Resolución de 22 de mayo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se modifica la Orden INT/649/2010, de 12 de marzo, por la que se crean varias sedes electrónicas en el Ministerio del Interior.

Nº de Disposición: BOE-A-2025-10412|Boletín Oficial: 127|Fecha Disposición: 2025-05-22|Fecha Publicación: 2025-05-27|Órgano Emisor: Ministerio del Interior

La Orden INT/649/2010, de 12 de marzo, por la que se crean varias sedes electrónicas en el Ministerio del Interior, regula en su artículo 3 la sede electrónica central del Departamento.

La incorporación de nuevos avances tecnológicos permite ofrecer un mejor servicio a la ciudadanía, dando cumplimiento a las obligaciones establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, para lo cual se hace necesaria la actualización, evolución y sustitución de los sistemas que dan soporte a los procedimientos administrativos del Departamento. Esta evolución implica una modificación en la dirección de acceso a la sede electrónica central.

Además, el Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, atribuye a la Dirección General de Política Interior, además de las funciones que ostentaba en materia electoral, las de carácter transversal atribuidas a las subdirecciones generales encargadas de los servicios comunes y que hasta entonces dependían directamente de la persona titular de la Subsecretaría, a excepción de las de índole presupuestaria y las relativas a tecnologías de la información y comunicación.

En uso de la habilitación contemplada en la disposición final primera de la citada Orden INT/649/2010, de 12 de marzo, resuelvo:

Único. Modificación de la Orden INT/649/2010, de 12 de marzo, por la que se crean varias sedes electrónicas en el Ministerio del Interior.

La Orden INT/649/2010, de 12 de marzo, por la que se crean varias sedes electrónicas en el Ministerio del Interior, queda modificada de la siguiente manera:

Uno. El párrafo b) del artículo 3.1 queda redactado en los siguientes términos:

«b) La dirección electrónica de referencia de la SECMIR será https://sede.interior.gob.es.»

Dos. El párrafo d) del artículo 3.1 queda redactado de la siguiente manera:

«d) La gestión tecnológica de la SECMIR será competencia de la persona titular de la Subsecretaría del Interior, que la ejercerá a través de la Subdirección General de Sistemas de Información y Comunicaciones para la Seguridad.»

Tres. El apartado f) queda redactado en los términos siguientes:

«f) La gestión de los contenidos comunes de la SECMIR y la coordinación con los centros directivos del Departamento corresponderá a la Dirección General de Política Interior, a través de la Subdirección General de Innovación, Calidad e Inspección de los Servicios.»

Disposición transitoria única. Dirección de acceso hasta la puesta en marcha de la nueva dirección electrónica.

La dirección de acceso https://sede.mir.gob.es seguirá operativa hasta que la puesta en marcha de la nueva dirección electrónica sea plenamente efectiva para todos los procedimientos administrativos accesibles a través de la misma.

Disposición final única. Efectos.

Esta resolución producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 22 de mayo de 2025.–La Subsecretaria del Interior, Susana Crisóstomo Sanz.