Resolución de 22 de abril de 2025, del Instituto de Astrofísica de Canarias, por la que se publica el Convenio con la Fundación CajaCanarias y la Fundación Bancaria «la Caixa», para el desarrollo de un «Programa de Soporte Técnico y Administrativo en las Instalaciones y Observatorios del IAC».

Nº de Disposición: BOE-A-2025-8783|Boletín Oficial: 106|Fecha Disposición: 2025-04-22|Fecha Publicación: 2025-05-02|Órgano Emisor: Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades

Con fecha 14 de abril de 2025, la Fundación CajaCanarias y la Fundación Bancaria «La Caixa» y el Instituto de Astrofísica de Canarias han suscrito el convenio para el desarrollo de un «Programa de Soporte Técnico y Administrativo en las Instalaciones y Observatorios del IAC».

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, con fecha 16 de abril de 2025 se ha inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

San Cristóbal de La Laguna, 22 de abril de 2025.–El Director del Instituto de Astrofísica de Canarias, Valentín Martínez Pillet.

ANEXO

Convenio entre el Instituto de Astrofísica de Canarias, la Fundación CajaCanarias y la Fundación Bancaria «la Caixa» para el desarrollo de un «Programa de Soporte Técnico y Administrativo en las instalaciones y Observatorios del IAC»

REUNIDOS

De una parte, el Instituto de Astrofísica de Canarias (en adelante, IAC), con CIF Q3811001-A, con domicilio social en calle Vía Láctea, s/n, 38201, San Cristóbal de La Laguna (Santa Cruz de Tenerife), y en su representación, don Valentín Martínez Pillet, en calidad de Director, nombrado por el Consejo Rector del IAC, en sesión celebrada el 17 de enero de 2024, y con las funciones que se le atribuyen conforme a lo previsto por la disposición adicional 27.ª de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y por los estatutos del IAC (BOE de 21 de diciembre de 2018).

De otra parte, la Fundación Canaria Privada Caja General de Ahorros de Canarias – Fundación CajaCanarias (en adelante, Fundación CajaCanarias), entidad domiciliada en Santa Cruz de Tenerife, Plaza del Patriotismo, n.º 1, 2.ª planta, 38002 de Santa Cruz de Tenerife y CIF G-38001749, y en su representación, don Francisco Óliver González González, en su calidad de director general, en virtud de las competencias otorgadas para el cargo por acuerdo del patronato de la fundación de fecha 16 de diciembre de 2022.

Y, de otra parte, la Fundación Bancaria Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona, «la Caixa», (en adelante, Fundación «la Caixa»), entidad domiciliada en Palma (Illes Balears), Plaza Weyler, 3, código postal 07001 y con CIF G-58899998, y en su representación, don Rafael Fernando Chueca Blasco, actuando su condición de Subdirector General de Cultura y Territorio, en virtud de la escritura de poder otorgada por el Notario de Barcelona, don Santiago M. Giménez Arbona, el día 15 de julio de 2024, bajo el número 1.351 de su protocolo.

En adelante, el IAC, Fundación CajaCanarias y Fundación «la Caixa» podrán ser referidos conjuntamente como las «Partes» y cualquiera de ellos separadamente como una «Parte».

Las partes se reconocen la capacidad legal y necesaria para formalizar el presente convenio (en adelante «Convenio») y, en especial, de la representación de las instituciones que se mencionan, y

MANIFIESTAN

I. Que el consorcio público Instituto de Astrofísica de Canarias es un centro creado por el Real Decreto-ley 7/1982, de 30 de abril, en el que se establece su régimen jurídico, e integrado por la Administración General del Estado, la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, la Universidad de La Laguna y el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, y se rige por lo dispuesto en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación y en sus estatutos (BOE 21 de diciembre de 2018). El Instituto de Astrofísica de Canarias tiene la consideración de Organismo Público de Investigación de la Administración General del Estado (AGE), siendo la AGE quien tiene competencia exclusiva para el fomento y la coordinación general de la investigación científica y técnica, en base a la Constitución Española, de 29 de diciembre de 1978, en su artículo 149.1.15.ª

