuidad hidráulica con el río. Por todo ello, el promotor concluye que durante los bombeos se producirá el cese temporal de la surgencia en el manantial del Gorgotón, pero manteniendo la continuidad hidráulica en medio saturado entre el río y el acuífero.
En este contexto, el IGME informa que, aunque los recursos que se movilizarían serían muy inferiores a las reservas de agua subterránea estimadas en el acuífero, la compatibilidad ambiental debe ser el objetivo principal durante la explotación. El proyecto producirá un deterioro temporal en el estado del acuífero que está regulado y admitido por el artículo 38.1 del Reglamento de Planificación Hidrológica, habiéndose producido esta situación coyuntural en anteriores sequías. La experiencia obtenida en anteriores sequías tiene que servir para que este proyecto no ponga en peligro los objetivos medioambientales de tipo cuantitativo, químico y global fijados en esta masa de agua para el año 2027. Asimismo, destaca que debe tenerse en cuenta que la explotación temporal por sequía se realizaría a través de 9 pozos de sequía de la Confederación del Segura (Batería de Sondeos de Calasparra), los dos pozos de este proyecto y otros 2 pozos privados activos regularmente, y la posible activación de otros pozos de sequía, ahora inactivos. Por ello, el IGME indica que, si la situación de sequía en la cuenca del Segura comporta tomar medidas extraordinarias, la explotación del acuífero se debe valorar en su conjunto.
La Oficina de Planificación Hidrológica de la Confederación Hidrográfica del Segura informa que la acumulación de este proyecto y el de la Batería de Sondeos de Calasparra supondrá una explotación coyuntural de las reservas de este acuífero y un deterioro temporal del buen estado de la correspondiente masa de agua subterránea. La existencia de estos deterioros temporales no constituye en sí misma una incompatibilidad con el Plan Hidrológico de la Demarcación, que en su artículo 29 posibilita la admisión de estos deterioros cuando se deban a causas naturales o de fuerza mayor, entre las que se encuentra la sequía prolongada y las actuaciones que se precise realizar para su superación.
En relación con el impacto del proyecto en el manantial del Gorgotón, categorizado como Lugar de Interés Geológico, el IGME informa que, de acuerdo con el conocimiento hidrogeológico actual y la información presentada, la descarga del manantial es uno de los indicadores clave para evaluar la compatibilidad ambiental del proyecto y determinar la respuesta que tendrá el acuífero frente a los bombeos planteados. También, destaca que, considerando la información cartográfica tomada del IGN, advierte un cambio significativo en la cota del manantial, calculándola en 191 msnm, superior a la cota considerada para dicho manantial en el proyecto de Batería de Sondeos de Calasparra de 189,2 msnm. El IGME señala que esta nueva cota ajusta mejor con los valores piezométricos de los pozos de su entorno en régimen natural, siendo un cambio bastante relevante ya que implica una interpretación diferente en la relación entre los tiempos de recuperación del nivel piezométrico, sus ciclos de descarga y la posición de las cotas piezométricas de los pozos y el manantial. Teniendo en cuenta la proximidad de los pozos de El Moresno-Las Hoyas y Los Losares al manantial, recomienda actuar con precaución durante el bombeo y analizar con rigor la consistencia de la relación de los niveles piezométricos y la evolución del caudal de descarga del manantial, considerando fundamental precisar mediante nivelación topográfica la cota de descarga del manantial del Gorgotón y las cotas de los puntos de control y bombeo de su entorno.
Por otra parte, el IGME señala que el planteamiento diseñado en el anterior proyecto Batería de Sondeos de Calasparra no contemplaba bombear agua subterránea en el sector de Almadenes, exceptuando el pozo Almadenes II, con el fin de preservar la situación hidrodinámica del manantial del Gorgotón. La activación con este nuevo proyecto de los pozos El Moresno-Las Hoyas y Los Losares, muy próximos al manantial, requiere considerar conjuntamente las posibles afecciones de ambos proyectos durante el periodo de explotación conjunta. También indica que la situación estratégica de este acuífero en la cuenca y su volumen de reservas hídricas subterráneas muestran condiciones favorables de cara a un modelo de gestión conjunta y coordinada con otros recursos de la cuenca del Segura.
Este órgano ambiental considera que los impactos de este proyecto se acumulan a los del proyecto Batería de Sondeos de Calasparra, cuya declaración de impacto ambiental incluía condiciones para que fuera ambientalmente viable. El estudio de impacto ambiental de la Batería de Sondeos de Calasparra incluía en su anejo 5 «Estudio hidrogeológico y modelo matemático de flujo del acuífero Sinclinal de Calasparra. Predicción del comportamiento del acuífero frente a la explotación temporal de la batería de pozos de sequía de la CHS» la simulación de la respuesta del acuífero ante el proyecto de extracción de la Batería de Sondeos de Calasparra, pero sin tener en cuenta la posible puesta en marcha de otros pozos de sequía de titularidad privada, como El Moresno-Las Hoyas y Los Losares. Según el anejo 5 del estudio de impacto ambiental de la Batería de Sondeos de Calasparra, la distribución planteada de los pozos de la Batería de Sondeos de Calasparra, alejándolos del manantial del Gorgotón, permitía la formación de un umbral piezométrico en el sector del Cañón de Almadenes con dos direcciones preferentes de drenaje, una hacia el oeste en dirección a la batería de bombeo y otra hacia el este en dirección al manantial. La formación de este umbral piezométrico permitiría el mantenimiento de la surgencia del manantial hasta el final del periodo de bombeo estacional e interanual de la Batería de Sondeos de Calasparra. La activación de los dos nuevos pozos objeto de esta evaluación cerca del Gorgotón puede suponer un cambio en el comportamiento hidrodinámico del acuífero considerado en la evaluación del Batería de Sondeos de Calasparra que debe ser tomado en consideración para que se siga garantizando el mantenimiento del afloramiento de agua en el manantial del Gorgotón durante la totalidad de la explotación simultánea de ambos proyectos. Por ello, este órgano ambiental considera necesario que se realice una gestión conjunta de ambos proyectos por parte de la Confederación Hidrográfica del Segura bajo los mismos criterios indicados en la declaración de impacto ambiental del Batería de Sondeos de Calasparra.
