Resolución de 23 de diciembre de 2025, la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, por la que se incoa expediente de declaración de bien de interés cultural a favor de la «Ciudad romana de Cáparra y su territorio: templo del Collado de "Peñas Labradas" y Villa romana de "La Granjuela"» en los términos municipales de Oliva de Plasencia, Guijo de Granadilla, Jarilla y Casas del Monte (Cáceres), con la categoría de zona arqueológica.

Nº de Disposición: BOE-A-2026-3202|Boletín Oficial: 37|Fecha Disposición: 2025-12-23|Fecha Publicación: 2026-02-11|Órgano Emisor: Comunidad Autónoma de Extremadura

Con fecha de 4 de junio de 1931, la Gaceta de Madrid en su número 155, publicó Decreto del Gobierno Provisional de la II República, por el que se declaraba, entre otros, el Arco, las ruinas y el puente de la ciudad romana de Cáparra, Monumento Histórico-Artístico, perteneciente al Tesoro Artístico Nacional.

Actualmente, los elementos que forman parte de este Bien de Interés Cultural figuran inscritos en el Registro de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura con los siguientes códigos: Arco Romano (BI0003133) (R.I. - 51 - 0000484 – 00000), Puente romano (Arco, ruinas y puente en Cáparra BI0003134) (R.I. - 51 - 0000485 – 00000), y Ruinas Romanas de Cáparra (Arco, ruinas y puente BI0016625) (R.I. - 55 - 0000016 – 00000).

El presente procedimiento tiene por objeto la reclasificación y unificación de tales bienes patrimoniales bajo la categoría de Zona Arqueológica. Con esta medida se pretende lograr tres objetivos fundamentales: dar coherencia al reflejar la concepción integral de la Ciudad romana de Cáparra y su territorio, ampliar la descripción de la zona arqueológica para incluir un mayor número de elementos asociados. Finalmente, para asegurar una protección coherente del conjunto, se propone la modificación de la denominación del Bien de Interés Cultural, atendiendo a los nuevos cambios de ámbito y categoría.

El Estatuto de Autonomía de Extremadura, recoge en su artículo 9.1.47, como competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de Extremadura la «Cultura en cualquiera de sus manifestaciones», así como el «Patrimonio Histórico y Cultural de interés para la Comunidad Autónoma».

En desarrollo de esta competencia se dictó la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura (en adelante Ley 2/1999, de 29 de marzo), que recoge la competencia y el procedimiento para declarar como bienes de interés cultural aquellos bienes que se encuentre entre los más relevantes del patrimonio histórico y cultural de Extremadura.

El artículo 1.2 de la norma determina: «Constituyen el Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura todos los bienes tanto materiales como intangibles que, por poseer un interés artístico, histórico, arquitectónico, arqueológico, paleontológico, etnológico, científico, técnico, documental y bibliográfico, sean merecedores de una protección y una defensa especiales. También forman parte del mismo los yacimientos y zonas arqueológicas, los sitios naturales, jardines y parques que tengan valor artístico, histórico o antropológico, los conjuntos urbanos y elementos de la arquitectura industrial, así como la rural o popular y las formas de vida y su lenguaje que sean de interés para Extremadura».

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, los bienes más relevantes del patrimonio histórico y cultural extremeño deberán ser declarados de interés cultural en la forma que el propio artículo detalla.

Por su parte, el artículo 6.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, al establecer la clasificación de los bienes que puedan ser declarados de interés cultural, incluye en el apartado e) la categoría de Zona Arqueológica, definida así: «Lugar donde existen bienes muebles o inmuebles susceptibles de ser estudiados con metodología arqueológica, tanto si se encuentran en la superficie como si se encuentran en el subsuelo o bajo las aguas que discurran dentro del territorio de la Comunidad».

Ha de significarse, a tales efectos, que el bien denominado «Arco, las ruinas y el puente de la ciudad romana de Cáparra» constituye uno de los enclaves arqueológicos más destacados y mejor conocidos de la provincia de Cáceres, cuyas singulares características hicieron que fuese declarado Monumento Nacional en 1931.

El origen de Cáparra se halla en su función inicial como una «mansio» (estación de descanso y avituallamiento) en la Vía de la Plata. Así, Cáparra se situó entre la «mansio» Rusticiana (identificada con un asentamiento entre Galisteo y Plasencia) y la «mansio» Caelonico (en el entorno de Baños de Montemayor o Puerto de Béjar). Debido a esta intensa y fundacional vinculación con la calzada, Cáparra desarrolló un patrón urbano particular que algunos autores denominan «urbanismo de tránsito». La Vía de la Plata se convirtió en su eje principal, ejerciendo la función de «decumanus maximus». Este tipo de desarrollo era propio de una ciudad de reducido tamaño cuyo carácter era eminentemente caminero, comercial y con funciones de ordenación territorial.

A pesar de su evolución, Cáparra siempre fue una ciudad pequeña, a considerable distancia de otros núcleos importantes como Caurium (Coria) o Augustóbriga. No obstante, Cáparra, junto a otras ciudades como Ammaia o Egitania, fue clave en la Alta Extremadura durante el Imperio romano.

La construcción mejor conservada de Cáparra es sin duda el arco tetrapylon (o arco cuadrifronte), una estructura monumental que lo convierte en un elemento único en Hispania y excepcional en toda la mitad occidental del Imperio. Más allá de su indudables valor histórico y artístico, esta construcción es hoy el gran símbolo de esta zona arqueológica.

Cáparra articuló un vasto territorio que se extendía por buena parte del Valle del río Ambroz. En esta área, no solo ha quedado evidente (o patente) el trazado de la Vía de la Plata (o Vía Augusta), que unía Emérita Augusta y Astúrica Augusta, con gran parte de sus infraestructuras (como puentes, miliarios, etc.), sino que la propia calzada romana, junto a la ciudad, sirvió en el pasado para la organización de la explotación agrícola del territorio (centuriación) y el posterior surgimiento de numerosos asentamientos agropecuarios (villae).

Un ejemplo muy significativo de estos últimos es la villa romana de «La Granjuela». Esta se halla emplazada en el actual cruce de la carretera N-630 con el acceso a Casas del Monte. En ella, destaca la construcción de un gran mausoleo funerario de planta octogonal, cuya estructura se conserva perfectamente. Este monumento pone de manifiesto, la importancia y la expansión del cristianismo a partir de los siglos III-IV.

Por su parte, el templo del Collado de «Peñas Labradas», en Jarilla, es una edificación de pequeñas dimensiones, de escasamente seis metros de lado, emplazada a más de 1.000 metros de altura. Su emplazamiento está relacionado con los antiguos cultos indígenas vetones a la naturaleza y a las aguas que discurren desde la montaña.

En suma, los sitios arqueológicos de «La Granjuela» y el templo del Collado de «Peñas Labradas» permiten comprender la concepción de un espacio romanizado de gran interés.

Sin duda, por todo lo expuesto, se trata de un bien paradigmático del patrimonio histórico y arqueológico en la provincia de Cáceres, que debe conservarse y protegerse para su legado a las generaciones futuras.

Además, se considera la necesidad de calificarlo como Zona Arqueológica frente a la anterior categoría de Bien de Interés Cultural, declarado Monumento, siendo así más acorde a la naturaleza arqueológica del bien.

Por otro lado, se ha constatado que son diversos los términos utilizados en la documentación histórica y en la literatura científica para designar dicho «Arco, las ruinas y el puente de la ciudad romana de Cáparra», por lo que se deduce la necesidad de establecer una única denominación que, de aquí en adelante, será la de «Ciudad romana de Cáparra y su territorio: Templo del collado de “Peñas Labradas” y villa romana de “La Granjuela”».

Asimismo, y con el fin de garantizar su protección y dando cumplimiento al contenido de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, se impone establecer una descripción clara y precisa de este bien y la delimitación del entorno necesario que, siguiendo el artículo 8.1.b, será el «espacio construido o no, que da apoyo ambiental al bien y cuya alteración pudiera afectar a sus valores, a la contemplación o al estudio del mismo».

La competencia para dictar resolución corresponde a la Consejera de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, a tenor de lo dispuestos en el artículo 7.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo.

Vista la propuesta favorable de la Directora General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural de fecha 17 de diciembre de 2025 y, en el ejercicio de las competencias atribuidas en materia de patrimonio cultural, histórico-arqueológico, monumental, artístico y científico de interés para la región, recogidas en el artículo 2.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, así como las facultades conferidas en el artículo 2 del Decreto de la Presidencia 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y demás preceptos de aplicación general, resuelvo:

Primero.

Incoar expediente para la declaración de Bien de Interés cultural a favor de la «Ciudad romana de Cáparra y su territorio: templo del Collado de «Peñas Labradas» y Villa romana de “La Granjuela”» en los términos municipales de Oliva de Plasencia, Guijo de Granadilla, Jarilla y Casas del Monte (Cáceres), con la categoría de Zona Arqueológica, de acuerdo con lo descrito en los anexos, para el reconocimiento y protección de este elemento del patrimonio cultural extremeño.

Segundo.

Continuar con la tramitación del expediente, de acuerdo con la legislación en vigor.

Tercero.

Remitir la presente resolución al «Diario Oficial del Extremadura» para su publicación y acordar un trámite de información pública por periodo de un mes.

Cuarto.

Notificar la presente resolución a las personas interesadas, a los Ayuntamientos de Oliva de Plasencia, Guijo de Granadilla, Jarilla y Casas del Monte (Cáceres) y al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura, para que conste en su inscripción provisional y remitirla, para que se publique, en el «Boletín Oficial del Estado».

Quinto.

Este expediente se podrá consultar por cualquier persona durante el periodo de información pública en las dependencias de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural (Avda. Valhondo, s/n. Módulo 4, planta 2.ª, Mérida, Badajoz).

Mérida, 23 de diciembre de 2025.–La Consejera de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, María Victoria Bazaga Gazapo.

ANEXOS

Se publica, como anexo, un extracto del informe de los servicios técnicos de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, de 17 de diciembre de 2025. El Informe íntegro al que hace referencia la resolución de incoación consta en el expediente administrativo correspondiente. Este expediente se podrá consultar en las dependencias de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural (Avenida Valhondo, s/n. Módulo 4, Planta 2.ª, 06800 Mérida, Badajoz) por las personas interesadas en el procedimiento, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 12 y siguientes de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y los artículos 15 y siguientes de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.

