Resolución de 21 de mayo de 2025, de la Dirección General de Políticas Turísticas, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Turismo y Paradores de Turismo de España, S.M.E., SA, para la organización de la 123.ª Reunión del Consejo Ejecutivo de ONU Turismo y potenciar la imagen del turismo español en el exterior.

Nº de Disposición: BOE-A-2025-10469|Boletín Oficial: 127|Fecha Disposición: 2025-05-21|Fecha Publicación: 2025-05-27|Órgano Emisor: Ministerio de Industria y Turismo

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio entre la Secretaría de Estado de Turismo (SETUR) del Ministerio de Industria y Turismo, y Paradores de Turismo de España, S.M.E, SA (Paradores) para la organización de la 123.ª Reunión del Consejo Ejecutivo de ONU Turismo y potenciar la imagen del turismo español en el Exterior, firmado el 15 de mayo de 2025.

Madrid, 21 de mayo de 2025.–La Directora General de Políticas Turísticas, Ana Muñoz Llabrés.

ANEXO

Convenio entre la Secretaría de Estado de Turismo (SETUR) del Ministerio de Industria y Turismo, y Paradores de Turismo de España, S.M.E, SA (Paradores) para la organización de la 123.ª Reunión del Consejo Ejecutivo de ONU Turismo y potenciar la imagen del turismo español en el exterior

Madrid, 15 de mayo de 2025.

REUNIDOS

De un lado, doña Ana Muñoz Llabrés, en nombre y representación de la Secretaría de Estado de Turismo (en adelante, SETUR) del Ministerio de Industria y Turismo del Reino de España, en virtud de su nombramiento como Directora General de Políticas Turísticas a través del Real Decreto 598/2024, y de las competencias atribuidas en el artículo 11 de la Orden ITU/296/2025, por la que se fijan los límites para administrar los créditos para gastos y se delegan competencias (BOE-A-2025-6166).

Y de otro, doña Raquel Sánchez Jiménez, en nombre y representación de Paradores de Turismo de España, S.M.E., SA (en adelante, Paradores) con domicilio en la calle José Abascal, 2-4, 28003 Madrid, y provista de NIF A-79855201 actuando en su condición de Presidenta-Consejera Delegada, en ejercicio de la delegación de facultades del Consejo de Administración de la sociedad de fecha 28 de diciembre de 2023, cuyos acuerdos se elevaron a públicos bajo la fe de la Notaria de Madrid, doña Blanca Entrena Palomero el 29 de diciembre de 2023, con el número de protocolo 2977 y se hallan debidamente inscritos en el Registro Mercantil de Madrid.

Ambas capacitadas para la firma de este convenio, serán denominadas conjuntamente como las «Partes».

EXPONEN

I. La SETUR, en el ejercicio de sus competencias, conforme a lo establecido en el Real Decreto 409/2024, de 23 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria y Turismo, tiene la responsabilidad de la definición, desarrollo, coordinación y ejecución de las políticas turísticas del Estado, así como las relaciones turísticas institucionales con organizaciones internacionales, incluyendo ONU Turismo, y la cooperación turística internacional, además de ejercer la promoción exterior del turismo.

En particular, corresponde a la SETUR, a través de la Dirección General de Políticas Turísticas, el diseño e implantación de estrategias encaminadas al desarrollo y mejora de los destinos turísticos basadas en la calidad, la promoción de la excelencia, la corresponsabilidad público-privada, la participación social, la sostenibilidad ambiental, social y económica y la adaptación a los nuevos requerimientos de la demanda, así como el desarrollo de planes y programas que promuevan la innovación, la calidad, la sostenibilidad y la competitividad de productos turísticos de alto valor añadido para la clientela; así como el fomento de nuevas categorías de producto que contribuyan a la desestacionalización y desconcentración de la oferta, todo ello basado en la colaboración público-público y público-privada.

II. Paradores, como instrumento de política turística, al ser una red de establecimientos hoteleros de interés cultural, turístico y patrimonial, colabora en la promoción del turismo sostenible y de calidad en España. Asimismo, Paradores desempeña un papel fundamental en la valorización del patrimonio histórico y arquitectónico del país, integrando en su oferta turística aspectos de conservación medioambiental y responsabilidad social corporativa. Paradores, como sociedad mercantil estatal, tiene como objetivo gestionar y explotar una red de establecimientos hosteleros basada en un servicio de calidad integral, diferenciado, accesible y personalizado, comprometido con el entorno natural, económico e histórico, impulsar la imagen del turismo español unida a un desarrollo sostenible y proyectar una imagen país de modernidad y calidad de nuestro turismo en el exterior. Así, contribuye a la integración territorial, a la recuperación y mantenimiento del Patrimonio Histórico-Artístico de nuestro país y a la preservación y disfrute de espacios naturales, de forma que es motor dinamizador de zonas con reducido movimiento turístico o económico.