La Oficina de Planificación Hidrológica del Confederación Hidrográfica del Segura indica que, para evaluar el impacto del proyecto, ha perfeccionado el modelo de flujo subterráneo del acuífero y ha simulado el efecto de las extracciones acumuladas de este proyecto y el de la Batería de Sondeos de Calasparra. Según la simulación obtenida, prevé que los bombeos totales de ambos proyectos afectarán al caudal del manantial, que dejaría de manar agua durante las extracciones. Transcurridos entre tres y cuatro años tras el cese de los bombeos de la Batería de Sondeos de Calasparra, el caudal del manantial y la piezometría del acuífero en su entorno habrían alcanzado una recuperación del 90 %. En base a dichas simulaciones y teniendo en cuenta la experiencia de bombeos en anteriores situaciones de escasez, el estudio de impacto ambiental considera un impacto moderado y recuperable sobre el caudal del Gorgotón y el estado cuantitativo del acuífero. No obstante, para recuperar el buen estado cuantitativo de la masa subterránea Sinclinal de Calasparra se precisaría un apreciable periodo de inactividad antes de acometer futuros proyectos, en el que los niveles piezométricos del acuífero y sus salidas naturales al sistema superficial recuperasen sus valores ordinarios.
En relación con el efecto del proyecto en las aguas superficiales, concretamente en el caudal y la altura de la lámina de agua del rio Segura, el estudio ha analizado el impacto cuantitativo en el río para los mismos cuatro supuestos utilizados para estudiar el impacto cuantitativo en el acuífero. El estudio concluye que durante el periodo de sequía el vertido de los pozos de la Batería de Sondeos de Calasparra y de los pozos El Moresno-Las Hoyas y Los Losares al río generan un mayor caudal en el río, mientras que en el periodo de normalidad que sigue a la sequía se produce una recuperación gradual de las reservas del acuífero y cuando finaliza el río vuelve a su situación normal. Según el estudio, los caudales resultantes de la actuación son pequeños en relación con los caudales normalmente circulantes. Por ello, considera que el impacto en el caudal circulante y en la altura de la lámina de agua del rio Segura son no significativos. Respecto al impacto del proyecto en la calidad de las aguas superficiales, el estudio indica que la salinidad media del agua del río Segura para el periodo 2000-2023 ha sido de 798 μS/cm, mientras que la salinidad media del agua de los pozos del proyecto en su último periodo de explotación en 2017 fue de entre 1.450 μS/cm y 1.480 μS/cm. Los vertidos de los pozos del proyecto al río Segura se acumularían a los de la Batería de Sondeos de Calasparra de Confederación Hidrográfica del Segura, cuya salinidad oscila entre 950 y 1.045 μS/cm. En este sentido, el estudio de impacto ambiental indica el efecto conjunto de los vertidos de los pozos del proyecto y de los pozos de la Confederación supondrían una variación media medias en la salinidad del río Segura de entre +25 μS/cm y –35 μS/cm. Teniendo en cuenta la gran variabilidad de la salinidad media en las aguas del río Segura, tanto mensual como anual, el estudio concluye que el impacto acumulado del proyecto en la calidad de las aguas del río segura es compatible.
En este sentido, la Oficina de Planificación Hidrológica de la Confederación Hidrográfica del Segura indica que los informes anuales de seguimiento del Plan Hidrológico de la Demarcación del Segura 2015/2021 no han identificado deterioro temporal alguno en masas de agua superficiales, que pudiera ser atribuido al funcionamiento temporal de los pozos de sequía del Sinclinal de Calasparra.
La Dirección General del Agua de la Región de Murcia informa que, dentro de sus competencias, no es previsible el proyecto pueda causar impactos ambientales significativos.
La Dirección General de Medio Natural de la Región de Murcia indica que deberá asegurarse el cumplimiento del régimen de caudales ecológicos de las masas de agua afectadas, prestando especial atención a la evolución de la surgencia del manantial del Gorgotón.
Ecologistas en Acción de la Región de Murcia alega que, dada la gran calidad de sus aguas, el acuífero Sinclinal de Calasparra debería considerarse una reserva estratégica para usos básicos de abastecimiento de la población de la cuenca en situación de Emergencia por sequía. El cambio climático hace que este carácter de reserva estratégica sea cada vez más crítico. Por otra parte, considera que las aguas de la cuenca en modo alguno pueden ser utilizadas para satisfacer las demandas de agua de los regadíos del trasvase Tajo-Segura, que se crearon a expensas de recursos ajenos a la cuenca y que no cuentan con derechos de agua de recursos propios de la cuenca. Ecologistas en Acción considera que el presente proyecto incumple flagrantemente ambas condiciones, ya que destina las aguas del Sinclinal de Calasparra a regadío y además para beneficiar a los regantes del trasvase Tajo-Segura.
En relación con el factor agua y acreditados los impactos acumulados a los del proyecto Batería de Sondeos de Calasparra, este órgano ambiental mantiene el criterio de la evaluación ambiental de dicho proyecto, de manera que la explotación conjunta de ambos proyectos no interrumpa ni invierta la natural relación río-acuífero que tienen el acuífero Sinclinal de Calasparra y el río Segura a través del Manantial El Gorgotón, y que el tiempo de recuperación de los niveles piezométricos del acuífero tras la situación crítica sea el menor posible, de manera que se puedan cumplir los requisitos indicados por el artículo 38 del Reglamento de Planificación Hidrológica para admitir el deterioro temporal en el estado de esta masa de agua. Todo ello, al margen del derecho que tengan las entidades que actúan como promotoras del proyecto para utilizar agua del acuífero Sinclinal de Calasparra vertida al río Segura, cuestión que compete a la Confederación Hidrográfica del Segura. En consecuencia, se aplicarán las mismas condiciones de la declaración de impacto ambiental de la Batería de Sondeos de Calasparra, entre las que destacan las relativas a limitar la explotación de estos pozos a escenarios de alerta o emergencia y en el marco de una declaración de situación excepcional por sequía o escasez, a mantener en todo momento el nivel del acuífero por encima del nivel de la cota de surgencia del Gorgotón y a asegurar que el caudal del río Segura supera en todo momento el caudal ecológico mínimo establecido. Tras cada ciclo de bombeo se justificará detalladamente el cumplimiento de las condiciones indicadas por el artículo 38 del Reglamento de Planificación Hidrológica para poder admitir el deterioro temporal de la masa de agua subterránea, y finalizado el proyecto solo se podrá plantear un nuevo ciclo de bombeo si se ha verificado la completa recuperación de los niveles piezométricos de la masa de agua subterránea. Estas condiciones han sido incluidas en el apartado correspondiente de la presente resolución.
