Antecedentes de hecho
Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación citada fue constituida por la entidad mercantil «Mikami Travel, SA» según resulta de la escritura otorgada ante el notario de Madrid Ángel Almoguera Gómez, el 9 de octubre de 2025, con el número 5.063 de protocolo, rectificada por otra otorgada ante el mismo notario, el 12 de febrero de 2026, protocolo 794.
Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la Calle Princesa, n.º 2, C.P. 28008 de Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €) La dotación es dineraria y ha sido totalmente desembolsada tal y como se acredita mediante la correspondiente certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.
Cuarto. Fines de la Fundación.
La fundación tiene como fines de interés general: El fomento del intercambio y el conocimiento cultural entre la cultura japonesa y la española, favoreciendo el acercamiento entre ambas culturas a través del conocimiento de sus valores, tradiciones y expresiones culturales; la difusión del juego tradicional del Go (Igo) como manifestación cultural, educativa e intelectual, así como su contribución al desarrollo personal y al pensamiento estratégico, y el fortalecimiento de los lazos culturales entre España y Japón.
Los beneficiarios del presente fin fundaciones serán personas de nacionalidad española y japonesa.
El apoyo y la solidaridad con las personas y colectivos perjudicados por catástrofes naturales u otras situaciones de emergencia ocurridas en el territorio español, contribuyendo a la atención de sus necesidades básicas, a la recuperación social y económica y a la restitución de condiciones de vida dignas, desde los principios de igualdad, cohesión social, solidaridad y protección de las personas en situación de especial vulnerabilidad.
Quinto. Patronos.
Don Masaru Mikami, doña María de los Ángeles Jiménez Sánchez, la sociedad Mikami Travel, SA.
Cargos:
Presidente: Don Masaru Mikami.
Secretaria: Doña María de los Ángeles Jiménez Sánchez.
Vocal: la sociedad Mikami Travel, SA, que nombra como persona física representante a don Masaru Mikami.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.
Fundamentos de Derecho
Primero.
Resultan de aplicación para la resolución del expediente:
El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.
La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.
El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.
La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.
El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.
Segundo.
Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 22 de abril de 2026.
Tercero.
Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.
Por todo lo cual, resuelvo:
Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Mikami, Patronato y cargos dentro del mismo.
Madrid, 23 de julio de 2026.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, María Ester Pérez Jerez.