ANEXO I

Caracterización y justificación de la declaración como bien de interés cultural

Emplazamiento

La ciudad romana de Cáparra se enclava en una suave elevación del terreno, a unos 400 m s. s. m., en la ruta natural que, desde tiempos prehistóricos, permitía el tránsito a la Meseta a través del puerto de Béjar (950 m). Una ruta que, además, se encuentra alineada con otro punto de paso obligado, como era el vado de Alconétar. Esta situación privilegiada confería una serie de condiciones favorables para la fundación de una ciudad, como el acceso al agua del río Ambroz o la presencia de abundantes pastos y tierras de labor.

Edafológicamente, predominan las tierras pardas húmedas y las pardas de tipo meridional sobre granitos y pizarras, las cuales han favorecido un entorno adehesado de grandes parcelas ganaderas que, no obstante, debía diferir bastante del paisaje de la antigüedad, mucho más condicionado por el entorno urbano. La propia ciudad se levantaba en el encuentro de las pizarras y las grauvacas con el batolito, circunstancia que fue aprovechada por los urbanistas para el emplazamiento de los principales espacios públicos.

El clima es de tipo mediterráneo, con veranos calurosos e inviernos fríos, caracterizado por una marcada estacionalidad. Sin embargo, la posición del valle, protegido por el circo de montañas formado por las sierras de Béjar, Candelario o Tras la Sierra, atempera considerablemente el rigor de estas estaciones, en comparación con otras comarcas vecinas. El principal río de estas tierras es el que da nombre al valle, el Ambroz, también llamado río Cáparra, que nace en las estribaciones de la sierra de Candelario y, a su paso junto a la ciudad romana, se dirige ya próximo a su desembocadura en el Alagón.

Historia de las investigaciones

En el Renacimiento aumentó el interés por las ruinas de la Antigüedad, siendo referenciadas por viajeros y eruditos. Así sucedió con el arco de Cáparra, onstrucción que destacaba en el paisaje de la ciudad romana, convertida ya en ruinas.

El primer dibujo del arco se debe al humanista italiano Mariangello Accursio, en fechas tan tempranas como 1525, que acompañaba al séquito del emperador Carlos V. En la misma corte se encontraba Nicolaus Mameranus, luxemburgués, que también se hizo eco de los restos caparenses.

Un siglo más tarde, Fray Francisco de Coria dedica uno de los capítulos de su obra «Descripción e Historia general…» a las ruinas de Cáparra y, ya en s. XVIII, el padre agustino Enrique Flórez habla de ella como una antigua ciudad de la diócesis de Coria. Entretanto, se suceden las reproducciones e imágenes del arco, como la de Antonio Ponz (1785) o la de Alexandre de Laborde (1800-1805). A finales del siglo XIX, Emil Hübner reúne más de cincuenta inscripciones de Cáparra en el CIL II, incluyendo las recogidas en fuentes escritas y las que se hallaban en localidades próximas. El arquitecto Vicente Paredes fue el primero en intervenir el arco tetrapylon y promover excavaciones arqueológicas en la ciudad.

También a principios del siglo XX, el arco fue tratado por J.R. Mélida que, además de incluirlo en el «Catálogo Monumental» de la provincia, le dedicó varios artículos en los que se lamentaba de su estado de conservación y proponía su cubrición con cemento impermeable.

Las primeras excavaciones arqueológicas no se realizarán hasta el año 1929, acometidas por A. Floriano y Cumbreño, que planteó diversas intervenciones aisladas con la intención de obtener una visión de conjunto: en las necrópolis, la muralla, el tetrapylon o en el llamado «templo de Júpiter». Durante su trabajo, se identificaron tres áreas funerarias distintas, excavando una inhumación en la necrópolis suroeste y varias sepulturas de incineración en las necrópolis sureste y noreste. Además, relacionó el templo con Júpiter debido a la inscripción de Vegetinus, concluyendo que poseía la estructura clásica de pronaos y cella (en realidad se trataba de la curia municipal). Por otro lado, la muralla, que en ese momento conservaba una mayor altura, fue definida a lo largo de todo su perímetro.

Las excavaciones fueron retomadas por José María Blázquez, catedrático de la Universidad de Salamanca, quien realizó tres campañas en 1963, 1964 y 1967, publicando los resultados en la Revista Archivo Español de Arqueología. Durante este período, se avanzó en el conocimiento del área del arco, descubriéndose la presencia de una calzada bajo el monumento. Además, se localizó el anfiteatro de la ciudad, hallando partes de un muro de trazado curvo que corresponderían al pódium de una estructura de madera. También se llevaron a cabo excavaciones en áreas residenciales al norte del foro.

Veinte años después, las investigaciones se reanudaron bajo la dirección del profesor Enrique Cerrillo, de la Universidad de Extremadura. Durante este período, se avanzó en el conocimiento del área del foro, confirmando, en la campaña de 1991, que el «templo de Júpiter» realmente puede definirse como la curia de la ciudad. Además, en 1992, se estudiaron los tres edificios cultuales del foro y, en 1993, se excavó un «ninphaeum» o fuente pública. También se realizó una intervención en la calzada romana de acceso a la ciudad.

En el año 2001, el Proyecto Alba Plata impulsó una campaña de excavaciones intensiva que abarcó varias áreas clave del yacimiento de Cáparra. En la trama urbana central se intervino en las insulae próximas al famoso arco y se procedió a excavar las Termas. En esta última área, además de confirmar la tradición que vinculaba el muro conservado con la ermita de la Bella Flor, se localizó una gran domus situada inmediatamente al sur de la instalación termal.

Las excavaciones también se centraron en la documentación de las estructuras defensivas y públicas. Durante la campaña se logró localizar y documentar tanto la puerta norte del Anfiteatro como la puerta sureste de la muralla. Asimismo, se descubrió un horno de la época junto a la cerca defensiva. Finalmente, en el área destinada a la construcción del futuro Centro de Interpretación, se excavó el área funeraria sureste, donde se lograron documentar una veintena de sepulturas.

De igual modo, en 2001, se intervino en el yacimiento arqueológico de La Granjuela, situado en Casas del Monte, un asentamiento que se considera un testimonio fundamental de los establecimientos rurales que configuraron el territorio de la antigua ciudad de Cáparra.

Ya en el año 2009, los trabajos se centraron en la musealización de la zona arqueológica, con la instalación de paneles explicativos y la adecuación de los recorridos de visita; mientras que, en el año 2015, se acometió la excavación completa del anfiteatro, seguida de su posterior acondicionamiento.

Contexto histórico

Los orígenes de Cáparra están directamente vinculados a la existencia de uno de los ejes de comunicaciones más importantes de la Antigüedad Clásica que enlazaba el suroeste con el noroeste peninsular, la hoy conocida como Vía de la Plata. En sus orígenes más remotos este corredor se ha identificado como un paso natural de pastores que en sus desplazamientos estacionales en busca de alimentos para sus ganados. Este camino natural está condicionado por el curso de los ríos Guadiana, Tajo y Duero y por el Sistema Central.

El origen prerromano de Cáparra es discutible. En las excavaciones arqueológicas no se han hallado niveles anteriores a la fundación de la ciudad, aunque sí algunos materiales de tradición indígena, como cerámicas pintadas y una cajita celtibérica recuperada en una de las necrópolis. Probablemente, pudo existir un núcleo de población, tipo castro u oppidum, cercano que algunos autores como Vicente Paredes o Mélida, han situado en el paraje de «La Villeta». Ptlomeo cita dos núcleos cercanos, aunque uno lo asocia a los vetones (Kaparra) y otro a los lusitanos (Kapasa). Otra cita recurrente es la de Plinio, que menciona a los caparenses como población stipendiaria junto a los agustobrigenses y los caurienses, tres núcleos del convento emeritense. Además, la ciudad es mencionada tanto en el itinerario de Antonino (Capara, a 110 millas de Augusta Emerita) como en el Anónimo de Rávena (Cappara). El estudio de algunos epígrafes ha llevado a afirmar a algunos autores que la fundación de la ciudad se habría realizado a finales de la República.

En origen, Cáparra habría sido una mansio de la Vía de la Plata, entre la mansio Rusticiana (identificada con el asentamiento localizado entre la Fuente del Sapo, en el término de Galisteo, y la Dehesa de Larios, en Plasencia) y la mansio Caelonico (Baños de Montemayor o Puerto de Béjar). La Vía de la Plata, llamada en el Itinerario de Antonino «vía XXIV iter ab Emerita Caesaraugustam», que enlazaba Augusta Emerita (Mérida) con Asturica Augusta (Astorga), representó el papel de genitor urbis; es decir, la calzada romana habría sido el principal factor que alentó la fundación de la nueva ciudad.

Algunos autores hablan de un «urbanismo de tránsito», propio de una ciudad de reducido tamaño con carácter eminentemente caminero, comercial y funciones de ordenación territorial. Cáparra mantuvo su carácter de ciudad pequeña dentro de un territorio interconectado con Caurium y Augustóbriga, además de otras ciudades como Ammaia y Egitania.

A diferencia de otros núcleos, la identificación de Cáparra nunca ha supuesto un problema historiográfico. La epigrafía de la ciudad, o de núcleos cercanos como el balneario de Baños, proporcionaba el gentilicio «caparense», además de la evidente similitud del topónimo, en las excavaciones del arco llevabas a cabo por Floriano Cumbreño, en 1963, se localizó el miliario CX, que viene a coincidir plenamente con la mencionada cita del Itinerario de Antonino.

E. Cerrillo (2006) considera una ordenación urbana ya planificada desde los primeros momentos de la fundación, concebida como malla ortogonal. A finales del siglo I d. C., Cáparra se benefició de la concesión del ius latti de Vespasiano a todas las ciudades hispanas de época augustea; hasta ese momento, tal y como atestiguaba la cita de Plinio su estatus era de civitas stipendiaria. Tras su promoción, Cáparra quedó adscrita a la tribu Quirina. Este hecho marcó el desarrollo y el paisaje urbano de la ciudad, que inició un programa de monumentalización acorde a su nueva categoría de municipium flavium caparensis, adscrito a la tribu Quirina. Esta nueva condición exigió la aplicación de importantes esfuerzos en la reorganización y mejora de los diferentes espacios urbanos. Precisamente, las excavaciones realizadas, muestran que se corresponden en esta etapa las grandes obras arquitectónicas efectuadas en la ciudad entre las que destacan su arco ya citado los templos y otros espacios para espectáculos como el anfiteatro.