3.2.3 Vegetación, flora, fauna y Red Natura 2000.
El proyecto se encuentra ubicado en la ZEC ES6200004 «Sierras y Vega Alta del Segura y Ríos Alhárabe y Moratalla» que coincide geográficamente con la ZEPA «Sierra del Molino, Embalse del Quípar y Llanos del Cagitán» (ES0000265). También se localiza en el espacio natural pendiente de protección del Cañón de Almadenes (disposición adicional tercera de la Ley 4/1992, de 30 de julio, de Ordenación y Protección del Territorio de la Región de Murcia). Aguas arriba y a cierta distancia, se encuentra la Reserva Natural de Cañaverosa. Al ubicarse en espacios de la Red Natura 2000, los efectos del proyecto sobre estos espacios están íntimamente ligados a los causados sobre los hábitats de interés comunitario, flora y fauna que constituyen sus objetivos de conservación. Por ello se analizan todos ellos conjuntamente en el presente apartado.
La ZEC ES6200004 «Sierras y Vega Alta del Segura y Ríos Alhárabe y Moratalla» incluye el tramo alto del río Segura y de su afluente el río Benamor. Son cursos fluviales que atraviesan sistemas de vega y zonas de montaña, destacando la característica formación del Cañón de Almadenes en la Sierra del Molino y Palera. Las formaciones vegetales asociadas a los cauces fluviales son entramados de bosque de ribera mixtos con orlas de zarzal, cañaveral y tarayal, y restos de alamedas y saucedas. Destaca la presencia de fresnos (Fraxinus angustifolia) y olmos (Ulmus minor), especies escasísimas en la Región de Murcia.
La ZEPA ES0000265 Sierra del Molino, Embalse del Quípar y Llanos del Cagitán se superpone en su parte norte con la ZEC. En la ZEPA existen búho real, halcón peregrino, cigüeñela, alcavarán, chova piquirroja águila-azor perdicera, cernícalo primilla y varias especies de ardeidas.
El espacio natural que constituye el Cañón de Almadenes tiene gran interés geomorfológico e hidrológico, destacando las formaciones kársticas, las surgencias de agua, su singularidad paisajística y la vegetación de ribera dominada por tarajes, álamos blancos y sauces. Presenta siete especies de quirópteros del anexo II de la Directiva Hábitats, la población más importante de la Región de nutria, galápago leproso y el caballito del diablo Coenagrion mercuriale. La zona de actuación está unos 13 km aguas debajo de la Reserva Natural de Sotos y Bosques de Ribera de Cañaverosa.
Respecto a la vegetación de las riberas del río Segura en el tramo en que se sitúan los pozos, está formada por alamedas y saucedas blancas con una orla en las orillas de sauces arbustivos, tarajes y adelfa. La vegetación de ribera, tanto del cauce del Segura como del manantial del Gorgotón, se encuentra afectada por el régimen de explotación de los embalses de cabecera y por las aportaciones del trasvase Tajo-Segura, que ocasionan frecuentes variaciones en la lámina de agua y la eventual inundación del manantial del Gorgotón por el río. Esta vegetación se encuentra algo alterada por la intervención humana, especialmente aguas abajo a partir del ensanchamiento del cauce donde comienza una vega cultivada.
Según el estudio de impacto ambiental, en la zona se presentan los hábitats de interés comunitario (HIC): 5210 Matorrales arborescentes de Juniperus spp., 6420 Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del Molinion-Holoschoenion, 7210* Turberas calcáreas de Cladium mariscus y con especies del Caricion davallianae, 92A0 Bosques galería de Salix alba y Populus alba, 92D0 Galerías y matorrales ribereños termomediterráneos (Nerio-Tamaricetea y Securinegion). En las parcelas de los pozos se encuentran los HIC 1430 Matorrales halo-nitrófilos ibéricos Pegano-Salsoletea, 1510* Estepas salinas mediterráneas (Limonietalia), 4090 Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga, 5330 Matorrales termomediterráneos y pre-estépicos, 6110* Prados calcáreos cársticos o basófilos del Alysso-Sedion albi, 6220* Zonas subestépicas de gramíneas y anuales de Thero-Brachypodietea, 8210 Pendientes rocosas calcícolas con vegetación casmofítica, 1430 Matorrales halo-nitrófilos y 9540 Pinares mediterráneos de pinos mesogeanos endémicos. La Dirección General de Medio Natural de la Región de Murcia también informa de la presencia del hábitat 7220* Manantiales petrificantes con formación de tuf (Cratoneurion), hábitat prioritario que también figura para la ZEC ES6200004 en el anexo I del anexo IV del Plan Hidrológico del Segura (Tercer ciclo).
El estudio ha evaluado las repercusiones sobre la vegetación del entorno de los pozos, en la vegetación de ribera del río Segura y en la vegetación del entorno del Gorgotón. El pozo de Los Losares dispone de una tubería que vierte al fondo de un barranco de lecho rocoso y con pinar de pino carrasco, acompañado de sabinas y espartizales. El aumento de caudal en el barranco no producirá un impacto significativo ni sobre las especies ni sobre las comunidades vegetales existentes. El pozo de El Moresno-Las Hoyas vierte a la rambla del Ramel, en la cual existe un denso tarayal, acompañado de carrizales. El estudio de impacto ambiental indica que, si bien, no todas las comunidades presentes en la rambla toleran la inundación permanente, las visitas al campo muestran que un buen estado de estos hábitats en la actualidad, después de otros periodos de bombeo. Respecto a las afecciones sobre la vegetación de ribera del río Segura, el estudio indica que todos los hábitats presentes están adaptados a las variaciones del caudal del río. También indica que dado que el impacto en el caudal circulante y en la altura de la lámina de agua del rio Segura sería mínimo, el impacto en la vegetación de ribera es no significativo. La vegetación presente en el entorno del manantial del Gorgoton se caracteriza por la presencia de una primera banda de Typha dominguensis seguida de Rubus ulmifolius. El estudio indica que no se produciría un impacto en esta vegetación ya que siempre se mantendría humedad en entorno del manantial. En el supuesto del cese de la surgencia del manantial, al encontrarse la cota del manantial por debajo de la del río Segura se produciría una sustitución de las aguas del manantial por las del río Segura. Además, señala que, en el manantial de El Gorgotón, no hay presencia de comunidades vegetales ligadas a salpicaduras, zonas rezumantes o tobas calizas, como la de Anagallis tenella o la de Adiantum capillus-veneris. Respecto al impacto del proyecto en los hábitats de interés comunitario, señala que no se producirá un impacto significativo en los hábitats identificados, considerando que todos los hábitats presentes están perfectamente adaptados a las variaciones del caudal del río. En relación con las posibles afecciones a los hábitats 7210* y 7220* detectadas en la evaluación ambiental del proyecto Batería de Sondeos de Calasparra, el estudio de impacto ambiental únicamente hace referencia al hábitat 7210*, caracterizado en la Región de Murcia por la asociación 621123 Typho-Schoenoplectetum glauci, para el que considera que está perfectamente adaptado a las variaciones del caudal del río dado su carácter mediterráneo, considerando que en cualquier caso el efeto sería mínimo por la restitución de agua que el proyecto prevé hacer al río para compensar la disminución de caudales aportados por El Gorgotón.
