El Real Decreto 410/2024, de 23 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, atribuye, en su artículo 4.1.q), la competencia del estudio, propuesta y gestión del endeudamiento del Estado a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.
Conforme a lo expuesto y de acuerdo con lo previsto en el apartado 3 de la Orden EIC/369/2017, de 26 de abril, por la que se dispuso la emisión de Obligaciones del Estado a diez años indexadas al índice de precios de consumo armonizado ex-tabaco para la zona euro, al 0,65 por 100, vencimiento 30 de noviembre de 2027, a efectos de determinar el coeficiente de indexación aplicable a cada pago de cupón y el cupón resultante,
Esta Dirección General hace público:
1. El coeficiente de indexación aplicable al día 30 de noviembre de 2025, calculado conforme se define en el apartado 3.g) de la Orden EIC/369/2017, de 26 de abril, es el 1,28121.
2. En consecuencia, el cupón pagadero resultante, calculado según se define en el apartado 3.d) de la misma Orden, aplicable a la emisión de Obligaciones del Estado a diez años, indexadas a la inflación, al 0,65 por 100, vencimiento 30 de noviembre de 2027, en el periodo que se inició el 30 de noviembre de 2024 (incluido) y finalizará el 30 de noviembre de 2025 (excluido), es el 0,8327865 por 100.
Madrid, 21 de octubre de 2025.–La Directora General del Tesoro y Política Financiera, P. D. de firma (Resolución de 20 de febrero de 2024), la Subdirectora General de Gestión de la Deuda Pública, Mercedes Abascal Rojo.