Resolución de 23 de junio de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto «Instalación de un módulo fotovoltaico PFVH San Blas, de 39 MW de potencia instalada, y de un módulo de almacenamiento (20 MW), para su hibridación con el parque eólico existente P.E. San Blas, de 39,6 MW, en Valladolid».

Nº de Disposición: BOE-A-2025-13972|Boletín Oficial: 162|Fecha Disposición: 2025-06-23|Fecha Publicación: 2025-07-07|Órgano Emisor: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Antecedentes de hecho

Con fecha 18 de marzo de 2025, tiene entrada en esta Dirección General solicitud de inicio de tramitación de procedimiento de determinación de afección ambiental del proyecto «Instalación de un módulo fotovoltaico PFVH San Blas, de 39 MW de potencia instalada, y de un módulo de almacenamiento (20 MW), para su hibridación con el parque eólico existente P.E. San Blas, de 39,6 MW, en Valladolid», en los términos municipales de Valverde de Campos, Medina de Rioseco, Castromonte, Valdenebro de los Valles y La Mudarra, promovido por Naturgy Renovables, SLU, al amparo del artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.

Tras el análisis de la documentación obrante en el expediente, se verifica que el proyecto reúne los requisitos para acogerse a la tramitación prevista en el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022.

El proyecto consiste en una planta solar fotovoltaica de 39 MW de potencia instalada y 42,99 MW de potencia pico, y parte de su infraestructura de evacuación. La planta ocupa una superficie de 94,70 ha, dividida en 6 recintos, y contiene 5 centros de transformación.

La infraestructura de evacuación está constituida por una línea subterránea a 30 kV de unos 12,74 km de longitud, desde los centros de transformación de la planta hasta la subestación eléctrica elevadora existente Carratorres 66/30kV. De esta línea, 10,5 km corresponden al exterior de la planta, hasta su conexión en la subestación mencionada, que será ampliada. El resto de las infraestructuras de evacuación hasta la subestación Mudarra 400 kV de REE se encuentran actualmente en servicio.

Asimismo, incorpora un sistema de almacenamiento en baterías de 20 MW y 46,65 MWh, que ocupa aproximadamente 0,87 ha y se sitúa entre la planta y la subestación Carratorres, cercano a esta última. Esta instalación contará con un centro de control híbrido, zona de almacenes de repuesto y centro de control auxiliar.

Colindante con la planta fotovoltaica, se encuentra la planta fotovoltaica Teso Pardo y, a unos 545 m, la planta fotovoltaica Mirabel, ambas en tramitación de determinación de afección ambiental. También linda con la planta San Blas la planta Carratorres, en fase de proyecto. Las cuatro plantas evacúan su energía en la subestación elevadora Carratorres y utilizan el sistema de almacenamiento de baterías citado.

Las obras tendrán una duración aproximada de catorce meses y la vida útil de la instalación se estima entre veinticinco y treinta años.

Los elementos del análisis ambiental para determinar las principales afecciones sobre el medio ambiente del proyecto, de acuerdo con los criterios del artículo 22. 3. b) del Real Decreto-ley, son los siguientes:

1. Afección sobre la Red Natura 2000, espacios protegidos y sus zonas periféricas de protección y hábitats de interés comunitario.

La ubicación del proyecto no presenta coincidencia territorial con ningún espacio perteneciente a la Red Natura 2000 ni con espacios naturales protegidos. La Zona de Especial Conservación (ZEC) más cercana al proyecto es la ES4140129 Montes Torozos y Páramos de Torquemada-Astudillo, situada a unos 3 km al sur de la planta fotovoltaica.

La Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) más cercana es la ES0000216 La Nava-Campos Sur, ubicada a unos 7,1 km al noreste de la planta fotovoltaica, a 3,8 km del módulo de almacenamiento y a 3,7 km de la línea subterránea.

Según la cartografía de Hábitats de interés Comunitario (HIC) del MITECO, se podría ver afectado marginalmente un HIC prioritario, el 6220* Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea, y el HIC 4090 Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga, por ocupación por la planta y por cruce de la línea. No obstante, mediante el trabajo de campo, se ha comprobado que la zona ocupada por la planta corresponde a cultivos y se ha observado únicamente el HIC 6220* a 41 m de la línea.

