La Constitución Española encomienda en su artículo 43.3 a los poderes públicos la labor de fomento de la Educación Física y el Deporte. Por su parte, la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte, atribuye al Consejo Superior de Deportes las competencias que en esta materia son propias de la Administración General del Estado.
Además, y de acuerdo con lo establecido en la mencionada Ley del Deporte, artículo 14, apartado d), el Consejo Superior de Deportes impulsa junto a las comunidades autónomas la programación del deporte escolar y universitario.
En la educación secundaria y en las enseñanzas superiores se inicia y desarrolla la cultura de la práctica deportiva y se incentivan los valores inherentes a la misma. Nuestros jóvenes participan en las diferentes competiciones deportivas que conforman el calendario nacional de cada temporada. Posteriormente, algunos de ellos y ellas son seleccionados para participar en competiciones de ámbito internacional que forman parte del calendario deportivo de las Federaciones Deportivas Españolas.
En este contexto, y reconociendo la importancia de compaginar la carrera deportiva con la formación académica, y con el propósito de valorar el esfuerzo de nuestros jóvenes deportistas en este ámbito, el Consejo Superior de Deportes convoca los Premios CSD PROAD-Carrera Dual correspondientes al año 2025, con las siguientes normas reguladoras:
Primero. Premios convocados.
Se convocan los Premios CSD PROAD-Carrera Dual correspondientes al año 2025 en estos dos ámbitos, que se valorarán y resolverán de forma independiente:
1. Categoría «Talento Dual – Educación Secundaria», con candidaturas que deben haber nacido en los años 2007, 2008, 2009 o 2010 y estar cursando Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato o Formación Profesional de Grado Medio en el curso 2024/2025.
2. Categoría «Élite Dual – Enseñanzas Superiores», con candidaturas que deben estar cursando estudios universitarios (Grado, Máster o Doctorado), Formación Profesional de Grado Superior o Enseñanzas Artísticas Superiores en el curso 2024/2025.
Segundo. Procedimiento de presentación de las candidaturas.
1. Cada Comunidad Autónoma, así como las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, podrá presentar una única candidatura por cada categoría de los Premios CSD PROAD–Carrera Dual 2025, es decir:
– Una candidatura para la Categoría «Talento Dual – Educación Secundaria», y
– Una candidatura para la Categoría «Élite Dual – Enseñanzas Superiores».
2. La selección del deportista candidato/a en cada categoría será responsabilidad exclusiva de cada comunidad autónoma o ciudad autónoma, que deberá realizar su propio proceso interno de valoración y designar un único deportista por categoría.
3. El Consejo Superior de Deportes no intervendrá en dichos procesos internos de selección, ni asumirá responsabilidad alguna respecto a los criterios, procedimientos o decisiones adoptadas por las comunidades autónomas, ni sobre posibles errores, omisiones o discrepancias que pudieran derivarse de los mismos.
4. Las candidaturas deberán ir acompañadas de la documentación indicada en el apartado tercero de esta resolución.
5. La presentación de solicitudes se realizará de forma telemática en la Sede Electrónica del Consejo Superior de Deportes (https://sede.csd.gob.es/), mediante el trámite denominado «3034817 – Premios CSD PROAD-Carrera Dual», conforme a lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6. Las solicitudes deberán presentarse con alguno de los certificados válidos indicados en la sede electrónica y estar firmadas por el representante legal autorizado del organismo solicitante o por la persona en quien delegue. El modelo de solicitud estará disponible en el propio trámite.
7. El plazo para la presentación de candidaturas finalizará el día 16 de marzo de 2026.
8. Una vez recibidas las candidaturas presentadas por las distintas comunidades autónomas, el Consejo Superior de Deportes, a través de la Comisión de Valoración designada al efecto, será el encargado de evaluar todas las propuestas conforme a los criterios establecidos en esta convocatoria y determinar los deportistas premiados en cada categoría.
9. El órgano instructor del procedimiento será la Dirección General de Deportes del Consejo Superior de Deportes.
10. Todas las notificaciones oficiales relativas a este procedimiento se realizarán por vía electrónica, de acuerdo con la Ley 39/2015, a través de la Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHú) (https://dehu.redsara.es/ o de la Carpeta Ciudadana).