El IAC tiene personalidad jurídica y capacidad de obrar para el cumplimiento de los fines siguientes:

a) Realizar y promover cualquier tipo de investigación astrofísica o relacionada con ella, así como desarrollar y transferir su tecnología.

b) Difundir los conocimientos astronómicos, colaborar en la enseñanza universitaria especializada de astronomía y astrofísica y formar y capacitar personal científico y técnico en todos los campos relacionados con la astrofísica.

c) Administrar los centros, observatorios e instalaciones astronómicas ya existentes y los que en el futuro se creen o incorporen a su administración, así como las dependencias a su servicio.

d) Fomentar las relaciones con la comunidad científica nacional e internacional.

II. Que la Fundación CajaCanarias es una entidad que tiene entre sus fines el mantenimiento y continuación de la obra benéfico social desarrollada a lo largo de su historia, contribuyendo a la promoción del desarrollo y del equilibro económico y social de Canarias. En particular, la Fundación CajaCanarias persigue el fomento de la educación y de la formación, el desarrollo y la innovación empresarial y científica, la promoción y difusión de la cultura, la divulgación y protección del entorno natural, el fomento de la actividad deportiva y la mejora del bienestar social, asistencial y sanitario, y, en general, el progreso de la sociedad canaria.

III. Que la Fundación «la Caixa», contempla entre sus objetivos la realización de obras benéficas y sociales, propias o en colaboración con instituciones del país, atendiendo las diferentes necesidades de la sociedad.

La misión de la Fundación «la Caixa» es construir una sociedad mejor y más justa, dando más oportunidades a las personas que más lo necesitan. La Fundación «la Caixa» desarrolla programas sociales, de fomento de la investigación y el conocimiento, culturales y educativos con una vocación transformadora.

IV. Que el IAC desea promover un programa de contratos en prácticas de un año, para personal con título con correspondencia a Nivel 1 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES), en diversas especialidades, para la sede central del IAC en San Cristóbal de La Laguna, y en el Observatorio del Teide.

A partir de estas manifestaciones, y conforme la representación que ostentan, las partes acuerdan la formalización del presente convenio que se regirá por las siguientes,

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El presente convenio determina el establecimiento de las condiciones que deben regir la colaboración de la Fundación CajaCanarias y la Fundación «la Caixa» con el IAC, en relación con el «Programa de soporte técnico y administrativo en las Instalaciones y Observatorios del Instituto de Astrofísica de Canarias», desarrollado por el IAC, cuya descripción, objetivos y plan de actuación, entre otros aspectos, se detallan en el anexo I a este convenio (en adelante el «Programa»).

Segunda. Compromisos de la Fundación CajaCanarias y la Fundación «la Caixa».

La Fundación CajaCanarias y la Fundación «la Caixa» han acordado colaborar juntamente con el IAC para la realización del Programa indicado en la cláusula anterior. A dicho fin, la Fundación CajaCanarias y la Fundación «la Caixa» realizarán una aportación económica conjunta a favor del IAC, de la cantidad máxima de 120.000 euros (ciento veinte mil euros) (impuestos, en su caso, incluidos).

La distribución de la aportación económica será de forma paritaria, de manera que la Fundación CajaCanarias realizará un abono de 60.000 euros, y Fundación «la Caixa» realizará un abono de otros 60.000 euros.

El pago de la aportación económica anterior se hará efectiva mediante transferencia a una cuenta bancaria titularidad de Instituto de Astrofísica de Canarias en CaixaBank, previa presentación por parte del IAC de los documentos de la solicitud de pago correspondientes (cartas de pago). El pago se podrá hacer efectivo a partir de que el convenio resulte eficaz.

Tercera. Compromisos del IAC.

El IAC destinará íntegramente el importe de la aportación económica al Programa de este convenio y mencionado en la cláusula primera.