La planta fotovoltaica es colindante con el Monte de Utilidad Pública (MUP) n.º 114 Santáguila y el trazado de la línea a 30 kV es colindante con el MUP n.º 85 Las Liebres.

2. Afección a la biodiversidad, en particular a especies protegidas o amenazadas catalogadas.

La planta fotovoltaica y la línea ocupan principalmente zonas de cultivos de secano y de regadío. En menor medida, se pueden ver afectados pinares de pino carrasco (Pinus halepensis) y de pino piñonero (Pinus pinea), matorrales-pastizales con predominio de tomillo, vegetación de zonas húmedas y vegetación de zonas antropizadas.

En el entorno del proyecto, no se han identificado especies de flora protegida o amenazada, según la bibliografía consultada del Proyecto Anthos y de la Cartografía de Especies Amenazadas de la Infraestructura de Datos Espaciales de Castilla y León y atendiendo al trabajo de campo realizado.

La planta fotovoltaica se localiza en zonas de sensibilidad ambiental media para aves esteparias frente a las instalaciones de energías renovables en Castilla y León y en zonas de sensibilidad baja para aves planeadoras.

El área de actuación se encuentra alejada de los ámbitos de aplicación de Planes de recuperación y conservación de especies amenazadas.

De acuerdo con la bibliografía consultada, en el entorno de implantación del proyecto, existe presencia potencial de varias especies incluidas en el Catálogo Español de Especies Amenazadas (CEEA): milano real (Milvus milvus) y sisón común (Tetrax tetrax), en peligro de extinción; y aguilucho cenizo (Circus pygargus), ganga común (Pterocles alchata), ganga ortega (Pterocles orientalis) y murciélago ratonero grande (Myotis myotis), vulnerables. Además, se señala la presencia potencial de 80 aves, 9 mamíferos, 9 anfibios, 11 reptiles y 1 pez pertenecientes al Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESRPE).

Consta un estudio anual de avifauna para 4 plantas fotovoltaicas colindantes (San Blas, Carratorres, Mirabel y Teso Pardo), realizado de febrero de 2023 a febrero de 2024, que identifica 23 especies. No se registra sisón común, ni ganga ortega, ni ganga ibérica en el área de estudio.

Destaca la presencia de milano real, con 417 observaciones, que utiliza el emplazamiento de la planta como zona de campeo habitual durante el periodo invernante, aunque se ha registrado durante todo el año en el área. La zona de mayor uso se localiza sobre un matadero situado a 2,9 km al este de las plantas. En bibliografía, se han localizado 4 dormideros de esta especie, a distancias de las plantas comprendidas entre 1 km y 5 km, cuya existencia no ha sido confirmada en campo.

El aguilucho cenizo también realiza un uso probable de campeo de todo el ámbito de estudio, especialmente en período reproductor. Se han detectado dos zonas con probabilidad de albergar nidificaciones de esta especie, a más de 2 km de las plantas.

También se detecta cernícalo primilla (Falco naumanni), con 118 observaciones, aguilucho lagunero occidental (Circus aeroginosus), aguilucho pálido (Circus cyaneus) y avutarda común (Otis tarda), pertenecientes al LESRPE. De esta última, sólo se han registrado 5 individuos a más de 2,5 km de la planta San Blas.

Entre las zonas de interés para la avifauna detectadas, hay que citar un nido de abejaruco (Merops apiaster), del LESRPE, a más de 3,5 km de la planta San Blas. Asimismo, se han localizado 6 puntos de agua, cruciales para numerosas especies de avifauna y quirópteros, así como 4 palomares y 2 corrales que pueden atraer a las rapaces en busca de presas, todos ellos ubicados a más de 500 m de la planta.

Se han identificado 8 especies de quirópteros en la zona, una de ellas vulnerable según el CEEA, el murciélago de cueva (Miniopterus schreibersii). El resto de especies están incluidas en el LESRPE. En los refugios potenciales para murciélagos prospectados en el área de estudio, no se han registrado individuos.

3. Afección por vertidos a cauces públicos o al litoral.

La zona de actuación se ubica en la cuenca hidrográfica del Duero. En la zona de estudio se encuentran varios arroyos, la mayoría estacionales, así como varios cauces innominados. La red hidrológica local se organiza en torno al río Sequillo.