Durante la evaluación ambiental del proyecto Batería de Sondeos de Calasparra, se constató que el plan de gestión de la ZEC Sierras y Vega Alta del Segura y Ríos Alhárabe y Moratalla incluye referencia para el hábitat 7210* a la asociación 621012 Cladio marisci-Caricetum hispidae para el tramo norte del Segura, así como también referencia al hábitat prioritario 7220* Manantiales petrificantes con formación de tuf (Cratoneurion) a su asociación Trachelio coeruleae-Adiantetum capillii-veneris de helechales de tobas calizas, típicamente asociados a surgencias de aguas bicarbonatadas y considerado elemento clave de la ZEC. Este hábitat depende directamente de la existencia de afloramientos continuos de aguas subterráneas bicarbonatadas, por lo que, en el seguimiento ambiental del proyecto Batería de Sondeos de Calasparra, se incluyó la realización de una prospección completa del ámbito de la ZEC en que los sondeos pueden alterar los niveles freáticos aflorantes, con localización y caracterización del estado de conservación de cada una de las localizaciones. Asimismo, se incorporó una medida cautelar de detención del bombeo si se detecta que el funcionamiento los pozos provoca la pérdida del afloramiento de agua imprescindible para la existencia de este hábitat.
Teniendo en cuenta lo anterior, este órgano ambiental considera necesario que, si se detecta que el funcionamiento conjunto de ambos proyectos provoca la pérdida del afloramiento de agua imprescindible para la existencia del hábitat 7220*, se proceda a la detención de ambos bombeos, lo cual se incorpora al condicionado de la resolución.
La Dirección General de Medio Natural de la Región de Murcia informa que las afecciones a los hábitats estarían asociados a la profundización del nivel piezométrico y a las variaciones en el caudal circulante, así como por alteraciones en calidad del agua. Por su parte, el estudio de impacto ambiental recoge que las extracciones no causarán afecciones significativas sobre el caudal y por lo tanto el nivel del río ni la calidad del agua. Además, en todo caso se mantendrá por encima de los caudales ecológicos mínimos. No se prevé que los hábitats ligados a la ribera y las especies de flora freatófita se vean afectados de forma significativa. En el caso las especies xerófilas y rupícolas pueden verse afectados de forma puntual si el caudal de desaguado arrastra la vegetación y el poco suelo existente.
Por otro lado, la zona de estudio posee una abundante y diversa fauna, destacando la presencia de nutria (Lutra lutra), galápago leproso (Mauremys leprosa), boga del Tajo (Chrondostoma polylepis), avetorillo (Ixbroychus minutus), martinete (Nycticorax nycticorax), garza imperial (Ardea purpurea), garza real (Ardea cinerea), garceta común (Egretta garzzeta), martín pescador (Alcedo atthis) y la libélula Coenagrion mercuriale. El estudio de impacto ambiental considera que los impactos podrían estar asociados a posibles cambios en la vegetación riparia por variaciones significativas en la calidad de las aguas, el caudal y la profundidad del río. Considera que la afección por alteraciones en las condiciones hidrológicas del medio es insignificante, debido a que no se espera ni una variación apreciable en altura de la lámina de agua en el río, ni una variación significativa de la calidad del agua. El Estudio concluye que no se esperan afecciones a la fauna acuática o terrestre.
La Dirección General de Medio Natural de la Región de Murcia informa que no se prevé que las extracciones perturben a la fauna ligada a la ribera, ya que no se afectará de forma significativa al caudal o nivel del río Segura. Asimismo, indica que, según el Plan de Recuperación de la nutria, la zona del río Segura en torno a los pozos está catalogada como área crítica, por ser una zona de gran interés ecológico donde la especie siempre ha estado presente y se ha constatado su reproducción.
El estudio evalúa las repercusiones sobre la Red Natura 2000 analizando los posibles efectos en los hábitats y especies objeto de conservación, y concluye que, puesto que no se producirán alteraciones significativas en el caudal circulante por el río Segura, ni se modificará sustancialmente su altura de lámina de agua, ni se provocarán variaciones significativas en la calidad de las aguas del río, no se producirán impactos significativos en la vegetación y en los hábitats de interés asociados al río Segura, a la ubicación de los pozos o al manantial del Gorgotón. Respecto al impacto del proyecto en la fauna presente en la ZEC y en la ZEPA, considera que la afección por alteración de las condiciones hidrológicas es insignificante. El estudio considera que se pueden producir molestias a especies de aves y otros vertebrados por el ruido producido por las bombas eléctricas de los pozos, si bien considera que es un impacto temporal y reversible.
La Dirección General de Medio Natural de la Región de Murcia informa que los pozos y la tubería de vertido se localizan sobre la ZEPA «Sierra del Molino, Embalse del Quípar y Llanos del Cagitán» y ZEC «Sierras y Vega Alta del Segura y Ríos Alhárabe y Moratalla», concretamente afectarían a la Zona de Reserva «Almadenes», Zona de Conservación Prioritaria y Zona de Uso Agrario. Analizadas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias del estudio, concluye que no habrá una alteración apreciable de los hábitats naturales, fauna y flora silvestre que motivaron la designación de los espacios protegidos Red Natura 2000. Tampoco prevé que desencadene procesos erosivos graves o trasformación del relieve ni que origine residuos o contamine el agua. No prevé que produzca una modificación de carácter permanente o de larga duración en los espacios Red Natura 2000 afectados, ni sobre el manantial del Gorgotón, ya que se ha comprobado que su caudal volverá a la normalidad una vez hayan cesado los bombeos de agua y el acuífero se recargue. Por tanto, el organismo concluye que no se prevé que las actuaciones solicitadas tengan efectos significativos sobre la Red Natura 2000, si bien incluye una serie de condiciones, entre las que destaca la necesidad de plantear un plan de vigilancia ambiental conjunto para este proyecto y para el de la Batería de Sondeos de Calasparra, ante la posible aparición de efectos sinérgicos y acumulados derivados de la explotación conjunta del acuífero. Estas condiciones han sido incorporadas al apartado de condiciones de la presente resolución.