Esta reorganización urbana también afectó al foro, cuyo propósito era albergar a la curia en un lugar preeminente, otorgando así el protagonismo al nuevo ordo caparensium. De hecho, solo se han conservado algunas esculturas y epígrafes marmóreos, y un horno en el foro, destinado a convertir en cal los mármoles, evidencia clara del proceso de monumentalización de este espacio.

Se trata de un fenómeno común en otras ciudades recién promovidas, donde proliferaron las élites que financiaron obras e infraestructuras. En el caso de Cáparra, el benefactor más conocido fue M. Fidius Macer, promotor del arco tetrapylon. También se tiene constancia de L. Valerius Vegetinus, quien consagró un templo a Júpiter.

Apenas se dispone de información sobre las relaciones de la ciudad con su territorio (el ager caparensis), pero se considera que, en la antigüedad, todo el valle del Ambroz estuvo bajo la influencia directa de Cáparra, al igual que el valle del Alagón. Dentro de este territorio se sitúan la estación termal, de origen romano, de Baños de Montemayor, emplazada junto a la Vía de la Plata, donde se rendía culto a las Nymphae caparenses, apenas a 28 km de la ciudad; la villa romana de la Granjuela (Casas del Monte), o el templo de Piedras Labradas, en Jarilla.

Los datos disponibles apuntan al surgimiento de un gran número de asentamientos agropecuarios distribuidos sobre todo en las zonas de vega más próximas al cauce del río Ambroz, explotaciones que se mantienen mayoritariamente hasta la primera mitad del siglo V d. C. Uno de los más representativos es la villa de «La Granjuela», en el término municipal de Casas del Monte, ubicado a escasos metros del trazado de la Vía de la Plata, debió de ser notable durante los siglos IV-V d. C. a juzgar por un gran mausoleo de planta octogonal, único en cuanto a tipología constructiva.

A su vez la concepción de un territorio urbano y la definición de sus límites, es perceptible en la construcción de elementos destacados en el paisaje romanizado como el denominado «Templo del Collado de Peñas Labradas», un caso excepcional de la arquitectura religiosa romana, sin paragón por su singularidad en toda la Península Ibérica, al estar construido junto a un manantial de aguas medicinales, a más de 1000 metros de altitud, en las Sierras de Tras los Montes, que sirven de límite territorial al territorio caparense por su flanco oriental.

Tras esta etapa floreciente, los siglos III–IV d. C marcarán una paulatina decadencia de la ciudad y su territorio, con la pérdida de valor y reutilización de espacios públicos; también se hace evidente una sistemática reutilización de materiales en las nuevas construcciones. El declive de la Vía de la Plata será también el de Cáparra. Esta realidad se ha podido constatar en algunos de sectores excavados del conjunto urbano, como el Foro que muestra el expolio de sus elementos ornamentales más valiosos.

Durante la conquista islámica Cáparra no es mencionada en las crónicas, a pesar de ser un lugar de paso obligado hacia la Meseta para los invasores. Tras un vacío informativo correspondiente a la Baja Edad Media período en el que las fuentes son escasas (Cronicón Pseudo Turpin, en el cap. III, libro IV del Liber Sancti Iacobi incluido en el Codex Calistinus). En dicho libro se menciona la despoblación que padecen algunas ciudades, y se incluye a Capera, cercana a Egitania, (Idanha a Velha). A partir de este momento, la calzada comienza a ser conocida como Balata, «o el camino enlosado», de donde provendría su actual nombre.

Habrá que esperar a la Reconquista de Coria por parte del rey Alfonso VII para que Cáparra aparezca de nuevo citada dos veces tras recuperar Coria su sede diocesana.

La fundación de Plasencia por el rey Alfonso VIII, en 1178, seguida de la concesión de sede episcopal, en 1189, supuso la culminación de esta larga agonía, pues se tradujo en un cambio inmediato del trazado de las vías de comunicación, que se desplazaron hacia el este. Cáparra dejó de ser entonces un lugar de paso razón por la que es probable que nunca más se poblara. Su antiguo ager fue repartido y la Vía de la Plata sirvió, sucesivamente, de marca divisoria entre los reinos de Castilla y de León, entre las diócesis de Coria y de Plasencia y, más aún, entre los dominios jurisdiccionales del duque de Alba, al norte, y las tierras de realengo placentinas, al sur.

Al menos desde el s. XV existía en Cáparra una iglesia o ermita dedicada a la Bella Flor, para el servicio religioso de los pocos habitantes de las ventas que subsistían en el lugar. Este templo debía de estar próximo al arco y su santero o ermitaño es citado en un documento placentino de 1462; no obstante, un pleito sobre los pastos del ejido de Cáparra y fechado en 1491 evidencia un lugar escasamente poblado. En 1769, se cita una «hermita Grande o Yglesia». Esta iglesia habría estado en uso hasta el s. XVIII.

A lo largo de todo el s. XVI las noticias se harán más frecuentes pues aumentan los testimonios de viajeros y eruditos. El primero de ellos el de M.A. Accursius (Hisp. XXVII, 33, 1527) que viaja por esta zona y recopila inscripciones latinas de distintas ciudades, además de ser el autor del primer dibujo que se conserva del arco.

En el s XVII, la única noticia que tenemos del lugar proviene del clérigo extremeño Fray Francisco de Coria, quien aporta semblanzas del arco y describe su muralla y una de sus puertas.

El S. XVIII está caracterizado por una serie de viajeros y eruditos que movidos por los proyectos propiciados por los monarcas Carlos III y Carlos IV, dejaran un testimonio de las ruinas de la ciudad. Es el caso para Cáparra del padre agustino Enriquez Florez cuyo testimonio quedó en su famosa obra España Sagrada. En 1769, contamos con una excepcional descripción de las ruinas caparenses, donde se habla de tres mesones arruinados y «una casita pequeña en la que permanece un vecino pobre, que se mantiene de la limosna de los pasajeros» (Cerrillo 1990), estando estos establecimientos regulados por los vecinos del Guijo, de la jurisdicción de Granadilla, es decir, del duque de Alba. Al parecer, hasta hacía poco la población ascendía a ocho vecinos y cuatro mesones que «algunas noches se llenaban de arrieros y pasajeros» pero que fueron desertando «por la calamidad de los tiempos y por lo mucho que se les cargaba de tributos».

Otras referencias de interés para conocer el estado de ruina de la ciudad son las que proporcionan Quiroga y Loaysa, Antonio Ponz (1784) y sobre todo los interrogatorios de la Real Audiencia de Extremadura de 1791 que exponen una vez más el carácter de despoblado que tenían los restos de Caparra.

Finalmente, la Guerra de la Independencia provoca la despoblación total de los restos de la ciudad que desde entonces sólo se citará como una venta en el camino ganadero hacia Salamanca. Según Madoz, hasta 1808 había algunas casas y vecinos y en los mapas del s. XIX desaparece la mención a las Ventas de Cáparra. Del siglo XIX merecen destacarse los interesantes testimonios gráficos aportados por A. Laborde en su obra Voyage pittoresque de l`Espagne.

La construcción de la N-630, iniciada en 1855, y de la vía férrea, aleja definitivamente las principales rutas de las Ventas de Cáparra y la antigua ciudad romana queda oculta entre las dehesas del valle. De hecho, cuando se lleve a cabo el trazado de la carretera CC-11.2 (o CC-211), que une la presa del Gabriel y Galán con la nacional, entre los años 30 y 40 del pasado siglo XX, el yacimiento será seriamente afectado.

Descripción

a) La ciudad romana.

a.1) Su estructura urbana.

La planta urbana de Cáparra viene definida por la muralla, que establece una superficie irregular, adaptada a la topografía, de unas 14 hectáreas para el área intramuros. Floriano habló de un diseño urbano pentagonal, que no se corresponde con los restos actuales que, más bien, conforman una planta tendente al óvalo. Cáparra sigue fielmente, al menos en los escasos viales excavados hasta el momento, el patrón ortogonal, o hipodámico, típico de las fundaciones romanas ex novo. De acuerdo con este modelo, la ciudad se organiza en torno a dos ejes bien marcados, el decumanus maximus y el cardo maximus, que desembocan en las cuatro puertas de la muralla y en cuya intersección se sitúa el foro.

De estos dos ejes principales, la calzada Vía de la Plata jugó un papel vertebrador, constituyendo la calle principal (es el decumanus maximus), con un recorrido urbano de 500 m y, seguramente, dotada de cierta monumentalidad. Este eje habría sido también el centro comercial de la ciudad, ubicándose en sus márgenes las llamadas «tabernae».

El decumanus contaba con una anchura media de 4,5 m, con una zona de pórticos, a ambos lados, de 2 m de ancho, y su perfil era curvado para facilitar la evacuación de agua de lluvia hacia los lados. Originalmente se pavimentó con grandes losas de granito, de forma poligonal, aunque con el tiempo se fue reparando con parches de opus signinum. Este pavimento resaltaba la preminencia urbana de la vía, en claro contraste con el resto de las calles de la ciudad, que debían ser de rollos de granito, o de zahorra.

El cardo se desarrolla en sentido sureste-noroeste, aunque hasta el momento solo es visible en el tramo que arranca de la puerta sureste hasta su entrada en el foro, con una anchura media de unos cuatro metros. En este tramo, se encuentra muy condicionado por la pendiente del terreno, que obligó a escalonarlo, siendo su disposición mucho más caótica que la del decumanus, es decir, sin homogeneidad en los volúmenes edificados que lo flanquean.

El alcantarillado de la ciudad habría sido planificado desde el inicio, desembocando las cloacas menores en la cloaca máxima que, su a vez, habría desaguado en el río.

a.2) La Muralla.

La cerca defensiva abarcaba una longitud aproximada de 1.8 km. La anchura de la muralla es notable, oscilando entre los 4 m en la cortina occidental y los 3.2 m en la oriental, con una media de aproximadamente 3 metros.

La muralla está construida mayoritariamente con mampostería de gran tamaño, con un núcleo central de piedras y guijarros. Sin embargo, en las puertas, la mampostería se sustituía por la sillería. Excavaciones realizadas desde los años 80 pudieron confirmar que en tramos como el próximo a la puerta sureste, la muralla presenta una doble línea de sillares con un relleno de mampostería irregular. El tramo que presenta mejor conservación en la actualidad es el que discurre a lo largo del flanco noroeste, donde la altura alcanza entre 4 y 5 metros en algunos puntos, coincidiendo con los datos documentados por Antonio Floriano Cumbreño a principios del siglo XX.