El arroyo de Toresana limita la planta por el norte, a poco más de 7 m, y el Desagüe de Lobajo, afluente del anterior, bordea la planta por el este y discurre entre dos recintos a una distancia tal que la planta puede ocupar la zona de servidumbre de este cauce en algunos puntos. La red de baja tensión cruza el Desagüe de Lobajo para unir dos recintos de la planta.

La línea a 30 kV cruza el Desagüe de Lobajo y mantiene un paralelismo con este cauce a lo largo de unos 300 m a una distancia mínima de 8 m. Esta línea también cruza el arroyo del Pico y un afluente del río Bajoz, y se sitúa a unos 70 m del arroyo del Prado. Se produce, por tanto, ocupación de Dominio Público Hidráulico, de zona de servidumbre y de zona de policía por la línea, y de zona de servidumbre y de policía por la planta. Por otra parte, la zona de acopios proyectada para las obras de la planta está situada a unos 90 m del nacimiento del Desagüe de Lobajo.

Según los mapas del Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y de la Confederación Hidrográfica del Duero, el proyecto se encuentra fuera de las zonas inundables para un período de retorno de 500 años, de las Zonas de Flujo Preferente y de las Áreas de Riesgo Potencial Significativo de Inundación. No obstante, el estudio de impacto ambiental no incluye un estudio hidrológico que permita identificar cauces no registrados en la cartografía existente y determinar con precisión las zonas inundables y de flujo preferente en los terrenos afectados por la planta.

Por otra parte, el Plan de Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones en la Comunidad Autónoma de Castilla y León establece que el municipio de Valverde de Campos, donde se localiza la planta, no tiene riesgo de inundación.

Las infraestructuras del proyecto se sitúan sobre el área de captación de la zona sensible Embalse de San Román y aproximadamente la mitad de la línea subterránea de evacuación se encuentra sobre la zona de influencia 4750562 de la zona de captación de agua para abastecimiento de la masa Río Bajoz, según la cartografía y el Registro de Zonas Protegidas del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Duero (2022-2027).

Consultada la información disponible de la Confederación Hidrográfica del Duero, se observa que el proyecto se sitúa sobre las masas de agua subterránea inferiores Tierra de Campos y Terciario Detrítico Bajo Los Páramos y, en parte, sobre la masa de agua subterránea superior Páramo de Torozos.

En el ámbito de estudio se encuentran formaciones de permeabilidad fundamentalmente baja en toda la extensión, salvo en las partes correspondientes al río Sequillo y sus principales afluentes, donde se encuentran formaciones detríticas del Cuaternario con permeabilidades muy altas.

El proyecto de la planta solar fotovoltaica hibridada no contempla la ejecución de vertidos a cauces públicos. No obstante, tanto en fase de construcción, explotación, como desmantelamiento de la planta, se ha contemplado la posibilidad de generación de vertidos accidentales sobre el terreno procedentes de derrames de hidrocarburos como consecuencia del mantenimiento y funcionamiento de la maquinaria y tránsito de vehículos, así como vertidos de hormigón, o derivado de una inadecuada gestión de los residuos en la obra.

También se podrían producir emisiones de partículas y arrastres de tierras por escorrentía a los cauces cercanos.

En fase de explotación, tampoco se prevé la generación de vertidos, si bien se podrán producir de forma accidental derrames de aceite y gasoil.

La planta fotovoltaica contará con un sistema de drenaje para la evacuación de aguas pluviales, que constará de cunetas en la zona perimetral y en los viales de la planta fotovoltaica.

4. Afección por generación de residuos.

Durante las obras, se generarán unos 239,34 m3 de residuos no peligrosos, que corresponden a restos y escombros de la obra civil, componentes eléctricos, materiales de montaje varios, residuos asimilables a urbanos, plásticos, maderas, cartones y palés. Asimismo, se producirán unos 9,99 m3 de residuos peligrosos, como absorbentes, filtros, trapos y envases contaminados.

En la obra, se instalará una zona para gestión de residuos. Los residuos no peligrosos serán empleados en la restauración, se reciclarán o se depositarán en vertedero. Dependiendo del tipo de residuo, serán entregados a un gestor autorizado de residuos no peligrosos, a una planta de tratamiento de residuos sólidos urbanos o a una planta de tratamiento de residuos de construcción y demolición. Los residuos peligrosos se entregarán a un gestor autorizado de residuos peligrosos.