Ecologistas en Acción de la Región de Murcia destaca la importancia del manantial del Gorgotón como Lugar de Interés Geológico y parte de la Red Natura 2000 alegando que la explotación del Sinclinal de Calasparra supondrá que el manantial del Gorgotón llegue a secarse por completo en determinados periodos, lo que afectará negativamente a los caudales circulantes, los hábitats y la biodiversidad asociada tanto al Gorgotón como al río Segura. También señala que este proyecto se acumula a otras explotaciones ya existentes, tanto permanentes como de carácter puntual como la Batería de Sondeos de Calasparra, y, por tanto, la nueva explotación tendría efectos aditivos y sinérgicos con las anteriores, agravando los impactos hidrológicos y ambientales negativos sobre el Sinclinal de Calasparra, sobre el río Segura, sobre los ecosistemas y hábitats naturales y sobre los derechos de otros usuarios de aguas superficiales y subterráneas de la cuenca.
A pesar de no haberse identificado riesgo de impactos significativos sobre la biodiversidad, en la información aportada en el expediente no figura la cartografía de detalle de distribución y valoración del estado de conservación de los hábitats de interés comunitario prioritarios 7210* y 7220* y los no prioritarios 92A0 y 92B0 requerida por la condición 3.6 al programa de vigilancia ambiental de la declaración de impacto del proyecto Batería de Sondeos de Calasparra. Estos hábitats son objeto de conservación en la ZEC ES6200004, y en especial los dos prioritarios son altamente dependientes de surgencias del acuífero, que se ven afectadas por la explotación de los pozos. En consecuencia, de acuerdo con lo planteado por la Dirección General de Medio Natural de la Región de Murcia, serán de aplicación a este proyecto las mismas condiciones indicadas para su protección y seguimiento en la declaración de impacto ambiental del proyecto Batería de Sondeos de Calasparra, lo que se incluye en el condicionado de la presente resolución.
3.2.4 Paisaje.
El entorno inmediato de la batería estratégica de sondeos del Sinclinal de Calasparra se compone de cuatro unidades paisajísticas según las unidades definidas por el Sistema de Información Territorial de la Región de Murcia, la Huerta del Segura en Calasparra, el Glacis regado del norte del Segura, la Sierra del Molino, y el entorno forestal del Almadenes. Al encontrarse ya construidos los pozos, el estudio no prevé que las actuaciones tengan impacto apreciable en el paisaje.
No obstante, cabe advertir de que el ámbito del Gorgotón es objeto de un uso público por visitantes atraídos por la importante surgencia de este manantial, por lo que la interrupción de dicha surgencia por efecto de los bombeos provocaría un impacto sobre el paisaje percibido por los visitantes de este singular enclave.
3.2.5 Población.
El estudio afirma que la extracción temporal de agua del acuífero Sinclinal de Calasparra reduce impactos críticos a una amplia variedad de negocios y empresas relacionados con la agricultura y el sector servicios, considerando que genera un impacto positivo en la socioeconomía y la población.
No obstante, Ecologistas en Acción de Murcia advierte de que la detracción de agua de este acuífero, que alimenta al río Segura, para destinarla a usuarios normalmente abastecidos con aguas del trasvase Tajo-Segura, producirá una reducción del recurso disponible para los usuarios y regantes tradicionales del propio río Segura.
3.2.6 Bienes materiales, patrimonio cultural.
En el entorno del proyecto, se ubican varios Bienes de Interés Cultural (BIC): cueva-sima de la Serreta, Abrigo de las Enredaderas y Cueva de las Cabras del Almorchón (TM de Cieza), Despoblado Islámico de la Villa Vieja y Abrigos del Pozo (TM Calasparra). La Cueva-Sima de la Serreta y los Abrigos del Pozo han sido declarados Patrimonio de la humanidad por la UNESCO. El Plan General Municipal de Ordenación de Cieza incluye como elementos de interés cultural las norias de Almadenes I y II; la acequia de don Gonzalo, como acequia histórica, y la Central Hidroeléctrica de Almadenes, catalogada como patrimonio industrial. Dado que los pozos están construidos y el proyecto no contempla nuevas obras, no se esperan afecciones a bienes materiales, ni al patrimonio cultural.
3.3 Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto.
El estudio de impacto ambiental no identifica ningún riesgo significativo de accidentes o catástrofes que pudieran provocar impactos ambientales relevantes durante el funcionamiento del proyecto.
3.4 Programa de vigilancia ambiental.
El estudio de impacto ambiental indica que el plan de vigilancia ambiental incluye, durante la fase de funcionamiento, el seguimiento del consumo eléctrico de las bombas, el control volumétrico mensual de las extracciones, el control piezométrico de los sondeos, el control químico del agua bombeada, controles en el manantial del Gorgotón, seguimiento ecológico de los cauces de vertido y control de posibles vertidos en el terreno. Se realizará la medición del nivel piezométrico al inicio del periodo anual de bombeo y una medición estática y dinámica mensual durante el periodo de bombeo, aunque el promotor indica que, si no se realiza ninguna parada operativa, no se forzará una detención para medir el nivel estático y solo se realizará la medida del nivel dinámico. Tampoco se establece el tiempo de parada previa de los pozos para la realización de la medición estática. Respecto al seguimiento de la calidad de las aguas subterráneas, se tomará una muestra de agua de cada pozo en los siete días siguientes al inicio del bombeo en la que se determinarán los contenidos de iones de cloruro, sulfato, bicarbonato, sodio, calcio, magnesio y la conductividad eléctrica en un laboratorio homologado. Mensualmente se tomará una muestra de agua para determinar su conductividad in situ. En caso de una desviación de la conductividad superior al 20 % de la primera medición, se tomará otra muestra de agua para análisis en el laboratorio. El seguimiento del manantial del Gorgotón se realizará mediante el seguimiento de la lámina de agua en el río en la estación de aforos y la evolución del nivel piezométrico en el Piezómetro Gorgotón y en el sondeo Almadenes 1, ambos propiedad de la Confederación Hidrográfica del Segura.
Por último, el estudio prevé realizar un seguimiento del estado ecológico de los cauces de vertido vigilando la posible aparición de ejemplares desarraigados de especies protegidas o destrucción hábitats de interés comunitario. También indica que se extremará el cuidado de que no se produzcan vertidos de aceites u otras sustancias líquidas potencialmente contaminantes.