La ciudad romana de Caparra seguía este esquema clásico y debió contar, previsiblemente, con cuatro puertas de acceso que se correspondían con el trazado de las dos calles principales siguiendo las direcciones norte-sur; este-oeste.

Se ha documentado la presencia de la puerta sureste, situada en un extremo del cardo maximus. Esta puerta era de carácter monumental, de un solo vano, tenía una anchura de cuatro metros, aproximadamente y estaba flanqueada por dos torres semicirculares cuyo nucleus de opus caementicium estaba forrado con sillares. Las torres sustentaban un tramo de bóveda de cañón que conformaba realmente la puerta y daba continuidad a la muralla por su zona superior a un alzado de aproximadamente cuatro metros.

El acceso de la Vía desde el lado suroeste se realizaba por una puerta monumental, flanqueada por dos potentes torres que remataban al exterior de forma semicircular. De estos dos bastiones, uno de ellos conserva más de un metro y medio de altura. Para su construcción se utilizó el característico hormigón romano (opus caementicium) si bien ambas torres estaban forradas por sillares graníticos cuadrangulares, que al exterior presentan el característico «almohadillado» de muchas de las obras tempranas de la arquitectura romana de Hispania. En el interior de estos bastiones de aprecian sendos espacios o cámaras de planta cuadrada que, como en la otra puerta excavada, debieron alojar a los encargados del control del acceso y vigilancia. Desde este punto, la calzada, bien pavimentada entraba en la ciudad dando lugar a ambos lados a los característicos paseos porticados.

La existencia de esta puerta fue citada en algunos documentos de los siglos XVIII-XIX, en los que se alude a ella como «puerta de la ciudad» por lo que podemos suponer que, hasta estas fechas, su nivel de conservación permitía identificar claramente su función.

La cerca no habría contado con torres intermedias, a excepción de estos bastiones que enmarcaban las entradas. Tampoco se ha constatado la existencia de foso.

La muralla de Cáparra se mantuvo en pie hasta bien entrado el siglo XVIII. De hecho, en la documentación de los siglos XVI al XVIII se la citaba como un elemento destacado que afirmaba el emplazamiento de la ciudad. Su destrucción documentada ocurrió en 1728, cuando fue parcialmente derribada por vecinos de Granadilla (Guijo) que intentaron llevarse las piedras para la construcción de una ermita.

a.3) Arco tetrapylon.

El arco es la construcción más singular y mejor conservada de toda la ciudad y ha recibido la atención de viajeros y curiosos desde antiguo, siendo mencionado, incluso, en el Fuero de Plasencia, a finales del s. XIII. El primer dibujo, a tinta, se lo debemos a Mariangello Accursio (1527), con una pequeña anotación en la que se explica que era conocido popularmente como «la Torre». Poco después, a mediados del s. XVI, el canónigo Gaspar de Castro lo consideró un monumento funerario. Desde el s. XVIII, se reitera en su consideración como arco triunfal, cuando se realiza el grabado de Antonio Ponz (1778), donde se muestra el arco prácticamente como lo vemos hoy día y es nombrado «arco de trofeo en Cáparra». Pero, fueron los grabados de Laborde quienes lograron una mayor difusión del monumento, llamándolo el autor francés «arco triunfal».

La primera fotografía es de Vicente Paredes, en el cambio de siglo, que también realiza en él algunas labores de restauración. Destacan, igualmente, las fotografías de Mélida para el Catálogo Monumental de la provincia de Cáceres. Más tarde, hacia 1957, González Valcárcel realiza una intervención de consolidación de las bóvedas e impermeabilización de su coronación.

En 1963, J.M. Blázquez realizó excavaciones bajo él, a fin de localizar la calzada. Ya en 1980 se reconstruyen los dos pedestales ecuestres, conformándose la vista actual del monumento; por último, en el año 1996, se realizan algunas reparaciones puntuales.

El arco de Cáparra es un ejemplar único en la península ibérica, aunque existe otro arco de características similares en Complutum (actual Alcalá de Henares), del cual apenas se conservan los cimientos.

Se trata de un modelo de arco tetrapylon, o tetrapilonos, o cuadrifronte, en forma de taberna o tabernaculum, es decir, con cuatro accesos de arco de medio punto, un tipo arquitectónico de origen helenístico que llegó a ser frecuente en el oriente del Imperio romano o el norte de África, pero que resulta excepcional en la mitad occidental.

El arco, que también funcionaba como acceso monumental a la plaza del foro, fue construido en opus quadratum en seco. Sus bloques de granito, unidos con grapas metálicas para reforzar la estructura, estaban originalmente teñidos de rojo. De sus cuatro fachadas, se priorizan las que coinciden con el decumanus maximus, la principal calle de la ciudad, disponiéndose en ellas los pedestales y las estatuas de los familiares del promotor, o, quizás, de miembros de la familia imperial. Se ha sugerido que las esculturas del frente oriental pudieron ser ecuestres, dadas las notables dimensiones de los pedestales que se conservan en esa zona.

El ático, hoy desprovisto de sus revestimientos, habría contado con una cubierta plana, con una altura total de más de trece metros. En el interior, bajo la cornisa de arranque de las bóvedas, se conservan motivos decorativos en forma de guirnaldas. En el momento de su construcción tenía una altura aproximada de más de 13 metros, por lo que ejercía un efecto ciertamente monumental en la trama urbana de la ciudad.

El arco de Cáparra no fue solo una estructura monumental, sino una declaración de estatus y un mausoleo honorífico levantado por M. Fidius Macer. El promotor del monumento fue Marcus Fidius Macer, prohombre caparense, duunvir de la ciudad. Al exterior del frente occidental todavía se puede contemplar la inscripción dedicatoria de Marcus Fidius a la memoria de sus antepasados.

El significado familiar del monumento se confirma gracias a las inscripciones epigráficas. En el pilar occidental, una estatua representaba a Iulia Luperca, la esposa de Macer, según indica la inscripción: IVLIAE LVPERCI F /LVPERCAE M FIDIVS / MACER VXSORI P I. Justo enfrente de la estatua de su mujer, se encontraba otra dedicada a los padres del constructor, como atestigua la inscripción BOLOSEA F / PELLI F MA / M FIDIVS MACE / TESTAMENTO F C. Por otra parte, algunos autores indican que el lado oriental pudo alojar estatuas ecuestres del propio Macer.

La relevancia social de Macer en la comunidad de Cáparra no se limitaba a este arco. Las evidencias epigráficas demuestran que el mismo constructor también dedicó un espacio a la religión local al levantar una capilla a la deidad indígena Augusta Trebaruna, un hecho que se conoce por una inscripción registrada en una tabula ansata.

a.4) Foro.

Siguiendo el modelo urbano clásico, el foro de Cáparra se erigió en un punto central de la ciudad. Con una imponente planta rectangular y una superficie que superaba los cinco mil metros cuadrados, constituyó el espacio público más importante de Cáparra. El foro cumplía las tradicionales funciones de espacio principal para la gestión religiosa, económica y política de la ciudad y sus territorios.

La plaza habría estado pavimentada con losas de granito y cerrada con un muro en el que, a la altura del arco, se disponía una triple puerta monumental.

En el flanco occidental del foro se localizaba la basílica, un edificio destinado a la administración de justicia. Su estructura, de aproximadamente ocho metros de anchura, estaba sustentada por dieciséis columnas que superaban los tres metros de altura. En su ángulo noroeste, se destaca la construcción de una pequeña aedicula que servía como estrado para los magistrados durante los procedimientos judiciales.

En el lado opuesto se disponía la Curia. Este era el lugar en el que se reunía el ordo caparensium o consejo ciudadano. En el ángulo oriental existía una pequeña tribuna de oradores, que todavía conserva parte de su estructura.

El foro estaba presidido por tres importantes edificios religiosos. Estos templos aprovechaban una pequeña elevación natural del terreno, a la que se accedía mediante escalinatas, logrando que el conjunto constituyera un cierre frontal altamente monumentalizado de este espacio urbano.

El más destacado de los tres ocupa la posición central de la plaza del foro, siguiendo el eje norte-sur que parte desde el arco tetrapylon. Sus basamentos de opus caementicium son perfectamente visibles sobre el terreno. Se cree que este templo central pudo estar dedicado a Júpiter, una hipótesis que se apoya en el hallazgo de una inscripción monumental durante las excavaciones de 1929 de Antonio Floriano, con el texto: IOVI. OPTIMO MAXIMO. AVG. SACR. L. VAL. VEGETINVS, SIBI.

A ambos lados de este templo principal se encuentran otros dos de dimensiones más reducidas. En el caso del templo ubicado en el ángulo nororiental, se distingue una pequeña plataforma cuadrada de lajas de granito que avanza hacia la plaza, sirviendo de transición antes de la escalinata de acceso.

En época flavia, tras la promoción de la ciudad, el foro habría sido remodelado y, seguramente, dotado de mayor ornamentación. Algunos autores han visto paralelos entre el foro de Cáparra y el de Conimbriga, en el que también se distingue una etapa augustea y otra flavia.

La existencia de soportes y pedestales, así como el hallazgo de diversas inscripciones conmemorativas, referentes a destacados miembros de la comunidad como el propio Marcus Fidius o miembros de la familia imperial, permite afirmar que estos espacios y la propia plaza, estuvieron decorados con numerosas esculturas. La gran cantidad de fragmentos de mármol hallados durante las excavaciones sugieren igualmente una arquitectura lujosa tanto al interior como al exterior de todos estos espacios. En la actualidad se conserva una de las figuras togadas de mármol que formaba parte del programa decorativo de la ciudad en la vecina finca «Casablanca».

a.5) Termas.

El único edificio termal descubierto hasta la fecha ocupa una posición privilegiada. De planta cuadrada y con una superficie de 1400 metros cuadrados, se ubica frente al foro, justo en la intersección del cardo y el decumanus, flanqueado por calles en sus cuatro lados.

Su fachada norte, que comunicaba directamente con la Vía de la Plata, era especialmente notable: se abría al exterior a través de una galería porticada que daba acceso a seis establecimientos comerciales (tabernae).

Las termas siguen una distribución lineal de sus estancias, adoptando un modelo bastante clásico. Desde una habitación de entrada y vestuario (apodyterium) se accedía a las zonas cálidas (laconicum, tepidarium y caldarium). En estos espacios, el suelo de la edificación descansaba sobre un sistema de arquillos y pilares (hipocausta) que permitían la circulación de aire caliente por toda su superficie. Este procedía de la combustión de dos hornos ubicados en las fachadas exteriores de la edificación. El complejo contaba además con piscinas de agua fría (frigidarium) para completar el proceso del baño.