III. España es el país sede de ONU Turismo y, en virtud del Convenio de Sede firmado entre el Reino de España y la Organización Mundial del Turismo, el 25 de junio de 2015 (BOE núm. 182, de 31 de julio de 2015), asume compromisos en la organización de las reuniones de sus órganos estatutarios, tal y como se recoge en su artículo 13.3 que reza que «El Gobierno español dará facilidades para la celebración de las reuniones de la Asamblea General, Consejo Ejecutivo, comisiones y grupos de trabajo que no puedan realizarse en el edificio de la sede de la organización». Así, como Estado sede, España se asegura que estas reuniones se lleven a cabo en un marco de excelencia organizativa, definida por una planificación meticulosa, una ejecución eficiente y una coordinación fluida entre todos los participantes y equipos involucrados.

IV. Las Partes están interesadas en colaborar horizontalmente en ausencia de vocación de mercado. La causa de este convenio es la instrumentación de una cooperación real y el fin perseguido es el logro de los objetivos que las Partes tienen en común, guiado únicamente por consideraciones relacionadas con el interés público. Con esta colaboración se llevará a cabo la organización de la 123.ª Reunión del Consejo Ejecutivo de ONU Turismo (en adelante la Reunión) que se celebrará en España los días 29 y 30 de mayo de 2025, con la participación de las 35 delegaciones internacionales de los Estados Miembros que forman parte del Consejo Ejecutivo y que estarán encabezadas por sus representantes ministeriales y altos cargos del sector turístico internacional, congregando a más de 300 asistentes. Dado el prestigio de este evento, es imprescindible garantizar su éxito en términos de organización, participación y visibilidad global.

La coincidencia de la celebración de la 123.ª Reunión del Consejo Ejecutivo de ONU Turismo en España permite alcanzar fines que tienen en común SETUR y Paradores, mediante la realización de dicho evento de gran trasfondo internacional en un entorno favorecedor, proyectando la imagen de modernidad y calidad de nuestro turismo exterior y dando respuesta a objetivos compartidos como misión común.

V. El convenio tiene como objetivo potenciar la imagen del turismo español en el exterior, estableciendo una cooperación horizontal entre la SETUR y Paradores. En el marco de esta cooperación se prevé la organización de la Reunión, garantizando que los medios logísticos, humanos, técnicos y materiales necesarios aseguren el cumplimiento de los objetivos establecidos y a su vez, contribuyan a la integración territorial, a la recuperación y mantenimiento del Patrimonio Histórico-Artístico de nuestro país y a la preservación y disfrute de espacios naturales, de forma que sea motor dinamizador de zonas con reducido movimiento turístico o económico.

VI. Esta 123.ª Reunión del Consejo Ejecutivo de ONU Turismo los días 29 y 30 de mayo de 2025 se celebrará en el Parador del Real Sitio de La Granja de San Ildefonso (Segovia), establecimiento de la red especialmente idóneo por estar ubicado en las cercanías de Madrid (lugar al que llegarán las delegaciones por vía aérea) y contar con un Centro de Congresos y Convenciones y disponibilidad para las fechas señaladas. El Parador se encuentra ubicado en la Casa de los Infantes, y el Centro de Congresos y Convenciones en el antiguo Cuartel de la Guardia de Corps en La Granja de San Ildefonso, localidad de menos de 6.000 habitantes, declarada conjunto Histórico Monumental.

VII. Esta colaboración se desarrollará bajo los principios de eficiencia, transparencia y calidad, asegurando un impacto positivo en la imagen de España como destino turístico de referencia a nivel internacional. En cuanto al cumplimiento del principio de eficiencia, se destaca que el coste total derivado del presente convenio es inferior a los precios de mercado, lo que permite optimizar los recursos públicos y asegurar una utilización más rentable y eficaz de los mismos.

Así, en el ejercicio de sus funciones, las Partes acuerdan la firma del presente convenio, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

Consiste en la realización conjunta de una tarea común de interés público, que tiene por objeto potenciar la imagen de España en el exterior como destino turístico, instrumentalizada a través de la organización de la reunión en el Parador de La Granja de San Ildefonso (Segovia), garantizando que los medios logísticos, técnicos y materiales necesarios aseguran el cumplimiento de los objetivos establecidos para su desarrollo.