La Dirección General de Medio Natural de la Región de Murcia informa que teniendo en cuenta la existencia de otros pozos de sequía en activo en el mismo acuífero y ante la posible aparición de efectos sinérgicos y acumulativos derivados de la explotación conjunta del acuífero, considera necesario que el plan de vigilancia ambiental sea, asimismo, conjunto. Para asegurar la conservación de los valores naturales se deberá realizar un seguimiento ambiental que permita valorar la interrelación entre la explotación del acuífero y las posibles afecciones a los hábitats, y a especies de flora y fauna que se puedan ver afectadas. Considera necesaria la inclusión de un seguimiento de los principales hábitats vinculados a zonas húmedas presentes en la ZEC, alamedas y saucedas 92A0, formaciones de tarays y baladres 92D0, herbazales subacuáticos pertenecientes a los hábitats 7210 y helechales de tobas calizas representados por el hábitat prioritario 7220*. También señala que, dado que los posibles efectos se prolongarían más allá del cese de la explotación de los pozos de sequía, el plan de vigilancia debería también prolongarse hasta la recuperación cuantitativa del acuífero hasta unos niveles aceptables.
El IGME informa que la explotación combinada de los pozos «El Moresno-Las Hoyas» y «Los Losares» y de la Batería de Sondeos de Calasparra requiere de un seguimiento riguroso, considerando las incertidumbres expuestas en su informe y el impacto acumulado que puede producir una alteración temporal del funcionamiento del acuífero.
Se incluyen en el condicionado de la resolución medidas adicionales que deben incorporarse en el programa de vigilancia ambiental.
Fundamentos de Derecho
El proyecto objeto de la presente resolución se encuentra comprendido en el epígrafe b) del Grupo 7. Proyectos de ingeniería hidráulica y de gestión del agua del anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, por lo que, habiéndose sometido a evaluación de impacto ambiental con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad con lo establecido en su artículo 7.1, procede formular su declaración de impacto ambiental, de acuerdo con el artículo 41 de la citada ley.
Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1.c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la evaluación practicada: el documento técnico del proyecto, el estudio de impacto ambiental, el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas y su consideración por el promotor, resuelve:
En consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la Subdirección General de Evaluación Ambiental, formula la declaración de impacto ambiental del proyecto «Extracción temporal de aguas subterráneas del acuífero Sinclinal de Calasparra a través de los pozos “El Moresno-Las Hoyas” y “Los Losares”» en la que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la evaluación ambiental practicada y se exponen a continuación, en las que se debe desarrollar el proyecto para la adecuada protección del medio ambiente y los recursos naturales, lo cual no exime al promotor de la obligación de obtener todas las autorizaciones ambientales o sectoriales que resulten legalmente exigibles.
1. Condiciones generales
El promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas y correctoras contempladas en el estudio de impacto ambiental, las aceptadas tras la información pública y las consultas y las contenidas en información complementaria, en tanto no contradigan lo establecido en la presente resolución.
1.1 La explotación de los pozos «El Moresno-Las Hoyas» y «Los Losares» objeto de este proyecto se realizará de manera conjunta con la explotación del proyecto de la Batería de Sondeos de Calasparra, siguiendo los mismos criterios y las mismas condiciones 2.4 a 2.9 de la Resolución de 13 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formuló la declaración de impacto ambiental de dicho proyecto, que se han incluido adaptadas en el condicionado de esta resolución. Las decisiones sobre su explotación, incluidos los momentos de inicio y de parada de bombeo en cada pozo de sequía, los caudales y volúmenes bombeados en cada uno y su distribución entre los diferentes promotores, así como su seguimiento ambiental, serán realizados por la Confederación Hidrográfica del Segura y de forma conjunta con los correspondientes al proyecto de la Batería de Sondeos de Calasparra, a la vista de los resultados del seguimiento conjunto de ambos proyectos.
1.2 En caso de plantearse en dicho periodo nuevos proyectos de la misma naturaleza en el mismo acuífero Sinclinal de Calasparra, en su evaluación de impacto ambiental deberán tenerse en cuenta los impactos acumulados o sinérgicos con el presente proyecto y con el de la Batería de Sondeos de Calasparra, en particular los provocados sobre sus niveles piezométricos, el afloramiento del Gorgotón y los ecosistemas ribereños y acuáticos dependientes del agua.
2. Condiciones relativas a medidas preventivas, correctoras y compensatorias para los impactos significativos
2.1 La duración de la fase de explotación de los pozos «El Moresno-Las Hoyas» y «Los Losares», que se ha previsto para un máximo de dos años, estará condicionada a la evolución real de la situación y a la existencia de un Plan Especial de Sequía y de una declaración de situación excepcional por sequía o escasez en vigor que enmarquen y justifiquen la actuación de acuerdo con el artículo 38 del Reglamento de Planificación Hidrológica, debiendo finalizar la explotación una vez finalice dicha situación excepcional, aun cuando no hubiesen trascurrido los dos años. Dentro de dicha fase de explotación, los pozos de sequía solo podrán extraer agua del acuífero los meses en que las Unidades Territoriales de Explotación (UTE) de la Demarcación en que se encuentran las superficies con derecho a riego de los respectivos promotores se encuentren en estado de alerta o emergencia, de acuerdo con los indicadores de escasez del Plan Especial de Sequía de la cuenca del Segura.
2.2 La explotación de los pozos de sequía se llevará a cabo con las características físicas y funcionales que los pozos presentan en la actualidad.
2.3 El volumen máximo que se podrá extraer del acuífero y distribuir entre los usuarios será de 3,04 hm3/año, con un total máximo de 6,08 hm3 en los dos años de duración máxima del proyecto, volúmenes que estarán condicionados al cumplimiento en todo momento del resto de condiciones de esta resolución. No se extraerá ningún volumen adicional del acuífero para restituir al río.
2.4 La explotación de los pozos de sequía se programará, realizará y controlará de manera que en todo momento el nivel piezométrico del acuífero en el manantial del Gorgotón quede por encima de su cota de surgencia y en unos niveles que además permitan verificar de manera inequívoca la surgencia material del agua del acuífero al río. Las mismas cautelas se adoptarán para mantener un afloramiento de agua permanente en las manifestaciones existentes del hábitat de interés comunitario 7220* Manantiales petrificantes con formación de tuf (Cratoneurion). En caso de que la vigilancia ambiental indicara riesgo de que la cota piezométrica descendiera por debajo de la cota de surgencia del Gorgotón, o que se pudiera interrumpir el afloramiento de agua en alguna representación del hábitat 7220*, se detendrá la explotación de los pozos de sequía, y sólo se reactivarán cuando se verifique que el riesgo ha desaparecido y en las condiciones que permitan asegurar el cumplimiento de esta condición.