Entre las instalaciones temporales de obra, se contará con un edificio de vestuario y aseos. Para la recogida de aguas residuales procedentes de los baños se dispondrá de una fosa séptica prefabricada (contenedor estanco de poliéster), con decantador digestor y tapa de registro para inspección y mantenimiento. El edificio de centro de control ya se encuentra construido en la subestación Carratorres y cuenta con servicios sanitarios adecuados con fosa séptica y gestión de residuo mediante gestor autorizado. Por su parte, el edificio de control híbrido que se situará en el módulo de almacenamiento dispondrá también de servicios sanitarios adecuados con fosa séptica para su posterior recogida por parte de un gestor autorizado.

Por último, durante la fase de desmantelamiento los residuos de paneles, soportes, centros de transformación y cimentaciones serán transportados a un centro de gestión autorizado, centro de reciclado, vertedero o planta de tratamiento, según el tipo de residuo.

5. Afección por utilización de recursos naturales.

Los recursos naturales afectados son, principalmente, el suelo y el agua. Además, se emplearán zahorras para la conformación de los firmes de viales y arena para el relleno de las zanjas. También se consumirán combustibles fósiles para generar energía eléctrica durante las obras, para el transporte de materiales y para el funcionamiento de la maquinaria.

Los trabajos de construcción van a deteriorar en gran medida los suelos directamente afectados por las instalaciones, bien por la ocupación directa por las mismas, por la compactación al ser temporalmente ocupados por la maquinaria o acopios de materiales o por contaminación del suelo por vertidos accidentales. La superficie de ocupación por la planta fotovoltaica se ha estimado en 94,76 ha. Por otro lado, fuera de la planta fotovoltaica, la zanja de la línea eléctrica tendrá una longitud de 10.542 m y ocupará una superficie de 0,95 ha y el módulo de almacenamiento ocupará 0,87 ha.

Las excavaciones en desmonte de la planta se han calculado en 5.579 m3. El volumen de terraplén se ha estimado en 18.336 m3. Se estima una necesidad de préstamos de 12.757 m3 para terraplén. La tierra vegetal retirada se acopiará en cordones no superiores a 2 m de altura y se utilizará en la restauración y recuperación de suelos.

Según el Mapa de Estados Erosivos de España, la mayor parte de la planta fotovoltaica y del trazado de la línea a 30 KV se encuentran en zonas con erosión moderada, con pérdidas de suelo de 5 a 12 t/ha año. La zona meridional de la planta y un tramo de la línea se localiza en zonas con erosión alta, con pérdidas de 50 a 100 t/ha año.

Durante las obras, se consumirá agua potable, agua en el hormigonado, en los riegos asociados al movimiento de la maquinaria a fin de evitar nubes de polvo durante el transporte y en las instalaciones auxiliares para uso sanitario. Para abastecer de agua a los aseos de obra, se dispondrá un depósito. En fase de explotación, el agua de la planta se consumirá principalmente para la limpieza de paneles fotovoltaicos.

6. Afección al patrimonio cultural.

Según documentación consultada en el Inventario Arqueológico Provincial de Valladolid, los yacimientos arqueológicos más cercanos se hallan a más de 400 m del proyecto. El elemento del patrimonio arquitectónico más próximo se encuentra a unos 640 m del proyecto y los Bienes de Interés Cultural (BIC) más cercanos se encuentran a unos 3 km del proyecto.

Consta una prospección arqueológica y estudio del patrimonio cultural, en la que se ha identificado un solapamiento de la línea subterránea a 30 kV a lo largo de 100 m con el Camino de Santiago, elemento del patrimonio histórico, en una ruta secundaria no considerada BIC. Asimismo, se aprecian afecciones a tres vías pecuarias, elementos del patrimonio etnográfico, la Cañada Real de Tordesillas y la Cañada Real Leonesa Occidental en su ramal Rioseco-Tudela por cruzamiento con la línea a 30 kV y la Cañada Real Leonesa Occidental en su ramal principal por ocupación de la línea en 330 m. Por último, se observa un cruzamiento con un elemento del patrimonio industrial, el «Tren Burra», una línea férrea del último tercio del siglo XIX cuya vía fue desmantelada y cuyo trazado forma parte de una vía verde.