Asimismo, el IAC también cubrirá con financiación propia la realización del Programa, que incluirá, en todo caso, parte de los costes de contratación del mismo, según se recoge en el anexo I. La aportación de financiación del IAC está estimada en 80.000 euros (ochenta mil euros).

Del mismo modo, aportará todos los recursos humanos y materiales necesarios para llevar a cabo el Programa objeto de este convenio y será el único responsable de las contrataciones realizadas en relación con este programa y que se ajustaran al cumplimiento de la normativa laboral vigente.

A la finalización del mismo presentará a la Fundación CajaCanarias y a la Fundación «la Caixa», un informe explicativo de la aplicación de los fondos percibidos, así como de los resultados conseguidos.

Cuarta. Comisión de seguimiento, vigilancia y control.

Las Partes acuerdan establecer una Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control para garantizar la correcta ejecución, cumplimiento y control de las provisiones de este convenio.

Cada una de las partes nombrará dos representantes en sus respectivas organizaciones que serán responsables de supervisar la ejecución de las actividades descritas en este convenio.

Durante la reunión de constitución de esta Comisión, se procederá a la designación de la persona que asumirá la Presidencia. Del mismo modo, se designará a un representante de las otras partes para ocupar el cargo de Secretaría.

La Comisión se reunirá, presencial o telemáticamente, al menos una vez al año en sesión ordinaria y, en sesión extraordinaria, cuantas veces lo requiera una de las Partes. Los posibles acuerdos se adoptarán por unanimidad.

Cualquier diferencia entre las partes que resulte de la interpretación o aplicación de este convenio será remitida a los representantes legales de las partes firmantes, quienes intentarán encontrar una decisión aceptable para todas ellas.

El funcionamiento de la Comisión, en todos los asuntos no previstos por este convenio, se regirá por las normas establecidas para el funcionamiento de los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Los miembros de la comisión darán cuenta del resultado de su gestión a las respectivas instituciones.

Quinta. Justificación de la aportación y auditoría.

El IAC deberá aportar la documentación precisa para verificar la ejecución del Programa y la correcta aplicación de la aportación económica.

El IAC pondrá a disposición de la Fundación CajaCanarias y la Fundación «la Caixa» la documentación económica relativa el Programa en el que colaboran ambas Fundaciones.

El IAC autoriza a la Fundación CajaCanarias y a la Fundación «la Caixa», así como a las empresas o firmas especializadas por ella contratadas a realizar auditorías en los locales de la Entidad para verificar la correcta aplicación de los fondos percibidos, y el cumplimiento de las actividades previstas en el Programa.

Sexta. Confidencialidad.

Las partes se obligan a no difundir a terceros y a guardar el más absoluto secreto de toda la información y todos los datos a que tengan acceso, en su caso, en cumplimiento de este convenio y a suministrarlos únicamente a personal autorizado por las partes. Las Partes únicamente tendrán acceso solamente a la información y a los datos que sean necesarios para llevar a cabo la ejecución de este convenio.

Séptima. Difusión.

El IAC previo consenso con la Fundación CajaCanarias y a la Fundación «la Caixa», se compromete a difundir la colaboración de éstas en los documentos, soportes gráficos, audiovisuales, publicitarios y actos de difusión de las actividades realizadas con cargo a la dotación efectuada por éstas, y en su Memoria Anual y página web. La Fundación CajaCanarias y la Fundación «la Caixa», deberán aprobar previamente, en su caso, la utilización de su imagen corporativa y el uso de sus signos distintivos, así como el alcance de su posible participación en actos o actividades de carácter público (ruedas de prensa, acto público de firma, etc.).

Por su parte, la Fundación CajaCanarias y la Fundación «la Caixa», podrán realizar la difusión que estimen por conveniente de la colaboración establecida mediante este convenio, previa aprobación del IAC en lo que se refiere al correcto uso de su imagen corporativa y el uso de sus signos distintivos.

Octava. Tratamiento de datos de carácter personal.