En el frente sur se encontraba la palestra, diseñada como un espacio al aire libre para los ejercicios físicos. Esta área, que presentaba una planta en forma de «L» y una zona porticada, habría estado equipada con una pequeña fuente y una bañera de agua fría o alveus.

En cuanto a la construcción, los muros son de opus caementicium, revestidos con mortero hidráulico de buena calidad. Cabe resaltar un pozo de dos metros de diámetro, realizado con sillares de granito bien labrados, y las diversas conducciones de tuberías cerámicas para el abastecimiento. El agua sobrante era evacuada por una red de alcantarillado soterrada cuyo colector está documentado en una veintena de metros, estaba cubierto por losas de granito.

Las termas de Cáparra sufrieron diversas modificaciones a lo largo de su historia. La construcción del complejo inicial corresponde a la etapa de máximo esplendor urbanístico que se desarrolló a lo largo de los siglos I y II después de Cristo. Su abandono definitivo se produjo a lo largo del siglo V, coincidiendo con el declive de la ciudad.

a.6) Las viviendas.

En cuanto a las viviendas, hasta la fecha solo se han excavado dos manzanas, al sur y oeste del complejo termal de la ciudad. En la primera, se ha podido documentar una gran domus, situada entre el cardo maximus y un decumanus minor, de cronología bajoimperial. Se trata de una vivienda que ocupa una superficie de 1.100 m², con 26 estancias, entre patios y deambulatorios, y varios accesos desde el exterior. Contaba con dos patios, identificados como peristilos. Esta domus habría sido levantada en el Bajo Imperio, con un único momento constructivo, siendo sus fábricas bastante homogéneas, aunque posteriormente sufriera reformas.

En la segunda manzana excavada, frente a las termas, al otro lado del cardo maximus, se ha podido documentar un conjunto de viviendas, tipo insulae, de escasas dimensiones, y tabernae, erigidas en el s. III d.C. Se presentan como espacios de distribución compleja que, seguramente, correspondían a diferentes inquilinos.

a.7) Anfiteatro.

El anfiteatro de Cáparra había sido identificado por los investigadores, incluso antes de su excavación, gracias a la peculiar alteración topográfica de sus ruinas, que formaban un característico túmulo artificial de forma elíptica.

Las excavaciones arqueológicas han confirmado la existencia del edificio y han permitido conocer buena parte de su planta y características arquitectónicas. Fue construido en el siglo I d.C., coincidiendo con la monumentalización del enclave urbano. Se emplazó fuera del recinto urbano, próximo a la puerta sureste de la ciudad. Para su construcción, fue necesario excavar el terreno hasta obtener la plataforma con las dimensiones y la nivelación adecuadas.

El edificio presenta la característica planta elíptica de los anfiteatros, con una longitud de aproximadamente cincuenta y dos metros en su eje mayor y cuarenta y tres metros de anchura. Está definido por un doble muro de piedra exterior que delimita el espacio interior, conocido como la arena, donde tenían lugar los espectáculos. La cavea o zona destinada a los espectadores, tiene una anchura aproximada de siete metros. De acuerdo con los datos de las excavaciones, la altura aproximada del edificio era de tres metros.

a.8) Tabernae.

A ambos lados del decumanus maximus, se extendían galerías porticadas, sustentadas por columnas y pilares de granito. Esta estructura creaba una zona de tránsito público abierta a la calle, permitiendo a los ciudadanos circular a cubierto de la lluvia o del sol. Al interior de estos espacios porticados se abrían las puertas de acceso a las numerosas viviendas y pequeños negocios que flanqueaban el trazado de esta calle.

a.9) Las necrópolis.

Siguiendo las pautas convencionales del urbanismo romano, los espacios funerarios de la ciudad de Caparra se emplazaron fuera del recinto amurallado, a lo largo de los caminos que salían de sus puertas. Actualmente, se conocen tres necrópolis en Caparra, confirmando esta disposición: se encuentran extramuros, flanqueando las vías que parten de las puertas de la ciudad.

Entre los años 30 y 40 del siglo pasado, se descubrió la primera de las necrópolis de Caparra, durante la ejecución de la carretera que conducía a la localidad vecina de «Guijo de Granadilla». Salieron a la luz diversos enterramientos que seguían los ritos de inhumación e incineración, correspondientes a etapas históricas diversas comprendidas entre los siglos I y V después de Cristo. En la mayoría de los casos se recuperaron objetos diversos que formaban parte de los ajuares funerarios como recipientes cerámicos o de vidrio y otros objetos de adorno personal.

Bajo el espacio que actualmente ocupa el edificio del Centro de Interpretación se ha excavado parcialmente una de las tres necrópolis que se conocen de la ciudad. En las fases más antiguas los enterramientos se practicaban incinerando al difunto y depositando luego sus restos en pequeñas fosas que podían estar cubiertas por tejas o piedras. Posteriormente, este ritual se fue sustituyendo por la inhumación del cadáver a partir del s. II d. C. generalizándose en el s. III. En muchos de los enterramientos realizados en época tardía se reutilizaron elementos propios de las construcciones anteriores. Un ejemplo lo constituyen algunas sepulturas en la se emplearon piedras de granito tanto para la caja como para la cubierta, depositándose el cuerpo sobre un suelo de losas de barro cocido.

a.10) Nymphaeum o Castellum Aquae y acueducto.

El sistema de abastecimiento de agua en la ciudad es aún bastante desconocido. Aunque algunos espacios domésticos intramuros contaban con pozos, es indudable que la ciudad debió disponer también de una infraestructura hidráulica para el suministro, si bien los indicios sobre su existencia son escasos.

Debido a su emplazamiento ligeramente sobreelevado respecto al cauce del río Ambróz y su relativa lejanía de la Sierra de Tras Los Montes, el abastecimiento de agua debió constituir un problema. Por ello, es posible que se construyera una conducción desde dichas montañas.

En este sentido, un hallazgo de 1710 es crucial: en una zona de la sierra denominada La Cabrera se encontró un tramo importante de una tubería de plomo que se dirigía hacia la ciudad.

A este sistema hidráulico pudo pertenecer un edificio terminal a modo de depósito o fuente monumentalizada. En él se colocó una inscripción conmemorativa realizada en dos bloques de granito, conservados en la vecina propiedad «Monte Moheda», con el siguiente texto:

PRO. SALVTE. MVNICIPI. FLAVI. …..CAPERENSAQVA. AVGVSTA…ALBINVS. EX. TESTAMENTO.

Este epígrafe resulta especialmente valioso por dos motivos: es el único testimonio directo de la municipalización de Cáparra y, a la vez, documenta un acto de evergetismo (donación privada a la ciudad).

De igual modo, se ha especulado sobre la presencia de un castellum aquae (depósito distribuidor de agua) pudo haber estado ubicado intramuros, en un promontorio situado al suroeste del foro.

a.11) Presa.

La ciudad contó con un pequeño embalse emplazado extramuros, al suroeste del área urbana. El elemento más destacado es el muro de presa, con una longitud aproximada de 80 metros, realizado con sillarejo granítico. Esta presa cuyos orígenes se pueden situar en época romana, ha sido reutilizada a lo largo de la historia, con una importancia destacada en el uso que tuvo la propia Vía de la Plata como camino trashumante a partir de la Edad Media. En la actualidad, todavía permanece en uso.

a.12) Puente.

El puente romano de Cáparra no forma parte de la Vía de la Plata, sino de un ramal secundario que se dirigía hacia las Hurdes – Sierra de Gata y a las importantes minas situadas en esos dos territorios. Actualmente, el puente está formado por cuatro arcos, dos de ellos son de origen romano, el tercero es un aliviadero y el cuarto ha sido muy reformado, con una longitud total de 64,15 m. Las dos bóvedas centrales, y el tajamar que se sitúa entre ellas, serían las partes mejor conservadas, donde aún podemos observar los sillares almohadillados y los orificios para su elevación. Las manguardias, sin embargo, son de mampostería ordinaria. Ha sido fechado a finales del s. I a.C.

En la actualidad, su fábrica se encuentra muy modificada, especialmente en su alzado oeste, pues fue ensanchado para permitir el paso de maquinaria con motivo de la construcción de la presa del embalse Gabriel y Galán.

a.13) Alfares y tejares.

Como resultado de las actuaciones y prospecciones arqueológicas, se han podido ubicar dos instalaciones de carácter industrial en el entorno de la ciudad.

– Taller de Cerámica (Junto a la Muralla): La primera instalación está ubicada en las proximidades de la puerta sureste, junto al cardo maximus. Se trata de una pequeña estructura de la que formaba parte un horno.

La estructura del horno ha podido excavarse por completo, revelando una cámara de cocción sustentada sobre pilares de ladrillo. De acuerdo con el contexto arqueológico, pudo tratarse de un taller destinado a la producción de recipientes cerámicos.

– Taller de Materiales Latericios (Río Ambroz): La segunda zona industrial se ubica más al norte, aproximadamente a trescientos metros aguas arriba del puente sobre el río Ambroz y muy próxima al margen del río. Se trata de una instalación de la que, durante trabajos de limpieza, se hizo visible parte de una estancia de planta cuadrada. El emplazamiento y la presencia de material de cubiertas quemadas (tegulae) sugieren que este taller estaba destinado a la producción de elementos latericios (ladrillos y tejas) para la construcción.

b) El Territorio de la ciudad romana de Cáparra.

b.1) Templo del Collado de «Peñas Labradas».

Situado en el collado de Piedras Labradas (Jarilla), un paraje abundante en fuentes de agua y poblado de densos robledales, el templo goza de excelentes vistas panorámicas del valle del Ambroz y contacto visual directo con la ciudad de Cáparra.

Se trata de una pequeña edificación rectangular, de 5,79 m por 4,56 m, construida en opus quadratum, dispuesto en la habitual secuencia de soga y tizón.

Su diseño es extremadamente simple, puesto que carece de podium o pronaos, limitándose a una única estancia que constituye la propia cella. Actualmente solo se conservan dos hiladas de sillares, aunque se ha calculado que su altura sería de 2,8 m.

Se mantiene también el dintel del vano de acceso, decorado con una tabula ansata (sin inscripción ni huecos de clavos). La última hilada de sillares visible presenta una cornisa compuesta de toro y ábaco. La cubierta habría sido a dos aguas (se conservan partes del tímpano en el cercado ganadero), y se presume que era de madera, ante la ausencia de materiales cerámicos en el entorno.