Con fecha 17 de abril de 2024, mediante acuerdo, la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural de Valladolid informa favorablemente el proyecto, condicionado a la ejecución de ciertas medidas preventivas.

7. Incidencia socio-económica sobre el territorio.

Las poblaciones más cercanas a la planta fotovoltaica son Valverde de Campos, a 950 m, el Caserío de Villagodio a 2,4 km, Villabrágima, a 3,3 km, Medina de Rioseco a 4 km y Castromonte a 5,5 km. Valverde de Campos es el núcleo de población más cercano a la línea subterránea, a 630 m. No se han identificado viviendas aisladas a menos de 100 m del proyecto. Por último, las entidades más cercanas al módulo de almacenamiento son la Mudarra a 3,3 km y Valdenebro de los Valles, a 4,4 km. Los edificios más cercanos a este módulo son unos almacenes en terreno agrícola, atendiendo a la información disponible en el catastro, situados a 660 m. A más de 1.700 m se encuentran edificios asociados a usos agrícolas, aunque uno de ellos podría ser utilizado como vivienda.

El nivel de ruidos que producirá la maquinaria en funcionamiento durante las obras estará en torno a valores de 75-96 dB(A), superiores a los actualmente existentes en el área de implantación del proyecto. A una distancia de 1.000 m de la zona donde opere la maquinaria, se ha estimado una presión sonora aproximada de 30 dB(A), distancia similar a la que se encuentra el pueblo más cercano a la planta, Valverde de Campos, a 950 m. Este valor es inferior a los valores límite de niveles sonoros producidos por emisores acústicos establecidos para áreas levemente ruidosas (residenciales) en la Ley 5/2009 del Ruido de Castilla y León, 55 dB(A) para el período diurno y 45 dB(A) para el período nocturno.

El funcionamiento de la planta contempla como fuentes sonoras los inversores y transformadores de los centros de transformación, cuyo nivel sonoro suele ser inferior a los 80 dB(A). Teniendo en cuenta que el sonido se atenúa con la distancia y que los centros de transformación se encuentran al menos a 30 m del límite de la parcela de la planta, el nivel de emisión en los límites de la propiedad será inferior a 50 dB(A). Considerando que el núcleo poblado de Valverde de Campos, el más cercano al cerramiento de la planta, se sitúa a una distancia mínima de unos 950 m, las instalaciones cumplirán con los límites recogidos el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas, así como en la Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León.

En el estudio de impacto ambiental, se concluye que los niveles de campo magnético producidos por la línea eléctrica de evacuación y por los transformadores de la planta se encuentran muy por debajo de 100 μT, límite establecido en el Real Decreto 1066/2001, por el que se aprueba el Reglamento que establece condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas.

Se producirá un cambio en los usos del suelo, en las 94,76 ha ocupadas por la planta fotovoltaica, que pasarán en su mayor parte de agrícola a industrial.

En la zona de estudio, se han establecido cuatro unidades de paisaje: zonas de cultivo, matorral y pastizal, zonas arboladas y áreas antropizadas. El proyecto ocupa en su mayor parte la unidad de cultivos, de calidad baja y fragilidad media, y, en menor medida, matorral y pastizal, de calidad baja y fragilidad media, y zonas arboladas, de calidad y fragilidad media. La cuenca visual de la planta solar ocupa aproximadamente la mitad de la superficie analizada. Las instalaciones serán visibles desde los pueblos de Villabrágima y Medina de Rioseco, así como desde varios tramos de las carreteras del entorno, especialmente desde las carreteras VA-505, VA-515, VP-5504 y N-601, así como desde el Camino de Santiago, desde la Cañada Real Leonesa y desde el Bien de Interés Cultural Conjunto Histórico Medina de Rioseco.

Según el Plan de Protección Civil ante Emergencias por Incendios Forestales en Castilla y León (INFOCAL), el proyecto se localiza en municipios con riesgo local bajo y muy bajo. Además, el proyecto se ubica fuera de zonas con alto riesgo de incendio forestal en la Comunidad de Castilla y León, según las órdenes MAM/851/2010, MAM/1062/2005 y MAM/1111/2007. No obstante, una parte de las instalaciones proyectadas se encuentran a menos de 400 m de zonas de monte, por lo que están sujetas a las restricciones establecidas por el Decreto-ley 2/2023 de Medidas Urgentes sobre Prevención y Extinción de Incendios Forestales para las situaciones de alerta, alarma y alarma extrema, y a las medidas de protección establecidas en la Orden FYM/510/2013 por la que se regula el uso del fuego y se establecen medidas preventivas para la lucha contra los incendios forestales en Castilla y León.