8.1 Los datos personales de los intervinientes y, en su caso, de los empleados/colaboradores que actúen por cuenta de cada una de las Partes serán tratados por la otra Parte con la finalidad de gestionar la relación de colaboración, siendo la base del tratamiento el cumplimiento de dicha relación.

8.2 Asimismo, Fundación «la Caixa» también tratará estos datos personales para la finalidad de remitir al IAC información que le pueda interesar (incluso por medios electrónicos) sobre actividades y programas que sean de naturaleza similar a las que motivan la relación entre las Partes y son objeto del presente convenio. La realización de estas acciones de comunicación promocionales dirigidas al IAC, con la que Fundación «la Caixa» mantiene una relación previa y directa formalizada con la firma del presente convenio, tiene como base de legitimación el interés legítimo, consistente en dar a conocer los programas, actividades o servicios similares de Fundación «la Caixa» que pueden ser de interés para el IAC, atendiendo a que pueden incrementar las oportunidades de obtener asistencia para las necesidades de la misma. De acuerdo con las normativas sobre los servicios de la sociedad de la información y del comercio electrónico, así como de protección de datos, estas acciones de comunicación promocionales se pueden llevar a cabo por medios electrónicos, sin necesidad del consentimiento previo, siempre y cuando se trate de promocionar programas, actividades o servicios que puedan ser de interés para el IAC y similares a los que son objeto del presente convenio. Los informes internos de ponderación entre el interés legítimo descrito y la privacidad realizados por Fundación «la Caixa» confirman que puede llevar a cabo este tratamiento con finalidades de comunicación de programas, actividades o servicios similares a los que son objeto del presente convenio. El IAC puede solicitar a Fundación «la Caixa» más información sobre estos informes de ponderación, enviando su solicitud a la dirección del Delegado de Protección de datos, indicada en la siguiente cláusula 8.3 a).

8.3 Los datos personales de los intervinientes y, en su caso, de los empleados/colaboradores que actúen por cuenta de cada una de las Partes se conservarán durante todo el tiempo en que la relación de colaboración entre las Partes subsista y aún después, hasta que prescriban las eventuales responsabilidades derivadas de ella. Finalizados dichos plazos de prescripción, los datos serán eliminados o, alternativamente, anonimizados. Los interesados se dan por informados de lo siguiente:

a) Los respectivos responsables del tratamiento de datos de carácter personal, son las Partes firmantes y los datos de contacto del delegado de protección de datos (DPD) o del responsable de seguridad de cada una de ellas son los siguientes:

– Datos del delegado de protección de datos de Fundación Bancaria «la Caixa»: E-mail: dpd@fundacionlacaixa.org; Dirección postal: Avenida Diagonal 621 – 629, 08028 Barcelona.

– Datos del delegado de protección de datos o en su caso, del responsable de Seguridad de la Fundación CajaCanarias: Dirección postal: Plaza del Patriotismo, 1, 38002 Santa Cruz de Tenerife.

– Datos del delegado de protección de datos del IAC: E-mail: delegado.protecciondedatos@iac.es; dirección postal indicada en el encabezamiento.

b) Los datos personales no serán cedidos a terceras entidades, salvo que se precise la intervención de proveedores para la prestación de un servicio a la correspondiente Parte, así como en los casos en los que sea preciso ceder los datos personales para cumplir con una obligación legal. Asimismo, no serán, tampoco, objeto de decisiones automatizadas.

c) En el caso de que las Partes precisaran contratar los servicios de proveedores ubicados en países fuera del Espacio Económico Europeo, dicha contratación se realizaría previo cumplimiento de todos los requisitos establecidos por la normativa de protección de datos, y aplicando las garantías y salvaguardas necesarias para preservar su privacidad. Para más información pueden contactar con los delegados de protección de datos o, en su caso el responsable de seguridad, a través de las direcciones indicadas.

d) Tienen derecho a acceder a sus datos personales, rectificar los datos inexactos, solicitar su supresión cuando los datos ya no sean necesarios, solicitar la oposición o limitación del tratamiento de los mismos o solicitar su portabilidad, enviando un mensaje al delegado de protección de datos, o en su caso, al responsable de seguridad, según corresponda, en las direcciones indicadas.

e) Si consideran que el tratamiento de sus datos personales vulnera la normativa, pueden presentar una reclamación al delegado de protección de datos o al responsable de seguridad, según corresponda, o ante la Agencia Española de Protección de Datos.