Posiblemente, estuvo dedicado a una deidad indígena, aunque, lamentablemente, las casi treinta aras encontradas en el entorno son, en su mayor parte, anepígrafas (se ha especulado con que, quizás, tenían el texto pintado). Una decena de ellas presentan parte de la inscripción, aunque en pésimo estado de conservación. Uno de los altares de la colección Sayans alude a las «diosas» (DEAE S /ALLIUS / AGATHAS / VSLA), mientras que los últimos autores en pronunciarse se decantan por Caesarus, un dios lusitano del inframundo. La presencia de fuentes en el collado ha hecho suponer también un culto relacionado con aguas salutíferas. En cualquier caso, la abundancia de epígrafes da sobrada fe de la popularidad y la devoción que, en época romana, se profesaba a la divinidad o divinidades veneradas en el templo.

El templo se conservó en un estado relativamente bueno hasta que, en el siglo XX, un vecino decidió su desmonte para construir la cerca que rodea el prado.

b.2) Villa romana de la Granjuela.

La villa de la Granjuela es uno de los asentamientos más destacados del ager caparensis. Situada a pocos metros de la Vía de la Plata, contaba con comunicación directa con la ciudad de Cáparra, de la que distaba unos once kilómetros. Actualmente, se emplaza en el término municipal de Casas del Monte, ocupando una suave colina rodeada por un arroyo.

La villa fue objeto de excavaciones durante las décadas de los años sesenta y setenta, y posteriormente entre 1995$ y 1996. Estos trabajos han permitido documentar dos fases cronológicas bien diferenciadas:

La primera fase de la villa, que estuvo en uso hasta la segunda mitad del siglo V d.C., se caracteriza por albergar diversas infraestructuras destinadas al almacenamiento y transformación de productos agrícolas, lo que se evidencia en los numerosos hallazgos de dolía.

Tras la destrucción de este primer asentamiento, encontramos una segunda fase, entre los siglos VI y VII, donde destacan las áreas funerarias presididas por un importante mausoleo de doble planta octogonal; una forma que resulta inusual en el resto de Hispania. Uno de los edificios presenta un diámetro interior de 6,2 m y, por el sudeste, se le adosa un octógono de menor tamaño, cuyo interior, a diferencia del anterior, adopta planta circular. El mausoleo mayor albergaba, halladas bajo el nivel de destrucción, cinco inhumaciones de diversa tipología (sillería, ladrillo y opus signinum, fosas de tegulae…), que habrían seguido el rito funerario cristiano. Ambas construcciones estaban realizadas con sillares reutilizados y mampostería de granito. Los muros estaban enlucidos interiormente y, exteriormente, presentaban decoración encintada. Destaca, igualmente, un aplacado interior de mármol, exhumándose en el exterior otros seis enterramientos.

Bienes Muebles asociados a la Zona arqueológica.

Se tiene constancia de la dispersión de numerosas piezas de arte, epígrafes y otros materiales de gran valor e interés procedentes de la ciudad romana de Cáparra, que han sido distribuidos por los núcleos urbanos y caseríos cercanos. Algunas de las piezas más relevantes son las siguientes:

– Escultura togada de mármol, en las escaleras del zaguán de entrada de la finca Casa Blanca (donde la sitúan Mélida en 1914 y Blázquez en los años 60).

– Dintel con inscripción en tabvla ansata, dedicado a Augusta Trebaruna por M. Fidius Macer, conservado en la finca Casa Blanca. AVG(usta). TREBAR[une] / M(arcus). FIDIUS. FIDI. F(ilius) QUIR(ina). [Macer] / MAG(ister). III. II. VIR. II. PRAEF(ectus) FA[abrum---] (Referencia: Cases Mora, 2021).

– Verraco de granito en la pared norte de la finca Monte Moheda, con epitafio sepulcral en el lomo, procedente de la necrópolis sureste de la ciudad (Referencia: Río-Miranda Alcón, 1985)

– Bloque de mármol del templo de Júpiter, hallado en las excavaciones de Floriano y trasladado a la finca Monte Moheda. IOVI. OPTIMO M(a)XI / MO. AVG(usto). SACR(um) / L(ucius) VAL(erius) VEGETINVS SIBI.

– Inscripción del acueducto, en dos bloques empotrados en una construcción de la finca Monte Moheda: [PRO. SA]LVTE. MVNICIPI. [F]LAVI.CA[PERENS(is)] AQVA. AVGVSTA [---] ALBINVS. [EX]. TE[ST]AMENTO [---].

– Inscripción del arco tetrapylon de Iulia Luperca, en la casa sacerdotal de Plasencia. IVLIAE LVPERCI F /LVPERCAE M FIDIVS / MACER VXSORI P I (Referencia: Esteban Ortega: 2017)

– Algunos materiales procedentes del templo del collado de «Peñas Labradas» se guardan en la colección Sayans Castaño de Casas del Castañar (Cáceres); otros en cercados y construcciones del entorno.

ANEXO II

Delimitación de la zona arqueológica y su entorno de protección

Delimitación del bien y justificación

La delimitación del ámbito de protección se fundamenta en la imperiosa necesidad de proteger y conservar el amplio y brillante repertorio de recursos arqueológicos que componen la Zona Arqueológica.

Dicho bien está específicamente constituido por la ciudad romana de Cáparra (Oliva de Plasencia y Guijo de Granadilla) y los bienes arqueológicos asociados a su territorio, el Templo del Collado de «Peñas Labradas» (Jarilla) y la Villa romana de «La Granjuela» (Casas del Monte).

La delimitación establecida integra no solo los terrenos donde se localizan las estructuras documentadas, conservadas y visibles de cada elemento de este bien seriado, sino también las áreas circundantes susceptibles de contener restos arqueológicos en el subsuelo. Para su definición, se ha analizado y ponderado la totalidad de la información arqueológica disponible, procedente de las diversas investigaciones realizadas. De este modo, se garantiza la protección íntegra de todos los elementos materiales y contextos estratigráficos que componen el Bien de Interés Cultural.

El perímetro del núcleo principal, la ciudad romana de Cáparra, se encuentra claramente delimitado por el trazado de su muralla. Este elemento es aún distinguible, incluso ha condicionado el parcelario catastral de la zona.

Esta abarca también elementos asociados a la ciudad, que se sitúan fuera del recinto amurallado, tales como:

– El anfiteatro.

– Las necrópolis.

– La presa.

– El puente romano sobre el río Ambroz.

– Alfares y tejares.

Alejados de la ciudad, pero intrínsecamente relacionados con ella y su territorio, se incluyen además otros elementos fundamentales que completan el bien:

– El Templo del Collado «Peñas Labradas» (en el término municipal de Jarilla).

– La villa romana de «La Granjuela» (en el término municipal de Casas del Monte).

Las parcelas afectadas, de manera total o parcial, por la delimitación de la Zona Arqueológica son las siguientes, con las siguientes referencias catastrales:

a) Ciudad romana de Cáparra.

a.1) Recinto amurallado.

– En el término municipal de Oliva de Plasencia.

Dirección Referencia catastral
Polígono 4, Parcela 17. Fresnedilla. 10139A004000170000QW
Polígono 4, Parcela 21. Fresnedilla. 10139A004000210000QA
Polígono 4, Parcela 9005. CM Fresnedilla. 10139A004090050000QS
Polígono 4, Parcela 9009. CR Pantano G. Galán. 10139A004090090000QW
Polígono 5, Parcela 9. Fresnedilla. 10139A005000090000QK
Polígono 5, Parcela 10. Fresnedilla. 10139A005000100000QM
Polígono 5, Parcela 12. Fresnedilla. 10139A005000120000QK
Polígono 5, Parcela 13. Fresnedilla. 10139A005000130000QR
Polígono 5, Parcela 9001. Camino de Casablanca. 10139A005090010000QF

– En el término municipal de Guijo de Granadilla.

Dirección Referencia catastral
Polígono 4, Parcela 9034. CR Embalse Estación. 10093A004090340000KI
Polígono 4, Parcela 9035. Camino de Oliva. 10093A004090350000KJ
Polígono 6, Parcela 51. Suertes. 10093A006000510000KM
Polígono 6, Parcela 52. Casa Blanca. 10093A006000520000KO
Polígono 6, Parcela 54. Casa Blanca. 10093A006000540000KR
Polígono 6, Parcela 55. Casa Blanca. 10093A006000550000KD
Polígono 6, Parcela 56. Casa Blanca. 10093A006000560000KX
Polígono 6, Parcela 57. Casa Blanca. 10093A006000570000KI
Polígono 6, Parcela 58. Casa Blanca. 10093A006000580000KJ
Polígono 6, Parcela 59. Casa Blanca. 10093A006000590000KE
Polígono 6, Parcela 60. Casa Blanca. 10093A006000600000KI
Polígono 6, Parcela 82. Casa Blanca. 10093A006000820000KF
Polígono 6, Parcela 9003. Rio Cáparra o Ambroz. 10093A006090030000KQ
Polígono 6, Parcela 9005. Camino de la Plata. 10093A006090050000KL
Polígono 6, Parcela 9008. Camino de la Plata. 10093A006090080000KM
Polígono 6, Parcela 9009. CM Guijo a Oliva. 10093A006090090000KO
Polígono 6, Parcela 9011. Cordel de Ganados. 10093A006090110000KM
Polígono 7, Parcela 6. Casa Blanca. 10093A007000060000KZ
Polígono 7, Parcela 9001. Rio Cáparra o Ambroz. 10093A007090010000KZ
Polígono 7, Parcela 9002. Rio Cáparra o Ambroz. 10093A007090020000KU
Polígono 7, Parcela 9003. Cordel de Ganados. 10093A007090030000KH
Polígono 7, Parcela 9006. Camino de la Plata. 10093A007090060000KB
Polígono 7, Parcela 9007. Camino de la Plata. 10093A007090070000KY
Polígono 9, Parcela 134. Vega Lavaderos. 10093A009001340000KL
Polígono 9, Parcela 9001. AY del Horcajo Hondo. 10093A009090010000KT
Polígono 9, Parcela 9008. CR Embalse estación. 10093A009090080000KX
Polígono 9, Parcela 9010. Rio Cáparra o Ambroz. 10093A009090100000KD

a.2) Anfiteatro. En el término municipal de Oliva de Plasencia.

Dirección Referencia catastral
Polígono 5, Parcela 0010. Fresnedilla. 10139A005000100000QM

a.3) Necrópolis SE. En el término municipal de Oliva de Plasencia.