El objeto de este convenio contribuye a la integración territorial, a la recuperación y mantenimiento del Patrimonio Histórico-Artístico de nuestro país y a la preservación y disfrute de espacios naturales, de forma que es motor dinamizador de zonas con reducido movimiento turístico o económico.

Esta colaboración se desarrollará bajo los principios de eficiencia, transparencia y calidad, asegurando un impacto positivo en la imagen de España como destino turístico de referencia a nivel internacional.

Tanto SETUR como Paradores comparten la titularidad inmaterial del resultado de las actuaciones.

Esta reunión del consejo, que es el Comité de Dirección de ONU Turismo, responsable de garantizar que la organización lleve a cabo su programa de trabajo y se ajuste a su presupuesto, incluye la celebración de un plenario y de dos comités de trabajo, uno de Miembros Afiliados y otro sobre el Programa y Presupuestos de la Organización. Se llevarán a cabo los días 29 y 30 de mayo de 2025.

Segunda. Actuaciones a realizar por las Partes.

a) Por parte de SETUR:

– Diseñar y coordinar la logística de la organización de la Reunión del 123 Consejo Ejecutivo, asegurando la provisión de los medios materiales, logísticos y tecnológicos necesarios.

– Proporcionar apoyo logístico a las delegaciones oficiales.

– Gestionar la representación institucional y la coordinación con ONU Turismo.

– Garantizar la seguridad, la interpretación simultánea y los servicios protocolarios que sean precisos.

– Proveer los medios personales y técnicos, así como los servicios necesarios para cumplir el objeto del convenio.

– Coordinar la comunicación y difusión del evento en medios nacionales e internacionales para potenciar la imagen de España en el exterior como destino cultural y patrimonial.

– Diseño de un evento de bienvenida para los participantes de la reunión y seguimiento de la ejecución de su organización por parte de Paradores.

b) Por parte de Paradores:

– Ceder y gestionar los espacios necesarios en su establecimiento, sito en La Granja de San Ildefonso (Segovia), para la celebración del 123.º Consejo Ejecutivo y reuniones paralelas (descrito en el anexo I), incluido el montaje y desmontaje de los mismos.

– Ceder y facilitar los medios personales, materiales y técnicos necesarios para la celebración del evento (descrito en el anexo I).

– Posibilitar opciones de hospedaje a los asistentes.

– Proporcionar servicios de restauración a los asistentes en la reunión, tales como almuerzos, cafés y otros, así como el espacio necesario.

– Suministrar los soportes para la señalética y visibilidad del evento en los espacios relevantes.

– Provisión de bolsa de bienvenida a los participantes de la Reunión para promoción de la Red de Paradores.

– Ofrecer un evento promocional para todos los asistentes al encuentro que incluya una presentación de la Red de Paradores.

– Proveer de personal para apoyo en la organización (azafatos y azafatas).

El detalle de los medios materiales se recoge en el anexo I que acompaña a este convenio.

Tercera. Coste total del convenio.

La actividad objeto de este convenio tiene un presupuesto máximo de 411.941,41 euros según se desglosa en el anexo II, y contará con la aportación económica de las Partes en la forma y cuantía previstas en dicho anexo.

Cuarta. Financiación y obligaciones económicas de las Partes.

El impacto económico derivado de este convenio será 411.941,41 euros.

Financiación:

a) La aportación económica de SETUR se establece en un máximo de 297.289,65 euros que tiene dos partes:

– Una cantidad de 225.744,85 euros que se transferirá a Paradores. Esta cantidad será abonada a Paradores, entidad encargada de la producción ejecutiva y, consecuentemente, del pago directo a proveedores, por la contratación de todos aquellos medios materiales, humanos y técnicos necesarios para el correcto desarrollo del evento y que deban ser contratados.

– Una cantidad de 71.544,80 euros que se compromete a aportar SETUR para hacer frente a las obligaciones derivadas de este convenio, tales como gastos de interpretación, transporte de los participantes en la reunión y fotógrafo, entre otros.

Aplicación presupuestaria 20.04.432A.640 Gastos en inversiones de carácter inmaterial.

Proyecto 2014 20 04 0003. Actuaciones de cooperación nacional e internacional.

Año 2025.

b) La aportación económica de Paradores se establece en un máximo de 114.651,76 euros, derivada de la aportación de sus salas, medios materiales, logísticos y humanos de que dispongan directamente para el desarrollo de la Reunión y de la organización de las demás actuaciones previstas en el anexo II del convenio.

Quinta. Justificación y pago.