Finalmente, a los fines de garantizar el cumplimiento de la normativa aplicable en materia de protección de datos personales, las Partes se comprometen a facilitar el contenido informativo de la presente clausula a aquellos interesados que en su condición de empleados/colaboradores actúen por cuenta de las Partes en el marco de la presente relación.

8.4 Queda expresamente convenido que todos los datos o información que las Partes se comuniquen en relación con el Programa serán datos disociados, es decir, aquellos que no permiten la identificación de persona física alguna y, por tanto, estarán excluidos de la aplicación de la normativa de protección de datos. En particular, las Partes se mantendrán informadas de la evolución del Programa mediante datos de carácter cuantitativo, numérico y/o porcentual.

En el supuesto de que, durante la vigencia del presente convenio, alguna de las Partes tuviera acceso a algún dato de carácter personal de los que sea responsable la otra Parte contraria, la Parte en cuestión deberá aplicar organizativas y de seguridad necesarias, garantizando que el tratamiento y/o comunicación de los datos personales cuente con la base de legitimación adecuada, así como cumpliendo con el deber de información hacia los interesados de conformidad con la normativa en materia de protección de datos.

8.5 Las Partes declaran que cumplirán, bajo su única y total responsabilidad, con todas las obligaciones que le sean exigibles en aplicación de la normativa de Protección de Datos de Carácter Personal vigente. Asimismo, se comprometen a aplicar las medidas legales, organizativas y de seguridad necesarias, manteniendo indemne a la otra Parte de cualesquiera indemnizaciones y/o sanciones reclamadas por cualquier tercero, incluidas las autoridades y organismos competentes.

8.6 De conformidad con lo expuesto en el Pacto Tercero, se informa que las Partes podrán tratar datos personales de los intervinientes y, en su caso, de los representantes, empleados y/o colaboradores que actúen por cuenta de cada una de las Partes para el cumplimiento de obligaciones legales y/o regulatorias, así como para la prevención del fraude en base al interés legítimo de cada Parte en evitar que se produzcan situaciones fraudulentas.

Asimismo, respecto al cumplimiento del deber de información, en todo aquello no establecido específicamente en el presente apartado, resultará de aplicación el contenido informativo indicado en el anterior apartado 8.3.

Novena. Vigencia del convenio.

Este convenio se perfeccionará en la fecha de su firma y resultará eficaz en el día de su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Adicionalmente, será publicado en el «Boletín Oficial del Estado».

El convenio permanecerá en vigor, salvo que concurra alguna de las causas de resolución establecidas en la siguiente clausula, por un período de dos años a contar desde la fecha de su eficacia, y podrá ser prorrogado por un período adicional de otros dos años, por acuerdo expreso de las partes, adoptado mediante adenda de prórroga previa sustanciación de los trámites previstos normativamente. Dicha adenda surtirá efectos con su inscripción en REOICO antes de la fecha de extinción del convenio. Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Décima. Extinción del convenio.

Se producirá la extinción del convenio por cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

Serán causas de resolución del presente convenio las siguientes:

– El incumplimiento de cualquiera de sus cláusulas por alguna de las Partes.

● En este caso, cualquiera de las Partes podrá notificar a la Parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado a la Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio, definida en la cláusula 4, y a las demás partes firmantes.

● Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la Parte que lo dirigió notificará a las Partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados si así se hubiera previsto.

– El acuerdo unánime de las Partes.

– El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

– Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

– La entrada en vigor de disposiciones legales o reglamentarias que impidan su cumplimiento.

– Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.

En caso de que se produjera la resolución anticipada del presente convenio con anterioridad a la fecha de la puesta a disposición de la aportación convenida, no se procederá a la entrega de ésta a partir de la fecha de la resolución. En el supuesto de resolución del convenio por causas imputables al IAC, ésta deberá proceder a la devolución de las cantidades que, en su caso, ya hubieren sido entregadas y no destinadas a las finalidades del convenio, sin perjuicio de la indemnización por daños y perjuicios que en su caso proceda.

Undécima. Cesión.

Este convenio es personal entre las Partes y no podrá ser cedido, total o parcialmente, por ninguna de ellas, salvo que se llevara a cabo para ello una modificación del convenio siguiendo la tramitación prevista legalmente.

Duodécima. Modificación del convenio.

Este convenio, de conformidad con lo previsto por el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, podrá ser modificado por escrito y por acuerdo unánime de las Partes dentro de su periodo de validez inicial o de su extensión.

Décima tercera. Tipo de convenio.

Este convenio se rige por lo dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Décima cuarta. Prevención de Blanqueo de Capitales.

De conformidad con lo establecido en la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, así como en el reglamento que la desarrolla, con carácter previo a la concesión de la aportación, el IAC deberá aportar a la Fundación CajaCanarias y la Fundación «la Caixa», los documentos públicos que acrediten su existencia y contengan su denominación social, forma jurídica, domicilio, la identidad de sus administradores, estatutos y número de identificación fiscal.

Décima quinta. Ley aplicable y sumisión.

El presente convenio se interpretará de conformidad con la legislación española. Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que puedan derivarse del presente convenio se resolverán entre las partes. En defecto de acuerdo, el convenio deberá ser solventado en sus controversias respecto a su interpretación y ejecución por la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de este orden jurisdiccional.

El anexo al que se refiere el convenio es objeto de publicación en la sección de transparencia y en la web del IAC y en el Portal de Transparencia de la Administración General del Estado.

Y para dejar constancia de lo convenido, las Partes firman el presente documento en un único ejemplar y a un solo efecto, tomándose como fecha de formalización la del último firmante, el 14 de abril de 2025.–Por el Instituto de Astrofísica de Canarias, el Director, Valentín Martínez Pillet.–Por la Fundación CajaCanarias, el Director General, Francisco Óliver González González.–Por la Fundación Bancaria «la Caixa», el Subdirector General de Cultura y Territorio, Rafael Fernando Chueca Blasco.

ANEXO I

Descripción de la actividad

«Programa de Soporte Técnico y Administrativo en las instalaciones y Observatorios del IAC»

Los proyectos de investigación científica y desarrollo tecnológico que realiza el Instituto de Astrofísica en sus instalaciones, tanto en sus sedes de Tenerife y La Palma, como en los Observatorios del Teide y del Roque de los Muchachos, representan un importante banco formativo y de experiencia profesional no sólo para investigadores y tecnólogos de muy alta especialización, sino también para personal de soporte, técnico y administrativo.

Consciente de este valor formativo y de inserción laboral, el Instituto de Astrofísica de Canarias abre la posibilidad a nuevo personal que, bajo la modalidad de contratos en formación (un año de duración), puedan beneficiarse de los desarrollos que se llevan a cabo, al objeto de completar su formación y capacitarles para una mejor entrada en el mercado laboral.