2.5 De acuerdo con la nueva información dada por el IGME, mediante nivelación topográfica de las cotas de descarga del manantial del Gorgotón y de los puntos de control y de bombeo de su entorno, se revisará y precisará con mayor exactitud la cota de surgencia de El Gorgotón, que en la declaración de impacto del proyecto Batería de Sondeos de Calasparra se había establecido en 189,2 msnm, en base a la información entonces disponible. La revisión de cotas requerirá acuerdo entre el IGME y la Confederación Hidrográfica del Segura.
2.6 Tras cada ciclo anual de bombeo se realizará una parada mínima de cuatro meses para recuperación parcial del acuífero.
2.7 Durante los dos ciclos anuales de bombeo previstos en este proyecto, que según sea su año de inicio se solaparán con dos de los cuatro ciclos previstos en el proyecto de la Batería de Sondeos de Calasparra con el que provocarán efectos acumulados, en el piezómetro del Gorgotón no se podrán superar los descensos de nivel piezométrico máximos señalados en la declaración de impacto ambiental de la Batería de Sondeos de Calasparra, debiendo mantenerse en todo momento por encima de 193,5 msnm, en el primer ciclo anual de la Batería de Sondeos de Calasparra, sobre 192,8 msnm, en su segundo ciclo, sobre 192,3 msnm, en su tercer ciclo, y sobre 191,8 msnm, en su cuarto ciclo. En caso de que el seguimiento indique riesgo de que alguno de estos umbrales se vea superado, se detendrá la extracción de agua de los pozos de sequía hasta que dicho riesgo desaparezca.
2.8 Con el fin de no explotar el acuífero de forma innecesaria, la cantidad a extraer se reajustará a la baja en función de la evolución de los niveles piezométricos y de las posibilidades de uso de otras fuentes alternativas de suministro (trasvase, desalinizadoras, etc.).
2.9 Son de aplicación las determinaciones del artículo 42 del Reglamento de la Planificación Hidrológica sobre el principio de recuperación de costes de los servicios relacionados con el agua, incluidos los costes medioambientales y del recurso.
2.10 El promotor y el órgano sustantivo se asegurarán de que la explotación de los pozos no comprometa el cumplimiento del régimen de caudales ecológicos en las dos masas de agua afectadas del río Segura. Tras cada ciclo anual de bombeo deberá comprobarse y documentarse el cumplimiento de las condiciones indicadas por el artículo 38 del Reglamento de Planificación Hidrológica para que pueda considerarse admisible un deterioro temporal del estado de la masa de agua subterránea afectada Sinclinal de Calasparra, y en particular las relativas a la existencia de causas naturales o de fuerza mayor que sean excepcionales o no hayan podido preverse razonablemente, a las medidas adicionales se han adoptado en el ciclo para evitar que siga deteriorándose su estado o que el deterioro se extienda a otras masas de agua superficiales conectadas como son las masas Río Segura desde CH Cañaverosa a Quípar y Río Segura desde confluencia con río Quípar a Azud de Ojós, así como al conjunto de medidas factibles que se hayan adoptado en el ciclo para devolver la masa de agua Sinclinal de Calasparra lo antes posible a su estado anterior.
2.11 Una vez concluido el periodo de explotación de los pozos «El Moresno-Las Hoyas» y «Los Losares», no se podrá iniciar un nuevo ciclo de explotación si no se ha constatado la completa recuperación de los niveles de la masa de agua Sinclinal de Calasparra afectada, así como la recuperación de su buen estado cuantitativo y químico. En su caso, la autorización de futuros periodos de explotación requerirá de una nueva declaración de situación excepcional por sequía o escasez y de un nuevo procedimiento de evaluación de impacto ambiental, que se realice conjuntamente con el del resto de pozos de sequía que se prevea activar en el mismo acuífero, y que tenga en cuenta los resultados tanto del seguimiento ambiental efectuados en este proyecto y el de la Batería de Sondeos de Calasparra como las mejoras en el conocimiento del comportamiento del acuífero, de su relación con el río y con el estado de conservación de los hábitats y especies afectados.
2.12 Si durante la ejecución de las actuaciones se apreciase alguna afección no prevista sobre hábitats o especies objeto de conservación en los espacios de la Red Natura 2000 afectados, o bien sobre especies protegidas de fauna o flora, se informará de ello al órgano competente de la Región de Murcia, que dispondrá las medidas mitigadoras adicionales necesarias.
2.13 En los casos en que sea necesario desbrozar o realizar otras acciones sobre la vegetación en los recintos donde se encuentran los sondeos o en su periferia por razones de seguridad o para reducir el riesgo de incendios, ello se realizará en la forma en que autorice el órgano competente de la Región de Murcia, cuando ello resulte normativamente exigible.
3. Condiciones al Programa de vigilancia ambiental
Previamente al inicio de la explotación se elaborará el Plan de Seguimiento y Vigilancia Ambiental del proyecto, que debe diseñarse y realizarse de manera conjunta con el seguimiento y vigilancia ambiental del proyecto de la Batería de Sondeos de Calasparra.
El Plan de Seguimiento y Vigilancia Ambiental deberá cumplir las siguientes condiciones:
3.1 Seguimiento del nivel piezométrico.
3.1.1 Mediciones del nivel piezométrico estático en la red de control piezométrico y en cada pozo en explotación, en los siguientes momentos: previamente al inicio de cada ciclo de bombeo, semanalmente durante el ciclo de bombeo (previa parada de los pozos de 24 h), y semanalmente tras su finalización durante cuatro semanas más; después en periodo de parada el control será mensual hasta que los pozos recuperen al menos el 90 % del descenso de nivel provocado por el ciclo bombeo anterior, teniendo como referencia los niveles piezométricos previos al inicio de dicho ciclo. Ello siempre que no se produzcan variaciones significativas en el régimen de explotación provocadas por la entrada en explotación de otros pozos de sequía existentes en el mismo acuífero, en cuyo caso la Confederación Hidrográfica del Segura fijará las condiciones más apropiadas para el control piezométrico conjunto.
3.1.2 En el piezómetro Gorgotón se instalará un sensor que permita llevar a cabo el control piezométrico en tiempo real cada hora. Si resultase preciso para poder calcular el caudal aflorado por este manantial, también se dispondrá de dispositivo de seguimiento de la cota de la superficie del Segura en su entorno.
