El artículo 520.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 6 de julio, del Poder Judicial establece que los funcionarios o funcionarias de los Cuerpos a que se refiere el libro VII, dedicado a la ordenación de la actividad profesional, desempeñarán los puestos de trabajo, entre otros centros de destino, en las Secretarías de Gobierno.
El artículo 521.1 y 2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que la ordenación del personal funcionario de los Cuerpos a que se refieren los libros V y VI y su integración en las distintas unidades u oficinas se realizará a través de las relaciones de puestos de trabajo que se aprueben y que, en todo caso, serán públicas.
El artículo 522 de la referida ley orgánica determina en sus apartados 1 y 2 que el Ministerio de Justicia elaborará y aprobará, previa negociación con las organizaciones sindicales más representativas, las relaciones de puestos de trabajo en que se ordenen los puestos de trabajo de las oficinas y unidades previstas en el artículo 520.1, correspondientes a su respectivo ámbito de actuación. La aprobación de las relaciones de puestos de trabajo se realizará mediante resolución de la persona titular del centro directivo que tenga atribuida esta competencia.
La presente resolución tiene por objeto aprobar las relaciones de puestos de trabajo de las secretarías de gobierno del territorio no transferido. Por razón de lo expuesto, previa negociación con las organizaciones sindicales más representativas y en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 3.2.e) del Real Decreto 204/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes; y de conformidad con los artículos 522 y concordantes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, resuelvo:
Aprobar las relaciones de puestos de trabajo del personal al servicio de la Administración de Justicia de las secretarías de gobierno que se contienen en el anexo I y la tabla de códigos incluida en el anexo II que se podrán consultar en el enlace https://www.mjusticia.gob.es/es/servicio-justicia/proyectos-transformacion/oficina-judicial/estructura (página web del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes).
A partir de la entrada en vigor de esta resolución se realizarán los procesos de acoplamiento en los puestos de trabajo.
Las secretarías de gobierno incluidas en esta resolución adaptarán su actual estructura a las relaciones de puestos de trabajo del anexo I el día 31 de diciembre de 2025, de forma simultánea al despliegue de la oficina judicial del partido correspondiente. La presente resolución producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 21 de julio de 2025.–La Secretaria General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, Sofía Puente Santiago.