Programa 2025-2026

Para el periodo 2025-2026, el IAC ofrece esta posibilidad a los siguientes perfiles, mediante contratación en prácticas por un año de duración cada uno (nivel de titulación MECES 1):

1. Técnico de Mantenimiento. Observatorio del Teide.

2. Administrativo – Contratación Adm. Sede Central del IAC en La Laguna.

3. Administrativo – Financiación Externa. Sede Central del IAC en La Laguna.

4. Administrativo – Relaciones Internacionales. Sede Central del IAC en La Laguna.

5. Técnico de Operaciones Telescópicas – Observatorio del Teide.

6. Técnico de Operaciones Telescópicas – Observatorio del Teide.

Los contratos de trabajo se celebrarán conforme a lo previsto en el artículo 11.3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, artículos 1 a 4 y 17 a 23 del Real Decreto 488/1998, de 27 de marzo, por el que se desarrolla el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos formativo y los preceptos que resulten aplicables del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Acciones

Las prácticas a realizar por este nuevo personal en prácticas, cuya contratación se iniciaría en octubre de 2025 (un año), y conforme a las categorías profesionales del IAC para este tipo de contratos, serían las siguientes. En todo momento contarán con la supervisión de personal del IAC, que velará por el correcto funcionamiento del programa, tanto en relación con lo previsto por este convenio, como en beneficio del personal contratado.

Técnico/a de Mantenimiento en el OT (Tenerife):

– Apoyo a mantenimiento instrumental del IAC en los equipamientos y telescopios ubicados en el Observatorio.

– Apoyo básico a mantenimiento instrumental de instalaciones robóticas cuando sea solicitado y esté acordado con Instituciones Usuarias del Observatorio.

– Apoyo al personal de las instalaciones telescópicas cuando sea necesario.

– Mantenimiento preventivo y correctivo de las instalaciones eléctricas en baja tensión de los edificios e instalaciones telescópicas bajo la supervisión del personal cualificado.

– Mantenimiento preventivo y correctivo en las instalaciones de calefacción, ACS, climatización y frigoríficas bajo la supervisión del personal cualificado.

– Mantenimiento correctivo en las instalaciones de datos y telefonía, el cual consisten en reseteo de equipos y apoyo al personal cualificado para estas instalaciones.

– Supervisión y chequeo diario de las instalaciones del IAC y edificaciones del Observatorio.

– Realización de las reparaciones varias referentes fontanería, albañilería y carpintería, en caso de necesidad por avería.

– Mantenimiento e inventario del stock mínimo de material que permita solucionar las averías en un corto plazo.

– Vigilancia de las instalaciones del Observatorio.

– Intervención en las emergencias del Observatorio.

– Limpieza de las instalaciones robóticas e infraestructura general del Observatorio.

– Participación en cursos de formación específicos que incluirán: conducción en condiciones extremas, primeros auxilios, prevenciones de riesgos como incendios, básico de prevención, etc.

Administrativo/a – Contratación Adm. en Sede Central del IAC (Tenerife):

– Realización de las gestiones precisas y tramitación de los procedimientos de contratación administrativa (licitaciones y contratos menores).

– Tramitación de contratos basados en Acuerdos Marco. Contratación centralizada.

– Organización y Tramitación de importaciones y exportaciones.

– Participación en la preparación de la documentación de los expedientes de contratación, en especial, la elaboración de pliegos particulares a partir de los pliegos tipo y resto de documentos que inician el expediente de contratación.

– Aprendizaje de la tramitación de los expedientes electrónicos en la Plataforma de Contratación del Sector Público, desde la publicación del anuncio de licitación hasta la formalización del contrato.

– Seguimiento de expedientes de contratación controlando, entre otros, la recepción de la documentación administrativa exigida, la constitución y cancelación de garantías definitivas.

– Actas de recepción y tramitación de facturas asociadas a los expedientes de contratación.

– Atender consultas del personal del centro e informar sobre el estado de los expedientes de contratación administrativa.

– Mantener actualizada la documentación de los expedientes de contratación.

– Archivo de la documentación de los expedientes de contratación.

– Participación en cursos de formación específicos: LCSP, prl, etc.

Administrativo/a – Financiación Externa, en Sede Central del IAC (Tenerife):

– Participación en la identificación de fuentes de financiación externa para actividades de I+D+i, nacional e internacional.

– Seguimiento de subvenciones, hacia el cumplimiento de las condiciones técnicas y económicas.

– Justificación de subvenciones.

– Participación en la realización de auditorías y visitas de control programadas por las agencias financiadoras.