Dirección Referencia catastral
Polígono 5, Parcela 9. Fresnedilla. 10139A005000090000QK
Polígono 5, Parcela 9001. Camino Casa Blanca. 10139A005090010000QF

a.4) Presa. En el término municipal de Oliva de Plasencia.

Dirección Referencia catastral
Polígono 5, Parcela 11. Fresnedilla. 10139A005000110000QO
Polígono 5, Parcela 9002. Camino Casa Blanca. 10139A005090020000QM

a.5) Puente. En el término municipal de Guijo de Granadilla.

Dirección Referencia catastral
Polígono 6, Parcela 9005. Camino de la Plata. 10093A006090050000KL
Polígono 6, Parcela 9011. Cordel de Ganados. 10093A006090110000KM
Polígono 7, Parcela 9001. Río Cáparra o Ambroz. 10093A007090010000KZ
Polígono 7, Parcela 9002. Río Cáparra o Ambroz. 10093A007090020000KU
Polígono 7, Parcela 9003. Cordel de Ganados. 10093A007090030000KH
Polígono 9, Parcela 134. Vega Lavaderos. 10093A009001340000KL
Polígono 9, Parcela 9008. CR Embalse Estación. 10093A009090080000KX
Polígono 9, Parcela 9010. Río Cáparra o Ambroz. 10093A009090100000KD

a.6) Alfares y Tejares. En el término municipal de Guijo de Granadilla.

Dirección Referencia catastral
Polígono 6, Parcela 51. Suertes. 10093A006000510000KM

b) Territorio de la ciudad romana de Cáparra: templo del collado de «Peñas Labradas» y villa romana de La Granjuela.

b.1) Templo del collado de «Peñas Labradas». En el término municipal de Jarilla.

Dirección Referencia catastral
Polígono 9, Parcela 214. Lancholilla. 10109A009002140000OS

b.2) Villa romana de «La Granjuela». En el término municipal de Casas del Monte.

Dirección Referencia catastral
DS Diseminado 49(A) Polígono 10, Parcela 49. Gregorias. 10056A010000490000PQ

Para una mejor comprensión se incorporan las coordenadas de los vértices correspondientes al polígono de delimitación del entorno de protección de la Zona Arqueológica y bienes asociados en su territorio (Sistema de referencia ETRS89. Proyección UTM huso 29):

a) Ciudad romana de Cáparra.

a.1) Recinto amurallado.

X Y
746648,56 4450184,47
746614,04 4450208,04
746581,51 4450240,89
746571,52 4450251,51
746562,22 4450259,02
746553,18 4450264,13
746548,74 4450266,66
746538,49 4450271,68
746523,60 4450280,76
746514,26 4450290,26
746506,80 4450306,77
746505,84 4450308,02
746496,51 4450320,76
746488,46 4450329,80
746483,02 4450338,14
746479,21 4450354,36
746476,80 4450384,73
746477,01 4450393,19
746480,33 4450404,31
746480,41 4450407,13
746481,82 4450414,27
746483,48 4450418,50
746484,14 4450423,64
746485,39 4450426,46
746487,88 4450430,69
746489,45 4450436,25
746491,20 4450444,92
746493,94 4450452,39
746498,58 4450461,02
746500,49 4450464,26
746508,62 4450472,97
746517,08 4450480,98
746524,80 4450486,70
746533,43 4450493,30
746539,20 4450498,53
746550,48 4450504,58
746554,28 4450506,68
746564,90 4450513,15
746572,41 4450519,37
746589,83 4450529,33
746607,59 4450540,45
746621,53 4450549,57
746634,97 4450555,71
746674,38 4450569,57
746691,81 4450573,47
746695,87 4450574,72
746701,85 4450575,38
746714,13 4450574,47
746762,17 4450572,81
746789,38 4450569,74
746813,36 4450561,85
746894,18 4450526,51
746928,61 4450510,74
746990,92 4450488,84
747004,53 4450485,35
747069,08 4450458,47
747093,64 4450426,61
747144,09 4450376,16
747171,97 4450322,39
747178,28 4450297,83
747184,58 4450253,82
747180,60 4450242,74
747167,16 4450224,49
747133,64 4450201,75
747091,49 4450177,36
747028,59 4450153,30
746996,40 4450138,69
746981,63 4450125,58
746972,67 4450118,94
746971,18 4450119,03
746963,21 4450130,64
746835,51 4450094,05
746816,60 4450090,40
746801,33 4450088,74
746788,72 4450089,07
746771,46 4450092,72
746763,99 4450094,63
746748,31 4450100,94
746718,30 4450113,69
746684,99 4450135,47
746687,24 4450145,00
746678,17 4450155,61

a.2) Calzada romana dentro de los límites del recinto amurallado:

X Y
746684,99 4450135,47
746678,17 4450155,61
747035,33 4450450,86
747069,08 4450458,47
747099,38 4450421,33
747045,48 4450402,33
746835,47 4450222,41
746712,64 4450117,47

a.3) Necrópolis SE.

X Y
747013,81 4450054,55
747032,88 4450052,46
747030,49 4450034,00
747045,98 4450038,76
747055,52 4450006,29
747054,03 4450004,51
747007,85 4449998,25

a.4) Presa.

X Y
746566,95 4449878,42
746631,35 4449848,94
746629,26 4449843,80
746564,64 4449873,05

a.5) Puente.

X Y
746714,09 4450753,47
746721,39 4450756,10
746742,96 4450692,57
746735,99 4450690,32

a.6) Alfares y Tejares.

Se localizan dos zonas, una junto a la Puerta Sudeste y otra más al Norte a orillas del rio Ambroz:

X Y
746971.59 4450129.90
747003.25 4450815.61

Calzada Romana «Vía de la Plata».

X Y
746684,99 4450135,47
746678,17 4450155,61
747035,33 4450450,86
747069,08 4450458,47
747099,38 4450421,33
747045,48 4450402,33
746835,47 4450222,41
746712,64 4450117,47

b) Territorio de la ciudad romana de Cáparra: templo del collado de «Peñas Labradas» y villa romana de La Granjuela.

b.1) Templo del collado de «Peñas Labradas».

X Y
757984,90 4451606,99

b.2) Villa romana de La Granjuela.

X Y
756197,91 4455371,65

En el área protegida por la declaración, se incluyen también las carreteras y caminos que estén incluidos dentro del bien delimitado tal y como se detalla en el plano anexo.

Delimitación del entorno de protección y justificación

La declaración de la Zona Arqueológica que constituye la Ciudad Romana de Cáparra y su Territorio (incluyendo el Templo del Collado de «Peñas Labradas» y la Villa Romana de «La Granjuela») exige ineludiblemente la protección de su entorno inmediato. Esta medida se adopta con un doble propósito:

– Prevenir cualquier afección a los restos arqueológicos asociados a la zona arqueológica.

– Cuidar su entorno visual y ambiental, garantizando la correcta visualización del bien.

A tal efecto, la delimitación del entorno se ha basado en dos criterios fundamentales:

– El marco normativo, según los parámetros establecidos en el artículo 39.3 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, que prevé la definición un entorno de 200 metros para bienes de naturaleza arqueológica.

– El criterio histórico y paisajístico, en consideración de su emplazamiento, pues el paisaje circundante fue un factor determinante en la elección del asentamiento.

De acuerdo con estos criterios, se justifica la inclusión de las siguientes parcelas, afectadas de manera total o parcial, por la delimitación del entorno la Zona Arqueológica, con las siguientes referencias catastrales:

a) Ciudad romana de Cáparra.

– En el término municipal de Oliva de Plasencia (Cáceres).

Dirección Referencia catastral
Polígono 4, Parcela 11. Fresnedilla. 10139A004000110000QJ
Polígono 4, Parcela 13. Fresnedilla. 10139A004000130000QS
Polígono 4, Parcela 14. Fresnedilla. 10139A004000140000QZ
Polígono 4, Parcela 15. Fresnedilla. 10139A004000150000QU
Polígono 4, Parcela 16. Fresnedilla. 10139A004000160000QH
Polígono 4, Parcela 16. Fresnedilla. 10139A004000160001WJ
Polígono 4, Parcela 17. Fresnedilla. 10139A004000170000QW
Polígono 4, Parcela 21. Fresnedilla. 10139A004000210000QA
Polígono 4, Parcela 9001. CM Plata Calzada. 10139A004090010000QX
Polígono 4, Parcela 9003. AC Fresnedilla. 10139A004090030000QJ
Polígono 4, Parcela 9004. CM Fresnedilla. 10139A004090040000QE
Polígono 4, Parcela 9005. CM Fresnedilla. 10139A004090050000QS
Polígono 4, Parcela 9009. CR Pantano G Galán. 10139A004090090000QW
Polígono 5, Parcela 7. Maja. 10139A005000070000QM
Polígono 5, Parcela 9. Fresnedilla. 10139A005000090000QK
Polígono 5, Parcela 10. Fresnedilla. 10139A005000100000QM
Polígono 5, Parcela 11. Fresnedilla. 10139A005000110000QO
Polígono 5, Parcela 12. Fresnedilla. 10139A005000120000QK
Polígono 5, Parcela 13. Fresnedilla. 10139A005000130000QR
Polígono 5, Parcela 14. Fresnedilla. 10139A005000140000QD
Polígono 5, Parcela 9001. Camino de Casablanca. 10139A005090010000QF
Polígono 5, Parcela 9002. Camino de Casablanca. 10139A005090020000QM
Polígono 5, Parcela 9003. CR Pantano G Galán. 10139A005090030000QO

– En el término municipal de Guijo de Granadilla (Cáceres).

