Resolución de 22 de mayo de 2025, del Consorcio Centro Nacional de Investigación sobre la Evolución Humana, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con la Asociación para la Reeducación Auditiva de Niños Sordos de Burgos, para el desarrollo de acciones en el campo de la comunicación y divulgación de la ciencia y de la cooperación educativa.

Nº de Disposición: BOE-A-2025-10875|Boletín Oficial: 131|Fecha Disposición: 2025-05-22|Fecha Publicación: 2025-05-31|Órgano Emisor: Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades

Con fecha 20 de mayo de 2025, el Consorcio Centro Nacional de Investigación sobre la Evolución Humana (CENIEH) y la Asociación para la Reeducación Auditiva de Niños Sordos de Burgos (ARANSBUR), han suscrito un Convenio para el desarrollo de acciones en el campo de la comunicación y divulgación de la ciencia y de la cooperación educativa.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Burgos, 22 de mayo de 2025.−La Directora del Consorcio Centro Nacional de Investigación sobre la Evolución Humana, María Martinón Torres.

ANEXO

Adenda de prórroga del Convenio entre el Consorcio «Centro Nacional de Investigación sobre la Evolución Humana» (CENIEH) y la «Asociación para la Reeducación Auditiva de Niños Sordos de Burgos» (ARANSBUR) para el desarrollo de acciones en el campo de la comunicación y divulgación de la ciencia y de la cooperación educativa

En Burgos, a 20 de mayo de 2025.

REUNIDOS

De una parte, doña María Martinón Torres, Directora del Consorcio «Centro Nacional de Investigación sobre la Evolución Humana» (en adelante, el CENIEH), con CIF S0900008D, entidad del sector público administrativo (artículo 3 LGP) adscrito al Ministerio de Ciencia e Innovación y con domicilio a efectos de notificaciones en paseo Sierra de Atapuerca 3, 09002 Burgos, de acuerdo con el artículo 15 de los Estatutos del Consorcio, publicados como anexo en el BOE de 9 de octubre de 2018, y en virtud del nombramiento del Consejo Rector mediante acuerdo de fecha 14 de enero de 2020.

De otra parte, don José Luis Arlanzón Francés, con DNI ****2520-*, presidente en calidad de representante legal de la Asociación para la Reeducación Auditiva de Niños Sordos de Burgos (en adelante, ARANSBUR) con NIF G-09023268, y domicilio a efectos de notificaciones calle Fuente Lugarejo 1, 09001 Burgos, de acuerdo con las atribuciones que tiene conferidas según responsabilidades como presidente, tal y como se recoge en el artículo 15 de los Estatutos de la Asociación, y en virtud del nombramiento por parte de la Asamblea General Anual de Socios, celebrada el 13 de junio de 2020.

Ambas partes intervienen en nombre y representación de sus respectivas Instituciones, en ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas, y se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad jurídica suficiente para obligarse mediante el presente convenio y, a tal efecto,

MANIFIESTAN

I. El CENIEH y ARANSBUR firmaron un convenio para el desarrollo de acciones en el campo de la comunicación y divulgación de la ciencia y de la cooperación educativa, con fecha 21 de mayo de 2021, resultando eficaz con su inscripción en REOICO el 21 de mayo de 2021.

II. Que la cláusula quinta del convenio establece cuatro años como periodo de duración, así como la posibilidad de que los firmantes del convenio acuerden unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales, en cualquier momento antes de la finalización de la vigencia del convenio.

III. Que, sobre la base de estos antecedentes, las partes manifiestan su voluntad de formalizar la presente adenda de prórroga de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la adenda.

Constituye el objeto de la presente adenda establecer prórroga del convenio suscrito por las partes, todo ello de acuerdo con la cláusula quinta del mismo y de conformidad con las provisiones del artículo 49.h) 2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Segunda. Duración de la adenda.

La presente adenda tendrá una vigencia de cuatro (4) años y resultará eficaz desde el 21 de mayo de 2025 siempre que se halle inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO). Además, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado»».

Y en prueba de conformidad con lo que antecede, firman la presente adenda por duplicado, en el lugar y fecha al comienzo indicados.−Por el CENIEH, la Directora, María Martinón Torres.−Por ARANSBUR, el Presidente, José Luis Arlanzón Francés.