Tercero. Contenido de las solicitudes.
En el caso de presentación de candidaturas a ambas categorías (Talento Dual – Educación Secundaria y Élite Dual – Enseñanzas Superiores), deberá presentarse una solicitud independiente para cada una de ellas, acompañada de la siguiente documentación:
Categoría «Talento Dual – Educación Secundaria».
a) Anexo con el formulario de datos generales de la candidatura (disponible en la sede electrónica).
b) Certificado oficial de estudios del deportista, expedido por el centro educativo correspondiente, con los resultados académicos del curso 2024/2025, incluyendo la nota media obtenida. En caso de no reflejar dicha nota media, el certificado no será considerado válido.
c) Méritos deportivos obtenidos en competiciones de carácter nacional e internacional correspondientes a la temporada 2024/2025.
d) Cualquier otra circunstancia relevante, académica o deportiva, que la Comisión de Valoración estime pertinente.
Categoría «Élite Dual – Enseñanzas Superiores».
a) Anexo con el formulario de datos generales de la candidatura (disponible en la sede electrónica).
b) Certificado oficial de estudios del deportista, emitido por la Secretaría General de una universidad reconocida por el Comité Español de Deporte Universitario (CEDU), o por el centro educativo en el caso de Formación Profesional de Grado Superior o Enseñanzas Artísticas Superiores. Dicho certificado deberá incluir la nota media del curso académico 2024/2025. En caso de no reflejar dicha nota media, el certificado no será considerado válido.
c) Méritos deportivos obtenidos en competiciones de carácter nacional e internacional durante la temporada 2024/2025.
d) Cualquier otra circunstancia relevante, académica o deportiva, que la Comisión de Valoración estime pertinente.
Cuarto. Valoración de las solicitudes presentadas.
Para la valoración de las candidaturas se constituirá una Comisión de Valoración, designada por la Dirección General de Deportes del Consejo Superior de Deportes, integrada por un Presidente y cuatro vocales, uno de los cuales actuará como Secretario.
Cada deportista podrá ser valorado atendiendo a los resultados obtenidos en una o varias modalidades o especialidades deportivas durante la temporada 2024/2025. En el ámbito académico, se considerarán los resultados correspondientes al curso 2024/2025, así como otros aspectos de interés vinculados a la trayectoria dual del candidato o candidata.
La Comisión de Valoración elaborará un informe técnico en el que constarán los criterios aplicados y los aspectos académicos y deportivos considerados en el proceso. Dicho informe servirá de base para la propuesta de resolución de las candidaturas premiadas.
La Dirección General de Deportes del Consejo Superior de Deportes, a propuesta de la Comisión de Valoración, elevará la propuesta definitiva al Presidente del Consejo Superior de Deportes.
Quinto. Criterios de valoración.
El Consejo Superior de Deportes realizará la evaluación de las candidaturas conforme a los siguientes criterios:
a) Rendimiento académico (50 %), en el que se valorará:
I. El nivel de exigencia de los estudios cursados.
II. La calificación obtenida en la nota media del curso académico.
b) Rendimiento deportivo (50 %), en el que se valorará:
I. El nivel de exigencia de la modalidad deportiva practicada.
II. Los resultados deportivos obtenidos en competiciones nacionales e internacionales durante la temporada correspondiente.
Además, en ambos ámbitos se podrán valorar circunstancias excepcionales que acrediten el esfuerzo, la conciliación o las dificultades especiales superadas por el deportista en el desarrollo de su carrera dual.
Sexto. Acto de entrega de los premios.
En caso de organizarse un acto oficial de entrega de los Premios CSD PROAD-Carrera Dual, los deportistas galardonados serán invitados a asistir al mismo.
La asistencia al acto será condición necesaria para la recepción del reconocimiento, salvo causa debidamente justificada y comunicada al Consejo Superior de Deportes.
El Consejo Superior de Deportes asumirá los gastos de desplazamiento derivados de la asistencia.
Madrid, 23 de enero de 2026.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José Manuel Rodríguez Uribes.