Dirección Referencia catastral
Polígono 4, Parcela 442. Cañadas. 10093A004004420000KQ
Polígono 4, Parcela 443. Cañadas. 10093A004004430000KP
Polígono 4, Parcela 444. Cañadas. 10093A004004440000KL
Polígono 4, Parcela 445. Cañadas. 10093A004004450000KT
Polígono 4, Parcela 446. Cañadas. 10093A004004460000KF
Polígono 4, Parcela 448. Cañadas. 10093A004004480000KO
Polígono 4, Parcela 449. Cañadas. 10093A004004490000KK
Polígono 4, Parcela 450. Cañadas. 10093A004004500000KM
Polígono 4, Parcela 451. Cañadas. 10093A004004510000KO
Polígono 4, Parcela 452. Cañadas. 10093A004004520000KK
Polígono 4, Parcela 453. Cañadas. 10093A004004530000KR
Polígono 4, Parcela 9034. CR Embalse estación. 10093A004090340000KI
Polígono 4, Parcela 9035. Camino de Oliva. 10093A004090350000KJ
Polígono 6, Parcela 50. Suertes. 10093A006000500000KF
Polígono 6, Parcela 51. Suertes. 10093A006000510000KM
Polígono 6, Parcela 52. Casa Blanca. 10093A006000520000KO
Polígono 6, Parcela 54. Casa Blanca. 10093A006000540000KR
Polígono 6, Parcela 55. Casa Blanca. 10093A006000550000KD
Polígono 6, Parcela 56. Casa Blanca. 10093A006000560000KX
Polígono 6, Parcela 57. Casa Blanca. 10093A006000570000KI
Polígono 6, Parcela 58. Casa Blanca. 10093A006000580000KJ
Polígono 6, Parcela 59. Casa Blanca. 10093A006000590000KE
Polígono 6, Parcela 60. Casa Blanca. 10093A006000600000KI
Polígono 6, Parcela 63. Mesto. 10093A006000630000KS
Polígono 6, Parcela 64. Mesto. 10093A006000640000KZ
Polígono 6, Parcela 65. Mesto. 10093A006000650000KU
Polígono 6, Parcela 66. Mesto. 10093A006000660000KH
Polígono 6, Parcela 67. Mesto. 10093A006000670000KW
Polígono 6, Parcela 68. Mesto. 10093A006000680000KA
Polígono 6, Parcela 69. Mesto. 10093A006000690000KB
Polígono 6, Parcela 82. Casa Blanca. 10093A006000820000KF
Polígono 6, Parcela 84. Casa Blanca. 10093A006000840000KO
Polígono 6, Parcela 9001. Cañada Real de Cáparra. 10093A006090010000KY
Polígono 6, Parcela 9003. Rio Cáparra o Ambroz. 10093A006090030000KQ
Polígono 6, Parcela 9005. Camino de la Plata. 10093A006090050000KL
Polígono 6, Parcela 9007. Camino de la Plata. 10093A006090070000KF
Polígono 6, Parcela 9008. Camino de la Plata. 10093A006090080000KM
Polígono 6, Parcela 9009. CM Guijo de Oliva. 10093A006090090000KO
Polígono 6, Parcela 9010 CR Embalse estación. 10093A006090100000KF
Polígono 6, Parcela 9011. Cordel de Ganados. 10093A006090110000KM
Polígono 7, Parcela 3. Monte Mohedas. 10093A007000030000KJ
Polígono 7, Parcela 4. Monte Mohedas. 10093A007000040000KE
Polígono 7, Parcela 5. Casa Blanca. 10093A007000050000KS
Polígono 7, Parcela 6. Casa Blanca. 10093A007000060000KZ
Polígono 7, Parcela 7. Casa Blanca. 10093A007000070000KU
Polígono 7, Parcela 8. Casa Blanca. 10093A007000080000KH
Polígono 7, Parcela 9. Casa Blanca. 10093A007000090000KW
Polígono 7, Parcela 10. Casa Blanca. 10093A007000100000KU
Polígono 7, Parcela 9002. Rio Cáparra o Ambroz. 10093A007090020000KU
Polígono 7, Parcela 9003. Cordel de Ganados. 10093A007090030000KH
Polígono 7, Parcela 9006. Camino de la Plata. 10093A007090060000KB
Polígono 7, Parcela 9007. Camino de la Plata. 10093A007090070000KY
Polígono 9, Parcela 94. Vega Lavaderos. 10093A009000940000KW
Polígono 9, Parcela 107. Casar Gómez. 10093A009001070000KK
Polígono 9, Parcela 108. Casar Gómez. 10093A009001080000KR
Polígono 9, Parcela 134. Vega Lavaderos. 10093A009001340000KL
Polígono 9, Parcela 145. Vega Lavaderos. 10093A00900145
Polígono 9, Parcela 9001. AY del Horcajo Hondo. 10093A009090010000KT
Polígono 9, Parcela 9008. CR Embalse estación. 10093A009090080000KX
Polígono 9, Parcela 9010. Rio Caparra o Ambroz. 10093A009090100000KD

b) Territorio de la ciudad romana de Cáparra: templo del collado de «Peñas Labradas» y villa romana de La Granjuela.

b.1) Templo del collado de «Peñas Labradas». En el término municipal de Jarilla (Cáceres).

Dirección Referencia catastral
Polígono 9, Parcela 197. Cerezal. Jarilla. 10109A009001970000OP
Polígono 9, Parcela 202. Piedras Labradas. Jarilla. 10109A009002020000OM
Polígono 9, Parcela 203. Piedras Labradas. Jarilla. 10109A009002030000OO
Polígono 9, Parcela 204. Piedras Labradas. Jarilla. 10109A009002040000OK
Polígono 9, Parcela 214. Lancholilla. Jarilla. 10109A009002140000OS

b.2) Villa romana de «La Granjuela». En el término municipal de Casas del Monte:

Dirección Referencia catastral
Polígono 1, Parcela 52. Granjuela. 10056A001000520000PE
Polígono 1, Parcela 53. Granjuela. 10056A001000530000PS
Polígono 1, Parcela 54. Granjuela. 10056A001000540000PZ
Polígono 1, Parcela 58. Granjuela. 10056A001000580000PA
Polígono 1, Parcela 9001. Varios. 10056A001090010000PM
Polígono 1, Parcela 9003. Varios. 10056A001090030000PK
Polígono 10, Parcela 49. Gregorias. 10056A010000490000PQ
Polígono 10, Parcela 9002. Varios. 10056A010090020000PU
Polígono 507, Parcela 9009. Varios. 10056B507090090000EQ
Polígono 507, Parcela 11. Granjuela. 10056B507000110000EH
Polígono 508, Parcela 9005. Varios. 10056B508090050001RR
Polígono 508, Parcela 20001. El Valle. 10056B508200010000EG

Para una mejor comprensión se incorporan las coordenadas de los vértices correspondientes al polígono de delimitación del entorno de protección de la Zona Arqueológica (Sistema de referencia ETRS89. Proyección UTM huso 29):

a) Ciudad romana de Cáparra.

X Y
746530.21 4450734.95
746465.16 4450900.89
746965.66 4451046.26
746996.19 4451046.26
747012.12 4451029.00
747097.09 4450659.94
747237.15 4450591.57
747355.30 4450400.40
747380.52 4450282.25
747377.20 4450224.50
747371.23 4450185.33
747338.04 4450128.25
747305.52 4450105.68
747280.29 4450085.76
747270.33 4450059.21
747263.70 4450020.05
747237.81 4449955.66
747207.28 4449872.03
747167.45 4449856.10
747007.81 4449756.53
746898.28 4449740.93
746830.58 4449734.95
746828.13 4449734.91
746816.97 4449741.68
746806.10 4449749.35
746799.46 4449753.29
746791.91 4449757.32

b) Territorio de la ciudad romana de Cáparra: templo del collado de «Peñas Labradas» y villa romana de La Granjuela.

b.1) Templo del collado de «Peñas Labradas».

X Y
758237.12 4451469.79
757847.00 4451354.65
757731.86 4451744.77
758121.98 4451859.91

b.2) Villa romana de La Granjuela.

X Y
756485.20 4455589.54
756499.45 4455084,00
755993.91 4455069.75
755979.66 4455575.29

En el área protegida por la declaración, se incluyen también las carreteras y caminos que estén incluidos dentro del entorno de protección tal y como se detalla en el plano anexo.

ANEXO III

Plano de delimitación de la zona arqueológica y de su entorno de protección

ANEXO IV

Criterios para la protección de la zona arqueológica y su entorno de protección

1. Régimen general.

La ciudad romana de Cáparra, en los términos municipales de Oliva de Plasencia y Guijo de Granadilla (Cáceres) –incluyendo el templo del Collado de «Peñas Labradas», término de Jarilla, y la villa de la Granjuela, en el término de Casas del Monte–, es un Bien de Interés Cultural, con la categoría de Zona Arqueológica, y se regirá por lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, para los Bienes Inmuebles de Interés Cultural con dicha categoría, así como por el Plan Especial u otro instrumento de ordenación que en su caso se apruebe.

2. Régimen de intervenciones en la zona arqueológica y su entorno de protección.

Mientras no se apruebe el plan especial de protección, cualquier actuación que implique el desplazamiento, remoción o instalación en la zona arqueológica y su entorno de protección requerirá la autorización previa de la consejería competente en materia de cultura. Dicha autorización se otorgará de conformidad con lo dispuesto en la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, así como en la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español.

Todas las intervenciones dentro de los límites de la zona arqueológica declarada deberán estar orientadas hacia la protección, investigación, estudio y valorización del bien. En todo caso, los usos que se implementen en esta zona arqueológica y su entorno de protección deben ser compatibles con la conservación del espacio protegido, sin alterar su valor patrimonial.

Por otro lado, cualquier actividad que implique un cambio en el uso del suelo o una transformación del terreno que altere la topografía o remueva áreas inalteradas requerirá un informe previo y una autorización expresa de la consejería competente en materia de patrimonio cultural.

Asimismo, será obligatoria la autorización de la consejería competente para la colocación de elementos publicitarios e instalaciones en la zona arqueológica y su entorno de protección.

En el área arqueológica, queda prohibida la búsqueda, recogida o traslado de materiales arqueológicos, el uso de detectores de metales y el vertido de residuos sólidos, salvo que se cuente con autorización expresa del organismo autonómico competente en materia de patrimonio cultural.

Por último, toda intervención dentro de los límites de la zona arqueológica y su entorno deberá cumplir con las siguientes consideraciones:

– Zona arqueológica delimitada: Sin perjuicio de lo dispuesto anteriormente, toda actuación requerirá un proyecto de intervención que garantice la preservación del patrimonio arqueológico. Esta intervención deberá ser autorizada por la consejería competente.

– Entorno de la zona arqueológica: Cualquier actuación que implique la remoción del terreno en áreas inalteradas estará sujeta a los criterios de prevención arqueológica, con el fin de determinar la existencia y caracterización de posibles restos arqueológicos. Los resultados de dicha intervención podrían dar lugar a trabajos arqueológicos adicionales.

– Cualquier intervención sobre restos ya localizados o que pudieran aparecer, también requerirá la debida autorización.

– Todas las autorizaciones para intervenciones arqueológicas se emitirán conforme a lo establecido en la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura.