Con fecha 18 de junio de 2026 se ha suscrito la Adenda de prórroga del Convenio entre la Dirección Provincial del Instituto Social de la Marina en Huelva y el Servicio Andaluz de Salud para la administración y participación en gastos del inmueble de uso compartido sito en calle Doctor Prieto Toubes, número 1, de Punta Umbría (Huelva), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado convenio.
Madrid, 23 de junio de 2026.–El Secretario General Técnico, Plácido Vázquez García.
ADENDA DE PRÓRROGA DEL CONVENIO ENTRE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA EN HUELVA Y EL SERVICIO ANDALUZ DE SALUD PARA LA ADMINISTRACIÓN Y PARTICIPACIÓN EN GASTOS DEL INMUEBLE DE USO COMPARTIDO SITO EN C/ DOCTOR PRIETO TOUBES, 1, DE PUNTA UMBRÍA (HUELVA)
REUNIDOS
Doña Silvia Aranda Eugui, en su condición de Directora Provincial del Instituto Social de la Marina en Huelva nombrada por la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones de fecha 20 de febrero de 2020 (BOE de 28 de febrero de 2020), en virtud de las competencias que le confiere el resuelve cuarto.4.e) de la Resolución de la Directora de 11 de diciembre de 2025, del Instituto Social de la Marina, sobre delegación de competencias (BOE núm. 309, de 24 de diciembre de 2025).
Y de otra, doña Valle García Sánchez, en calidad de Directora Gerente del Servicio Andaluz de Salud, nombrada por Decreto 293/2023, de 27 de diciembre (BOJA Extraordinario núm. 27, de 27 de diciembre de 2023), cuya representación ostenta de conformidad con el artículo 69 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, y en ejercicio de las funciones que le atribuye el artículo 20.1.a) y g) del Decreto 168/2025, de 5 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias; habiendo delegado la firma de esta adenda de prórroga de convenio en don Antonio J. Ortega Carpio, Director Gerente de los Distritos Sanitarios de Atención Primaria Huelva Costa y Condado Campiña de Huelva, nombrado por Resolución de 13 de marzo de 2019 de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 71, de fecha 12 de abril de 2019), actuando en este acto en nombre y representación del Servicio Andaluz de Salud, en virtud de Resolución de delegación de firma de su Directora Gerente de fecha 7 de abril de 2026.
Intervienen como tales y en la representación que ostentan se reconocen entre sí la capacidad legal necesaria para suscribir el presente convenio.
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 30 de septiembre de 2022, el citado convenio fue inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO), y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 10 de octubre de 2022.
Segundo.
Que el Instituto Social de la Marina y el Servicio Andaluz de Salud desean seguir cooperando en el marco de colaboración existente entre ambas Administraciones Públicas para establecer los criterios de gestión, administración y participación en la financiación de los gastos comunes, no susceptibles de individualización, derivados de los contratos de obras, servicios, suministros y otros gastos que sean necesarios en el funcionamiento del inmueble sito en calle Doctor Prieto Toubes, 1, Punta Umbría, Huelva.
Tercero.
Asimismo, el ISM y el SAS desean seguir cooperando con el fin de regular la administración de los inmuebles compartidos procediendo a una mejor gestión del uso del inmueble manifestando su voluntad de colaborar en la administración y participación de las Entidades a las que representan en los gastos actuales y de futuro, derivados de la conservación, mejora, obras, servicios, suministros y otros necesarios.
Según lo dispuesto anteriormente y habiendo sido constatados los óptimos resultados de la colaboración alcanzada entre el SAS y el Instituto Social de la Marina, ambas partes manifiestan su voluntad de prorrogar la vigencia del convenio.
Por todo lo anteriormente expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente Adenda de prórroga del convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Compromisos de las partes.
Los compromisos adquiridos por las partes firmantes y contemplados en el convenio de origen permanecen inalterados durante el periodo de vigencia fijado mediante la presente adenda de prórroga.
Segunda. Vigencia y efectos.
Que la cláusula decimotercera del convenio de referencia establece que, en cualquier momento antes de la finalización de su vigencia, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción.
Mediante la presente adenda, las partes suscriptoras del convenio de origen, acuerdan prorrogar el mismo por un periodo de cuatro años.
Conforme a lo establecido en el artículo 48.8 y el apartado 2 de la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, la presente adenda surtirá efectos tras su formalización, a partir de su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, antes de la fecha de extinción del convenio, debiendo publicarse en el «Boletín Oficial del Estado».
Tercera. Régimen jurídico y jurisdicción competente.
La presente adenda está sometida en su tramitación al régimen jurídico de convenios previsto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Para la solución de cualquier discrepancia, litigio o conflicto sobre interpretación, modificación, ejecución, resolución y efectos del presente acuerdo que no fuesen solucionados de común acuerdo, las partes, consienten someterse, bajo la legislación española, al orden jurisdiccional Contencioso-Administrativo.
Y en prueba de conformidad, las partes firman electrónicamente la presente adenda, en el lugar donde se encuentran sus respectivas sedes, entendiéndose como fecha de firma aquella en la que el mismo sea suscrito por el último de los firmantes.–Por el Instituto Social de la Marina, la Directora del ISM, P. D. (Resolución del ISM de 11 de diciembre de 2025), la Directora Provincial, Silvia Aranda Eugui.–Por el Servicio Andaluz de Salud, la Directora Gerente del SAS, P. D. F. (Resolución de 7 de abril de 2026), el Director Gerente de los DS HC y CC, Antonio J. Ortega Carpio.