– Tramitación se solicitudes de ayuda a entidades nacionales e internacionales.

– Participación en la preparación de la documentación de los expedientes de subvenciones.

– Aprendizaje de la tramitación de expedientes a través de las plataformas de justificación de subvenciones.

– Seguimiento de la ejecución de gastos conforme condiciones de financiación.

– Atender consultas del personal del centro e informar sobre el estado de los expedientes de financiación externa.

– Mantener actualizada la documentación de los expedientes de subvenciones.

– Archivo de la documentación de los expedientes de subvenciones.

– Participación en cursos de formación específicos: financiación externa, prl, etc.

Administrativo/a – Relaciones Internacionales. Sede Central IAC (Tenerife):

– Colaborar con la Dirección en la planificación, seguimiento y control de las actuaciones puestas en marcha en el Plan Estratégico de los Observatorios de Canarias y del Plan Estratégico del IAC.

– Apoyo a la Dirección del IAC en todo lo concerniente a sus relaciones y acuerdos internacionales, en los términos previstos en los planes mencionados.

– Seguimiento y colaboración en la redacción y formalización de convenios promovidos por la Dirección para la instalación y operación de instalaciones científicas en los Observatorios de Canarias.

– Apoyar la interlocución del IAC con los departamentos equivalentes del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y entidades autonómicas y locales, así como con los departamentos equivalentes en las administraciones de los países firmantes de los acuerdos internacionales con el IAC.

– Colaborar con las labores administrativas del Comité Científico Internacional (CCI). Organización de reuniones.

– Colaborar con la Dirección del IAC en la elaboración de informes para las Instituciones Usuarias.

– Apoyo en la organización de eventos y visitas oficiales.

– Colaboración con la Secretaría de Dirección en las actividades de gestión administrativa y archivo de documentos.

Técnicos/as (DOS) de Operaciones Telescópicas, Observatorio del Teide (Tenerife):

– Participar en las labores técnicas de funcionamiento general, apertura, cierre y posibles problemas de instalaciones telescópicas del OT: TCS, IAC80, OGS.

– Aprendizaje de herramientas informáticas: Linux, Windows, diseño web, IRAF, software científico y astronómico, formularios e informes.

– Puesta en funcionamiento de Instrumentos instalados en TCS o IAC80 (CAMELOT, FastCam, etc.), suministro de nitrógeno, aprendizaje para la realización de observaciones, tanto programas rutinarios como de servicio.

– Reparaciones de pequeños fallos en general.

– QUIJOTE: funcionamiento, reparaciones, prevención por mal tiempo y realización de observaciones.

– MONS: puesta en marcha, revisión y realización de observaciones.

– Apertura y cierre, control general de instalaciones como GONG, SLOOH, SONG, EARTHSHINE, Laboratorio Solar.

– Operación de la instrumentación de Calidad del Cielo en el OT en diversos períodos de año.

– Tareas de Reducción y análisis de datos bajo la supervisión del Jefe de Operaciones Telescópicas en colaboración con el grupo de Calidad del Cielo.

– Participación en cursos de formación específicos que incluirán: conducción en condiciones extremas, primeros auxilios, prevenciones de riesgos como incendios, básico de prevención, etc.

Presupuesto de la actividad

Concepto Euros
Costes de contratación en el IAC por un año (salario y cuota SS) de los siguientes perfiles: 1 Técnico/a de Mantenimiento Observatorio del Teide; 3 administrativos/as (contratación administrativa, financiación externa y dirección) 2 técnicos/as de operaciones telescópicas – Observatorio del Teide. Estimación costes 2025-2026. 200.000,00
 Total. 200.000,00

Se presentan estimaciones de costes salariales 2025-2026.

Plan de aportaciones

Entidad

Aportación

Euros

Fundación CajaCanarias. 60.000,00
Fundación «la Caixa». 60.000,00
Instituto de Astrofísica de Canarias. 80.000,00
 Total. 200.000,00