La planta solar se asienta sobre el coto de caza con matrícula VA-10091. Por otra parte, la línea de evacuación transcurrirá por los cotos de caza con matrículas VA-10091, VA-10153, VA-10117, VA-10155 y VA-10296, aunque al ser subterránea, sólo afectará a la actividad cinegética en el momento de su construcción, que además podría no coincidir con época de caza.

La línea subterránea atraviesa una explotación minera situada a 220 m de la subestación y a 370 m del módulo de almacenamiento.

El módulo de almacenamiento de baterías, en accidentes o condiciones anómalas externas, podría dar origen a una situación de emergencia.

La construcción de la planta conllevará un impacto positivo por generación de empleo en la zona debido a la demanda de mano de obra e inducción de las actividades económicas, temporal durante la fase de obras y permanente durante la fase de explotación.

8. Afecciones sinérgicas con otros proyectos próximos.

Según el estudio de impacto ambiental, para el análisis de sinergias se ha considerado un ámbito de estudio de 10 km en torno a la planta. En primer lugar, se han detectado 10 parques eólicos existentes, que suman 143 aerogeneradores, situados a distancias comprendidas entre 1,3 km y 9,8 km de la planta evaluada: San Blas, Teso Pardo, Mirabel, El Poleo, Panaderas, Carratores, Torozos II, Peñaflor III, Corralnuevo y San Lorenzo C. Además, se han identificado 3 plantas fotovoltaicas en funcionamiento, que suman 3,1 MW en total: Valverde III, La Pepa Solar y Sol Mudarra S-1, a distancias comprendidas entre 365 m y 7,6 km.

Por otra parte, se han localizado 4 parques eólicos autorizados, con 52 aerogeneradores en total, a distancias comprendidas entre 130 m y 8,7 km de la planta evaluada: Valverde, Mudarra, Mudarra Norte y Peñaflor II. Asimismo, se han identificado 10 plantas fotovoltaicas autorizadas, que suman 708,7 MW, entre 415 m y 9,7 km de la planta evaluada: Ampliación Valverde III, Las Posadas, Cisne Solar, San Lorenzo B, San Lorenzo D, San Lorenzo C, Andarríos Solar, Castromonte I, Navabuena Solar y San Lorenzo A.

Por último, se han localizado 3 plantas fotovoltaicas en tramitación, que suman 120 MW, dos colindantes con la planta San Blas, Carratorres y Teso Pardo, y una a 410 m, Mirabel.

Asimismo, hay que considerar el elevado número de líneas eléctricas aéreas existentes en el ámbito de estudio vinculadas a la subestación Mudarra 400 kV.

El proyecto de la planta fotovoltaica San Blas puede llegar a generar en conjunto con las instalaciones existentes, autorizadas y proyectadas en el ámbito de estudio, efectos de tipo sinérgico y/o acumulativo sobre algunos factores del medio, especialmente sobre la fauna y el paisaje, como pérdida de hábitats, efecto barrera, degradación y fragmentación de hábitats, molestias a la fauna, riesgos de colisión, modificación del paisaje y cambio de uso del suelo.

La afección de 890,53 ha de agrosistemas mixtos supone una reducción de 2,56 % de este biotopo, adecuado para aves esteparias, dentro del área de influencia. Se producirá un efecto acumulativo por la ocupación de superficies del biotopo conforme se ejecuten los distintos proyectos fotovoltaicos, repercutiendo en impactos como la pérdida de espacio disponible para el campeo o la pérdida de hábitats de especies presa en el caso de las aves rapaces. Se creará un efecto barrera conjunto por las cuatro plantas fotovoltaicas hibridadas (San Blas, Carratorres, Mirabel y Teso Pardo), además de la planta Valverde III y Ampliación Valverde III dada su cercanía. Las especies de interés que pueden verse más afectadas son el milano real, aguilucho cenizo y cernícalo primilla.