Antes del 30 de junio, Paradores presentará cuenta justificativa de los gastos realizados adjuntando las facturas o comprobantes correspondientes. El pago a Paradores se tramitará una vez revisada la documentación justificativa de los gastos.

Sexta. Comisión de Seguimiento.

La comisión se encargará de:

– Velar por el cumplimiento del convenio.

– Resolver los problemas de interpretación que pudieran plantearse en ejecución del mismo.

– Verificar la adecuada justificación de los compromisos económicos adoptados en el presente convenio.

– Cualquier otra cuestión que sea necesaria para la correcta ejecución del convenio siempre que no afecte al contenido mínimo y esencial del mismo.

En el caso de que los costes globales máximos previstos para las actuaciones, sean inferiores al coste real de alguna de ellas sobre el presupuestado, la diferencia se podrá destinar a incrementar el presupuesto de cualquiera de las actuaciones, siempre dentro del límite máximo del gasto autorizado y dispuesto, que no supongan un cambio sustancial del objeto del convenio y que, además, sean autorizadas por la comisión.

A los efectos de coordinación de lo expuesto en el presente convenio, las Partes acuerdan constituir una Comisión de Seguimiento que tendrá como misión el seguimiento de las actuaciones realizadas objeto de este convenio:

– Por parte de SETUR, dos personas designadas por la Directora General de Políticas Turísticas.

– Por parte de Paradores, dos personas designadas por la Presidenta de Paradores.

La presidencia de esta comisión será ejercida por el representante nombrado por SETUR de mayor rango.

Asimismo, la comisión contará con un quinto miembro designado por parte de SETUR que ejercerá las funciones de secretario con voz y sin voto.

Esta comisión se reunirá cuantas veces sean necesarias, como mínimo una vez a la entrada en vigor del convenio, y otra a la finalización del mismo y estará encargada del análisis y seguimiento de las actividades, con el fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos marcados y resolver las discrepancias que pudieran presentarse en su interpretación y ejecución.

En lo no previsto en esta cláusula y en el resto del texto del convenio se aplicarán de forma supletoria las reglas de órganos colegiados recogidas en la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Séptima. Naturaleza, interpretación y orden jurisdiccional.

El presente convenio se suscribe al amparo de lo estipulado en el artículo 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Para la interpretación de dudas y controversias que surjan en relación con lo estipulado en el presente convenio, se estará a lo dispuesto en las cláusulas del mismo y, subsidiariamente, se acudirá a los principios establecidos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, a las restantes normas administrativas que le sean de aplicación y a los principios generales del Derecho.

Las cuestiones que surgieran de la interpretación, aplicación y cumplimiento del presente convenio que no pudieren ser resueltas en el seno de la Comisión de Seguimiento recogida en la cláusula sexta del presente convenio, quedarán sometidas a las fórmulas de solución de controversias recogidas, tanto en la Ley 52/1997, de Asistencia Jurídica al Estado, como en el Real Decreto 1057/2024, de la Abogacía General del Estado.

Octava. Duración y vigencia.

Este convenio se perfecciona a la fecha de su firma por la prestación del consentimiento de las partes y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal.

Asimismo, será publicado en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

La vigencia de este convenio se extenderá hasta que las obligaciones de las partes se entiendan cumplidas y siempre antes del 31 de diciembre de 2025.

Novena. Extinción, causas de resolución y modificaciones.

El convenio se extingue por el cumplimiento del objeto del mismo.

El convenio se podrá resolver por:

– El acuerdo unánime de las Partes.

– El incumplimiento grave de alguna de las obligaciones de las Partes.

– Razones de fuerza mayor que impidan la celebración del evento.

– El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

– El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes.

Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.

La resolución del convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados si así se hubiera previsto.

– Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

– Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.

Cualquier modificación requerirá acuerdo escrito y expreso de ambas Partes a través de la correspondiente adenda que deberá cumplir con la tramitación establecida normativamente, previo informe de la Comisión de Seguimiento.

Y, en prueba de conformidad, las Partes firman el presente convenio.–Por la Secretaría de Estado de Turismo, la Directora General de Políticas Turísticas, Ana Muñoz Llabrés.–Por Paradores de Turismo de España, S.M.E., SA, la Presidenta de Paradores, Raquel Sánchez Jiménez.

ANEXO I

Aportación de medios materiales por parte de Paradores

Infraestructura y servicios generales:

– Climatización en todas las salas y espacios de eventos.

– Iluminación general adecuada para reuniones y conferencias.

– Servicio de seguridad básico con vigilancia en el acceso principal y control 24 h.

– Despacho médico con medios para atender posibles incidentes (personal no incluido).

Salas de reuniones y equipamiento:

Salón grande, La Granja (532 m²):

– Sistema de megafonía básico.

– Micrófonos fijos (cantidad sujeta a disponibilidad del Parador).

– Pantalla de gran formato (dimensiones no especificadas en la documentación).

– Proyector (detalles específicos a definir con proveedor externo).

Salones de 295 m² (dos disponibles):

– Sistema de megafonía.

– Micrófonos fijos (cantidad sujeta a disponibilidad del Parador).

– Pantalla de proyección.

– Proyector estándar.

Salas de reuniones medianas de 170 m² (tres disponibles):

– Sistema de sonido básico.

– Micrófonos fijos (cantidad sujeta a disponibilidad).

– Pantalla de proyección.

Salas pequeñas (30-80 m², 14 disponibles):

– Sistema de sonido portátil.

– Opcional: material de proyección según disponibilidad.

Material adicional incluido:

– Aguas y material de escritura para los asistentes en todas las salas.

ANEXO II

Actuaciones, presupuestación y financiación de las Partes

Servicios/Actuaciones

Coste global máximo de la actividad

Euros

Coste máximo imputable a Paradores

Euros

Coste máximo imputable a SETUR

Euros

Actuaciones a realizar por Paradores
SALÓN GRANDE LA GRANJA. 17.790,00 17.790,00 0,00
2 SALONES. 16.968,00 16.968,00 0,00
3 SALAS MEDIANAS EQUIPADAS. 14.076,00 14.076,00 0,00
14 SALAS PEQUEÑAS. 16.076,00 16.076,00 0,00
HABITACIONES PARADOR. 5.500,00 5.000,00 500,00
COFFEE BREAK DÍA 29. 6.600,00 6.600,00 0,00
COFFEE BREAK DÍA 30. 6.600,00 6.600,00 0,00
ESPACIO ALMUERZO DÍA 29. 2.120,00 2.120,00 0,00
CATERING ALMUERZO DÍA 29. 18.000,00 0,00 18.000,00
ESPACIO ALMUERZO DÍA 30. 2.120,00 2.120,00 0,00
CATERING ALMUERZO DÍA 30. 18.000,00 0,00 18.000,00
ESPACIO CENA DESPEDIDA DÍA 30. 2.120,00 2.120,00 0,00
CATERING CENA DESPEDIDA DÍA 30. 18.000,00 18.000,00 0,00
AUDIOVISUALES + CABINAS INTERPRETACIÓN. 147.000,00 0,00 147.000,00
SERVICIO SEGURIDAD EVENTO. 8.000,00 0,00 8.000,00
PULSERAS ACREDITACIÓN PARTICIPANTES. 2.227,61 0,00 2.227,61
CARTELERÍA. 14.999,00 0,00 14.999,00
ARREGLOS FLORALES. 1.200,00 0,00 1.200,00
AZAFATOS Y AZAFATAS. 20.000,00 4.181,76 15.818,24
BOLSA BIENVENIDA PARTICIPANTES. 3.000,00 3.000,00 0,00
 TOTAL. 340.396,61 114.651,76 225.744,85
%. 100 % 33,7 % 66,3 %
Actuaciones a realizar por SETUR
SERVICIO INTERPRETACIÓN. (Alojamiento y manutención de intérpretes). 4.048,00 0,00 4.048,00
PERSONAL SECRETARIA OMT. (Alojamiento y manutención). 5.000,00 0,00 5.000,00
REGALOS DELEGACIONES. 3.500,00 0,00 3.500,00
TRANSPORTE PARTICIPANTES. (Transporte local en Segovia-La Granja). 14.999,00 0,00 14.999,00
TRANSFER AEROPUERTO/ESTACIÓN (Llegada y Salida). 16.498,90 0,00 16.498,90
FOTÓGRAFO Y VÍDEO 3.000,00 0,00 3.000,00
CENA EN LA REAL FÁBRICA DE CRISTALES. 16.498,90 0,00 16.498,90
MONTAJE Y ALQUILER MOBILIARIO CENA EN LA REAL FÁBRICA DE CRISTALES. 8.000,00 0,00 8.000,00
 TOTAL. 71.544,80 0,00 71.544,80
  TOTAL GLOBAL. 411.941,41 114.651,76 297.289,65
%. 100 % 27,8 % 72,2 %

* Los costes globales máximos de cada una de las actuaciones están vinculados de manera que, en caso de resultar inferior el coste real de alguna de ellas sobre el presupuestado, la diferencia se podrá destinar a incrementar el presupuesto de cualquiera de las actuaciones, siempre dentro del límite máximo del gasto autorizado y dispuesto.