Habiéndose suscrito el 21 de abril de 2026 la adenda de prórroga del convenio entre el Ministerio del Interior (Dirección General de la Guardia Civil) y la Comunidad de Madrid en materia de vigilancia e inspección del transporte por carretera, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 23 de abril de 2026.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver Martínez.
ANEXO
Adenda de prórroga del convenio entre el Ministerio de Interior (Dirección General de la Guardia Civil) y la Comunidad de Madrid en materia de vigilancia e inspección del transporte por carretera
En Madrid, a 21 de abril de 2026.
REUNIDOS
De una parte, doña Ana María Calvo Sastre, Secretaria de Estado de Seguridad, cargo para el que fue nombrada por Real Decreto 435/2025, de 3 de junio, en representación del Ministerio del Interior, de conformidad con las funciones que establece el artículo 2.1 del Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, modificado por el Real Decreto 353/2025, de 30 de abril, y con competencia para la suscripción de convenios en el uso de las atribuciones que le confiere el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
De otra parte, don Jorge Rodrigo Domínguez, Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, en virtud de su nombramiento por Decreto 41/2023, de 23 de junio de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid, en ejercicio de las funciones conferidas en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, en el artículo 1 del Decreto 244/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras y en el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 21 de abril de 2022, la entonces Consejería de Transportes e Infraestructuras (hoy Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras) y el Ministerio de Interior (Secretaria de Estado de Seguridad) suscribieron un convenio en materia de Vigilancia e Inspección del Transporte por Carretera.
Segundo.
Que el objeto del convenio de 21 de abril de 2022 es fijar un marco de actuación permanente entre la Dirección General de Transportes y Movilidad de la entonces Consejería de Transportes e Infraestructuras (hoy Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras) órgano competente para la elaboración y ejecución de los planes de inspección referentes a vehículos, instalaciones y empresas, y la Guardia Civil, a través de las unidades dependientes del Sector de Tráfico de Madrid, a la que se le encomienda expresamente la vigilancia del transporte por carretera en la Comunidad de Madrid.
Tercero.
Que la cláusula octava del convenio prevé una vigencia inicial de cuatro años, estableciendo la posibilidad de su prórroga, por acuerdo expreso de las partes, por un período de hasta cuatro años adicionales.
Cuarto.
Que estando próxima la finalización del período de vigencia inicial del convenio, ambas partes están de acuerdo en prorrogar el convenio de 21 de abril de 2022, conforme a sus previsiones, y en tal sentido, adoptan el siguiente acuerdo de prórroga, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
CLÁUSULAS
Primera.
Las partes firmantes acuerdan la prórroga del convenio suscrito con fecha 21 de abril de 2022 por un período de cuatro años.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, la presente adenda se formaliza con la firma de las partes y resultará eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima. Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid».
Segunda.
El resto de las estipulaciones del convenio no sufren modificación alguna y el ámbito y alcance de la colaboración se mantienen en los mismos términos y condiciones.
Y en prueba de conformidad y aceptación de cuanto antecede, los intervinientes firman electrónicamente la presente adenda de prórroga, en el lugar arriba indicado y fecha de las firmas electrónicas.–El Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, Jorge Rodrigo Domínguez.–La Secretaria de Estado de Seguridad, Ana María Calvo Sastre.