3.1.3 Se realizará una medida semanal del nivel piezométrico dinámico en los pozos en explotación.
3.2 Seguimiento mensual de los volúmenes bombeados por cada uno de los pozos y del total bombeado, puesto en relación con el escenario existente cada mes en relación con la sequía (normalidad o sequía prolongada) y con la escasez (normalidad, prealerta, alerta o emergencia) de acuerdo con los indicadores del Plan Especial de Sequía de la demarcación, y en su caso con las previsiones aplicables del real decreto de declaración de situación excepcional por sequía o escasez. Indicar el volumen aportado al río Segura y el volumen captado de dicho río por cada usuario, especificando sus respectivos puntos de toma.
3.3 Seguimiento del estado de descarga del manantial del Gorgotón.
3.3.1 Antes de iniciar la explotación, y después con carácter trimestral hasta que finalicen los bombeos, se deberá cuantificar el caudal de descarga del manantial del Gorgotón, aplicando la metodología y criterios utilizados en el documento «Trabajos de medida de caudales en manantiales y niveles en humedales de la Demarcación Hidrográfica del Segura en el periodo 2020-2023» u otras mejores técnicas disponibles.
3.3.2 Cada vez que se realice la medición del caudal del Gorgotón, simultáneamente se realizarán las mediciones de conductividad, pH, temperatura y de la turbidez en las aguas del río Segura a la altura del manantial y en el propio manantial. Todo ello acompañado de fotografías de manantial y su entorno inmediato, incluidas fotografías subacuáticas.
3.4 Seguimiento anual del efecto de los bombeos sobre los indicadores que definen el buen estado cuantitativo de la masa de agua Sinclinal de Calasparra (anejo 08 del plan hidrológico) para identificar eventuales deterioros temporales, verificando si se cumple que:
3.4.1 IE (índice de explotación) <0,8 y no hay disminución piezométrica.
3.4.2 0,8<IE<1 y no existen descensos piezométricos, reducciones de caudales aportados por manantiales y el balance global está equilibrado.
3.4.3 Inexistencia de alteraciones antropogénicas por extracciones en las masas de aguas subterráneas que impidan alcanzar el caudal ecológico mínimo en las masas de aguas superficiales asociadas a la masa de agua subterránea y en los ecosistemas dependientes de las aguas subterráneas.
3.4.4 Inexistencia de alteraciones antropogénicas por extracciones en las masas de aguas subterráneas que impidan el cumplimiento de las necesidades ambientales de los ecosistemas dependientes de las aguas subterráneas.
3.4.5 Inexistencia de alteraciones antropogénicas por impacto de las extracciones que puedan causar una alteración del flujo que genere salinización u otras intrusiones.
3.5 Seguimiento del régimen de caudales del tramo del río Segura afectado, y del cumplimiento de los caudales ecológicos mínimos.
3.6 Seguimiento del estado de los hábitats de interés comunitario potencialmente afectados: Antes de iniciar la explotación, dentro de las partes de la ZEC ES6200004 «Sierras y Vega Alta del Segura y Ríos Alhárabe y Moratalla» susceptibles de verse afectadas por los cambios provocados por el proyecto en el nivel piezométrico del acuífero y en el caudal del río Segura, se deberá realizar una cartografía detallada de distribución de los hábitats prioritarios 7220* (superficies de afloramiento y rezumaderos en escarpes, laderas o riberas) y 7210* (riberas), determinando en cada parche de distribución encontrado la superficie (HIC 7220*) o longitud de ribera (HIC 7210*) ocupadas, la cota (HIC 7220*), y su estado de conservación de acuerdo con los criterios de las «Bases ecológicas preliminares para la conservación de los tipos de hábitat de interés comunitario en España» u otros que alternativamente indique el órgano gestor del espacio. También se realizará una cartografía básica de distribución y evaluación del estado de conservación de los hábitats no prioritarios 92A0 y 92D0. Este trabajo se realizará en las condiciones que determine el órgano gestor del espacio, sus resultados le serán reportados, y servirán de base para el posterior seguimiento de los efectos del proyecto sobre los hábitats de interés comunitario durante la fase de explotación del proyecto, manteniendo la cartografía actualizada en función del resultado del seguimiento. Durante la explotación, se realizará un seguimiento anual de los efectos del proyecto sobre la distribución y estado de conservación de cada parche de distribución de los hábitats prioritarios identificados y potencialmente afectados, así como un seguimiento general del efecto sobre los hábitats no prioritarios de ribera. Una vez finalizada la fase de explotación, se prolongará el seguimiento indicado de estos hábitats durante un año más, para el efecto de la posterior recuperación de niveles en el acuífero con su distribución y estado de conservación.
El Seguimiento y Vigilancia Ambiental conjuntos serán realizados por la Confederación Hidrográfica del Segura, con la colaboración de la Junta Central de Usuarios Norte de la Vega del Río Segura y del resto de promotores del proyecto.
Durante toda la fase de explotación, y tras su cese hasta la constatación de la completa recuperación de los niveles piezométricos del acuífero, se realizará un informe anual del seguimiento ambiental realizado. Todos los informes de seguimiento deberán ser publicados en la web de la Confederación Hidrográfica del Segura.
Se procede a la publicación de esta declaración de impacto ambiental, según lo previsto en el apartado tercero del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, y a su comunicación al órgano sustantivo para su incorporación al procedimiento de autorización del proyecto.
De conformidad con el apartado cuarto del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se autoriza el proyecto.
Madrid, 20 de mayo de 2025.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.
ANEXO
Consultas realizadas por el órgano sustantivo a las Administraciones públicas afectadas e interesados, y contestaciones recibidas por éste
Consultados | Respuestas |
---|---|
Instituto Geológico y Minero de España. | Sí |
Oficina de Planificación Hidrológica de la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A. | Sí |
Dirección General del Agua de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca, Medio Ambiente y Emergencias de la Región de Murcia. | No |
Servicio de Gestión y Protección Forestal de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca, Medio Ambiente y Emergencias de la Región de Murcia. | No |
Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura y Deportes de la Región de Murcia. | No |
Subdirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca, Medio Ambiente y Emergencias de la Región de Murcia. | No |
Dirección General de Territorio y Arquitectura de la Consejería de Fomento e Infraestructuras de la Región de Murcia. | Sí |
Asociación de Naturalista del Sureste (Anse). | No |
Ecologistas En Acción de la Región Murciana. | No |