La fauna voladora puede sufrir afecciones por mortalidad debida a la colisión con los vallados de las plantas fotovoltaicas, con los aerogeneradores distribuidos por todo el territorio y con las líneas eléctricas aéreas.

La mayor parte del impacto paisajístico se asociaría a los parques eólicos existentes y proyectados, con una cuenca visual que abarca la mayor parte del área de estudio. Por su parte, se ha comprobado que las plantas solares tienen una cuenca visual más reducida, de manera que resultan ocultas en mayor medida por las barreras visuales existentes en el entorno como la vegetación, edificaciones y otros obstáculos. En tres de los ocho puntos de observación estudiados, las carreteras N-601 y VP-5504 y la población de Medina de Rioseco, se observan conjuntamente varias infraestructuras de energías renovables y, por tanto, existirán efectos sinérgicos significativos debido a la corta distancia entre el punto de observación y las plantas promovidas. En el resto de casos, existe un impacto acumulativo por la visibilidad de diferentes parques eólicos y plantas fotovoltaicas, pero debido a la distancia de los mismos a los puntos de observación, muchas de las instalaciones pasarán a formar parte del fondo escénico de la visual.

Respecto al cambio de uso de suelo, hay que destacar el municipio de Valverde de Campos, donde un 11,42 % de la superficie de cultivos herbáceos se transformaría en suelo industrial.

La propuesta de informe de determinación de afección ambiental, en el sentido de que el proyecto continuara con la correspondiente tramitación del procedimiento de autorización al no apreciarse efectos adversos significativos en el medio ambiente que requirieran su sometimiento a procedimiento de evaluación ambiental, siempre que se respetasen las medidas y condiciones previstas en el estudio de impacto ambiental, las recogidas en la propuesta y aquellas que trasladasen los organismos competentes, fue remitida a la Dirección General de Infraestructuras y Sostenibilidad Ambiental y a la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal, ambas de la Junta de Castilla y León, el 11 de junio de 2025, con el fin de que emitieran observaciones en el plazo de diez días, de acuerdo con el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, quedando suspendido el cómputo del plazo para la formulación del informe de determinación de afección ambiental.

Con fecha 18 de junio de 2025, la Dirección General de Infraestructuras y Sostenibilidad Ambiental de la Junta de Castilla y León traslada informe de la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y León, cuyo contenido suscribe íntegramente al objeto de que sea considerado en el procedimiento de determinación de afección ambiental en curso.

La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal concluye en su informe que, teniendo en cuenta las características y dimensiones del proyecto, las consideraciones descritas en la propuesta de informe del órgano ambiental, así como los efectos sinérgicos y acumulativos del proyecto, que comparte territorio con un elevado número de instalaciones de energías renovables existentes y de proyectos en tramitación, se informa que no es posible determinar la ausencia de afecciones al medio natural derivadas del proyecto ya sea de forma directa o indirecta. En consecuencia, propone someter el proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental conforme a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, por apreciarse posibles efectos adversos sobre diferentes valores del medio natural.

Fundamentos de Derecho

De conformidad con el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad, el órgano ambiental elaborará una propuesta de informe de determinación de afección ambiental que remitirá al órgano competente en materia de medio ambiente, el cual dispondrá de un plazo de diez días para formular observaciones. Transcurrido dicho plazo, la falta de respuesta se considerará como aceptación del contenido de la propuesta.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 8.1 b) del Real Decreto 503/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Esta Dirección General, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los fundamentos de derecho alegados, teniendo en cuenta el contenido del expediente administrativo, resuelve la formulación de informe de determinación de afección ambiental en el sentido de que el proyecto «Instalación de un módulo fotovoltaico PFVH San Blas, de 39 MW de potencia instalada, y de un módulo de almacenamiento (20 MW), para su hibridación con el parque eólico existente P.E. San Blas, de 39,6 MW, en Valladolid», se someta a la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario conforme a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

El presente informe de determinación de afección ambiental será publicado en la página web de este órgano ambiental y en el «Boletín Oficial del Estado» y notificado a promotor y órgano sustantivo en los términos del artículo 22 del Real Decreto-ley 20/22.

De conformidad con el apartado quinto del citado artículo 22, el informe de determinación de afección ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto de autorización del proyecto.

Madrid, 23 de junio de 2025.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.